Cómo registrar canciones y discos musicales

A través de varias consultas se han planteado dudas sobre cómo registrar una canción o un disco musical a través de Safe Creative. Las preguntas surgen en torno a si hay que registrar la melodía, partituras, letra o bien la interpretación final, y si se realiza sobre las canciones individualmente o bien sobre el disco que incluya su conjunto.

Para resolver estas cuestiones debemos comentar primero los derechos sobre las creaciones musicales, pues aunque la Ley de Propiedad Intelectual se refiere en primer lugar al autor como el creador original de la obra, también se regulan (arts. 105 y ss) los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes, esto es, quienes representen, canten, lean, reciten, interpreten o ejecuten en cualquier forma una obra. En tercer lugar, también hay que destacar los derechos reconocidos sobre los productores de fonogramas (art. 114 y ss ), que aunque tradicionalmente han recaído sobre personas jurídicas (empresas discográficas), en la actualidad y gracias a las nuevas tecnologías no es extraño comprobar cómo un autor es intérprete de sus canciones y productor de las grabaciones sonoras, recayendo en una única persona todos estos derechos que concede la ley, en principio, a tres agentes diferentes.


Así que, en función de que el registrante sea uno u otro, deberán distinguirse los contenidos a depositar en Safe Creative.

De este modo, en caso de autor-compositor, que en principio no interpreta o ejecuta la obra, lo que deberá registrar será el texto literario (letra) y la melodía y el cifrado armónico representados en el pentagrama. Dado que esto forma un conjunto, lo más sencillo es crear un fichero comprimido (.zip) con todo ello y registrarlo como tal en la categoría de composiciones musicales. El título de la obra, siempre y cuando sea original, quedará protegido igualmente si se incluye éste en el propio fichero.

En estos casos conviene tener en cuenta que, si existen varios autores, habrá que contar con todos ellos y, en caso de obras derivadas (arreglos musicales, composiciones sobre letras existentes), deberá existir autorización previa de los autores de las obras originales. Esto es importante, más que para el registro en sí, a efectos de los derechos de uso que Safe Creative permite atribuir por medio de las correspondientes licencias o contratos.

Respecto a los artistas intérpretes o ejecutantes, sus derechos derivan de una cesión previa por parte de los autores originales (salvo en los casos de dominio público), ya sea directamente o, lo que es más habitual, por medio de una entidad de gestión, en el que se determinan las condiciones de la representación, interpretación o ejecución pública de una obra. La Ley de Propiedad Intelectual regula determinados elementos y límites en este tipo de cesiones, pero de cualquier modo es importante saber que las condiciones determinadas podrían entrar en conflicto (cesiones en exclusiva, reparto de derechos económicos, ámbito temporal,…) con los derechos en su caso permitidos por el autor en el momento de registrar la obra en Safe Creative.

Los derechos de estos artistas recaen sobre un objeto distinto, de modo que lo que pueden registrar serán las grabaciones de dichas ejecuciones o interpretaciones, pues también constituyen obras protegibles. En estos casos, el registrante deberá subir los ficheros en formato musical o audiovisual, pudiendo incluir el título de la obra de aquél. Claro que aquí podrá un conflicto con los productores de fonogramas, titulares de los derechos ligados al soporte.

Por lo que se refiere a los discos, el procedimiento puede ser tan sencillo como crear un fichero comprimido que incluya los ficheros de las canciones.

Algunas de estas cuestiones no son sencillas y hay muchas implicaciones dado que intervienen varios sujetos con los correspondientes repartos de derechos, por otra parte muy vinculados. Deben considerarse, asimismo, los derechos de los productores o editores, no ya por el registro de la obra, que determinaría únicamente la autoría, sino en relación a los derechos permitidos. De acuerdo con el contrato de edición suscrito, corresponderán al editor, por lo menos, los derechos de reproducción y distribución de la misma, así que igualmente debe tenerse en cuenta ante un posible conflicto entre los derechos de explotación atribuidos en el registro ante Safe Creative y los pactados por contrato.

En caso de duda, asesórese previamente, pues en caso de existir algún conflicto no sólo podría no ser válido el registro y atribución de derechos en Safe Creative del modo en que Ud. lo ha llevado a cabo, sino que podría incurrir en incumplimiento contractual o de la propia Ley de Propiedad Intelectual, dando lugar a responsabilidades económicas. Lo recomendable, por tanto y para ser precavidos, es que los autores únicamente registren las partituras y letra de la canción, y en los casos de autogestión o producción de fonogramas, la grabación sonora.


Safe Creative #0803260523964

473 Replies to “Cómo registrar canciones y discos musicales”

  1. Muy buenas.
    Estoy interesado en registrar varias canciones con vistas a editar una Demo y me han surgido un par de dudas: Si quiero incluir en la carátula de mi disco la etiqueta de registro, ¿cómo he de hacer, registro primero todos los temas por separado y luego registro un archivo .zip con los temas incluidos? Así utilizaría la etiqueta de este último archivo registrado para colocarla en la carátula; ¿o debería proceder de otro modo?
    Mi segunda pregunta está referida al hecho de registrar las canciones en sí: para registrar un tema, ¿llegaría con registrar un archivo .zip que incluya la música en formato .midi y la letra, o es estrictamente necesario registrar también las partituras?
    He formulado mis preguntas aquí en los comentarios debido a que no he conseguido ni acceder al foro ni ponerme en contacto con ustedes, perdonen las molestias.
    Gracias por su atención.
    Un cordial saludo.

  2. Hola Carlos,
    Estamos haciendo algunos cambios en el área de la comunidad de Safe Creative (safecreative.net). Disculpa que estemos moviendo de sitio algunas direcciones como la de los foros.
    Las consultas las podéis formular también a través de la dirección de contacto: http://www.safecreative.org/contactus.shtml

    Como administradora del blog, si que te puedo apuntar: para disponer de una etiqueta en cuyo código se de información de los derechos de todo el disco, la mejor forma es registrar todo el disco en un unico fichero (zip por ejemplo). Si registras cada cancion por separado, luego podrías modificar los derechos también por separado, por lo que para mantener informados a los usuarios de cuáles son los derechos en cada momento deberíais incluir (por ejemplo en la parte interior) el código para consultar los derechos de cada tema (http://www.safecreative.org/work/999elcodigoquesea

    Si registrais cada tema por separado, podríais poner una etiqueta genérica de “rights info” en la parte exterior de la caja para informar que el trabajo está registrado, y en la parte interior el codigo de cada tema.

    La copia que depositais en el registro es la prueba a vuestro favor de la autoría de la obra. Tiene que ser una representación tal que no ofrezca dudas si hubiera que determinar frente a un plagio, si es la misma obra o no. Un MIDI, como representación electrónica de la partitura puede valer para registrar el tema, por tanto puede valer como prueba para derechos de autoría, quizá no serviría tanto para derechos de interpretación o de producción….

    Un saludo.
    Marta

  3. que pz andy y javier,yo soy el tipico cuate que lleva 16 anos componiendo canciones y por causa de mi trabajo y falta de conocimiento no he podido registrarlas,tengo un estudio donde puedo hacer el demo completo y ya tengo varios,pero no quiero exponer la musica al publico asta que no las registre,les agradeceria un consejo att Juan.

  4. Hola Juan, en el artículo verás lo que consideramos como más adecuado para registrar. Cuanta más información puedas proporcionar en un fichero comprimido tanto mejor. Poner la letra, la melodía, etc reforzará la prueba. En definitiva lo que puedas aportar y sí, registrar antes es siempre una garantía de cara al futuro.
    Supongo que la música la pondrás en alguna web de las que sirven para promocionar la música como Jamendo, MySpace, etc. Siempre interesa dejar comentado que el trabajo está registrado en SafeCreative.
    Ten siempre muy en cuenta las otras posibles personas implicadas en la creación de las melodías antes de registrar.

  5. Efectivamente Juan, antes de difundirlas es aconsejable registrarlas. Verás además que en el proceso de registro puedes restringir la descarga de las canciones por medio de Safe Creative, si te interesa

  6. Para registrar pensamientos y letras de canciones, que al final son textos, deberías en la opción de “tipo obra” poner que se trata de de texto y pegar en la caja que se abre el texto. Si son letras de canciones tal vez la opción de “Audio:otros” completaría un poco más la información sobre lo que se ha registrado.
    En el caso de pensamientos no pondríamos “audio: otros” sino más bien “Literaria: otros”, para diferenciar lo que es letra de música de una obra más literaria.
    El registro en SafeCreative es gratuito. No tienes que pagar nada.

  7. yo kiero registrar mis canciones pero estas canciones son hechas en un estudio de computadora una de mis canciones ya a salido en la radio pero no tiene mi nombre solo la pusieron una ves por k yo se la pase al locutor por correo; acaso ocupo pagar para registarlas? kisiera k alguien me ayudara porfavor

  8. Hola Jesús, creo entender que eres el autor de la obra y la ejecución de ésta, por lo que no habría problema alguno en registrarla en Safe Creative. El registro es gratuito, no hay que pagar nada.

  9. Yo tengo un grupo de música. La música y las letras de las canciones las compongo yo, y soy el líder de la banda. Supongo que tendré que registrar las partituras, las letras y las grabaciones, ¿no? Eso me gustaría que me lo aclaraseis.
    Otro punto es que me gustaría mandar la maqueta a ciertas discográficas, y me gustaría saber si estoy totalmente seguro de que no podrán ser plagiadas si las registro aquí.

    Por cierto, ¿cómo funciona eso de prohibir la descargar de tus canciones por medio de Safe Creative? ¿Cómo y dónde se debe poner el simbolito del copyright para que la gente sepa que está registrada?

  10. Yo tengo un grupo de música. La música y las letras de las canciones las compongo yo, y soy el líder de la banda. Supongo que tendré que registrar las partituras, las letras y las grabaciones, ¿no? Eso me gustaría que me lo aclaraseis.
    Otro punto es que me gustaría mandar la maqueta a ciertas discográficas, y me gustaría saber si estoy totalmente seguro de que no podrán ser plagiadas si las registro aquí.

    Por cierto, ¿cómo funciona eso de prohibir la descargar de tus canciones por medio de Safe Creative? y ¿Cómo y dónde se debe poner el simbolito del copyright para que la gente sepa que está registrada?

  11. Hola, como has podido leer en el artículo, deberías registrar la partitura y la letra como autor. La interpretación, al existir otras personas, debería registrarse mediante un usuario con el nombre del grupo (que me corrijan si me equivoco) teniendo un contrato que haréis entre vosotros especificando vuestros acuerdos. Esto mejor te lo responderá alguno de los abogados.
    Sobre el plagio, en realidad no existe nada en este mundo que no pueda ser plagiado, pero gracias a Safe Creative tienes una prueba de autoría y si presentas las maquetas con las etiquetas de Safe Creative, éstas pueden ejercer un efecto disuasorio. En caso de plagio, pues tienes ya la prueba que necesitas sobre tu autoría.
    Sobre la última parte, cuando registras una canción puedes permitir o no su descarga. Entre las opciones que tienes de registro puedes marcar que no se pueda descargar. De esta manera puedes facilitar el enlace donde está toda la información sobre la licencia y autoría, sin embargo, a otros usuarios no les aparecerá el botón de descarga. A la hora de poner el símbolo que facilitamos, lo normal es ponerlo en la página web desde la cual se pueda escuchar o descargar la canción y de forma física pegando una pegatina mismo en la maqueta. Existe papel especial de pegatina para impresoras que te puede servir para ésto. Si tienes cualquier otra duda o cuestión no dudes en preguntar. Espero haber resuelto alguna de tus dudas.

  12. Quisiera saber si podria rejistrar un corrido de los hechos que ocurrieron en Guadalajara en junio del ataque que hubo contra la policia estatal gracias.

  13. Acabo de registrar unas canciones que tengo con mi grupo, somos autores e interpretes al mismo tiempo y solo he puesto el archivo de sonido (mp3) por cada cancion, ¿pasa algo si lo dejo así o tengo que subir las partituras también?

  14. hola…
    kisiera hacer registro de mis kanciones, pero no tengo informacion detallada sobre eso, kisiera saber komo hacerlo y q es lo q se necesita…

  15. A Bert: Cuanto más puedas aportar el registro tanto mejor y más fuerte será la prueba de autoría y el registro. Si puede subir las partituras mejor. Si no puedes y eres a la vez el autor e intérprete, pues al menos algo tienes ya a tu favor, pero siempre es mejor registrar con cuantos más documentos se pueda.

    A Félix: El artículo creo que explica bastante bien lo que hay que hacer. En principio puedes crear un fichero tipo .zip (fichero comprimido) el texto y la partitura, y si eres autor e intérprete podrías añadir un fichero de audio de la interpretación de la obra. Si hay varios autores y pudiera haber otros implicados, como productores fonográficos es mejor consultar las posibles repercusiones del registro. Si todo está resuelto y eres del autor, como he dicho, una vez tienes el fichero no tienes más que registrarlo usando el procedimiento normal de registro de una única obra cada vez. Tienes una explicación de cómo hacerlo en la sección de manuales de esta misma web.

  16. hola quisiera rrejistrar mis canciones pero nadamas tengo letra y tonada ,deser posible quisiera me dijeran como ,paso a paso ,por otro lado me gustaria saber como asersela llegar a alguna compania para que algun artista la cante , eso es todo grasias

  17. Hola, lo mejor es coger tanto la tonada (que supongo será la partitura) como la letra e incluirlos ambos en una carpeta comprimida tipo zip o rar. Ese sería el archivo que tendrías que registrar en Safe Creative. Tienes explicación detallada del proceso en https://www.safecreative.org/blog/es/category/manuales/.

    No obstante, si necesitas ayuda más concreta y precisa mejor haz una solicitud a través del formulario de contacto en http://www.safecreative.org/contactus.shtml

    En el asunto pon solicitud para comunidad.

    A la hora de enviar la información a las compañías te aconsejamos que junto con lo que entregues también ofrezcas en unlace e incluso el certificado en pdf con la información del registro y licencia. De esta manera les constará que la obra está registrada. Te recomendamos también que si envías de forma física la información, hagas con acuse de recibo. Si envías por correo electrónico igualmente intenta pedir acuse de recepción y manda siempre el enlace a la obra registrada. De hecho podrías incluso enviarles el propio enlace si permites la descarga, para que obtengan de ahí el trabajo.

  18. Hola.
    He grabado un disco en mi propio estudio, con canciones escritas por mí, con la música compuesta por mí, e interpretadas por mí. No tengo las partituras puesto que compongo de oido, pero sí las letras. Acabo de finalizar la masterización y antes de enviarlo a una empresa que me haga una tirada de una serie de ejemplares lo quiero registrar. ¿Que tengo que hacer en Safe Creative? ¿Valdría con aportar una copia imagen del disco hecha con Nero?
    si no es así ¿Que debe inlcuir el Zip? ¿Los temas en Mp3? ¿en Wav?¿Cuanto cuesta? ¿Cuanto se tarda en reigstrar el disco? ¿Como se me haría llegar la etiqueta? Mil Gracias de antemano. Un saludo

  19. Sería preferible registrar canción por canción con cuanta más información tengas mejor. Muchos programas de grabación digitales pueden crear ficheros con las notas a modo de partitura. Habría que incluirlo. En los MIDI esta información suele estar incluída. En el mismo fichero zip pon un fichero de texto con las letras y los ficheros antes mencionados. Si no tienes midi usa mp3 u otro tipo de fichero de audio. Cuanto más puedas aportar de tu autoría tanto mejor de cara a que el registro sea más firme.

    El registro se formaliza 24 horas después de haber subido el fichero a registrar, aunque desde el momento en que lo subes ya existe un código de registro. La etiqueta la tienes de forma inmediata, pero el certificado se genera a las 24 horas de no haber hecho ninguna modificación ni en el título ni en el contenido registrado. El registro es gratuito.

  20. Hola Meny, en realidad la subida continúa, pero la barra, por un bug que estamos trabajando para eliminar, la hace desaparecer y parece que ha fallado. En cualquier caso te recomiendo que subas cada una de las pistas de audio en un rar siguiendo las instrucciones del manual para el registro masivo que funciona mejor para estos casos: https://www.safecreative.org/blog/es/2008/07/15/manual-para-registrar-masivamente-obras/ Si necesitas más aclaración contacta con soporte en esta dirección y te paso información más detallada o buscamos alguna otra solución. http://www.safecreative.org/contactus.shtml

  21. Hola. Ya me he registrado. Tal y como dices he creado un fichero .rar por cada una de mis canciones en el que he incluido la letra y el fichero de audio de cada canción. Al intentar subirlas no me permite adjuntar varios archivos. Por lo que he creado un fichero .rar en el que a su vez se incluyen los .rar de todas las canciones. Además he añadido la portada en .pdf todo dentro del mismo fichero. Tiene un tamaño de 196 MB en total. Lo he intentado subir 2 veces y cuando lleva un 2% (11 MB aprox.) se detiene la subida. En la página se indica un tamaño máximo de 400MB para los ficheros. El mío no supera dicho tamaño. ¿Estoy haciendo algo mal? Gracias!

  22. Cuanta más información puedas aportar tanto mejor. Normalmente los MIDI incluyen ya la partitura en su código, pero mira en ese programa por si puedes sacar la partitura de todos los instrumentos. En general yo diría, sin ser abogado, que con los MIDI ya aportas gran parte de la prueba, pero si pudieras sacar el fichero de la partitura, sería mejor.

  23. Hola Juan Carlos, esa pregunta da para no uno, sino varios libros. Es un debate muy abierto en el que se puede argumentar y contraargumentar. Al final todo depende de lo que uno entiende por proteger. De hecho llevo varios días preparando un artículo sobre qué se entiende por proteger hoy en día los contenidos.

    En cualqueir caso esto tiene que ser una decisión personal tuya. Si crees que puede haber salida comercial a tu trabajo y quieres evitar que se use de esa manera en las licencias creative commons encontrarás la opción “nc” (no commercial) que impide el uso comercial salvo que llegues a algún acuerdo. Tú si podrías usar la múscia comercialmente, claro. Lógicametne el (c) es el que impide el uso comercial, pero también la publicación, redistribución, modificación, etc sin contar con el permiso, con lo que es difícil que en el entorno web se pueda dar a conocer de forma efectiva.

    También ten en cuenta que puedes usar una licencia y luego cambiarla (teniendo en cuenta que puede haber consecuencias) a tu gusto.

    En general muchos músicos que esperan rendimiento económico en Internet suelen usar principalmente las obras (cc) by-nc-nd (el nd significa sin obras derivadas) que es la más parecida a (c) pero que permite la publicación en blogs, etc sin ánimo de lucro. Si necesitas más información sobre este punto enviame un correo a mpena (at) safecreative.org e intentaré extenderme o enviarte el enlace del artículo que estoy preparando sobre este tema.

  24. Hola.
    Estoy decidido a registrar una canción que compuse por ordenador hace 12 años. Tengo el archivo midi correspondiente desde esa fecha y me pregunto si sería interesante aportarlo conjunatmente con el nuevo que he creado y retocado, aunque la melodía principal es exacta y no a variado nada. Además la canción está completamente hecha por ordenador con Ableton Live pero desconozco como pasarlo todo a partitura o si basta con pasar a partitura la melodía principal aunque tenga otras pistas con varios instrumentos de fondo. Y si es realmente imprescindible adjuntar la partitura.
    Gracias.

  25. Duda resuelta, muchísimas gracias : )

    Otra pregunta, ¿es mejor elegir la opción de ” Todos los derechos reservados ” de cara a proteger mi canción por si algún casual en el futuro pudiera tener alguna salida comercial, verdad?

  26. como puedo saber o con quien debo ir para que me informe si puedo grabar una cancion de otro artista o compositor que no soy yo para ver si esta disponible o de atiro no la puedo grabar donde me informan eso o en que pagina lo puedo ver

  27. Hola Julio, realmente ese es uno de los problemas y los desafíos que intenta afrontar Safe Creative. Durante mucho tiempo hemos tenido acceso a contenidos pero no ha existido el mismo acceso al contacto directo con los creadores. Safe Creative va a intentar resolver parte de ese problema facilitando la posiblidad de contactar directamente con los autores a través de esta web. No obstante por ahora el sistema sólo permite informar del correo electrónico del autor si éste decide hacerlo público. En no mucho tiempo habrá otros modos de contactar.

    Dicho esto, si el autor no está en esta plataforma poco podremos hacer. En general si encuentras algo que quieres interpretar tendrás que hacer un poco de investigación, cosa que sin duda es complicada, pero hasta que la gente no se acostumbre a usar un registro e informar de éste en todos los sitios donde publique no tendremos un sistema homogéneo que rentabilice todo el poder de Internet.

  28. mi pregunta es, nunca eh estudiado musica y tengo varias letras impiradas en canciones es decir son ideas de canciones mias kiero rejistrarla, k me garantiza k puedo hacerlo con ustedes ?gracias.

  29. Sobre tus canciones en principio es posible que te pidan que les entregues copia del registro en el Registro de la Propiedad Intelectual regulado. Anexo a ésto podrías presentar también el registro en Safe Creative, pero como todavía no es muy conocido es posible que te pidan, como te he dicho, el registro oficial regulado.

    Sobre las otras canciones que están en SGAE tendrás que ponerte en contacto con la entidad previamente antes de hacer nada.

