Los distintos tipos de licencias, el copyright

El copyright es una forma de entender la forma de proteger las creaciones de los autores basado en un modelo anglosajón. Surgió de hecho en el siglo XVIII y se ha mantenido con supremacía casi absoluta hasta la llegada de Internet y la era digital. Muchas veces se confunde el término con derecho de autor, que se basa más bien en los derechos morales de los autores, y no tanto en los patrimoniales de la propia creación. Sin embargo, y por simplificar, repasaremos brevemente en términos prácticos en qué consiste el copyright, sus ventajas e inconvenientes. No pretendemos realizar un texto muy sesudo, sino dar unas nociones básicas sobre la naturaleza de esta forma de licencias.

El copyright viene a significar que todos los derechos están reservados para aquel que sea el poseedor de los derechos patrimoniales y básicamente impiden que las obras sean reproducidas, transformadas o publicadas por terceros sin obtener previamente permiso expreso y por escrito de los poseedores del copyright. Por supuesto que según legislaciones existen excepciones a estos derechos, como la copia privada en España y gran parte de Europa o al Fair Use en los países de tradición anglosajona.

La mayor parte de las creaciones literarias y artísticas han usado y usan licencias tipo copyright estricto. Incluso en plena era digital una gran parte de creadores siguen prefiriendo este tipo de licencias.

¿Cuáles son algunas de las ventajas?

1.- Se logra mayor control sobre dónde y en qué términos se usan nuestras obras. Esto favorece que podamos siempre controlar las condiciones y ámbito de uso, así como las condiciones económicas.

2.- Se simplifica la detección y denuncia de plagio de nuestras obras, ya que si no existe permiso expreso se está cometiendo una ilicitud. A partir de ahí ya sólo queda acreditar la autoría.

3.- Son sencillas de integrar en el conjunto de otras obras con igual nivel de protección, pues hasta hace poco eran las únicas licencias que se usaban y toda la legislación y cultura popular las comprende y maneja.

4.- Aceptadas por la sociedad. La mayor parte de la gente comprende y usa las licencias de copyright y en mayor o menor medida entienden las limitaciones (aunque con matices) para su uso y disfrute. Esto facilita hacer entender, en caso de disputa o confusión, los límites que existen para su reproducción, copia, venta, etc.

¿Y las desventajas?

1.- Los sistemas para pedir permiso para el uso de obras suelen ser lentos y tediosos e incluso totalmente ineficaces. En la era de Internet estos plazos se hacen a menudo intolerables, con lo que muchas veces se evita activamente este trámite haciendo que los trabajos se usen sin pedir permiso y sin dar crédito alguno.

2.- Es difícil que se creen obras derivadas basadas en la obra original. De alguna manera se frena que se puedan crear nuevas obras a partir de aquellas con copyright por temor a ser considerados plagios y necesitar permisos expresos.
3.- Menor nivel de difusión. Al limitarse el derecho a volver a reproducir las obras, es más complicado que dichas obras se multipliquen por Internet. Esto hace que existiendo gran cantidad de contenidos, el impedir que los nuestros se copien digitalmente, nuestras obras queden en desventaja ante otras que sí permiten copia y que serán aquellas en los que la gente enfoque su atención.

¿En qué ámbitos suele usarse el copyright?

Principalmente en casos de profesionales que buscan obtener beneficios económicos directos de las obras y controlar quiénes y en qué términos de reproducen dichas creaciones. En general lo usa la industria del entretenimiento para limitar y controlar dónde y cómo se consumen los productos. También muchos creadores nóveles la usan pensando en la protección y la seguridad.

¿Qué aporta SafeCreative a estas licencias?

Principalmente SafeCreative es una forma de dejar constancia fidedigna de la creación, la autoría y la licencia junto con sus restricciones. También ayuda a poner en contacto con mayor facilidad, gracias a un entorno web, a aquellas personas que quieran hacer uso de una obra concreta con su autor. Gracias a esta agilidad es más posible que en vez de usar la obra sin permiso ni crédito, este permiso pueda ser concedido con más facilidad. Esta facilidad unida a las distintas búsquedas facilitan una difusión más amplia de las obras.

Conclusión:

Si creemos que las obras pueden producir dinero en su comercialización y queremos tener el mayor control posible sobre dónde y cómo se usan dichas creaciones, copyright es una buena opción. Eso sí, hay que tener en cuenta la baja difusión que tienen en Internet en detrimento de otras formas de licencias más abiertas.

25 Replies to “Los distintos tipos de licencias, el copyright”

  1. ¿que relación hay entre el registro de autor y el código de barras correspondiente al país donde se va a publicar o comercializar una obra?

  2. Hola Gabriela.
    El código de registro de Safe Creative es un identificador para las consultas (http://www.safecreative.org/work)

    Si figura en la obra, los usuarios con él pueden consultar los derechos y el uso permitido por el autor.

    No tiene relación con asignaciones de códigos de barras o de códigos ISBN o de otro tipo para países.

    Un saludo.

  3. Pingback: Anónimo
    1. Kathy, de hecho lo más correcto sería no hablar de “licencia copyright” como hacemos, ya que, en realidad, copyright es la referencia a la ley de copyright. Normalmente se asume que al poner “copyright” lo que se hace es reservarse todos los derechos, esto es, una ausencia de licencia o permiso general expreso para usar la obra. Es decir, cuando decimos que una obra “tiene copyright” estaríamos diciendo que el autor se reserva todos los derechos y por lo tanto nadie puede hacer nada, fuera de la excepciones previstas por la ley, sin tener permiso expreso, y generalmente por escrito, del autor. Las licencias generales, como las Creative Commons, lo que hacen es, basándose en las leyes de propiedad intelectual, dar permiso de uso, con condiciones, a la generalidad de usuarios que acceden a la obra: https://www.safecreative.org/faq/cual-es-la-diferencia-entre-safe-creative-y-creative-commons

      Además de las licencias generales, los titulares de los derechos pueden conceder, por contrato privado, permisos de usos determinados a terceras partes, como de publicación, distribución, etc.

  4. Hola buenas aver si me pueden ayudar, tengo una app de karaoke y kiero publicar el video que grave, la app se llama smule y sus creadores son california estados unidos, pero yo resido en españa y tengo q adaptarme a las leyes de españa, para publicar un video karaoke en youtube que tipo de licencia necesito, gracias.

    1. @Jesus, no estamos seguros de haber comprendido la pregunta. En principio deberías ver si la app te permite usar el vídeo por tu cuenta, imaginamos que así será. O puede que exista alguna restricción. Normalmente la licencia que debes aceptar vendrá marcada por YouTube España.

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