  30. HOla:
    Quiero hacer un disco en el cual tengo canciones que están registradas en sgae pero que son de uso popular y otras que soy yo el autor de las mismas. En la planta de duplicación me piden una carta como de la autoria de mis canciones. Mi pregunta es si registrando estas canciones en vuestra página podría valer para presentar que el autor soy yo.
    Por otro lado si una canción está registrada en SGAE como popular y yo la cojo y le hago algunos arreglos, ¿puedo registrarla en vuestra página o no?

  31. Buenos días.

    explico mi caso, acabo de subir a safecreative una maqueta casera de rap, bueno, en la explicación de 300 caracteres más o menos he ido diciendo lo que ha hecho cada persona, y en cuanto a la licencia, creo haber elegido la adecuada, CC, no comercial y sin obra derivada, mi intención es colgarla en páginas (myspace, hhgroups… etc) y dar copias en conciertos… vamos, lo típico, he elegido bien con esa licencia? en un principio había escogido la CC, no comercial, compartir igual… qué diferencia tienen?

    gracias.

  32. otra duda que me acaba de surgir, la maqueta consta de 11 canciones, las he subido todas, incluyendo portadas, en un mismo archivo .rar, es mejor así o subirlas una por una?

  33. Hola Rubén, sobre la elección de la licencia, pues en realidad es algo muy relativo, como todo. Con la licencia nc-nd no permites ni uso comercial ni obras derivadas a no ser que des tu permiso si te lo solicitan. Por un lado obliga a terceros a contactar para casi cualquier cosa, menos publicar sin ánimo de lucro. En caso de desear que se puedan hacer versiones limitas un poco las posibilidades. En cuestión de música muchos autores suelen permitir obras derivadas de modo que sea fácil que las incluyan en samples, etc. Pero lo dicho, es opción y decisión tuya. El sa (share alike) es un tipo de licencia comunmente conocida como viral que hace que las obras derivadas usen la misma licencia de la obra origen. Esta licencia tiene sus ventajas en inconvenientes. Por un lado limita que las obras se usen sólo en obras que vayan a ser lanzadas con la misma licencia y no otras. Por otro lado tienen un valor didáctico que hace que la elección de licencia se replique.

    Sobre si registrar todas las canciones por separado o no, personalmente suelo preferir registrarlas por separado, de esa manera cada obra (canción) tiene su propio registro y permite futuras combinaciones más flexibles. Al usar el mismo código para toda la colección hace que sea más complicado usar las canciones individualmente, tal y como se consumen más hoy en día.

  34. hola mpena,

    cuestion 1)

    leí en uno de tus ultimos comentarios;

    <>

    la “copia del registro en el Registro de la Propiedad Intelectual regulado” se refiere al registro en la SGAE. Supongo. y este registro es valido por si mismo.
    por otro lado; añadir, si se desea, un registro en Safe creative, sera debido a que ya valia el primero de por si. ya que debieran ser identicamente validos en cuanto a autoria se refiere. Espero.
    de modo que la prioridad del el registro que no es en Safe creative se refiere al hecho particular de los tramites de luis con la planta de duplicacion verdad?

    cuestion 2)

    todo esto viene a raiz de querer registrar aqui nuestras canciones. probé a hacerlo con una, y la registre a nombre del grupo. algo que no esta registrado de ningun modo y que no es vinculante con ninguna persona real.
    Llevaba un tiempo buscando la solucion a eso, y hoy me a parecido ver que la unica manera es registrar el nombre del grupo en la Oficina Española de Patentes y Marcas, y de ese modo tendra sentido despues registrar las canciones a dicho nombre. ya que el autor e interprete no es una persona sino que somos un grupo de amigos. ¿que podrias decirme al respecto?

    muchas gracias

  35. Perdon!
    tube una mala eleccion de simbolos, lo que debiera venir dentro de

    es la cita:

    “”… es posible que te pidan que les entregues copia del registro en el Registro de la Propiedad Intelectual regulado. Anexo a ésto podrías presentar también el registro en Safe Creative, pero como todavía no es muy conocido es posible que te pidan, como te he dicho, el registro oficial regulado.”

    saludos

  36. Hola Buko,

    La SGAE no es un registro de la propiedad intelectual regulado. El registro de propiedad intelectual regulado es un organismo depediente del Estado que tiene una forma de funcionar que nada tiene que ver con la SGAE. La SGAE es una entidad de gestión de derechos colectivos que según tengo entendido en ocasiones pueden realizar la inscripción el en registro como un servicio más, pero la entidad lo que hace es registrar las obras dentro de su repertorio para realizar sus labores de control y gestión.

    Para la duplicación de CDs las empresas suelen pedir el asiento de registro del regulado ya que es un nivel de garantía elevado. En este contexto es interesante, sobre todo si se pretende hacer una difusión a través de Internet, añadir también el registro de Safe Creative y para que, porqué no decirlo, vaya siendo conocido entre estas empresas.

    Hay que entender que el registro en Safe Creative es algo que aporta valor añadido, pero que en ningún caso puede sustituir al registro regulado de cada país de forma definitiva. Cuantas más pruebas y registros se tengan, tanto mejor. Lo que es notorio es que hoy en día, en un entorno digital que facilita la rápida creación, es importante poder registrar a través de Internet para un alcance global y poder ofrecer así información oline, actualizada y completa. Esto es un añadido y suficiente para muchas creaciones, pero a lo que cabe añadir el registro regulado en caso de obras especialmente importantes o con recorrido en el mundo analógico y más centrado en mercados locales.

    El problema es que hoy en día un registro regulado estará inevitablemente limitado a un país. Con el tiempo esperamos que los registros online, y estamos trabajando en ello, puedan fucionar a nivel global compartiendo información y ofreciendo una forma de registro válido para todo el planeta.

  37. entonces…

    de todas todas uno ha de ir al ministerio de cultura a registrar sus canciones para que sea un registro oficial regulado? o eso es solo para hacer una serie de cosas en el que te lo pudan pedir?

    y el problema fundamental; yo en safecreative registro las canciones a nombre de un grupo musical, pero hay que registrar ese nombre del grupo en algun lugar. sabes si la unica manera de registrarlo es en la oficina española de patentes y marcas?

    gracias por tu tiempo

  38. Hola Buko,

    Para el registro regulado sí, tienes que ir al Ministerio de cultura. Esto es así y no va a cambiar, porque los registros online tienen una función sobre todo complementaria para facilitar la protección y la difusión a nivel global, sobre todo en Internet. Normalmente el RPI (Registro de la Propiedad Intelectual) tiene muchas utilidades a nivel sobre todo analógico y para obras de especial relevancia, sólo que para las necesidades de Internet no es muy eficaz.

    El registro de nombres sólo puede realizarse en la oficina española de patentes y marcas. Es algo que no entra dentro del ámbito de la protección de obras artísticas y científicas.

  39. ante todo muchas gracias por contestar tan rapido. la verdad es que no sabia como resolver estas dudas mas que aqui (no encuentro el foro del que se abla por arriba del hilo) y el caso es que tenia unas ultimas cuestiones:

    1) este registro online complementario es valido por si mismo? (sin necesidad de hacer el registro oficial?) o esque es nada mas que para la comodidad de la difusion por internet, sin tener validez… validez…?

    bueno, suponiendo que es sufiente por si mismo (Sin en oficial):

    2) es logico/habitual/de esperar que uno registre una cancion al nombre de un grupo no?
    3) lo cual tiene poco sentido si ese nombre no esta registrado: ¿Deberia (“obligatoriamente”) registrar el nombre si quiero registrar las canciones a nombre de un grupo ¿cierto? (Para que tenga sentido legal)

    4) con esto quiero saber como proceder (Lo correcto y suficiente). si ir a la OEPM a registrar el nombre (Que carete) y luego tranquilamente desde casa registrar los temas y ponerme a distribuir por internet con la calma de mis compañeros del grupo.
    sin que sintas compromiso alguno al dar tu opinion ¿Esto estaria asi bien?

    Muchas gracias por todo!!

  40. A Buko:

    1) Como sabrás, en la mayor parte de las legislaciones y tras el convenio de Berna, la obra queda protegida por el mero hecho de crear. Esto hace que de alguna manera y en general no sea necesario registrar nada para que tú seas el autor de una obra. Lo eres y punto. Sin embargo los registros se han creado para dar una prueba más, algo más sólido de cara a defenderse en caso de plagio o usos indebidos. Los registros son por lo tanto importantes porque aportan pruebas en caso de conflicto. Si no hay registros oficiales es difícil aportar pruebas de forma “estándar” que puedan ser comprendidas en los distintos procesos en los que es necesario identificar a la obra y al autor.

    En el caso de Safe Creative, nosotros nos limitamos a crear una prueba de que un usuario dice ser el autor de algo. Nos esforzamos en que ese algo esté depositado para que en caso de duda se pueda ver qué obra es en concreto. Ningún registro asegura la autoría. Uno puede ir a registro reglado y mentir registrando algo de lo que no es autor.

    Si un registro online te da una prueba de que alguien ha registrado algo es una prueba que puede ser usada. ¿Tiene el mismo peso que el registro regulado? Pues eso se verá en función de la fuerza que tenga la identificación del usuario y la rigurosidad en guardar el contenido registrado. El tiempo lo dirá, pero en teoría sí es válido. Eso no quita para que pueda ser considerado complementario al registro regulado.

    Si es suficiente, pues dependerá mucho del caso en el que nos encontremos. En según qué caso será suficiente, pero en otros necesitarás más pruebas que complementen la del registro.

    2) Sí, es bastante habitual.

    3) La autoría será de las personas que componen el grupo. Lo que conviene es tener un contrato especificando los miembros del grupo y en cada registro, además del grupo, decir quien forma parte del grupo y qué hace cada uno en cada pista (letra, melodía, etc). No obstante siempre es conveniente, pero por el propio interés del grupo, el registrar el nombre en la oficina de patentes y marcas. De todos modos estamos trabajando en el tema de multiautoría y obras colaborativas.

    4) Os conviene ir a OEPM a registrarlo, sin duda. Esa forma de funcionar sería la más correcta.

    No soy abogado, que me corrijan si me equivoco 🙂

  41. A Soraya Maichel. Primero deberías consultar cuales son los requisitos legales en Colombia para el registro de canciones. Nosotros os facilitamos el registro de una prueba de autoría que suele ser suficiente en muchas legislaciones, pero no necesariamente en todas. Para una difusión en Internet es importante, pero es posible que necesites realizar más pasos en tu país.

    La página es http://www.safecreative.org y lo mejor es que crees un usuario y consultes la sección de manuales para ver los pasos para registrar contenidos. Si tienes dudas puedes preguntar en la sección de contacto de Safe Creative: http://www.safecreative.org/contactus.shtml donde nos puedes facilitar más información concreta de tu caso particular.

  42. No la quiero registrar como mia, pregunto si se podria registrar ese tributo, indicando por supuesto que la canción es de otra persona y que yo solo la interpreto.

  43. Bueno, el problema es que Safe Creative es un registro de autoría. Al subir un contenido aquí es como si dijeras que eres el autor. La otra opción es decir que no eres el autor, pero que tienes ciertos derechos, lo que no sé es si es el caso. En cualquier caso en principio me temo que no sería lo más correcto registrar una creación de otra persona, porque lo que haces aquí es una interpretación 🙁

  44. hola soy escritor de letras para canciones me gustaria saber como hago para registrarlas para que no puedadn ser plagiadas porque quiero grabar un demo y no quiero tenes problemas

  45. tengo una duda soy managger de un grupo de reggeton y me produjeron unas pistas de este jenero esta musica fue hecha en computador como rejistro la musica en notaria para que se entienda que son de mi propiedad gracias

  46. Hola fabio, en el texto del artículo se explican los pasos. A mayor información que puedas aportar al registro mejor. Si es posible incluir la partitura bien, si no, el fichero de sonido. Normalmente los ficheros tipo midi incorporan información de partitura que suele ser bastante eficaz.

  47. Hola soy compositor y arreglista, mis canciones son compuestas en mi guitarra, yo soy el autor intelectual de todas, pero los arreglos los hago con samplers de un software, puedo registrar mis canciones con ustedes? ya las tengo registradas en el indautor.

  48. Estimados, formo parte de un grupo en el que componemos e interpretamos nuestra propia música. Quiero saber si estas registraciones son compatibles o reemplazan las que se hacen en SADAIC. Si estos registros son complementarios cual sería el beneficio por registrar por este medio, que grado de cobertura legal tiene el registro, como actuar en caso de descubrir plagios, y como se instrumenta el cobro de derechos de autor si las obras ingresan en el mercado. Tambien me interesa saber si la autoría puede registrarse a nombre del grupo.
    Desde ya mil gracias y disculpen si alguna de las preguntas son muy directas.

  49. Hola, el registro en Safe Creative es compatible con otros registros y con entidades de gestión coomo SADAIC siempre y cuando selecciones una licencia que SADAIC autorice. Por defecto las entidades de gestión suelen no aceptar licencias tipo Creative Commons, salvo excepciones. Eso hay que consultar con SADAIC en este caso.

    Los beneficios son varios. Por un lado es una prueba más que se puede usar en un juzgado en caso de plagio. Por otro lado y gracias al registro se puede informar en tiempo real y con un único enlace a la página de registro de la autoría y usos permitidos o no. Se tiene una copia de seguridad gratuita de la obra en Internet y te puedes beneficiar de los códigos html semánticos para que la obra sea mejor localizada por buscadores. También se facilita que tus fans de localicen y con las nuevas funcionalidades que vamos a implementar se va a potenciar mucho las posibilidades de difusión, conexión, las etiquetas que proporcionamos ayudan a disuadir del plagio, etc.

    La cobertura es mundial hasta el límite que cada jurisdicción determine. Ofrecemos una prueba que puedes ser usada en cualquier juzgado si bien será el juez quien acabe determinando, tras analizar todas las pruebas que se presenten, quien lleva la razón.

    En caso de detección de plagio puedes descargar el certificado que te ofrecemos, si no lo has hecho antes y facilitarselo a tu abogado, y si se necesita cualquier cosa al respecto, nuestro gabinete estará encantado de colaborar con tu representante legal. No obstante, la mayor parte de las veces, los plagios son más bien errores por desconocimiento y se suelen poder resolver de forma amistosa.

    El cobro de derechos de autor actualmente es gestionada por entidades de gestión como SADAIC. A ese nivel Safe Creative no es una entidad de gestión y es complementaria a éstas últimas en caso de que deseis recibir esas remuneraciones. Sí es cierto que en el futuro esperamos poder ofrecer herramientas y funcionalidades para que podáis obtener beneficio económico de las obras que registréis, pero todavía no está implementado.

    Actualmente se puede crear un usuario tipo “organización” que podría ser tranquilamente un grupo. Es interesante que tengáis algún documento firmado entre los integrantes.

    En nuevas versiones de nuestra web esto va a cambiar y va a estar más orientado a trabajos en multiautoría, etc.

  50. Hola Victor, en realidad el código que ofrecemos es relativo únicamente al registro de la obra en Safe Creative y no cumple, al menos por ahora, con la función que comentas. Para conocer mejor el proceso de publicación te animo a que leas este post que lo resume bastante bien. Es en relación a licencias Creative Commons pero sirve igualmente para autoedición. También te recomendamos contactar son Autoeditados para más información: http://www.autoeditados-distro.com/

    Aquí el post al que me refiero: http://ningunterra.com/2008/08/29/manual-de-xera-para-publicar-tu-propio-disco-con-licencia-creative-commons/

  51. registrando mi musica en Safe creative, ¿puedo poner a la venta mi disco autoeditado? el codigo de barras me ha parecido entender que lo creais vosotros ¿es eso asi? y de ser asi ¿ese seria el codigo de barras legal para comercializar mi disco?
    gracias de antemano

  52. MUy buenas noches ´señores yo escribo canciones por joby pero necesito saber como registrarlas para que no me las plagien a y donde lo puedo hacer, les agradezco la pronta ayuda.Samuel.

  53. Caballeros soy colombiano y escribo canciones populares y deseo que me informen donde las puedo registrar para que no me las plagien.gracias caballeros.

  54. Hola Samuel, pues además del propio registro estatal de Colombia puedes usar en efecto SafeCreative.org para registrar tus creaciones. En este mismo artículo está explicado cómo funciona y se aclaran varias dudas. Si tienes alguna cuestión en concreto no dudes en contactar a través del enlace de contacto en la página principal de SafeCreative.org.

  55. Buenas, me gustaria registrar lo que es un fragmento de unas canciones para que no se publiquen ya que ha caido en manos equivocadas y aun estamos a tiempo de registrar para que no ocurra nada, de que forma puedo actuar? como lo registro? y si se hacen modificaciones sobre los temas pasaria algo???

    y mi pregunta final si esos fragmentos suenan y estan registrados que puede ocurrir??? se que es una pregunta tonta tal vez pero necesito vuestra inestimable ayuda.

    Recibid un cordial saludo

  56. Hola Enriver, a la hora de registrar habría que registrar la obra completa. Registrar fragmentos no tiene mucha utilidad.
    Para realizar modificaciones sobre una obra original en principio, salvo que se establezca otra forma por defecto, se tiene que contar con permiso expreso del titular de los derechos.

  57. Hola, mi nombre es Cristian y hace poco registre unas canciones que tengo yo con un amigo (un duo) en Creative Commons, que supongo que sera una empresa parecida a esta. Sin embargo, lo que hice fue poner el titulo de la cancion y ni siquiera me pidio la letra o algun archivo de audio, pero me dio el logo, y ahora tengo el logo en esta pagina:

    http://www.purevolume.com/ellos

    No se como podria despues validar que el logo asegura que la cancion es nuestra si ni siquiera tienen un archivo =S. Bueno, como no me dio seguridad, me registre tambien aqui en Safe Creative y si me permite subir archivos, pero me pregunta tambien por licencia y lo relaciona con Creative Commons, entonces, no entiendo cual es la diferencia entre Safe Creative y Creative Commons, si son complementarias, o paralelas, y por que en una subi archivos y en la otra no. De todas formas estoy subiendo toda la informacion que tengo sobre cada cancion, pero aun asi, no se si estoy haciendo lo correcto, o aun me falta algo.

  58. Hola Cucho, vas por buen camino. Creative Commons es una licencia, un texto legal que podéis elegir como autores para declarar e informar de lo que permitís hacer con vuestra obra. Si lo pones en una web como la que nos muestras se informa de dicha intención. Sin embargo, y es uno de los principales motivos para que existan los registros como Safe Creative, es difícil contruir una prueba sólida o lo suficientemente válida de dicha voluntad ya que las páginas web son volátiles y cambian con frecuencia, siendo difícil establecer de forma inequívoca la licencia bajo la que se acojen en cada momento.

    Safe Creative es por lo tanto algo complementario, un sitio en el que puedes informar desde un punto central de qué contenido específico tiene esa licencia concreta. Además verás que puedes seleccionar otros modelos de licencia, incluso “todos los derechos reservados”.

    En otras palabras, Safe Creative no es una licencia, sino un registro en el que puedes establecer la prueba en la que te declaras como creador de la obra e informas de la licencia. Con el enlace que te proporcionamos, y las etiquetas, puedes informar a toda la gente de dicha información.

    Si necesitas cualquier otra información no dudes en contactar con nosotros.

    Saludos,

    Mario

  59. Hola Tatan, puedes acceder a la zona de manuales de este blog y verás varios tutoriales que te indican cómo hacerlo.

    Los pasos básicos son:

    1.- Entra en Safe Creative (www.safecreative.org) y date de alta como usuario.
    2.- Si tienes partitura y letras, adjúntalas en un fichero tipo .zip, .rar o similar y accede al registro de Safe Creative, sistema obra a obra o masivo.
    3.- Sigue los pasos y rellena los campos que se solicitan en el registro, poniendo título, sinopsis, tipo de obra, licencia, etc
    4.- Tras 24 horas el registro ya será firme.

  60. Hola buenas tardes, tengo unas preguntas para hacer.
    1) Si registro unas canciones de mi autoria, musica y letra, con ustedes, este registro es valido en Colombia, y cualquier lugar del mundo?
    2) Si no tengo partituras, como hago para registrarlas? puedo enviar grabaciones de las canciones, con la letra y los titulos, en un archivo comprimido?
    3) Despues de registrar las canciones, si quiero producir un CD debo registrar el CD tambien, o solo con el registro de las canciones es suficiente?
    4) Es necesario, registrar un libro?

  61. Hola César, a efectos de una prueba que se puede usar en un juzgado es válido. Lee el último artículo del blog que explica el tipo de registro que se realiza y su aplicación legal. En general lo que hacemos es ser testigos de que alguien dice ser autor de algo, luego cada juez tendrá que sopesar también el resto de las pruebas.

    Lo ideal es aportar partituras, si no las tienes una grabación tipo MIDI puede ser útil, u otro tipo de grabación. La opción que comentas puede ser bastante válida.

    Sobre el CD, en principio registras las canciones. El disco en el fondo sería una colección de dichas canciones. Por ahora no tenemos un sistema para agrupar con un único código informativo una colección, aunque en próximas versiones de la web se contemplará que se pueda hacer.

    Sobre los libros, pues como todo. En realidad la convención de Berna y la mayor parte de los países reconocen la autoría por el simple hecho de la creación, pero si registrar, a efectos de prueba y de informar, pues tanto mejor.

  62. Hola Alejandro, nada que perdonar. En principio la ley suele establecer que se ha de registrar la partitura pero en el contexto digital actual esto no siempre es posible ni deseable. Safe Creative es un punto neutral y la prueba que se constituya será tan fuerte como la información que se introduzca en el registro. Si no tienes partitura, registra la pura interpretación, o el fichero electrónico tipo MIDI o cualquier otra forma que directa o indirectamente identifique y haga patente la originalidad de la obra. De ahí que almacenemos el fichero que se registra. Cualquier juez podrá comprobar qué obra es. Luego siempre quedará a su decisión si es suficiente prueba. Nosotros creemos que en un entorno digital hay que tener muy en cuenta y consideración a los creadores que no usan partituras y la obra debería ser igualmente protegible, de ahí que este servicio sea neutral aceptando que se pueda registrar algo sin partitura. El sentido común puede llegar a prevalecer. Antes que no registrar nada y dejar la obra expuesta a cualquier uso improcedente, registra lo que tengas, aunque sea sin partitura.

  63. hola buenos dias disculpenme me gustaria registrar unas canciones pero nose leer musica por que soy lirico (aprendi de otros mirando y ejecutando el instrumento) por lo tanto no tengo ni idea de las partituras la musica y la letra que le pongo a mis canciones pues solamente tocandolas y si megustaria difundirlas pero sin antes registrarlas y no se que procedimiento seguir me gustaria un buen consejo de antemano muchas gracias y perdon por las molestias que ocacione y mi ignorancia att:alex

  64. Hola: aparte de la letra, ¿si tengo una canción de creada con percusión, mesclas y boses se tiene que registrar esos sonidos? Y si registro mis canciones con sefe creative es balido en Colombia? Muchas gracias por su tiempo.

  65. A Lucho, te aconsejo que mires este post: https://www.safecreative.org/blog/es/2009/02/24/eficacia-juridica-y-probatoria-de-las-inscripciones-en-el-registro-de-safe-creative/ En líneas generales, como prueba se puede usar en casi cualquier país que acepte pruebas. La información técnica de cómo se almacena o marca en el tiempo se puede proporcionar a los abogados sin mayor problema. En cualquier caso creemos que el registro sobre todo complementa y es muy útil en la difusión en Internet en la que no existen fronteras definidas.

    Sobre Cyan, interesa registrar todas las melodías, partituras o MIDI si no es posible otra cosa. A más información mejor. Sobre si es válido en Colombia, como prueba estimamos que sí lo es. Luego cada juez analizará la fortaleza de la prueba y fallará en función de ésta y el resto de las pruebas que se presenten.

  66. hola soy edward tengo mas de 50 canciones escritas y no tengo o no se como registrarlas necesito orientación. sera que la pueda tener aqui

  67. Hola soy Julián y tengo una duda sobre las autorías: Hice unas canciones y sus respectivas letras, partituras; cuando las expuse a mi grupo uno de los integrantes le hizo unos arreglos al bajo, mi pregunta es si a partir de esto tengo que cederle parte de la autoría o se puede considerar como simples arreglos al momento de registrarla, teniendo en cuenta que yo hice la base musical. O c{omo se considera lo que hizo mi compañero en la canción cuando la registremos??

    Muchas gracias

  68. mi nombre artistico es rivas soy un rapero residente en new york
    tengo un pequeno estudio en casa en el cual hago mis canciones
    tengo ya varias canciones escritas y grabadas pero nunca he podido registrarlas por lo que no sabia como hacerlo y por la duda que tengo ya que en algunas de ellas no he usado pistas musicales hechas por mi mismo si no hechas por otros djs mis pregunta es: en el caso de las canciones en las que use pistas ajenas podria yo nada mas registrar las acapelas teniendolas en un formato mp3?

  69. Hola Julián, que mis compañero me corrijan, porque no soy abogado, pero entiendo que tu compañero será autor del arreglo en si, no del resto de la obra. Creo que si has registrado la base musical tú eres autor de ésta y tu compañero del arreglo.

    Luis, en efecto, lo que se protege es la obra original y si registras a capella será lo más correcto. Si lo puedes acompañar de partitura o midi tanto mejor.

  70. Julián, tal como lo veo yo, el principal autor de la canción eres tu. Debes valorar con la persona que ha hecho los arreglos qué importancia y valor tienen, y así establecer un porcentaje ya que sería un caso de coautoría. No hay una regla para esto, depende de lo que acordéis entre vosotros, aunque obviamente si tu participación es mucho mayor deberías reservarte un porcentaje más alto. Podéis establecer ese reparto en un documento adjunto y añadirlo al registro, de este modo también queda constancia en él del porcentaje que corresponde a cada uno, ya que si no decís nada se entenderá que es al 50%.

    Independientemente de eso, puedes registrar lo que tú has hecho separadamente.

    Luis, si usas pistas de otros djs debes pedirles permiso para poder usarlas, y no puedes registrar tus canciones con éstas ya que se entendería que te estás apropiando de ellas.

  71. Ola mi nonbre es Nelson Lorenzo y mi pregunta es que debo aser para rrejistrar mis canciones y si nesecitan tener mucica es pero su rrespuesta y rreciban un atento y cordial saludo

  72. Hola Nelson, en este post y en muchos de los comentarios verás más o menos cómo registrar. En principio con la partitura es suficiente. La interpretación puede reforzar la prueba, o ser algo que registrar cuando no hay partitura. Recomendable usar ficheros tipo MIDI que incorporan mejor información de melodía que otros ficheros.

  73. Hola
    Quisiera saber si solo se puede registrar la letra de las canciones ,y si se puede, cual es el procedimiento a seguir? les a gradeceria mucho su informacion
    Gracias

  74. Hola
    Quisiera saber si solo se puede registrar la letra de las canciones ,y si se puede, cual es el procedimiento a seguir? les agradeceria mucho su informacion
    Gracias

  75. Sí, en efecto. Puedes registrar sin problema. La forma de realizar el registro es sencilla. No tienes más que entrar en tu cuenta de usuario de Safe Creative y dar a “registrar una obra”, e ir introduciendo título, tipo de obra, licencia y subiendo el fichero o pegando el texto de la letra directamente. Luego das a registrar y listo. En la sección de manuales hay explicaciones de las varias maneras de registrar. Si tienes algún problema o duda concreta no dudes en contactar con nosotros a través del enlace de contacto de la página de SafeCreative.org

  76. HOLA YO TENGO CASI CERCA DE 100 CANCIONES QUE HE CREADO CON EL TIEMPO YA TENGO VARIOS AÑOS DE EDAD Y LA VERDAD ES QUE QUIERO SABER SI PUEDO REGISTRAR VARIAS CANCIONES EN UN SOLO REGISTRO OSEA TENDRA VALIDEZ O SE PUEDEN OBTENER REGALIAS EN EL CASO QUE SEA UN ALBUM DE 10 CANCIONES POR LO MENOS? COMO LA SITUACION ECONOMICA ESTA ARRAZANDO CON MI PACIENCVIA QUIERO AL MENOS DEJAR REGISTRADAS MIS CANCIONES PARA QUE SEAN MIS HIJAS PARTICIPES Y TENGAN ALGUN BENEFICIO DE MIS LETRAS, MI MUSICA, MIS CANCIONES

  77. tengo canciones letra y acordes de guitarra que en breve interpretaré y grabare con mi grupo puedo registrarlas cantadas y tocadas solo por mi en mp3 y añadiendo las letras? asi puedo asegurar que las canciones son mias ?

  78. Respuesta a Américo Alfredo Ramos: Por supuesto puedes registrar esas cien canciones. Para realizar el registro te aconsejamos que uses el sistema de registro masivo que puedes mirar en este enlace https://www.safecreative.org/blog/es/2009/01/23/nuevo-registro-masivo/, si bien es mejor casi que esperes al jueves porque ese día estará online la nueva versión de la web. Sobre el tema de regalías, etc, Safe Creative no realiza ninguna gestión de cobro de esos derechos, para lo cual hay que consultar con alguna entidad local de gestión colectiva de derechos de autor.

    Respuesta a Ivan: Lo mejor es que registres los acordes y las letras. La partitura es lo que normalmente se pide en los registros tradicionales para establecer la autoría, por lo que también es válido en Safe Creative. Si quieres añadir la interpretación para reforzar, bien, pero en principio letra y partitura suele ser suficiente.

  79. Holaa. Bueno un amigo i yo hicimos una cancion keria saber como registrarla es un Grupo de baladas pero lo que kiero saber es como registrar nuestra cancion.. ? respondan porfavor…

  80. Hola Ángel, para registrar una canción tienes que darte de alta y subir un fichero con la partitura o en su defecto una interpretación a poder ser en formato tipo MIDI, o si no ya en ogg, mp3, etc. A más información tanto mejor. En los comentarios a este post hay muchos que tratan sobre cómo realizar el registro. En cualquier caso estamos cambiando la versión de la web y aunque en esencia va a ser el registro similar, habrá pequeños cambios que iremos anunciando en nuevos posts en este blog. Saludos.

  81. El certificado que se puede pedir despues de registrar la obra, (archivo en pdf), es valido en todo el mundo, o solo en europa?
    por ejemplo en america latina, mexico, estados unidos, canada?
    gracias

  82. Hola que tal estamos interezados en hacer el registro, pero tengo una duda con respecto a las notaciones musicales, deben ser en partituras de todos los instrumentos o la melodia solamente?
    muchisimas gracias
    atte.
    Johnine

  83. Hola Johnine, la fuerza de la prueba que se efectúa con el registro depende de la información que se aporte, a más información, más fuerte será. Lógicamente si se puede aportar la partitura de todos los instrumentos será mucho mejor que si sólo se hace de la melodía, aunque también tendrá cierta entidad aportar sólo esta parte. Todo depende de si existen notables diferencias entre las distintas partituras, pero lo mejor es incluir cuanto más mejor.

  84. Hola, tengo una duda, cuál es la mejor forma para hacerle saber claramente al público que una canción en un CD o en una página de internet está registrada? Hay que agregarle la (C) después del título? hay que mencionar la marca Safe Creative? en fin, qué es lo más conveniente?

  85. Hola FC, ya que el registro no es legalmente obligatorio y todo una vez hecho cae en el terreno de la propiedad intelectual, el (c) es un anglicismo que no hace sino confirmar lo que ya es. Es decir, sin necesidad de poner nada ya se sabe que por defecto se tienen todos los derechos reservados (o se debería saber). Sin embargo poner el (c) símbolo del copyright ayuda a que la gente se de cuenta de lo evidente. Pero para dejar claro que está registrado es importante poner información del registro ya sea con las etiquetas html que proporcionamos, o el propio enlace al registro.

  86. quisiera rejistrar mis canciones pero no se como hacerlo quiero q porfavor me ayuden.¡¡¡¡¡ y me digan como tengo que hacerlo.¡¡¡¡ gracias.¡¡¡

  87. Hola Humberto, en principio tienes que crear una cuenta en Safe Creative, es gratuito. Luego puedes subir el fichero con la partitura y/o la letra de la canción, depende. Si no tienes partitura sube un fichero con la interpretación, un midi o un mp3. En la pantalla que te permite subir el fichero puedes asociar un modelo de protección de la obra, desde “algunos derechos reservados” a “todos los derechos reservados”. Si tienes dudas o problemas, escribe a soporte por este enlace: http://www.safecreative.org/contact

  88. en realidad yo eh tratado muchas veses de pasar mis cansiones a unos grupos pero disen que estan bien que las toman si se las regalo como si ellos las hubieran compuesto yo se que solo tu piolin alludas a los latinos desinteresadamente asta que la persona tiene ganancia tanbien tu resibes lo tullo alludame por favor grasias grasias grasias

  89. Hola Joelg, en realidad en líneas generales porque según legislaciones puede variar, no puedes renunciar a la autoría de tus obras, otra cosa es que se puede definir por contrato una licencia de explotación patrimonial. Es decir, la banda puede ganar dinero, etc, pero se impone una negociación. El mejor consejo es contar con asesoramiento legal especializado.

  90. soy cantaautor y quiero registrar mis canciones ,donde y si es seguro hcerlo por internet ,saber el costo y como se envian las canciones

  91. El registro en Safe Creative es gratuito. Para realizar el registro sólo tienes que darte de alta y subir un fichero con la partitura de la canción y puedes hacer otro registro con la letra. Si no tienes partitura pero sí una interpretación de la obra, bien puedes registrar esta en formato mp3, ogg, etc con la condición de que la obra sea identificable.
    Sobre la seguridad del registro y su eficacia probatoria te aconsejo que pases por la sección de legal de este blog porque hablamos del tema.
    Si tienes dudas contacta con nosotros por esta vía: http://www.safecreative.org/contact

  92. Por favor, me pueden contestar esta pregunta.Acabo de grabar una maqueta con siete temas,tres los tengo resgistrados en ciencia y cultura con partituras letra y musica.Puedo resgistrar los otros cuatro por aqui,Mndando las grabaciones en MP3 por correo electronico.Gracias

  93. soy daniel y vivo en estados unidos compongo mis propias canciones y tanbien las canto y qiero saber como puedo registrarlas en mexico

  94. Hola Daniel, el registro en Safe Creative es un registro privado que se usa a nivel internacional, por lo que también se puede usar en México. Si lo que quieres es usar el registro oficial de México deberías acudir al organismo regulado de tu país donde te indicarán los pasos a seguir. Lo que es en Safe Creative no tienes más que darte de alta, subir un fichero de audio con la interpretación si no tienes partitura, o bien subir la partitura y la letra. Según dispongas. Luego aplicas el tipo de protección, y listo.

  95. Tengo un problema al intentar registrar mis canciones. Tanto si utilizo el botón de subir fichero como si utilizo el plug-in de java la subida de los ficheros se ejecuta perfectamente pero cuando llega al 100% no avanza. Los ficheros que estoy intentado subir son .rar o .pdf y ocupan menos de 10MB ¿Estoy haciendo algo mal? Hace 2 años registré mi anterior obra y no tuve ningún problema. Les agradezco su ayuda de antemano.

  96. Hola Rustie, debería funcionar ahora. Tal vez haya sido un problema transitorio.

    Saul, simplemente date de alta y ve subiendo las ficheros con las obras, selecciona la licencia y tras 24 horas el registro pasa a ser firme. Luego cuando puedas pon los sellos que te facilitamos, o los enlaces a la página de registro, etc.

  97. Parece que debe de ser un problema con alguno de los servidores, otros funcionan correctamente. He dado aviso, espero que en un par de horas estén todos funcionando. Lamento las molestias.

  98. hola, quisera saber que diferencia hay entre registrar canciones con letra y partitura o con un disco donde se entienda perfectamente la letra y la melodia de la cancion y si se pueden usar ambas de igual forma en caso de jucio o reclamo de regalias etc,,,
    tambien cual es la diferencia entre registrar en este sitio de SAFE CREATIVE al sitio USCOPYRIGHTS.gov de estados unidos, ya que ellos si cobran
    Por que vi que le respondieron a Daniel que los registros de canciones de SAFE CREATIVE eran diferentes a los “regulares”

    Gracias

  99. hola, tengo una duda importante, soy compositor, arreglista, y cantante, le he hecho la música y arreglos en su totalidad a un letrista (que creía amigo…), de al menos 12 canciones, están todas grabadas en audio y la mitad las tengo registradas como autor musical. El letrista en cuestión contento con el resultado ha decidido mandar sus letras a una productora sin contar conmigo, como letras suyas y nada más, ¿puedo defenderme en el caso de plagio de mi música?….¿puedo usar el trabajo musical realizado con otras letras?….esas son mis dudas, gracias…..

  100. Hola Israel, la diferencia en realidad puede ser mínima pero dependerá mucho del juez y el peritaje. A más información mejor y por ahora los jueces entienden mejor un reglamento que habla de partitura que una melodía, pero el tiempo lo acabará diciendo. Pero entre no registrar nada y registrar la melodía, me quedo con la melodía.

    IANAL pero USCOPYRIGHTS es un registro oficial en EEUU para sus ciudadanos ahí que permite que en caso de plagio o uso indebido puedan reclamar statuory damages y attourneys fees. Sin registrar ahí no pueden pedir por esos conceptos unas indemnizaciones importantes. Por el precio que supone el registro es algo que usan sobre todo profesionales. En cualquier caso entendemos que usar Safe Creative es algo complementario a otros sistemas siendo en ocasiones la única o mejor opción. Pero todo suma, pero supuesto.
    Safe Creative apunta al futuro y claro, no es oficial, o no podríamos innovar. Creemos que en el futuro los registros oficiales tenderán a parecerse a lo que hacemos nosotros.

  101. Tengo un grupo (somos 2 personas en total) y hemos grabado unos temas (originales en música y letra). Tengo una serie de dudas:

    1. ¿Para registrarlos en Safe Creative bastará con aportar en cada archivo zip la sesión del cubase del tema, el archivo mp3/wav y las letras en archivo de texto, o es recomendable añadir mas cosas?.

    2. Imagino que si hago el registro al nombre del grupo tendría que registrar ese nombre legalmente (lo que conlleva un gasto adicional); pero si lo registro a mi nombre (que imagino que ya no tengo que registrarlo ya que es mi DNI), ¿podría especificar en el registro que el otro componente del grupo tiene exactamente la misma autoría sobre las canciones?.

    3. El disco queremos editarlo en formato físico, además de distribuirlo por internet. Para colgarlo en internet imagino que esta licencia de Safe Creative sería suficiente para distribuirlo o ponerlo en nuestro myspace, pero ¿sería suficiente para editarlo en formato físico o se debería hacer algún tipo de registro mas?

    4. Imagino que las letras de cada canción se podrán registrar dentro de la misma canción (corregidme si me equivoco). Respecto a la carátula y el diseño gráfico del disco, ¿Hará falta registrarlo de otra manera? ¿Puede ir dentro del disco? Si tengo que registrar el dibujo de otro manera ¿puedo hacerlo en Safe Creative?

    Muchas gracias por las respuestas por adelantado. Espero que me sirvan para poder distribuir y editar mi disco sin problema alguno. Un saludo.

  102. Hola Javier, IANAL pero comento sobre las cuestiones que nos planteas.:
    1.- A más información mejor, pero para lograr tener una prueba sólida lo importante es que lo que se suba permita identificar a posteriori la obra con lo que creo que con lo que propones es suficiente.
    2.- Pronto habrá novedades sobre el registro de obras para con varios autores, pero por ahora lo que hace la gente es crear un usuario con el nombre del grupo y firman a título privado un contrato estableciendo la autoría, etc. El registro del nombre artístico se hace en Oficinas oficiales de Marcas y Patentes.
    3.- Es importante definir que Safe Creative no es una licencia, sino un registro que os permite asociar una licencia (del listado que ofrecemos o alguna personalizada) a una obra concreta declarando que se es el autor. Dicho ésto Safe Creative actúa como un testigo del acto de declaración de autoría. Según la plataforma o forma en la que queráis dar a conocer la obra es posible que además os pidan otros códigos o registros, pero desconocemos exactamente qué puede llegar a ser.
    4.- Si subes un ogg, flac, mp3, etc con una canción queda registrado el contenido de esa obra, lo cual suele incluir la letra, pero bien podrías hacer dos registros separados, con la partitura por un lado y las líricas en un documento de texto. A vuestro gusto, claro está. Los diseños gráficos los puedes registrar por separado o todo junto en un fichero comprimido incluso con las canciones, aunque es recomendable que los diseños vayan aparte.
    Para más información para auto-editrar discos busca Xera.com manual de auto publicación en tu buscador favorito 🙂

  103. estoy pidiendp informasion para aber si puedo registrar un cd. que yo ise en mi computadora con letra y mucica de artistas porque los amigos disen que puedo registrarlo como autor del CDmis amigos dicen que si no lo aguo lo pueden aser pirateria esa es mi pregunte si puedo registrarlo

  104. Hola Benito, lo primero es que si estás usando obras de terceros tienes que contar con los correspondientes permisos de éstos o ajustarte a los términos de la licencia en caso de usar obras licenciadas con Creative Commons. En cualquier caso el registro no imposibilita que tu obra original o la de terceros sea pirateada, sino que se disuade y se logran herramientas que pueden ayudar en el futuro a detectar usos ilícitos de las obras y tomar medidas llegado el caso.

  105. HOLA,TENGO UNA DUDA SOBRE REGISTRO: VERAS RESULTA QUE QUIERO REGISTRAR UN TEMA CON UN NOMBRE QUE COINCIDE CON EL DE UNA CANCIÓN YA REGISTRADA DE OTRO COMPOSITOR Y QUIERO SABER SI AUN ASI LO PUEDO REGISTRAR YA QUE SOLO COINCIDE CON EL NOMBRE NO EN SIGNIFICADO.

  106. WOLA A TODOS!!!!!
    Si Se cuentan con canciones registradas en Safe Creative, cuando “el tio de la Sgae” antes de un concierto viene con su maletín para apuntar los temas que vas a tocar registrados…
    ¿¿debes escribir los que están es safe creative??
    ¿¿o dependerá de la licencia c.c. o Copyright??
    ¿¿es compatible safe creative con ser miembro o socio de la Sgae??

    GRACIAS!!!!!

  107. Hola Rorro,

    El registro en Safe Creative es independiente de estar asociado con una entidad de gestión. En el caso de SGAE, ésta recaudará, en su caso, por las obras cuya gestión tenga encomendada (ya sean de terceros o las tuyas), por tanto dependerá de las canciones que se toquen en el concierto.

    En el caso de alguien que no es socio de SGAE y toca en un concierto únicamente sus canciones, ésta no tiene nada que recaudar ahí. En estos casos, el registro en Safe Creative puede ser de utilidad porque permitirá acreditar que las obras son de esa persona así como la licencia de uso de las mismas, por tanto puede tener un efecto disuasorio.

    Un saludo,

  108. hola, bueno yo tengo un caso, lo que pasa es que yo hago música de genero electronico, (hardstyle), pero tengo apenas como 7 u 8 meses haciendo, en un programa…bueno quiero mensionar, que no soy una persona de muchos recursos, pero quisiera registrarlas, pero me dijeron que nose a donde debo ir, y necesito dinero, y pues la verdad no puedo pagar ahorita mucho. nose si me pueda ayudar… mmm, ambien quiero mencionar que hize una cancion que ya estaba hecha, bueno lo que hacemos muchos productores principiantes..quiero saber que tanto problema tengo con eso,, bueno espero que me ayuden…gracias.

  109. Hola Luis, puedes registrar tus composiciones originales en Safe Creative sin problema. Es una manera de obtener una prueba de autoría sin tener que gastar cantidad alguna ya que el registro básico es gratuito. Sobre las obras que no son tuyas has de tener en cuenta que para versionar y comunicar públicamente por lo general se precisa del permiso expreso del titular de los derechos salvo que ya lo autorice expresamente con algún tipo de licencia como algunas de las creative commons.

  110. ok gracias, tengo entendido eso…
    mi otra duda es, el problema de los derechos, si yo al registrarme con ustedes, pierdo mis derechos de autor, o no…gracias.

  111. Hola, gracias de antemano por su respuesta. Mis dudas son las siguientes: 1)Tengo un grupo de Tango, y vamos a entrar en el estudio en Julio y quisiera saber si esta licencia tambien sirve para grabaciones de otros autores (ya que grabaremos temas de Gardel, Lepera, Discepolo, etc); y 2) cuales son los pasos a seguir para poder publicar el disco y asi venderlo al publico. Gracias.

  112. Hola:

    Safe Creative no es una licencia, es un registro en el que inscribes tus obras a los efectos de poder demostrar su creación.

    Si vas a grabar canciones que son de otros autores necesitas autorización de los titulares de los derechos de las canciones que vais a grabar para poder hacerlo y poder, posteriormente, comercializarlo.

    Deberías informarnos en SGAE, en España, de como obtener la autorización y las condiciones para poder grabar y vender lo que grabeis

    Safe Creative os servirá como prueba del trabajo que realiceis una vez terminado y registrado

    Un saludo

  113. hola que tal minonbre es jorge y soy conpositor como puedo rejistrar mis cansiones aber si medan informasion grasias que estenbien……….??????????

  114. Hola a todos la verdad que revise primero la libreria de Washington pero al final no me dio confianza hice como se hacia en el pasado ponia todo el producto y despues me lo enviaba yo mismo a la hora de cualquier movimiento pues legalmente estas discretamente protejido pero vamos a hacer el contacto por que ahora no se trata de protejer si no buscar el vendedor de nuestras obras y quizas incluya publicacion y promocion perdonen el discurso Att Carlos.

  115. Hola Carlos2, si bien mucha gente que enviarse contenidos por carta certificada a uno mismo puede constituir una prueba de autoría, la realidad es que no es así. Es una pruebe muy poco sostenible por lo que nuestro consejo es usar mecanismos serios, como la Biblioteca del Congreso, el US Copyright Office y por supuesto complementariamente e incluso opcionalmente en según qué casos, los registros privados.
    También ayudamos a que podáis vender y licenciar las obras de forma independiente.

  116. Julian, pues nuestro consejo es que consultes con un abogado. Todo dependerá de si habías registrado la canción o no. En estos casos, una vez el mal ya está hecho, creo que es mejor dejar la canción en Myspace, aunque no creo que os sea fácil obtener un log sellado de forma sólida para mostrarlo como prueba ante un juez.

    En cualquier caso, y antes de publicar nada, registradlo porque luego es muchísimo más fácil demostrar la autoría.

  117. Max, en los registros tradicionales exigen partitura, pero en Safe Creative podéis subir un mp3. Siempre que se pueda identificar la obra al escucharla, creemos que se puede considerar como prueba de autoría a valorar.

  118. Bueno tengo una duda, resulta que hace dos años cree una cacnion y la subi a myspace y la deje ahi, ahora hace un mes me doy cuenta que una banda american que estaba en myspace me copia una cancion que tenia alli publicada, ritmo, tempo, intrumentos de una manera algo absurda.
    Ahora al enterarme de eso borre la cancion de la pagina, La duda es que si fue correto hacer esto, y bien que podria hacer ya que tengo correor y partiruas de mi cancion que podria hacer entonses? gracias

  119. quisiera saber si esto es valido para colombia????

    no voy a terner ningun problema?

    si registro mi cancion aqui y luego otra persona la reutiliza puedo demandar tengo derechos??

  120. El sistema de registro/depósito de una obra se basa básicamente en la recepción y custodia, en un momento temporal concreto, de un fichero, consignando esos datos a efectos de prueba en un momento posterior, lo que es válido como tal para cualquier sistema jurídico.

    El registro en Safe Creative te permite demostrar lo anterior, como prueba que permite considerar que existe una creación anterior a la que haga pública otra persona, de lo que se deduce que la autoría es del primero en el tiempo, aunque lógicamente esto no es irrefutable pero sí es una prueba suficiente.

    En caso de demanda por infracción de la normativa sobre propiedad intelectual, los derechos los confiere la ley por mero hecho de ser autor, y en este caso puede acompañarse la certificación de Safe Creative como prueba de autoría.

  121. Hola:

    Acabo de hacer dos registros (ya tenía uno) en la propiedad intelectual de Andalucía (las letras de las canciones).

    El caso es que el soporte de CD no me lo han aceptado porque me decía la señora que si era obra musical había que llevarle la partitura y no un CD. Yo entonces le pregunté que veía muy claro en el papel la posibilidad de registrar AUDIOVISUAL pero nada de nada, la señora decía que eso era una canción y partitura o nada. ¿Con vosotros podria registrar un conjunto de obras grabadas aunque las letras ya estén registradas en la propiedad intelectual?

    Gracias.

  122. Hola Miguel,

    para el registro en SafeCreative puedes subir cualquier tipo de fichero en el que se identifique correctamente la obra, el formato no es lo importante, pero la obra tiene que identificarse bien.
    La señora del RPI te dió la norma con la que todavía están registrando allí, no es cosa suya, es la ley que rige para la música en el RPI tradicional, o partitura o no hay registro posible.
    Si quieres registrar las letras también en SafeCreative no es incompatible con que las tengas registradas en el RPI de Andalucía y así les puedes dar también difusión a través de internet.
    Un saludo:)

  123. Hola:

    Si, no hay incompatibilidad entre ninguno de ambos registros ya que sirven a los mismos efectos, simplemente dejan constancia del momento en que inscribiste la obra.

    Por lo tanto, y con toda tranquilidad y seguridad, puedes seguir registrando en el registro de Propiedad Intelectual y en Safe Creative sin que eso te suponga ningún perjuicio o incompatibilidad. Además tendrás más medios de prueba en caso de necesitarlo.

    Un saludo.

  124. Hola bct, en primer lugar habría que ver si es o no una obra derivada y para poder hacer algo así tendrías que contar con el permiso expreso de los titulares del mix original. Registrar la autoría es una cuestión aparte.

  125. Hola! tengo una pregunta, si yo “tomo”un remix ya hecho o conocido y nada más modifico una parte, lo puedo registrar a mi nombre?

    espero me contesten !

    saludos

  126. Me informe un poco de la manera correcta para registrar con ustedes, mi pregunta es Soy compositor, interprete y arreglista de mis obras, es necesario escribir tambien las partituras.

  127. Hola, tengo una banda y sacamos un disco con 11 canciones, letra y música propia. Queremos registrarlo como propiedad de la banda y no de cada miembro por separado, se puede? Como sería el trámite? Otra duda que tenemos es si subiendo un .rar con las canciones y las letras ya queda hecho el registro, pregunto porque se nos complica el tema con las partituras. Gracias

  128. Hola Pedro,

    Safe Creative es un registro privado, no oficial (público), que se basa en los principios del convenio de Berna. Es decir, se crea una prueba de autoría iuris tantum que se puede usar en juicios como otras pruebas que se puedan tener.
    El reconocimiento legal será analizado en cada caso. Nosotros por supuesto ofrecemos lo mejor que la tecnología puede crear y ayudaremos a demostrar tecnológicamente que la prueba no se ha alterado en ningún momento en nuestros servidores. A partir de ahí los jueces tendrán que valorar el resto de pruebas exactamente igual que como ocurre en los registros públicos nacionales.

  129. Hola tengo una pregunta cuando le compones una cancion a un artista ya sea por que la admiras mucho o por x causa tambien tienes que registrarla o nadamas se la haces llegar.

    Gracias y disculpen mi ignorancia.

  130. Hola Maricela, en primer lugar el registro siempre es opcional, ya que los derechos sobre la obra los tienes por el hecho de crearla y ser original. En cualquier caso siempre es recomendable registrarla para evitar problemas en el futuro en el sentido de que alguien cuestione tu autoría.

  131. Hola soy Ruben he leido preguntas y respuestas sobre la pagina esta y todo el personal gran ayuda no hay duda, pero yo dejo mi comentario sobre si yo viviendo en los estados unidos pueda hacer mis registros con mis canciones y no hay ningun problema al respecto me imagino que esto es mundial solo quiero estar seguro muchas gracias por su ayuda.

  132. Hola Rubén, sí, se puede registrar a nivel mundial. No basamos en los principios del convenio de Berna creando una prueba iuris tantum, por lo que no hay problema.

  133. Hola Marco Antonio, lo primero puntualizar que no estaríamos hablando de patentes en este caso, pues en este caso nos referimos a obras creativas originales cuyos derechos nacen de la creación, no de la inscripción. En ese sentido te recomiendo realizar el registro en Safe Creative de forma complementaria a otras posibles inscripciones en registros públicos de propiedad intelectual.

  134. hola, quiero patentar mis temas de composición, soy músico y deseo un reconocimiento por parte de alguna institución que me acredite que los temas patentados son mios, para evitar cualquier problema de pirateria. necesito una respuesta cuanto antes, gracias marco antonio hermoza casquino.

  135. Buenas tardes:
    Acabo de componer algunas melodías instrumentales que me gustaría poder registrar. Me podrían por favor informar de cómo hacerlo exactamente?, soy nueva en esto. Están compuestas en logic sólo tengo los formatos en mp3 y mp4. Qué más tengo que hacer para proceder al registro?
    Muchas gracias de antemano.

  136. Hola Laura, en principio bastaría con enviar los ficheros que comentas a registrar ya que gracias a elllos se identifica la obra que se pretende proteger.

  137. Hola de nuevo, Tengo otra pregunta, al no tener letra en la canción habría algún problema?, puedo sacar la partitura de esto entonces sería para un solo tema dos ficheros no? uno en Mp3 o Mp4 y el otro en el formato de la partitura?, esto me ayudará a saber nombrar los ficheros que corresponden a cada tema.

    Muchas gracias de nuevo y saludos.

  138. hola a todos… miren yo tengo bastantes canciones pero solo la letra no les compongo la musica. Las he hecho inspirado o ideado en el genero de banda y norteno pero igual tengo baladas muy padres. No tengo ni idea de como registrarlas vivo en baltimore, maryland USA y no hay un departamento que yo sepa donde las pueda registrar como le hago para registrarlas en internet de forma segura?????contesten porfavor me sera d gran ayuda… Gracias a todos

  139. Paolsiha, puedes registrar con lo que tienes, el mp4, las tablaturas, incluso todo junto en un fichero comprimido. Lo importante es que tengamos algo suficiente para identificar la obra, el solfeo no es imprescindible.

    Sobre lo de Yamaha, suele depender de la licencia que hayas firmado, aunque normalmente se considera herremienta…

  140. Hola!

    Quiero registrar mis canciones, soy la autora de las letras, de la melodía y de la producción de los temas…. No tengo el solfeo de la melodía, pero si las tablaturas con los acordes del acompañamiento y una grabación casera con un MP4…podría servir aunque no sea el mejor sonido??? es que quisiera que mis canciones estén protegidas antes de ir a un estudio de grabación.
    Es necesario hacer el solfeo de la melodía para registrarlas?
    Gracias!

  141. Y otra cosa… el acompañamiento lo hice un teclado creador de estilo de Yamaha, hay que incluir a Yamaha dentro de la autoría, o en este caso esa sería la herramienta usada para generar las pistas como cuando se hace en programas de computador???

  142. HOLA.

    He hecho algunas canciones (solo las instrumentales) a base de samples en un programa de ordenador y mis preguntas son las siguientes:
    ¿puedo registrarlas? ¿debo tener algún permiso de el autor de las originales donde tome los samples? ¿si trato de registrarlas estaria cometiendo un delito?.

    Bueno, espero me puedas orientar ya que no sé mucho de esto , de antemano gracias.

    .

  143. buenas me gustaria saber que seria mas recomendable hacer para proteger mis composiciones musicales ya grabadas en estudio profesional, si registrar el disco completo con todos los temas incluidos o tema por tema? gracias! saludos desde Venezuela

  144. @martinez en líneas generales dependerá de la licencia de uso del programa de ordenador que estás empleando. Leelas y ahí te pondrá si puedes o no hacerlo y en qué condiciones.

    @tony en realidad puedes usar cualquiera de las dos opciones. Eso es según a tu criterio. Lo que debes tener en cuenta, para buscar la mejor solución en tu caso, es si las obras van a, de alguna manera, poder existir unas desvinculadas de las otras. Teniendo en cuenta hacia donde van las cosas es conveniente tener un registro por cada canción.

  145. Hola Carlos, me temo que no sé decirte. Existen proyectos que a partir de la melodía suelen poder sacar el origen de la canción, como Shazam, etc. Igual en Bmat te puede orientar algo, pero es un tema complicado, me temo.

  146. mi amigo que tal me gustaria saber si tu puedes darme algun link de una pagina para saber si una cancion mas bien una letra ya esta registrada… esa cancion yo la escuche en un grupo en nogales sonora mexico hace alrededor de 4 anios y asta la fecha nadie la ha cantado nadie la subido nadie la conoce y en tiempo que he buscado la letra no me aparece por ningun lado y es un buen corrido.. yo se que lo mas seguro es que si este reggistrada pero para eso kiero saberlo quiero darme cuenta si ya esta registrada y quien es el autor ya que me gustaria contactarlo para ver si mi grupo y yo podemos interpretarla sin meternos en un problema!!

  147. si alguien la ha escuchado o sabe donde puedo obtener detalles del autor porfa mandenme la info a mi correo es carlos_reynosa_06@hotmail.com el nombre de esa cancion es EL HUARACHERA gracias… gracias a la persona que ha dado todos estos detalles hace tiempo yo andaba todo desesperado por saber todos estos detalles y nadie supo darm razones asta que me tope con una persona que era compositor de los temas que cantan los tigres del norte, ramon ayala y vicente fernandez!!

  148. A la hora de registrar un disco (musical, claro), además de registrar los temas que lo componen, ¿es posible registrar el título del disco? Gracias.

  149. Hola,
    La LPI en su artículo 10.2 establece que si el título es original y no un término o expresión común, tiene derechos de autor, y por tanto resulta “registrable”.
    Por ejemplo “Alicia en el País de las Maravillas” se consideraría un título original, pero no “New York”.

    Un saludo.

  150. Muchas gracias, Ana. Entonces, considerando que el título es original, supongo que podemos registrarlo aquí, pero no sé bajo qué epígrafe.

  151. Hola:

    He estado mirando en casi todos los comentarios, pero no he encontrado respuesta a mi duda.

    Supongamos que quiero subir las partituras para registrar los temas. ¿En qué formato habría que hacerlo? ¿PDF? ¿MusicXML? ¿MIDI? ¿O es indiferente, con tal de que sea lo más estandard posible? En cualquier caso, ¿hay que enviarlo empaquetado en un zip?

    Un saludo y muchas gracias.

  152. Hola José GDF, en efecto puedes subir con el formato que quieras, siempre que sea lo más estándar posible. Poner en zip o no es cosa opcional. Si el envío tiene varios ficheros asociados a una obra, mejor en zip, pero si no, no hace falta.

  153. Hola Alexis, el término “patentar” no sería el adecuado, pues se aplica a invenciones y procesos industriales. En todo caso por el hecho de crear ya tienes los derechos sobre tus obras, con alguna particularidad según legislación. Para crear pruebas de autoría sobre la afirmación de ser autor no tienes más que entrar en Safe Creative y subir o bien una a una todas las pistas o la colección entera en un fichero en un fichero comprimido. Como requisito sólo estar el de ser autor original de la obra o tener los derechos de explotación de ésta o éstas.

  154. Hoa JBass, en principio lo mejor es registrar en co-titularidad, citando a todos los miembros involucrados en la composición. Esto es así porque los integrantes de un grupo, como tal, pueden cambiar. Si existen escrituras, el tema queda más claro, si no es así, puede ser confuso.
    Para registrar en co-titularidad al menos un usuario, el que inicia el registro, debe tener al menos contratada la cuenta premium que cuesta 24 euros: https://www.safecreative.org/blog/es/faqs/anadir-titulares-derechos-obra-registrada/

  155. Buenos dias. Con el grupo donde toco hemos hecho nuestro primer disco autoproducido. Ahora llega el momento de registrar las canciones. Queremos registrarlas en nombre del grupo, pero éste no está registrado como sociedad por lo que no tenemos CIF. Es necesario esto para poder registrar en nombre del grupo? En caso de querer registrarlo a título personal (por si las gestiones para hacerlo del grupo son muy costosas) se puede hacer para varias personas con un mismo usuario registrado en esta web?
    Gracias un saludo.

  156. Hola,tengo un grupo de musica y ahora estamos terminando de grabar 4 canciones. Nos gustaria poder colgarlas en internet y hacer una maqueta en formato cd para la difusion.
    safe creative cubre tambien el formato fisico o solo cubre las descargas desde la web en cuanto a derechos?
    otra cosa,se puede registrar a nombre del grupo si este ya esta registrado legalmente?
    Si los compositores y interpretes son 6, tengo k pagar 6 cuentas premium o solo 1 o puedo hacerlo gratuitamente?
    lo siento por los acentos, no me funciona bien el teclado

  157. Waldette, lo primero que lo que se protege es la obra en si, independientemente del formato o entorno en el que se publique. Si alguien os plagia un disco desde un CD físico o Internet, podréis usar la prueba de autoría que generamos, para demostrar vuestra autoría.

    El tema de nombres comerciales de grupos se debe registrar en oficinas de marcas y patentes. Ahí Safe Creative es de entre nula a escasa utilidad.

    Sobre el registro en cotitularidad basta con que quien inicia el registro e invita a los otros autores tenga una cuenta premium. Los otros pueden tener cuentas gratuitas.

    No te preocupes por las tildes, me ha pasado lo mismo con batante frecuencia 🙂

  158. tengo una banda, he compuesto la mayoria de las canciones, letra y musica, solo, y en otros casos, en coautoria con mi guitarrista y/o con mis demás compañeros. hace un tiempo publicamos algunos demos en nuestro myspace, me pregunto si esto me perjudicará a la hora de recibir regalías, que pasaría por ejemplo, si yo registro mis canciones publicadas en myspace ahora en safe creative, quisiera saber que implicancias trae consigo una situación como ésta y cómo debería proceder ahora en que tenemos temas nuevos y estamos a punto de publicar un album.

  159. Renzo, para temas de co-autoría basta con que quien inicia el registro tenga cuenta premium e invite al resto de autores a serlo de la obra subida: https://www.safecreative.org/blog/es/faqs/anadir-titulares-derechos-obra-registrada/

    Dicho esto, como titular de derechos de autor, debes de contar también con los patrimoniales que seguramente serán vuestros/tuyos si no han sido cedidos a otra persona jurídica, como una entidad de gestión de derechos colectivos. En ese sentido los royalties, etc, dependerán de la forma en la que pretendes cobrarlos, pues si es a través de una entidad de gestión, todo dependerá de cómo funcione ésta. Mi recomendación es aclarar ese punto y con la información que tengas o usar el servicio de asesoramiento legal de la cuenta premium o contactar con nosotros por soporte: http://www.safecreative.org/contact

  160. holaaa, soy de Peru y tengo 14 fonogramas – en formato mp3- y cada uno cuenta con su partitura instrumental, son de mi completa autoria y no fueron difundidos, deseo registrarlos aquí, es válido los registros desde mi pais, y bastaria contar con mis datos y el -DNI idenfiticacion nacional de mi Pais-..?
    gracias por su respuesta C:

  161. Hola Karen, claro que puedes registrar con Safe Creative. Generamos evidencia de autoría basada en el Convenio de Berna, suscrito por 164 naciones de la ONU, por lo que se puede usar. Lógicamente a mayor nivel de identificación que puedas aportar (verisgn por ejemplo) y datos de la obra, tanto mejor.

  162. Hola, soy compositora de música por ordenador, ya tengo varias canciones publicadas en algunos sitios web especificos para musicos, pero las canciones no las tengo registradas y quiero registrarlas. Mi duda es si en un futuro mis temas los difundieran en radios extranjeras o los quisieran incluir en algun tipo de recopilatorio comercial en el extranjero ¿podrían hacer eso estando las canciones solamente registradas aqui en Safe Creative, o tendría que registrarlas en otro sitio con poder comercial?, espero que entendais la pregunta, yo estoy algo verde en estos aspectos, muchas gracias.

  163. Hola Ana, no estamos muy seguros de entender la cuestión que planteas, y te animamos a aclararla con nuestro formulario de contacto ( http://www.safecreative.org/contact ) pero como bien sabrás el registro no es obligatorio desde hace ya varias décadas por lo que podrás hacer lo que quieras hacer con tus obras hayas registrado o no, ya que tienes, por ley, todos los derechos. Es posible que según dónde y cómo quieras publicar te pidan informaciones o certificados, pero cada sistema pedirá algo seguramente distinto. En ese sentido te recomendamos como mínimo registrar con nosotros ya que desde Safe Creative puedes interactuar con los registros oficiales y enviar a registrar a USCO.

  164. Solo quería entender bien, cómo puedo hacer (yo que soy ‘compositor mediante programas de ordenador’) que tengo algunos temas (aclarando: sin ‘nombre’ oficial y sin letra) subidos en algunos sitios, sin registrar: ¿como hago para registrar estos temas que no tienen letra, solo musica? y ¿se puede subir luego estos temas a ‘MySpace’ por ejemplo, como sabrán allí que estos temas estarían registrados aquí?.

    PD: puse ejemplo MySpace pero podria ser otro…

    1. NMInd, en realidad funciona igual que con cualquier otro contenido que crees. Basta con subir a Safe Creative un archivo que contenga la obra a registrar y que permite identificarla lo suficientemente bien. En este caso una interpretación, un MIDI o algo similar puede servir. A la hora de informar desde cualquier página se pueden poner los sellos html que proporcionamos o el enlace a la página de registro o un texto plano explicando que la obra está registrada en Safe Creative con un código concreto.

  165. @moxo, en las cuentas gratuitas puedes registrar hasta 50 obras al mes de forma gratuita. Lógicamente para una canción no tienes que pagar nada. La forma de registrar la letra es subir a Safe Creative un fichero de texto con ésta, como un pdf, un .odt, .doc o similar.

  166. Buenos días, estaba yo registrando una canción del grupo y me he encontrado con un problema. Me explico haver si me entendeis:

    Tengo la música gravada en mp3, pero a parte tambien tengo la musica en midi, las partituras, la letra, la musica de cada uno de los instrumentos por separado (6), etc. ¿Si no tengo una cuenta premium, todo eso no lo puedo registrar como un mismo tema?
    ¿Solo puedo registrar o la música o la letra por separado con una cuenta gratuita?

    Gracias

  167. megustaria saber donde puedo regitral varias canciones. soy dominicano y vivo en españa. cualquier informacion pueden escribirme en mi correo o llamar alos tel. 660384567 y605304486. gracias att.carlos francisco

  168. megustaria saber donde puedo regitral varias canciones. soy dominicano y vivo en españa. cualquier informacion pueden escribirme ami correo o llamaRME ALOS TEL. 660384567 Y605304486 MUCHAS GRACIAS ATT. CARLOS FRANCISCO

  169. hola soy de irapuato gto i les dejo una linias

    no es mas savio el k es mas viejo
    sino el k aprende de su saviduria antes
    de llegar aviejo

    lavida es linda i ermosa
    pero suele ser muy las timosa

  170. Soy y fui la 1ra.voz de LOS HIJOS DEL SOL, conjunto del Peru y grabmos juntos con A,Anival Rosado varias canciones ,entre ellas CARINITO, que se escucho mucho a nivel latinoamericano, incluso se escucha en una pellicula de Colombia, otras de las canciones PERDIDO Y BORRACHO, MI PENA y otros mas pero este Sr, nunca me dio un quinto ni por la grabacion y por las regalias..Que debo hacer frente a esta circunstancia..??? mi NOmbre es EDSON B ORDAES.

    1. Hola Edson, en el caso que nos refieres lo mejor que puedes hacer es consultar con un abogado que te pueda asesorar sobre la posibilidad de iniciar una demanda. Si tienes unos derechos sobre unas obras y no has sido compensado, podrías exigir esa compensación en principio.

  171. holaaaa holaaa!!!!!! que talll!!!! que dice el calor!!!! ooo el frio????…. disculpa mi intromision, eres la administradora o el administrador????, bueno solo quiero decirte queeee….. trabajas muy duro en esto de la proteccion(que bueno que no hay doble sentido) y das explicaciones que solo 3/4 de frase entiendo, pero por si las dudas el releerlo me ayuda para entender el momento del comentario y tu respuesta aclaracion.
    tengo entendido la mayoria de los requisitos(eso creo, o me lo hago creer, jeje), digamos que la unica duda del momento, (no lei todos los comentarios, pero me bastaron al menos unos 50 de los mismos) las partituras y el empitripas(demo, o por lo que quiero registar) deben ser presentados en formatos legibles o algo asi????, lo pregunto por que al menos las partituras son borradores que hasta el pinole le da un toque de a “picaso”, y los “posibles” son grabaciones caseras de buena calidad, peroooooo no se si deba asi tal como estan registrarlos como tal!!! o hacerlo como se debe(en el caso de las grabaciones colaboradores y “yo” no le vemos inconvenientes) en el caso de las partituras deben ir en un formato en especifico?…
    y una ultima bastante harta importante… donde queda la OEPM para registrar el nombre de la banda? (radicamos en el mexico, d.f.) oooo el lugar donde deba hacerlo?.
    en infitas gracias te lo deberia por ayudarnos….
    att: TLacoyo de frijol.

    y buenas noches por cierto….

    1. @Richi valenx a la hora de registrar el fichero debe tener la calidad suficiente como para que pueda ser leído después. No existe una exigencia de formato, pero sí recomendamos que sea lo más estandarizado posible. Si se tratan de partituras bien podrían ir en formato PDF. Para interpretaciones .ogg o .mp3 está bien aunque siempre MIDI puede ser mejor pues permite obtener una representación más del tipo partitura de la melodía. Sobre la oficina para marcas y patentes no te sé decir, la verdad. Sería cuestión de mirar un poco por Internet o en las páginas gubernamentales.

  172. Hola como estás, vivo en Toluca, México. Tengo varias canciones que he compuesto (letra y música). He estado investigando como registrar las canciones pero aún no encuentro he leído que se necesita partitura y no se como escribir una partitura, ¿Cómo le puedo hacer? Y ¿Cómo podría hacerle llegar mis canciones a algun artista o banda mexicana? recibe un cordial saludo. Gracias

    1. @Fernando de san Martín: Con Safe Creative no necesitas una partitura. Si la tienes es recomendable usarla, pero puedes registrar una obra con una representación de la misma que permita en el futuro identificarla. Así que podrías subir un .ogg o .mp3 de la canción tal y como explicamos en la sección de manuales: https://www.safecreative.org/blog/es/manuales/ Sobre hacer llegar la obra a artistas o bandas lo mejor es visitar los foros de páginas especializadas que te orientarán mejor: https://www.safecreative.org/blog/es/partners/

  173. Hola, me llamo Tere. Pertenezco a una rondalla sin animo de lucro…vamos por por al arte, y queria preguntaros unas cosillas.

    Contamos con varios músicos que hacen los arreglos de los temas que tocamos y alguien me ha comentado que se pueden registrar.¿Es cierto?, Si la respuesta es afirmativa ¿cómo?.
    La mayoria de los temas que tocamos no tienen derecho de autor al ser folcloricas pero ¿pasaría lo mismo con temas que si tiene ese derecho de autor, teniendo en cuenta que los arreglos son propios?
    Espero que nos podais ayudar. Muchas gracias

    Tere

    1. Hola Tere, en general los arreglos se suelen poder registrar enviando ficheros con la interpretación. Siempre hay que contar con la autorización de los autores originales para interpretaciones de las obras y eso se puede comunicar, si se desea, aportando documentos al registro, cosa que se puede hacer en las cuentas avanzadas de pago.

  174. Hola, que tal? Antes que nada me gustaría decirles que me pone muy contento haber encontrado este servicio gratuito y no-burocrático, creo que acá está el futuro y que el proceso de registro de una obra deja de ser algo tedioso y terrible para ser algo divertido y organizado entre seres humanos. Bueno, ahora si.
    Mis preguntas: formo parte de una banda y estamos por sacar un disco, me gustaría saber como registrarlo como banda.

    Es posible crear una entidad con el nombre de la banda?
    En caso de ir a juicio la entidad “banda” registrada en este sitio puede levantar una demanda?
    Me conviene registrar todas las canciones por separado o todo junto como album?
    Puedo subir la versiones del disco en MP3 y las letras aparte o son necesarias las partituras?
    Muchas gracias!

    1. Hola Ignacio, las cuentas son básicamente personales, salvo la corporativa que podría encajar en lo que comentas. Si bien hay quien suele crear cuentas poniendo como nombre el de la banda, no es aconsejable ya que obliga de alguna manera a llevar una serie de contratos entre los integrantes de la banda. Lo mejor es usar el servicio de co-titularidad ya disponible para su inicio desde la cuenta premium (sólo hace falta que uno de los miembros tenga una cuenta premium y ya a partir de ahí los otros, aunque tengan cuenta básica, pueden constar como co-titulares): https://www.safecreative.org/blog/es/2010/03/02/uso-de-varios-titulares-de-derechos-para-una-obra/

      La banda sí puede tener una cuenta corporativa, por supuesto. Siempre hay que añadir a poder ser los contratos de los integrantes.

      Sobre qué registrar en realidad como prefieras, puedes registrar el álbum o cada pista individualmente; dependerá enormemente de cómo las vayáis a distribuir, o cómo vayan a vivir las canciones. Viendo las tendencias actuales donde el single gana al disco, tal vez lo mejor sea registrar pista a pista, pero eso lo dejamos a vuestro criterio.

      Las partituras no son necesarias. Si las tenéis mejor, pero si no es así con una interpretación ya quedaría registrado. También puedes adicionalmente registrar las letras por su cuenta si cabe la posibilidad que sean adaptadas a otras melodías o formatos.

  175. Gracias por la respuesta. Como seria eso de los contratos entre los integrantes que nombras al principio con la cuenta basica?
    En caso de registrar como co-titulares en la cuenta premium, hay un titular o todos tienen la misma titularidad?
    Han habido casos en Argentina donde se haya probado la propiedad usando de prueba safecreative?
    Gracias

    1. Carlos, tal y como se expresa en el artículo en realidad con ser el autor o tener derechos sobre la obra, ya se pueden registrar aportando o bien partitura o una interpretación de la obra.

  176. Hola soy ismael, escribo canciones, tengo 15 años, escribo desde los 12 años. Y ahora con un amigo hemos creado una. Para el que este interesado, me contacta a travez de mi e-mail: ismaelrissaldez@gmail.com o en facebook como: ismael Rissaldez, musica lenta.

  177. Hola , buenas tardes.
    Deseo saber si hay q pedir autorización para grabar una canción que fue un éxito.
    Si es asi , como puedo saber a quien referirme
    Saludos
    P

    1. Paulette, normalmente existen excepciones previstas en las leyes para poder hacer copias privadas de obras y depende de cada legislación. Si lo que buscas es luego publicarla de alguna manera, sí que deberás contar con autorización de los titulares de los derechos. Dependiendo de la canción deberás contactar con el registro en el que pueda estar, o con la entidad de gestión que proceda.

  178. Hola,acabo de registrar en copyright una coleccion de 68 canciones existe un banco o deposito expesifico donde pueden ver las canciones los interesados o,deceo me informen el mejor metodo para dar a conocer mi trabajo con el proposito de que las interpreten,necesito informacion muchas gracias,Nancy.

  179. Hola,me llamo Nancy ,tengo registradas 68 canciones,deceo informacion de como dar a conocer mi trabajo ,con el proposito de que sean interpretadas,?como puedo dar a conocer mi trabajo,gracias?

    1. @nancy: En Safe Creative te proporcionamos enlaces que puedes usar en el contexto de cualquier tipo de web para dar a conocer su trabajo, especialmente en el espacio en people.safecreative.org que se crea cuando ponéis obras de forma pública. Te recomiendo que entres en tu cuenta de usuario de people.safecreative.org identificándote con tus credenciales de Safe Creative para investigar cómo funciona. Si tienes dudas escríbenos por “contacto” de nuestra web principal.

  180. Hola,quisiera saber si meto una estrofa de una canción de otro autor en una producción casera por ordenador,¿debo pedir permiso al autor o se puede meter alguna parte,por ejemplo 10 o 15 s.
    Gracias

    1. Miguel Ángel, en general va a depender mucho de la jurisdicción en la que te encuentres. En líneas generales, salvo excepciones concretas que deberías mirar con la ayuda de un abogado, tendrás que pedir permiso expreso, sin importar la duración del audio que incorpores. En EEUU (legislación anglosajona de copyright) existe la defensa de fair use para estos casos, pero es mejor asesorarse bien antes de nadan. En países con legislación continental de derecho de autor donde está el derecho a cita, depende de los límites de éste, pero en general el permiso ha de ser expreso. Que me corrija algún abogado si acaso.

    1. rick, Safe Creative es un sistema privado que genera evidencia basada en los principios del Convenio de Berna, por lo tanto puede ser utilizada en los sistemas jurídicos de las naciones que han suscrito estos acuerdos, incluído México.

  181. Buenas, quisiera saber si registro un demo musical solo voz – guitarra y luego hago una version completa con mi banda. ¿sirve el mismo registro si se basa exactamente en lo que fue el demo?

  182. y otra pregunta que se me olvidaba. Es en el caso si tengo una canción con su archivo mp3 y su texto(letra) debo subir ambos archivo por separado o perfectamente ambos juntos en un archivo zip.

    1. Fred, el registro es literal sobre la obra concreta que se sube. En muchas ocasiones será suficiente la melodía y la letra de ésta para generar ya una evidencia sólida, pero lógicamente a más información mejor. Es interesante, por lo tanto, registrar la obra en “borrador” o “previa” pero también la final como una versión de la anterior. Para eso puedes optar por la cuenta premium que te permite vincular registros en forma de versiones de la obra anterior. También puedes usara la cuenta básica de pero de la otra forma queda todo más ordenado. Sobre subir los ficheros por separado o juntos, en realidad es a tu criterio. Puedes subir un zip con todo junto, una interpretación que contenga melodía y letra o registrar la melodía (música) por un lado y la letra por otro. A menudo las letras pueden considerarse obras en si mismas.

  183. Buenas, se puede o se debe registrar una versión de una canción de otro autor? En concreto tengo una versión de la bso de un videojuego de los 90 y no sé si la puedo registrar indicando que el original es obra de tal o qué. Gracias.

    1. Hola Rubén, sí puedes registrar versiones de otras obras. En ese caso es recomendable hacerlo usando al menos la cuenta premium que te permite adjuntar ficheros explicativos a los registros para especificar el autor original e incluso puedes aportar los documentos (escaneados por ejemplo) de la autorización expresa del titular de los derechos para hacer dicha versión.

  184. Hola, soy Martha de Ecuador, por favor quisiera que me ayude tengo una duda muy grande estoy grabando un CD con nuevos arreglos musicales y estoy por promocionarlo, es un delito esto? Lo puedo registrar?

    1. Martha, sin más información es difícil decirte. Dependerá de si los arreglos son sobre obras de titularidad de otros y de si tienes o no autorización para hacerlo. Lo mejor es contratar el servicio profesional de Safe Creative en el que podrás plantear estas cuestiones de perfil legal sin problema, o que contactes con un abogado y te asesore directamente. Si tienes todas las autorizaciones para realizar los arreglos, puedes registrarlo, por supuesto. Además no es lo mismo el registro que la publicación.

  185. solo quiero saber como resgistar unas canciones compuestas, no deseo grabarla ni venderla, solo quiero resgistrarla como le hago que paso sigo? en donde con quein? se paga dicho derecho de autor? por favor expliquenme.gracias

    1. Hola Ana, por defecto las leyes de derechos de autor y de copyright dan a los autores todos los derechos sobre sus obras originales por el hecho de crearlas. No es obligatorio el registro para tener esos derechos, aunque sí es recomendable usarlo. En Safe Creative basta con subir el fichero con la propia obra (en formato de audio, mp3, ogg o similar) o la partitura. Te recomendamos, eso sí, que uses la cuenta premium que es muy económica (unos 3 euros al mes) y te permite hacer registros casi ilimitados y con todas las posibles modalidades de protección además de otras muchas prestaciones: https://www.safecreative.org/blog/es/faqs/servicio-premium/ Aquí se explica de forma básica cómo se registra: https://www.safecreative.org/blog/es/2010/08/20/como-registrar-una-obra-en-safe-creative/

  186. tengo canciones las cuales una banda sinaloense me pidiio que se las mande, mi pregunta es. que requisitos tienen que cumplir para que lleguen sweguras y no se pierdan o me ganen la idea.?

    1. Hola Javier, nada te a dar una garantía total y a prueba de plagio o similar al 100%. Lo máximo, y lo más inteligente que puedes hacer, es poner todos los medios a tu disposición para por un lado minimizar el riesgo y por otro, para tener todo lo necesario en caso de que las cosas vayan mal. Por eso recomendamos en primer lugar registrar la obra en Safe Creative, segundo siempre comentar que la obra está registrada (adjuntando el enlace donde está la información de registro) y si se envían cosas por correo electrónico usar una de las herramientas que se han desarrollado con nuestra tecnología: http://www.serialstamper.com

  187. Hola, somos una banda que tiene sus discos en descarga gratuíta en nuestra web. En breve nos van a hacer una tirada en cd de la última obra limitada a 500 copias. ¿Qué tipo de registro me conviene, si aún con el cd a la venta los discos siguen en descarga gratuíta? ¿Que texto debería incluir en la caja del cd para que nadie edite el disco sin nuestro consentimiento? Gracias.

    1. Hola Sergio, nos planteas una cuestión muy interesante y lo primero que tenemos que hacer es diferenciar dos conceptos básicos. El primero es aquello que como autor puedes hacer y lo segundo aquello que como autor permites o no hacer a terceras personas.
      Como autores y propietarios de todos los derechos podéis, a vuestra voluntad, permitir la descarga gratuita de las canciones desde vuestra web. Si no se especifica nada más, terceros que accedan a vuestra obra no pueden hacer más con ella después, es decir, no pueden comerciar, publicar, modificar, etc.
      En cualquier caso también podéis permitir o no ciertos usos de las obras que se descargan o a las que se accede de una u otra forma. Para eso tenéis las licencias Creative Commons: https://www.safecreative.org/blog/es/faqs/safe-creative-y-creative-commons/ en las cuales hay opciones que no permiten obras derivadas (cláusula ND) No obstante existen otras consideraciones, como si permitís o no uso comercial, cláusula NC. Según lo que queráis podéis incluir uno u otro texto, aunque siempre recomendamos poner el enlace al registro de las obras en Safe Creative, pues allí la gente podrá ver la situación concreta y actualizada de éstas.

  188. hola somos una banda y hemos grabado un disco con temas propios… con subir un fichero comprimido con los temas y el arte interior del disco con los creditos etc ya bastaria? gracias.

    1. Sí, con eso se generaría la evidencia de autoría. No obstante, y en general, solemos recomendar registrar las pistas individualmente, pero lo dejamos a vuestro criterio, claro.

  189. Hola:

    Formo parte de una banda interesada en registrar sus temas en co-autoría con todos los miembros de la misma. Yo les he recomendado a todos hacerse una cuenta gratuita en Safe Creative y yo, que sería el encargado de registrar los temas desde mi cuenta añadiendo al resto de titulares, contrataría una cuenta profesional. Mi pregunta es: ¿deben contratar todos los titulares de la autoría de los temas una cuenta profesional?

    Pido disculpas, pues no estoy seguro de que éste post sea el adecuado para formular esta cuestión. Muchas gracias.

  190. Hola,necesito ayuda, he compuesto varias canciones y la acabo de grabar y necesito registrarlas para empezar a moverlas con tranquilidad, la cuestión es que el arreglista me ha dicho que tengo que incluirlo en el registro con el 16% de la canción.me gustaría saber si es así o no, la canción la he compuesto yo tanto la letra como la melodía, sobre lo que yo canto el ha introducido la instrumentación a los temas. No se si sera el arreglo musical definitivo, por lo que me gustaría que me dijeran si realmente tengo que ponerlo en el registro o no y si fuese necesario, ya no puedo hacer otro arreglo musical en mis canciones? Espero que alguien pueda ayudarme.

    1. Eva, en principio en Safe Creative a partir de uno de los titulares de la obra tener una cuenta de pago, como la premium, se pueden registrar obras en co-titularidad a partes iguales. Si hay algún acuerdo concreto de porcentajes se puede adjuntar un documento al registro que lo especifique. Los arreglos sí tienen cierta parte de autoría, no obstante eso deberías consultarlo con un asesor legal, o contratando la cuenta profesional, plantearlo a nuestro equipo legal para que te puedan orientar.

  191. Muchísima gracias por su respuesta, me podría decir a donde puedo ponerme en contacto para esto, no tengo ni idea de como hacer mis registro, gracias de nuevo.

    1. Claro, no tienes más que subir los ficheros con la interpretación a Safe Creative ya sea una a una o en un fichero .zip (recomendamos la opción primera).

  192. Estoy revisando mi última novela, para registrarla. en un momento determinado, hago referencia a una canción que escucha un personaje. Aparece el título, el autor y la letra que se supone está escuchando. No sé si esto es un ataque a la propiedad intelectual, o si debería pagar derechos de autor, ni se como hacerlo. ¿Podríais informarme?

    1. Hola Bell, en líneas generales a nivel de registro no tendrías problema, pues el registro no implica publicación necesariamente, pero si vas a publicar, cosa probable, en principio, y salvo que se aplique alguna excepción del derecho a cita (poco probable) deberías contar, para la reproducción a la letra de la canción, con autorización expresa de los titulares de la obra. Lo mejor es contactar con ellos o con la SGAE.

    1. Hola Orne, si tienes 11 años es posible que no puedas usar la plataforma pues se debe tener al menos 14 años para poder ofrecer datos de carácter personal y a la hora de inscribir derechos patrimoniales son los tutores legales los que te tienen que representar.

  193. hola mi nombre es jose miguel, me gustaria saber que puedo hacer para registrar letras de canciones que tengo, mira algunas de ellas les eh puesto musica con guitarra, mi pregunta es como puedo registrar esas letras ????

  194. Hola!Me gustaría saber si para registrar letras de canciones debo de subir los textos escritos o si sirve subirlos con la música aunque esta no haya sido compuesta por mí,aclaro que lo único que quiero registrar es la letra de las canciones y no la música.

  195. También me gustaría saber si este servicio es completamente gratuito y si vosotros adquirís algún tipo de derecho sobre las obras que aquí se registran.Gracias.

    1. Cuando se registra la letra recomendamos subir un fichero de texto con ésta y ponerlo en categoría literaria. La cuenta básica es gratuita y Safe Creative no se queda con derecho alguno. Sólo nos autorizáis a almacenar la obra, ofrecer información de registro y eventualmente, si es vuestro deseo, que se pueda descargar el fichero registrado desde Safe Creative. Insisto, es opcional.

  196. Hola. Tengo una sugerencia (no se si es el lugar adecuado para exponerla): Aparte de los cuatro servicios de registro; basico, premium, profesional y corporativo… pienso, que para los que solemos componer poco a lo largo del año, no estaría mal un servicio de poder registrar las obras y pagar una tasa por cada una, al estilo del “Registro de la Propiedad Intelectual” gubernamental, pero más economico, claro, que compense la alternativa… esto no tendría por que suponer, a safrecreative, una gasto de mantenimiento, pues las obras registradas de este modo, no tendrían por que ir en discos duros encendidos y con acceso las 24 horas, sino solo en caso de ser requerida una copia por letigio. Como en el RPI, pero en digital.
    Lo importante de esto, como en los 4 servicios de safecreative, es hacer la vez de testigo.

    Seamos realistas, teniendo en cuenta, que la mayoria de nuestras obras nunca seran famosas ni recibiremos regalias por ellas… ¿qué pasará cuando se contrate uno de los tres modos de pago, estaremos “condenados” de por vida a segir pagando las cuotas… y que pasará si por cualquier circunstancia personal se deje de pagar la misma… se nos eliminará todo el contenido registrado?

    De ahí mi sugerencia, una alternativa para los que no vivimos de la música, de momento. Y como dije, no supone ningun gasto de mantenimiento.

    Gracias por la atención.

    1. Gracias Vicente por la sugerencia. Como todas las sugerencias bien argumentadas la tendremos muy en cuenta. En cualquier caso lo primero es responder a tus cuestiones finales. Si la cuenta avanza no se renueva los registros permanecen, no se borran. Además permanecen indefinidamente y vamos aplicando las mejoras de certificación independientemente del tipo de cuenta, con lo que se puede seguir accediendo a ellas. Además si has tenido una cuenta premium o profesional puedes haber solicitado los certificados de registro o las evidencias registrales que se pueden usar de forma independiente a la existencia de Safe Creative.

      Por ahora no creemos que cobrar por cada registro sea una buena solución teniendo en cuenta que por el precio de la cuenta premium con hacer unos 5 o 6 registros al año ya compensa de sobra, sobre todo si tenemos en cuenta lo comentado anteriormente, pero queda anotada tu sugerencia.

  197. Hola! Me gustaría saber si para registrar una canción es necesaria la partitura o simplemente con la grabación hay bastante. Gracias.

    1. Hola Miguel Ángel, si bien la partitura suele ser lo ideal, un fichero de audio con la interpretación de la obra es un elemento suficiente para generar una evidencia de autoría tecnológica.

    1. Para registrar tus obras no tienes más que darte de alta en Safe Creative y subir un fichero con la partitura o interpretación de la obra. Aquí se explica: https://www.safecreative.org/blog/es/2010/08/20/como-registrar-una-obra-en-safe-creative/ Para temas de promoción puedes usar nuestro servicio people.safecreative.org que te genera una cuenta automáticamente al usar Safe Creative. Te animamos a visitar a nuestros partners para encontrar oportunidades de negocio: https://www.safecreative.org/blog/es/partners/

  198. Hola. Estoy interesado en proteger mis composiciones de piano y sus partituras. ¿Qué es más recomendable: proteger grabación y partitura por separado, proteger sólo la partitura, o ambos archivos en un .zip?
    Gracias.

    1. Si tienes partitura, con registrar ésta sería más que suficiente. Por supuesto puedes registrar también la interpretación, aunque esto se suele hacer cuando no existen partituras.

  199. Muy buenas! Soy musico y compositor, tengo unos 8 temas compuestos por mi, que toco con 3 bandas diferentes, las tengo hechas en con intrumentos de software y en partituras hechas a mano y escaneadas, las estoy compartiendo en dropbox y tanto los audios como las partituras..estoy un poco preocupado por temas de plagio..deberia registrarlos?cuesta dinero ese tramite? Podria evitar la sgae? Mil gracias de antemano! Un saludo!

    1. Miguel, la ley no te obliga a registrar y los derechos son tuyos por el hecho de crear obras originales, pero sí es conveniente recabar algunas evidencias de autoría como las que ofrecen los registros oficiales de derecho de autor, y en ese contexto generar evidencia de autoría en Safe Creative puede ser muy interesante ya que es económico, rápido, te permite informar fácilmente y lo puedes hacer desde tu ordenador con la información que tienes ahora mismo. El registro básico es gratuito cuando se usan licencias tipo Creative Commons y puedes probar haciendo un total de 15 registros con todos los derechos reservados, pero la cuenta premium, que se puede usar durante y año y luego renovar si quieres, y no tiene estos límites comentados tiene un precio de 48,40 euros, con lo que la amortizas enseguida. Sobre entidades de gestión como SGAE, no es obligatorio formar parte de ellas, aunque sí debes acudir a ellas para gestionar tus derechos colectivos. En cualquier caso es compatible con nuestro registro y otros.

  200. Buenas tardes, tengo una banda y estamos a punto de lanzar un disco y queremos registrar las canciones, pero quisiera que apareciera el autor de letra y la música en sí, y además que los derechos pertenezcan a la banda y al mismo compositor o compositores, mi pregunta es: ¿Cómo logro eso? ¿Puedo registrarlo individualmente y en alguna parte decir que pertenece a la banda también?

    1. Para registra una obra en cotitularidad quien inicia el registro tiene que tener, al menos, la cuenta premium: https://www.safecreative.org/blog/es/2013/11/08/como-registrar-coautores/ Los derechos normalmente son de las personas indviduales, pero se pueden ceder a grupos u organizaciones. Para declarar los derechos a nivel de una banda, habría que usar la cuenta corporativa: https://www.safecreative.org/blog/es/2013/10/18/como-registrar-derechos-de-una-obra-en-safe-creative/

      https://www.safecreative.org/pro

  201. Hola! Si quiero registrar un partitura donde debo hacerlo? en obras literarias o en audio, porque en el apartado de obras literarias no viene especificado las partituras y en audio, es eso audio. Gracias

  202. Buenas tardes, tenemos un disco grabado y autoproducido por nosotros, tanto la letra, melodías, etc… nos gustaría subir el disco a spotify y venderlo aun guardando los derechos de los temas, ¿cuál es la mejor opción?. Al querer subirlo a spotify nos piden:
    – Songwriter Copyright
    – Publisher Copyright
    – Record Label Name
    ¿hay alguna posibilidad de hacerlo con safecreative obteniendo todo esto?

    1. Johan, Safe Creative es un sitio de registro que sirve para establecer una evidencia privada, basada en la tecnología, de la existencia de unos derechos, pero no somos, por el momento, un sello discográfico. En este caso podéis poner a nivel de songwriter copyright el nombre del autor o autores de la letra, o, eventualmente, enlace a la página de información de derechos de la obra en Safe Creative si bien en publisher copyright no sabemos si podéis dejar el campo vacío o poner igualmente este mismo enlace. Sobre nombre de sello en principio si no tenéis tampoco tendríais que poner. Es posible que en ese caso sea posible escribir algún dato comodín de Spotify. Deberíais solicitar información ampliada a soporte de Spotify o contactar con Lacupulamusic.com con quienes colaboramos que tienen más conocimiento sobre estos temas en concreto.

  203. Hola, no tengo experiencia en usar una computadora y soy muy desconfiado, existe un lugar a donde puedo ir personalmente a registrar mis canciones en USA.Me gustaria saber si en Chicago Illinoi hay uno.Muchisimas gracias por ayudar a tanta gente con tu infirmacion, vendiciones para toda tu familia.

  204. Queremos grabar un CD y la duda que tengo es la siguiente. Las letras son originales pero la música son de otras canciones. ¿Se puede hacer esto? ¿Cuáles son los pasos a seguir?? ¿Debe solicitar permiso? Necesito orientación.
    Gracias.
    Juan Reyes A.

    1. Juan, a nivel de registro podéis registrar las letras. Para usar las obras con esa música públicamente sí, necesitáis autorización por escrito salvo que la música esté en el dominio público que intuyo no es el caso.

  205. Me gusta escribir vivo en new jersey y me gustaria registrar la letra de una cansion yo Mismo le puse la melodia. Pero no la tengo en un pentagrama (nota musical) quiero que un profesional llene Los formularios yo no quiero equibocarme me podrian recomendar algun lugar.

    1. Alfondo, a nivel de registro nosotros no exigimos pentagrama, una interpretación suele ser suficiente para identificar la obra. Sobre la letra, recomendamos registrarla además aparte, como obra literaria. Sobre alguien para hacer el pentagrama me temo que no podemos ayudarte directamente pero puedes pasarte por alguno de nuestros partners dedicados a la música y preguntar en sus foros: https://www.safecreative.org/blog/es/partners/

  206. Buenas, quiero saber si existe algun problema en registrar una interpretacion en formato m4a y la letra en formato txt o es recomedable otros formatos

  207. Pingback: Cómo registrar canciones y discos musicales. | elRincóndelMúsico.com
  208. Hola, tengo una duda?? tengo 28 temas registrados en la sep,
    mi duda es que grabe mis temas con guitarra pero no estan al 100 % los arreglos de musica, y al llenar la solicitud de la obra no puse que era literaria si no que le puse musica con letra. esto afectara mis derechos de autor..?? quiero un consejo porque tengo otros 20 temas por registrar y no quiero equibocarme al registrarlas en RAMA literaria o misica con letra. Gracias y saludos para ustedes.

    1. En Safe Creative generamos evidencias de autoría que son posibles gracias a que los autores aportan elementos en forma de ficheros con contenidos que ayudan a identificar las obras. En este sentido las categorías de las obras son meramente informativos ya que no hay que olvidar que los derechos sobre las obras los da la ley, no el registro, que en nuestro caso sirve para informar, negociar y defenderse con más posibilidades de éxito.

  209. bueno, yo escribo canciones y le pongo melodias, me gustaria saber si solo con la letra y la melodía puedo patentar la canción, son arreglos simples, y si para ello tengo que llevar una cd u otro elemento donde podre plasmar el tema y dejar sentado que es de mi autoria, agradezco responder mi comentario me seria de una buena ayuda gracias

    1. Max, las canciones no se patentan propiamente dicho. Los derechos sobre éstas nacen por el hecho de crearlas, siendo el registro una forma de mostrar este hecho y generar evidencia. Dicho ésto, para demostrar que se es autor de algo se pueden generar muchas evidencias. En nuestro caso necesitamos que se aporte un fichero con la prueba, con música una inteerpretación puede ser suficiente, pero en última instancia será un juez quien interpretando la ley y las evidencias sentencie en uno u otro sentido.

  210. hola, yo tengo casi listos varios temas deep house, como los registro, y ¿como puedo tener la exclusiva para pincharlos yo solo y que quien los quiero remezclar me pida permiso ? Es decir..que sin mi permiso nadie los pueda pinchar ni grabar ni ponerlos en una radio. gracias

    1. Antonio, un autor por el hecho de crear una obra original tiene todos los derechos sobre ella. El registro de estos contenidos es una forma eficiente de ayudar a defenderlos llegado el caso. Si alguien quiere usar tu obra te tendrá que pedir autorización y obtenerla por escrito, o puedes permitir usos generales eligiendo alguna licencia. Con Safe Creative puede informar mediante el enlace a la página de registro de la situación de la obra, y llegado el caso puedes usar esta evidencia para negociar y defender los derechos que la ley te da.

  211. tengo varios temas de canciones escritas las quiero registrar pero no tengo melodia ni musica siolo la letra se puede??

  212. Tengo varios temas vallenatos y quisiera darcelos a un artista vallenato reconixido musicalmente para que los grave como ago para darcelos?

  213. me gustaria saber a donde averiguo que canciones tienen derechos de autor y nesecito sacar permiso para regrabarlas gracias

    1. Hola Rubén, sí, en efecto, se puede. La cuestión es aportar elementos que permitan identificar la obra sobre la cual se declara ser autor, y en este caso la propia obra es un buen elemento si no se tiene partitura o similar.

  214. Hola miren yo escribo poemas y canciones .solo eso notengo
    melodía ni nada como puedo hacer o donde tengo que dirigirme para reconorlos agradeceria mucho sus repuesta gracias

  215. Buenas tardes! os escribo con la finalidad de solicitar asesoria o consejo respecto a mi caso en particular. tengo ya casi 30 años componiendo canciones y musica intrumental de diversos generos desde estilos barroco, sacro, balada, infantil hasta musica electronica y cumbia tropical. etc , soy Maestro de Enseñanaza Musical en prescolar para la sep, y mucha de la musica que he compuesto a lo largo de decadas pareciera ya ser de dominio publico al menos en mi ciudad pues de repente oiga que la canta gente o grupos que yo ni tengo siquiera el gusto de conocer, sobre todo la que he compuesto para el nivel educativo. he sido peresozo para registrarlas por varios motivos; el primero es por que no he sido pretensioso con mi musica respecto a fines comerciales o economicos o de popularidad, yo compongo solo por gusto y necesidad personal, en segundo lugar es porque en los años noventas cuando por fin me estaba animando a registrar mi musica en la supuesta algo asi como “sociedad de autores y compositores de la musica” surgio por ahi un rumor acerca que estaba apunto de desaparacer o que iba a cambiar de nombre y no se que detallitos con Roberto cantoral que causaron en mi “un vamos a dejarlo para despues” y tercer y ultimo que aqui en mi tierra H.Matamoros.Tamaulipas.ciudad fronteriza con texas USA todos mis colegas compositores me han insistido que registre mi musica en USA en una compañia de sony music que se llama algo asi como “zomba”. argumentadome que en Mexico el registro no es seguro y que en USA si es seguro la proteccion de tus derechos. ya “medio” cheque esta ultima compañia estaunidense pero aun no me quedan muy claro sus politicas ademas de que todo es en ingles y hay terminos musico-legales-empresariales que incluyen los nombres de muchas otras compañias mundiales de musica que me confunden un poco, años atras utilize el registro de los pobres “el servicio postal” que ahora resulta que no ya sirve. en fin, ahora me renace otra vez el deseo de registrar, porque aunque como ya dije antes no tengo pretensiones especificas con mi musica si me produjo un extraño sentimiento de culpa-tristeza cuando me entere que una cancion de indole religiosa que compuse en la decada de los 80s y comparti entre los coros de algunas iglesias del centro de la republica, ya tiene muchos años registrada a nombre de otra persona. no me afecta demasiado pues para el fin que la compuse sigue hasta hoy funcionando y me produce mucha alegria cuando entro a un templo y escucho al coro cantarla con tanta pasion aunque nadie sepa que yo la compuse hace ya casi tres decadas. mucho agradecere el consejo que se sirvan darme y de los procedimientos, ventajas y garantias para registrar con ustedes.
    MUSICALMENTE: LEV

    1. @lev, lo mejor es plantear estos temas en soporte, pero en cualquier caso, y por aclarar al resto de usuarios, se pueden registrar las obras en Safe Creative de forma muy económica y sencilla tal y como se explica aquí: https://www.safecreative.org/blog/es/manuales/ Sobre la validez es recomendable leer esto: https://www.safecreative.org/blog/es/faqs/cual-es-la-efectividad-de-la-prueba-generada-en-registros-privados/ y a partir de la cuenta profesional y pagando las correspondientes tasas, pues el registro en USCO es siempre de pago individual por registro, se puede registrar allí: https://www.safecreative.org/blog/es/faqs/registro-en-la-u-s-copyright-office/

  216. Muchas gracias por responder a algunas de mis inquietudes, no debo de olvidar comentarles que tengo una penosa carencia “Soy de la vieja escuela” y tengo dificultad para entender muchos terminos ciberneticos(programas de computadora, ficheros,archivos comprimidos,etc), que por que digo esto? por que en las preguntas y respuestas arriba planteadas observo que tanto como quien pregunta, como quien responde usan mucha terminologia de esta naturaleza. yo lo maximo que si puedo hacer y lo he hecho muchas veces es grabar en un cd r-music mi musica ya sea la pura musica o musica y letra cantada(ensamblada) ya como deseo que se escuche. yo hago el ensamble instrumental con mi sintetizador ahi mismo lo guardo y ya solamente lo grabo en mi quemador de cds. y ya esta un cd listo, repito es lo maximo que puedo hacer de momento, si me hablan de archivos, formatos,etc, como que no me siento muy capacitado. adicionalmente podria ponerme a escribir la melodia principal en un pentagrama. pregunto respetuosamente ¿son suficientes mis posibildades antes descritas para un correcto registro? agradezco la atencion que se sirvan dar a mi caso. !que esten muy bien! Iev

  217. Buenas, dado que yo soy muy malo interpretando cosas legales, prefiero preguntar por aqui, explicando la situacion, y asi saber los pasos que debo seguir.

    Somos un grupo, independiente, de 5 personas, que estamos grabando nuestros temas nosotros mismos, hacemos todo, la grabacion, la edicion, la masterizacion, todo…

    Lo que queremos que esas canciones, resultado de nuestro trabajo (nos pertenecen a todos, por igual) queden registradas y nos pertenezcan. Solo tenemos las letras de las canciones y las grabaciones finales, el archivo .wav en si…

    Como podemos registrarlas? es necesario partituras o tablaturas? cuales son los pasos a seguir?

    Gracias

  218. Buenas Tardes agradezco por favor me ayuden necesito registrarme como compositora de una cancion en BMI y solo consigo informacion sobre el registro de canciones y otros soy compositota tengo carnet legal partituras y registro de mis canciones un de ellas fue registrada a nivel internacional con la fania publishing y tampoco consigo informacion sobre fania publishing. gracias anticipadas por respuesta por favor

    1. Julia, no te sabemos decir cómo hacer en BMI, lo mejor es contactarles directamente a ellos. En Safe Creative lo que podemos hacer es facilitarte generar una evidencia de registro de la obra en nuestro sistema, para otros temas te recomendamos contactar con BMI y con un abogado para el tema de Fania Publishing…

  219. hola he grabado una maqueta de rancheras soy interprete y solicito información
    si hay que pagar derechos de autor a donde hay que dirigirse
    como se hace para legalizar y que yo las pueda vender?
    muchas gracias

  220. ola quisiera informacion sobre como puede hacer que mis canciones tengan derecho de autor mio para poder venderlas lo que pasa es que yo escribo. y me gustaria saber puedo hacer q tengan derecho de autor mio gracias y espero su respuesta

    1. Rosa, es la ley la que te otorga los derechos sobre tus obras de forma automática, no el hecho de registrar. Cuando registras generas un punto de información para facilitar ésta a la generalidad de usuarios y una evidencia para ayudarte a demostrar tu autoría y negociar en caso de necesidad a varios niveles. Como autora, al tener todos los derechos, puedes vender tu obra siempre que cumplas los requisitos fiscales que te correspondan.

  221. Disculpa mi duda es que si soy el creador de una canción del género “electronica” ¿Cuáles serían los requisitos para el registro?

    1. En principio la obra tiene que ser original tuya y para registrar puedes enviar el fichero con el audio o cualquier otro elemento que permita identificar la obra. Si no tienes partitura o versión MIDI, un .ogg, mp3 o similar es suficiente.

  222. Hola escribo canciones desde mis 12 años tengo 35 años.escribi tangos,cumbias y varios.pero sin melodia la melodia esta en mi mente.mi ayegados dicen q tengo un gran talento ya q hago una cancion en 2 minutos quisiera vender mis letras donde?no las tengo registradas ya q no tengo idea como hacerlo.

  223. Hola mi nombre es luciano soto toco guitarra y escribo tengo varias composisiones yo les puse la melodia me acompano con mi guitarra tengo slrededor de60 canciones vivo en moreno valley california mi numero es 951347300 y quisiera saver donde se encuentra slfuna oficina cerca para registrarlas y si alguien se intereza en cantar alguna de mis obras en reslidsd quisiera un apoyo quisiera grabar ub disco con mis propias csnciones gradias y si pudieran ayudarme en algo se lis agradesco.diganme a donde puddo acudir awui en lis angeles o en mi area grasias.

    1. Luciano, Safe Creative es una plataforma internacional que opera en formato web. Esto es, que puedes registrar tus obras subiendo desde tu ordenador copias de éstas a tu cuenta en Safe Creative. Aquí se explica cómo hacerlo: https://www.safecreative.org/blog/es/2010/08/20/como-registrar-una-obra-en-safe-creative/ Para saber más sobre cómo dar a conocer tu obra te recomendamos que te pases por los foros de algunos de nuestros partners: https://www.safecreative.org/blog/es/partners/

  224. soy de república dominicana¡¡ y quiero saber si safecreative.net es seguro en su totalidad y sí a la ves puedo registrar mi nombre y temas artístico desde mi país república dominicana como ya avía dicho (o solo son algunos países que cuentan con este privilegio) o solo puedo registrar mi composiciones y otra duda en dado caso que ya tenga algún tema registrado en dicha pagina si tengo algún problema por algún plagio por parte de otro artista a mi parte como podre probar que la composición es mía o esta pagina le brinda un documento el cual podemos imprimir y tener a nuestro alcance espero sus aclaraciones lo mas ante posible

    muchas gracias por su atención

    1. Maicol, no existe servicio alguno que te pueda dar seguridad total. Si alguien así lo afirma o te miente o se está engañando. Lo que puedes hacer es proveerte de todas las evidencias posibles que te ayuden a minimizar el riesgo y defenderte en caso de tener problemas. En ese sentido Safe Creative genera una evidencia de autoría que se basa no en la autoridad de un estado, sino en la autoridad de la matemática y la ciencia. En caso de uso indebido, además de otras pruebas, podrás usar un certificado de registro que ayuda a demostrar que tenías acceso a la obra en un tiempo anterior a la presunta infracción. Seguridad absoluta y control total me temo no existe.

  225. cuales son los procedimientos para registrar mi nombre y música en safeceative.net y como saber si al hacerlo tengo el comtror absoluto contra el robo o plagio gracias

    1. Verás que registrar es muy fácil. Sólo tienes que subir ficheros con tus obras a tu cuenta en Safe Creative. En los manuales y preguntas de Safe Creative y en este blog encontrarás ideas y servicios muy útiles para reducir riegos y asegurarte evidencias para el futuro: https://www.safecreative.org/blog/es/faqs/que-hacer-en-caso-de-plagio-u-otro-uso-ilicito-de-nuestra-obra/ https://www.safecreative.org/blog/es/2013/04/16/maximiza-tu-registro/ https://www.safecreative.org/blog/es/2010/08/20/como-registrar-una-obra-en-safe-creative/

  226. Hola, quisiera saber, tanto a la hora de registrar la letra como las partituras (en formato pdf), qué es necesario indicar en el documento: título, autor, etc; y si se requiere, o sería conveniente, algún tipo de cabecera o pie de página.
    También saber si sería más conveniente registrar las grabaciones aparte, una vez realizada, o añadirlas como archivo al registro previo de las partituras.
    Gracias de antemano.

    1. DaniSC92, no es obligatorio pero sí suele ser recomendable incluir un título en el propio fichero pdf que se envía, e incluso el nombre del autor si se desea. Es más información y nunca la información está de más en estos temas. No es necesario incluir otras cabeceras, pero se pueden incluir si se desean, claro.

      Normalmente con la partitura es suficiente, pero se pueden registrar, además, las interpretaciones con su propio registro y también tal y como propones como archivo adjunto (desde la cuenta profesional).

  227. hola me llamo luis tengo 20 años soy compositor y cantante un cantoautor y quiero saber como y en donde registrar la letra de mis canciones por que no me gustaria q se adueñaran de mis canciones escribo musica romantica y musica mas clasica de lo q esta pasando hoy en dia me podrian ayudar en darme esa informacion por favor

  228. Buenos dias mi nombre es Saul tengo un disco que grave con 12 canciones yo ise las letras de todas las canciones y el senor que me gravo puso toda la musica ustedes me podroan ayudar para registrarlas yo no se nada de estas cosas solo las tengo protegidas y quisiera rregistrarlas bien espero me puedan ayudar muchas gracias

  229. Buenos dias mi nombre es Saul tengo 12 canciones grabadas las letras son mias pero la musica me ayudaron a gravarlame podrias orientar para rregistrarlas porfavor se los agradeseria mucho.

    1. Es muy sencillo, no tienes más que crear tu cuenta de usuario, dar a registrar nueva obra y arrastrar los ficheros con la música a la página que se abrirá, luego completar los datos. Con eso generamos la evidencia de autoría. Si tienes problemas prueba mirando este manual y si tienes dudas nos puedes escribir a soporte:

      https://www.safecreative.org/blog/es/2010/08/20/como-registrar-una-obra-en-safe-creative/

      https://www.safecreative.org/contact

  230. como le ago para publicar mis canciomes pero son las piras letras no tienen tono con algun instrumento o algo solo qiero qe reconoscan mis letras

  231. Hola, estoy grabando mi primer trabajo discográfico y me gustaría saber sí registrándolo en esta empresa ya esta apto para venderlo única y exclusivamente en mis actuaciones, espero pronta respuesta gracias.

    1. Iván, Safe Creative genera una evidencia de autoría que es independiente del hecho de la venta. Para vender cualquier objeto debes simplemente observar la reglamentación fiscal de cualquier actividad económica.

  232. Soy Dj, y comienzo mis producciones personales, tengo unas cumbias y quisiera registrarlas, no canto, solo es creacion personal con ritmos y efectos. aun asi puedo registrar mis cumbias?

  233. Hola soy Mike Calderon Dj/Productor, radicado en la ciudad d emiami florida estados unidos, les comento que ya tengo casi listo mi tema de musica del genero edm/house, solo tengo la cancion no tengo letra y la musica no fue hecha con partituras, la produje con el fl studio 11, ahora no se que hacer unos me dicen que me envie yo mismo por correo certificado un cd grabado con la cancion a mi direccion y asi quedara automaticamente registrada, no creo mucho en eso porque a quien le consta que ese cd es el tema que produje? otros me dicen que en copyright.org pero tarda por internet 4 meses y por correo normal tambien a copyright 15 meses, la verdad esto me tiene muy confundio y no se cual es el proceso normal y los pasos para registrar mi musica, alguien aca me podria ayudar con informacion please, les agradezco gracias, saludos.

    1. Hola Mike, lo que te han comentado de enviar correos a uno mismo certificado te podemos avanzar que es muy probable que no sirva para mucho. El certificado puede certificar cuándo se manda una carta, pero en ningún caso el contenido. En este sentido nuestro consejo es que registres en Safe Creative el fichero con el audio y lo que proceda, en versión mp3 por ejemplo, y eventualmente consideres la posibilidad de registrar también en el US. Copyright Office, o bien por tu cuenta o a través de Safe Creative usando la opción (que es de pago) de la cuenta profesional.

  234. hola hace unos meses intente crear una cuenta en safe creative para el registro de mis canciones.pero en realidad se muy poco de computacion y eso de abrir cuentas de usuario.por lo tanto no se si se creo mi cuenta o no. por que quiero saber como registrar mis canciones.no soy musico ni cantante pero grave dos cds con 24 canciones de mi autoria y con mi propia voz. uno fue de 500 cds y otro de mil originales esas ya las tengo registradas en derechos de autor en mexico. pero tengo dos que me gravo un grupo que no he registrado pero que ya se han hecho publicas por el grupo que las gravo y en estados unidos al parecer las han tocado en una estacion de radio.y en los cds aparesco como el autor. ademas tengo varias que quiero registrar es un total de 80 canciones. me podrian decir que hacer? gracias. espero su respuesta.

    1. Nuestra recomendación es que contrates una cuenta profesional, registres tus canciones y eventualmente uses nuestro asistente de envío de obras al US Copyright Office para registrar éstas también, desde Safe Creative, en el registro oficial de los EEUU, ya que te puede ser de gran utilidad. Si tienes dudas escríbenos a soporte: http://www.safecreative.org/contact

  235. Quiero representar a un amigo que canta música de vicente fernandez y se quiere grabar un cd con la musica de vicente que se nesecito o que hay que hacer por favor

  236. Hola, yo tengo varias canciones escritas y ya tienen melodía pero no sé tocar ningún instrumento, quiero saber si las puedo registrar cantadas a capela, gracias.

    1. Flor, la letra la podrías registrar como obra literaria. Sobre la melodía podrías generar una evidencia como comentas, si bien lo mejor sería tratar de lograr una interpretación de esta en formato MIDI o una grabación mp3.

  237. me interesaría saber si los interpretes tienen derecho a alguna remuneración pues perteneci por algunos anos a varias agrupaciones en las que grabe un promedio de 60 canciones que han sido difundidas alrededor del mundo y nunca he recibido pagos por dichas interpretaciones .
    gracias anticipadas
    OSVALDO ROMAN

    1. Osvaldo, normalmente sí, los intérpretes suelen tener derecho a remuneración como tales. Lo mejor es que acudas a una entidad de gestión de derechos colectivos donde seguro te podrán informar.

  238. Buenos días,

    Soy músico y tengo varios temas grabados, cantados y producidos íntegramente por mí. Tengo los temas en formato mp3. Por lo que he podido leer, el registro de estas canciones es tan sencillo como subir el archivo mp3, sin preocuparme de transcribir melodías en partitura ni letras en pdf, ¿es correcto?

    Por otro lado, dos preguntas sobre las que me interesaría obtener respuesta, por favor:

    1. Si tengo 15 temas para registrar, ¿supone 15 archivos que debo subir, o los comprimo todos en un .rar y cuenta como un disco / un solo archivo?

    2. Mi intención es compartir las canciones, pero ponerlas a la venta. Es decir, que quiero que cualquiera pueda descargarse las canciones (previo pago) pero que nadie pueda utilizarlas con uso comercial (como banda sonora de una película, por ejemplo) ¿Cuál es el tipo de licencia que necesito?

    Me interesa mucho la respuesta.

    Gracias de antemano.

    1. Guillermo, es correcto, no es necesario transcribir la obra para generar la evidencia de registro. Un mp3 es un medio adecuado para demostrar la existencia de la obra si es necesario.

      Sobre la pregunta 1. decir que sí, puedes agrupar varias obras en un único fichero comprimido lo que contará como un registro y podrás usar el mismo código para todas las obras. Sobre 2. en realidad dependerá de varios factores más. Lo normal será que registres con “todos los derechos reservados” y si optas por licencias Creative Commons podrías elegir entre cualquiera de las que incluyen la cláusula de no uso comercial: NC.

  239. Muchas gracias, Mario, por la rapidísima respuesta.

    Sólo una aclaración, por favor. Por lo que he visto, la cuenta básica permite 15 registros con “Todos los derechos reservados”. En relación a la pregunta 1, ¿debo entender que la cuenta básica me daría lugar a registrar 15 archivos .rar con X número de canciones cada uno?

    Gracias otra vez.

  240. Hola quiero registrar 10 canciones instrumentales en formato mp3 y 10 vídeos de comic en formato para youtube en versión español y versión en inglés con el fondo de mis canciones.
    Quiero saber en que página me inscribo, como hacerlo con mis audios, y vídeos. garcias.

  241. Hola me podrían ayudar tengo una pregunta tengo 12 letras de canciones que quiero registrar pero mi duda es si tienen que ser grabadas a capela y enviarlas así o con algún instrumento ya que yo no se tocar alguno espero y me puedan ayudar

  242. Hola tengo 12 canciones que quiero registrar pero mi duda es si tengo que grabarlas en un CD a capela o tiene que ser a fuerzas acompañada mi letra de canción con algún instrumento ojala y me puedan responder es la primera vez que las voy a registrar pero la mayoría que les pregunto no me dicen

    1. Si lo que quieres registrar es la letra, lo puedes hacer con un documento escrito que contenga las letras, como por ejemplo un PDF. Si también es la melodía lo puedes hacer a capela o con instrumentos. En realidad de lo que se trata es de tener elementos de información que permitan demostrar que quien se dice autor tenía acceso a la obra antes que otros.

  243. Hola,
    Antes mandé una comsulta sobre como registrar un disco del que soy autor de la letra y la música de todas las canciones, pero olvidé decir que además soy ejecutante o interprete (guitarra y también voz en algunos temas), pero acompañado de más amigos músicos también como interpretes.
    Quisiera optar por el procedimiento de registro más fácil pero que proteja la propiedad de las obras y tengo varias dudas.
    ¿Si subo todo el disco en un archivo mp3 y todas las letras en un solo pdf contará como dos archivos aunque haya 16 canciones?
    ¿Basta con el mp3 y el pdf con las letras o es indispensable la partitura?
    Deseo registrarme como autor de la letra y la música pero que en el caso de que el disco generase ingresos el resto de músicos percibieran el 50% de los mismos como interpretes o ejecutantes. ¿Cómo debo proceder para establecerlo así? ¿Puedo hacerlo en Safe Creativity?
    Muchas gracias.
    Un Saludo

    1. Hola Alceste.
      Los ficheros que has subido se registrarán, tal y como dices, generando 2 registros. Pero ya que en ellos están las 16 canciones, las 16 quedan registradas. No hay ningún problema en hacerlo así.
      El mp3 es suficiente, en los registros tradicionales era necesaria la partitura porque no había otra manera de registrar la canción, pero en un registro digital no es necesaria. Si quisieras registrar también las partituras, adelante, cuantas más evidencias mejor, pero no es obligatorio.
      En cuanto al reparto de los ingresos, Safe Creative es un registro de autoría, no una entidad de gestión. Deberías registrate como autor y después, para repartir ingresos, lo tendréis que gestionar entre vosotros a través de un contrato o con ayuda de una entidad de gestión para intérpretes.

  244. Buenas tardes, somos una banda que ha grabado un EP de 5 temas. Queremos registrarlo todo a nombre de la banda, tanto letra como musica, es decir, no estara a nombre de ningun miembro en particular. Para esto deberiamos crear una cuenta de tipo Personal u Organzacion?
    Muchas gracias!

    1. Una banda como tal tendrá derechos de explotación si es una organización legalmente formada, para lo cual lo mejor es usar una cuenta profesional que permite incluir este tipo de información. No obstante recordemos que los derechos morales de autor son de personas físicas, son las personas las que tienen este tipo de derechos y aconsejamos inscribir la autoría de cada creador involucrado usando la posibilidad que da la cuenta profesional.

  245. Hola, Es posible registrar un remix musical hecho por mi, en el cuál utilizo fragmentos de canciones de otros autores??.
    No tengo intenciones de explotación comercial sobre la obra (remix) y me basaría en el Fair Use.
    Aguardo tu respuesta, gracias!

    1. Hola Gustavo,
      Lo más adecuado sería que contactaras con los autores originales, o si no con la entidad de gestión encargada de gestionar los derechos de esos músicos. El ‘Fair Use’ es terreno resbaladizo. Te recomendamos que hables con un abogado. En nuestro directorio de agentes encontrarás a expertos en propiedad intelectual a los que consultar: http://www.safecreative.org/agent-directory

  246. Hola Mario,

    En mi caso tengo composiciones que son destinadas a cortometrajes, documentales etc…

    La cosa es que no tengo ni idea del tipo de licencia que necesito para estos casos.

  247. Hola mario,

    ¿Que tipo de licencia se necesita para registrar musica destinada a cortometrajes, documentales y demás productos audiovisuales?

    1. Mario, la licencia que puedes declarar en Safe Creative es de cara a lo que terceros podrían o no hacer de forma general con la obra. Lo normal en estos casos es usar “todos los derechos reservados” y dar licencias mediante contrato privado a aquellos que te soliciten el uso. Si lo que prefieres es dar permiso general para que la gente pueda usar tu obra, tienes la opción de las Creative Commons que dan permiso general de uso de tu obra a cualquiera que acceda a tu obra. Los límites y las condiciones dependerán de lo que quieras y no quieras que ocurra con tu obra: https://www.safecreative.org/blog/es/faqs/cual-es-la-diferencia-entre-safe-creative-y-creative-commons/

  248. Muchas gracias por la rápida contestación,

    En el caso de que tuviese “todos los derechos reservados” supongo que en cuanto a lo que es la distribución del cortometraje y la emisión de éste en festivales y demás actos estaria permitida ¿no? por el hecho de ser una composición para tal obra ¿o tendria que darles a ellos una licencia de contrato privado a parte para tal cosa? ¿ En ese caso tendrian que pagar por ello?

    Gracias.

  249. Buenas. Quería subir un EP de mi banda, pero no sé si es posible subir un trabajo con varios autores en Safe Creative y de ser así, cómo sería. También si es posible subirla con un seudónimo conjunto, o sea el nombre de la banda. Gracias.

  250. Hola buenas
    Acabo de grabar 2 canciones en estudio y queria registrarlas. Queria registrar letra y musica.
    Tengo dos dudas:
    ¿Para registrar la musica seria posible mandando el archivo de audio o es obligatorio mandar una partitura?

    La musica la he compuesto yo y la letra de cada una de las canciones un cantante diferente. ¿Es gratuito el registrar las canciones especificando en cada una el autor de la letra y que el compositor de la musica en ambas soy yo?

    Gracias por vuestro tiempo
    Un saludo

    1. David, puedes generar evidencias de autor usando las grabaciones en mp3. Sobre las letras lo correcto sería que los autores registraran las letras como obras literarias ellos usando sus propias cuentas.

  251. Es posible tener derechos de autor si compones las letras de un himno que solo es musica y que he compuesto la letra para ser cantada ,hay pasos o es inutil.

  252. soy compositor desde hace muchos años de canciones que hago con mi guitarra y que las canto en mi habitación de estudio entre canciones terminadas y bocetos tengo como un centenar.Aunque son completamente originales tengo influencias de todo tipo desde L.E.Aute,Sabina,Adamo,he incluso Los Chunguitos.La verdad es que soy algo tímido y no suelo hacer alarde de mi supuesto talento musical ya que no poseo las bases minimas de solfeo basicas para hacer musica,siendo mi inclinación puramente intuitiva,pero creo que muchas de mis canciones con unos buenos arreglos musicales podrian ser(perdóneseme la modestia) exitos en los medios de comunicación dedicados a las novedades musicales.Gracias por atender mi comentario

  253. Hola k tal yo tengo una duda yo compongo las letras de mis canciones pero no se tocar ningún instrumento aun así e grabado audios con tonada y quiero patentar pero solo podre patentar mis letras? O puedo mandar mis audios?? Y si solo son las letras como canciones o como obras literarias?

    1. Si sólo quieres generar evidencia de derechos de autor de tus letras (patentar es un tema para inventos, etc), te recomendamos hacerlo con un fichero de tipo texto y como o obra literaria: otros.

  254. Hola! Tengo una simple consulta. La base musical de una canción es mía y la letra y melodía de la cantante de mi grupo. ¿Podemos registrarla conjuntamente sin hacer cuenta profesional? ¿Lo podemos registrar por separado, yo la base musical y ella letra y melodía por su cuenta? Gracias

  255. Muchísimas gracias Mario! Si cuaja este nuevo proyecto me hago una cuenta profesional, pero seguro!! La cosa va pintando bien, pero ya sabemos que esto es muy dificil. Saludos.
    P.D.
    Es que no hacemos reguetón jajajaj

  256. Hola Mario.
    Yo tengo una duda.
    He compuesto varias canciones y lo que me gustaría es protegerlas por si alguien un día quiere atribuirse la autoría de este tema. De momento no pretendo obtener ningún beneficio económico. Solo proteger la obra por si alguien quiere beneficiarse de ella.
    ¿Cúal es el camino correcto?
    ¿Registrarlas en safecreative por ejemplo serviría para el caso y poder estar tranquilo?

    Gracias de antemano

    1. Xavi, sin duda el registro temprano en Safe Creative es una gran medida a tomar. No te podemos garantizar nada al 100% pero sin duda es muy recomendable. Cuantas más evidencias sólidas de autor generes, tanto mejor.

  257. Hola, he compuesto varias canciones que están autoeditadas y estoy por registrarlas, entiendo por lo que leo de otros comentarios que bastaría con enviar el audio. Pero tengo otra duda, he hecho adaptaciones al castellano de canciones en otros idiomas y me he quedado satisfecho con ellas; para registrarlas ¿necesito autorización del autor original o de quien tenga los derechos? ¿Valdría con eso, o para registrar la adaptación debería pagar sus derechos de autor?
    Gracias

    1. @jorge, una traducción es una obra derivada de una obra y debes contar siempre con los derechos de los titulares de la obra original para poder comunicarla, distribuirla, etc. A efectos de registro se puede registrar, pero entendemos que debes tener la autorización para crear esa obra.

  258. Hola, he compuesto unas 20 canciones que necesito registrar como un álbum y mi pregunta es si las grabaciones “caseras” o no profesionales (sin estudio de grabación de por medio) podrían servir como prueba de peso para demostrar mi autoría de las melodías (soy también el intérprete, pero querría registrar los archivos de audio como autor, sin partitura).

    Por otra parte, también me gustaría saber si quedarían registrados el nombre del álbum en cuestión y/o la portada que añada al mismo al hacer el registro, y si cualquier persona tendría acceso al material subido.

    1. @Jose, las grabaciones “caseras” pueden, en efecto, generar evidencia suficiente para demostrar la autoría.
      Sobre el nombre del album, no, los títulos y nombres no suelen generar derechos de forma automática y para proteger éstos se suele tener que acudir a oficinas de marcas y patentes. Lo que es la portada, el diseño, imagen, sí se puede registrar a parte.
      Sobre el acceso al material subido depende de si al registrar marcas esa opción o no. Si especificas que se muestre sólo información pública sin descarga, no podrán bajar los ficheros registrados. También puedes optar por registro privado, con lo que ni siquiera se mostrará la información pública del registro.

  259. Hola mi cancion esta registrada en Los Estados Unidos. Si quiero publicar mi cancion en la Republica Dominicana tendria que registrarla a ya tam bien o es suficiente la registracion que ya tengo.

    1. @Faustina, generalmente los derechos sobre las obras nacen por crear la obra, no por el registro. El registro en USCO es importante por la necesidad de hacerlo para poder solicitar daños punitivos y las minutas de los abogados. En República Dominicana es bien posible que tus derechos ya estén garantizados por ley, pero siempre es recomendable registrar tanto como te sea posible, por ejemplo en Safe Creative y otros sitios. Normalmente los registros son complementarios y compatibles.

  260. Hola, aunque puede que en algún comentario se ha hablado del tema, quisiera tener claro cual es la mejor manera para registrar una canción que contiene música y letra:

    1. Registrando únicamente un archivo de música con la canción cantada (mp3) como Audio.
    2. Registrando como Audio mediante un zip dos archivos: el archivo de la música con la canción cantada (mp3) y la letra en Word.
    3. Realizando dos registros: el archivo de música con la canción cantada (mp3) como registro de audio y un archivo Word con la letra como creación literaria.

    Gracias!

  261. Hola tengo una duda que agradecería me aclarasen:
    Me dispongo a registrar todas mis obras (la mayoría de discos son autoeditados por completo) pero hay una referencia de uno de los grupos (año 2007) que fue comercializado y distribuído por una compañía en copias físicas CD.
    Yo dispongo de copia original y necesitaría a partir de la misma (dep legal, o cualquier otra info) averiguar si esa obra está o no registrada de algún modo o saber el estado en el que se encuentra con el fín de hacer el registro a posteriori (entiendo merecido ya que soy autor e interprete)
    No sé por dónde empezar, qué pasos habría de dar??
    Muchas gracias de antemano
    Un saludo

    1. @Aitor, como autor siempre puedes realizar el registro de tus obras, aunque otros las hayan registrado. Normalmente los registros muestran información pública por lo que si es un registro oficial deberías poder hacer esa consulta. En cualquier caso se pueden hacer varios registros de la misma obra en diferentes calidades de tenedor de derechos, como coautor, arreglista, y otros tipos de derechos. Nuestra recomendación es que, ante la duda, registres tu obra en SafeCreative, para tener cuanto antes un punto de referencia, que aunque posterior y válido de este momento en adelante, ya es una declaración de cierta relevancia.

  262. Nuestra banda está integrada por cuatro miembros. Nos gustaría registrar los temas que hemos grabado hasta la fecha. ¿Podemos registrar los mismos a nombre de la banda o tenemos que registrar con nuestros nombres? ¿Juntos o individualmente?
    Gracias.

    1. @dan, como los derechos de autor suelen ser de las personas físicas la recomendación es registrar a nombre de cada persona en coautoría. Esto es posible cuando quien inicia el registro tiene una cuenta profesional. Una vez registrada en firme la obra debe invitar al resto de usuarios como coautores y éstos pueden aceptar el hecho usando cuentas básicas gratuitas o superior.

  263. Quiero registrar dos cd de música autoeditados de música medieval. Es musica tradicional con arreglos del grupo. No estoy segura de cómo registrarlo porque al se temas de dominio público no sé si registrarlo como obra original, en cuanto a los arreglos, o bien obra derivada. Gracias

    1. @Sara, en principio se debe especificar en algún sitio del registro que se trata de una versión o arreglo, que genera derechos de autor (en el título, descripción e incluso en el propio fichero que se registra si es posible)

  264. Buenas!

    Estoy en proceso de grabación de un disco. ¿Se puede registrar la obra completa? Veo que dan como un código de barras. cundo registras canciones. ¿Hay un código par ala obra completa de 10 canciones? ¿Habría que tramitar el código de barras normal o con ese vale?
    Saludos y muchas gracias de antemano

    1. @vicente el código de barras es a efecto de registro, no es un código para ventas. Se pueden generar códigos de barra para canciones individuales, discos o colecciones de obras.

  265. Saludos, soy cantautor y hago mis propias canciones,. Hace tiempo estoy componiendo y tengo algunas canciones en discos y se estan radiando estan a mi nombre pero no tengo el derecho de autor registrado oficialmente,. Y ahora me encuentro grabando un disco con todas las obras de mi autoria, me gustaria saber como las puedo registrar.. Y que estatus de protección jurídicamente me garantiza que estaran protegida, gracias y ai fueran tan amable de mandarme informacion sobre lo escrito..

    1. @Eduardo, la protección y los derechos sobre las obras nacen, por ley, por crear la obra. Así lo tienen que reconocer las naciones que han suscrito el convenio de Berna. El registro que hacemos nosotros, como empresa privada, no es oficial, si bien es una evidencia que ayuda a demostrar que se tenía acceso a una obra en concreto en un estado específico. Debes consultar si en tu país la legislación sigue los principios del Convenio de Berna.

  266. Hola, mi nombre es Eduardo Breff Fuente, soy cantautor y Tengo todas mis obras registrada con notarios legales, pero no la tengo con una empresa de derecho de autor. Tengo CD con obras de mi autoria, y quiero registralas en un sitio legal que proteja mi derecho como autor de las mismas, si pudieran darme la información de como hacerlo estaria agradecido.. Gracias

  267. Muchas gracias Mario Pena por la informacion brindada, me decido a registrar mis temas por Safe Creative.. Ya vere con mas exactitud como hacer llegar los mismo para su registro.

    1. Me gustaria saber si cuba como pais estas sujeta a las leyes de Safe Creative, yo soy cubano pero recido en moscu Rusia, y caresco de i formación dado que por primera ves intento registrar mis obras compuesta, tambien necesito mas informacion de como registrarlas en Safe Creative. Gracias..

    1. @soledad normalmente los covers no se suelen registrar porque esto es un registro de derechos de autor, con lo que lo que se debería registrar es la obra original que no sería el caso. Nuestra recomendación es que, en todo caso, con la cuenta corporativa se puede informar del hecho de tener autorización para los covers, pero no creemos que te sea de gran utilidad práctica…

  268. Mi hija de doce años a veces compone canciones pero quiere que las cante un grupo en especial , cual seria el primer paso para esto’

  269. Hola, para participar en un concurso de bandas emergentes me piden comprobante tanto de © y ?, derechos de autor y derechos de edición/grabación, en nuestro caso que es todo autoproducido, ¿cómo podríamos hacernos con este último código o comprobante? No encuentro dicha información y en la etiqueta descargable parece que solamente es el conocido comprobante de ©

    Gracias 😉

    1. e. Lo primero habría que saber si lo que solicitan en el concurso es el registro en el registro nacional de derechos de autor dependiente del Ministerio de Cultura.

      Si no es así y cualquier otro registro o declaración es suficiente, que debería pues los derechos sobre las obras nacen por ley automáticamente al crear la obra, a nivel de derechos de productor de fonogramas entendemos que deberías o bien aportar una declaración jurada o similar informando del hecho de que la grabación es autoproducida.

      En SafeCreative, mediante la cuenta corporativa, es posible informar de este tipo de derechos, pero no creemos que sea necesario que compréis dicha cuenta para tal propósito único. Suponemos, pero no podemos asegurarlo, que con la declaración jurada comentada debería ser suficiente.

  270. hola, tengo una duda…quiero registrar algunas canciones compuestas e interpretadas por mi mismo grabadas de formas no profesional, mi pregunta es si en el futuro las grabo en estudio y como es normal hay que dar un porcentaje de la obra al productor, como se haria si previamente ya las registre en safecreative?gracias.

    1. @Antonio, lo que generas en Safe Creative es una prueba temprana de autoría y los derechos que por ley tienes. Los acuerdos privados que realices luego no es preciso que se vean reflejados en la información pública que se ofrece en Safe Creative si bien el productor podría opcionalmente contratar una cuenta corporativa y reflejar dicha información.

  271. Hola,
    tengo una duda acerca de un registro de letra y voz pública.
    He hecho una canción pero he cogido la voz de un sermón de una iglesia americana que me gustó y la edité, cogiendo trozos y partes completas, pero tengo la duda si aunque sea público puedo registrarlo en la Sgae, adjuntando la letra que he conseguido sacarla.
    Sé que existen famoso discursos (Luther King, JFK, Mandela, etc… que productores han usado e imagino que avispadamente registrado o no sé…de ahí mi duda)
    El caso es que la versión instrumental ya la he registrado porque solo es mía, pero la duda es con la versión vocal.. voy a poner “featuring las iniciales del predicador” para que no sea público ni haya mucho rastro y evitar problemas, pero no atribuirmela a mi propiamente tampoco, quedando un vacío indefinible.

    Mi mayor duda es a la hora de hacer el registro en sgae (porque no sé si tiene sentido registrar la instrumental, y no la vocal porque tenga una letra de alguien en público, pero el resto es mío) porque cuando hay una canción vocal te pide adjuntes la letra (ya la tengo) y el porcentaje de reparto: autor (letra, que no es letra sino un discurso público), compositor (yo), intérprete (el mismo autor del sermón) y sus respectivos porcentajes.

    Mi idea era poner
    COMPOSITOR – YO 100%
    INTERPRETE – FEAT. PREDICADOR 0% (ya que según tengo entendido, no es autor exclusivo de una letra).
    AUTOR – ……. ? (PODRIA PONER YO AL ADJUNTAR LA LETRA DE ALGO DICHO ESPONTANEAMENTE?)

    Muchas gracias de antemano porque la Sgae dice una cosa sin concretar bien,la gente del sector dice otra… y no sé que hacer para evitar problemas porque un sello inglés quiere la canción.

    SALUDOS.

    1. @jj, lo cierto es que no sabemos qué te va a pedir la SGAE, deberías consultar con ellos. A efectos de registro puedes registrar sin problema, pero deberías tener en cuenta que debes tener autorización para usar el sermón si no está éste en el dominio público. En cualquier caso esto es de vital importancia no de cara al registro en si, sino a la publicación o difusión de la obra.

  272. Yo he registrado una partitura,pero ahora me gustaría saber que información sobre el registro debe aparecer en las copias de esa partitura a fin que quede claro que tienen dicho registro y todos los derechos reservados o que documentos debo entregar a las bandas que las interpreten.

    1. @Javier, si has registrado las partituras usando ficheros tipo PDF y tienes cuenta profesional podrás generar copias de éstas con el código de registro https://www.safecreative.org/blog/es/2013/04/16/maximiza-tu-registro/ Lógicamente en el documento puedes también poner manualmente como desees, que tienes todos los derechos reservados con enlace a la página de información pública del registro o lo que desees. Sobre los documentos a bandas suele depender el acuerdo con ellos. Normalmente para esto se realizan contratos de cesión de derechos. Desde “Servicios – Asistente de contratos” puedes generar contratos base sobre los cuales trabajar, aunque siempre recomendamos contar con el asesoramiento legal de una abogado: https://www.safecreative.org/agent-directory

  273. Buenas amigo soy de venezuela soy compositor quiero regiatrar mis letras nunca lo e echo en ningun otro lado que seguridad safe creative brinda en ese caso me refiero a que no roben la letra a un plagio que tan seguro estarian mis letras

    1. @Ricardo, un registro como el nuestro no puede impedir activamente que tus obras sean usadas sin los debidos permisos, pero sí aporta una evidencia que puedes publicitar y usar en caso de conflicto posterior a la generación de la prueba de registro. Si siempre que muestras tu obra informas del hecho del registro es menos probable que la usen sin autorización, pero si esto llega a ocurrir puedes usar la prueba tecnológica que ofrecemos para que, junto a tu abogado, puedas hacer valer los derechos que por ley ya tienes.

  274. Hola, tengo una duda, estoy intentando registrar un álbum completo. Pero Al parecer solo me deja registrar temas por separado. Como puedo hacer para subir el disco como obra única? con su foto de portada, etc…

    1. @Pablo, la idea, en general, es generar una evidencia por canción pues actualmente es muy frecuente que las obras se difundan fácilmente de forma independiente. En cualquier caso se puede registrar un album completo incluyendo todo el material en un fichero comprimido, tipo .zip, .rar o similar. En este caso la evidencia se genera sobre el fichero comprimido. Si lo que se desea es generar un único código de registro se pueden registrar los materiales de forma independiente y luego crear una colección en “Mis registros – Mis colecciones”.

  275. Hola, quiero registrar mis canciones, letra y música. Tengo que registrar letra por un lado y música por separado? Ya tengo grabado los audios con la banda completa, puedo utilizar el audio para registrarla y luego poner la letra en otro archivo? Cómo serían los pasos a seguir? Muchas gracias!

    1. @PaulDeVille, no es obligatorio pero sí suele ser recomendable registrar ambos tipos de obras por separado. Por supuesto se puede registrar el audio como música e incluso también como letra (subiendo el mismo fichero dos veces) aunque por regla general es mejor registrar la letra como obra literaria en un fichero de tipo texto.

  276. Primeramente saludos cordiales a todo el equipo. Soy nuevo por aquí y necesito información. Hace algunos años grabamos 3 Discos que contenían canciones propias y algunos Covers pero nuestras canciones nunca las registramos simplemente las plasmamos y nos olvidamos del tema. Incluso algunos temas han sido versionados por otra gente poniendo el nombre de los Autores. La pregunta es, cómo hacer para después de tantos años registrar esas obras? Porque incluso nos informó un amigo que en su país se han generado regalías de esas canciones y claro al no tenerlas registradas como podríamos reclamarlas?
    Además tenemos nuevas canciones que quisiéramos grabar en formato de vídeo casero pero no nos atrevemos a publicarlas al no haberlas registrado aún. Por favor agradecería me despejen las dudas. Saludos musicales fraternos Amig@s.

    1. En relación a las canciones antiguas las podéis registrar igualmente ahora, lo que pasa es que como evidencia serán útiles a partir de ahora. Como los derechos son vuestros por crear las obras, el registro no es preceptivo, podéis reclamar las regalías a las entidades que las gestionan. Cuando antes registréis, sea como sea, tanto mejor. Para cantidades recaudadas anterior siempre es mejor contar con un representante legal que os pueda gestionar los distintos trámites.

  277. Hola, quiero registrar una cancion que ya está lista su música pero la letra aun no, ¿Debo esperar a terminarla toda o puedo registrar la música y luego en el mismo registro u otro aparte registra la letra? Necesito el registro cuanto antes para comenzar a mostrarla en distintas webs y poder autofinanciarme.

    1. Hola, la música en si se puede considerar una obra independiente de la letra, por lo que no únicamente es posible, sino aconsejable registrarla por si misma. La letra se puede registrar luego como obra literaria, “otros”.

  278. Amigo una pregunta mi disco listo para venderlo en plataformas digitales puedo registrarlo gratuitamente en safe creative? y donde puedo encontrar una guia de como registrarlo?

  279. soy de venezuela y deseo registrar en safe creative instrumentales de hip hop pero no tengo la partitura de los mismos, se puede registrar por medio de un archivo mp3 o wav?

    1. Claro, precisamente esa es la principal virtud de un registro tecnológico, que permite acreditar la existencia de una obra mediante el fichero digital que la contiene.

  280. Hola -edited-
    Hace algunos años registre bastantes canciones con vosotros

    He perdido gran parte del material por culpa de un disco duro defectuoso
    neceisto recuperar esas canciones

    -edited-

  281. SI UN ARTISTA O GRUPO MUSICAL ME GRABA UNA CANCIÓN ,PUEDO USAR DICHA GRABACIÓN PARA HACER EL REGISTRO DE MI CANCIÓN (solo Tonada y letra) EN safeCREATIVE?

  282. Hola muy buenas, tengo una lista de canciones escritas por mi, desearia registrarla en la web, y las 2 dudas que tengo es, ¿si puedo subir todas en un mismo PDF especificando titulo y cancion o deberia de hacerlas una a una?.

    La otra pregunta seria que tipo de licencia debo de darle si lo que quiero es que quien las cante pague los derechos de autor o lo que corresponda por usarlas.

    Muchas gracias por adelantado.

    1. Hola, puede enviar varias canciones en un PDF pero nuestra recomendación es generar una única evidencia por cada canción. Para lo que quiere le recomendamos declarar “todos los derechos reservados”.

  283. Hola.
    Quiero registrar la música de un disco, algunos temas son instrumentales y otros son música y letra.
    ¿Para registrarlo tengo que enviar en PDF la letra y aparte los audios?
    ¿La portada se envía en el mismo fichero o en un fichero aparte?
    ¿Todo puede ir en un mismo fichero?
    ¿Cuál sería el costo total del registro?
    Gracias por su ayuda.

  284. Hola, quisiera saber si puedo registrar una canción, (letra y melodía) utilizando como audio una maqueta!? Es decir, que la pista que yo mande no esté profesionalmente grabada y terminada aun. Puede ser!?

    1. Normalmente se suele registrar cada composición de manera separada y luego siempre es posible vincular éstas en una colección. Por otro lado si registra como productor lo suyo es una una suscripción corporativa para declarar que se tienen derechos de producción e informar de las autorías de composición y letra del resto de autores.

  285. Hola! Si registro en un país determinado (por ejemplo, Argentina), alguien podría registrarla en otra parte del mundo luego y sería válido? Por ejemplo, España? O vale el registro primero, de todos modos?

    1. Veamos, es importante aclarar que en todos esos países los derechos serán de la persona que cree la obra, registre o no. Un registro no da más derechos. Es voluntario y declarativo. Es una forma de demostrar que se tenía la obra concreta, con una forma específica, en un momento dado. Eso, por supuesto, puede ser desafiado en caso de controversia en un juicio. El que tiene la prueba tiene presunción de autoría, pero no existe la certeza. Otro puede venir con pruebas mejores y demostrar que quien dice ser el autor en realidad no lo es. Este tipo de pruebas se llaman “iuris tantum”. En igualdad de condiciones la prueba más temprana se considerará mejor “prior in tempore potior in iure”, porque demuestra de forma objetiva quién estableció una prueba de autoría antes, pero eso no significa que si no es el autor, el autor legítimo no pueda hacer nada, pero tendrá que aportar pruebas mejores que la establecida. Esto es así por el Convenio de Berna y los acuerdos internacionales. Dicho esto, se pueden generar tantas pruebas como se desee, la autoría existe normalmente anterior a cualquier registro pues aparece en el ámbito privado de la creación. Es por eso que aconsejamos a los autores legítimos registrar y tener así pruebas de autoría antes de publicar o comunicar la obra de cualquier manera.

      1. Muchas gracias por tu pronta respuesta! Por lo tanto, para evitar problemas legales, en caso de que existiesen, recomendarías registrar la misma obra en cada país en el que se vaya a difundir? Que difícil, cierto? ya que hoy con internet, todo está al alcance de todos…

        1. Cada persona debe valorarlo. La verdad que debido precisamente al Convenio de Berna los países están obligados a reconocer los derechos de autor de cualquier ciudadano de otro país firmante, igualmente sin que esta persona esté obligada a registrar, por o que en principio no haría falta. La utilidad local es bastante limitada a cuestiones más bien administrativas siendo la prueba plena la única diferencia, pero un registro como el nuestro, que puede ser revisado por un experto informático en cualquier país, puede ser de una utilidad más que notable llegado el caso. Sólo en el caso de que la obra se vaya a mover en los EEUU sí que es posible interesante registrar en USCO, el registro nacional de dicha nación, debido a que es necesario para poder reclamar daños punitivos. Es por eso que desde Safe Creative se pueden enviar obras a registrar a USCO, si bien esta gestión se factura independientemente ya que tiene bastante coste.

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