Registro automático desde tu ordenador
March 16th, 2010
Ana Pérez
Con el programa ART (Automatic Registering Tool) tus trabajos quedan registrados desde el momento de la creación.
Art ya está disponible en versión beta, y con él puedes convertir las carpetas que quieras de tu disco, en un registro automático de propiedad intelectual. Así de sencillo y así de seguro. (.pdf)
2.- Al arrancar el programa se abrirá el navegador que identifica tu cuenta de autor en Safe Creative dando permiso al programa para registrar.

3.- De vuelta en ART selecciona la carpeta o carpetas cuyo contenido se registrará automáticamente en Safe Creative (1) – Indica para cada carpeta con qué perfil de registro se registrarán las obras de esa carpeta (2) – Puedes activar o desactivar el registro automático de cada una de las carpetas que hayas configurado (3).

Así de simple. Basta con que pongas en la, o las carpetas que hayas configurado, los trabajos que quieras registrar y se irán registrando automáticamente. Ten en cuenta que es interesante tener distintas carpetas para distintos tipos de contenido, como fotografías, escritos, programas, canciones, etc.
Al dar a la “x” de cerrar el programa sigue trabajando en segundo plano. Para salir de la aplicación tienes que dar al icono de la puerta con una flecha en la barra de herramientas. Si sólo quieres que pare de subir obras recuerda que no tienes más que dar al botón de “detener”.

Por si no conocías los perfiles de registro, son patrones de registro que puedes configurar en tu cuenta de Safe Creative (ver figura) indicando en cada uno la licencia que se aplicará a las obras que se registren con ese perfil, el tipo de obra que es, si el registro es público o privado, se permite la descarga, se realiza con un seudónimo, etc.


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19 Comments Add your own
1. Safe Creative: Protege tu&hellip | March 24th, 2010 at 4:36 pm
[...] están en constante desarrollo, ahora mismo hay disponibles 2 herramientas. Por un lado, “Safe Creative ART” para el registro automático de obras desde el ordenador y, por otro lado, el botón [...]
2. edu | March 25th, 2010 at 1:03 am
ola, estoy interezado en registrar mis canciones,podria recibir mas informacion, o alguien explicarme? grcias,espero respuesta!
3. mpena | March 25th, 2010 at 8:01 am
Hola March, tu pregunta es bastante genérica sin duda. Bueno en este blog tienes bastante información y algunos enlaces útiles como de nuestro canal de Youtube (a la derecha). En realidad sólo tienes que:
1) Darte de alta.
2) Subir tu música (partitura si tienes, o un fichero de audio)
3) Registrar las letras (o puedes realizar un registro conjunto de ambas cosas con un .ogg o mp3, por ejemplo)
4) Seleccionar que es música, el tipo de licencia “todos los derechos” o “algunos derechos” reservados.
5) Dar a registrar.
Tras 24 horas el registro pasa de pre-registro a registro en firme. A partir de ahí ya puedes, si lo deseas, bajar en ese momento el certificado que generamos con la prueba de registro de ese contenido específico.
Saludos
4. » Cómo poner todas&hellip | March 25th, 2010 at 8:04 pm
[...] alguna licencia Creative Commons suele acabar pareciendo que es (c). Asegura una prueba de autoría registrando todas tus obras antes de subirlas. Además en Safe Creative se desarrollan sistemas para la actual y futura [...]
5. Mario Pena | March 29th, 2010 at 7:45 am
Nos han apuntado una posible cuestión que se puede dar si alguien pone a registrar los contenidos de una carpeta en la que pueden guardar contenidos de terceros.
El caso sería alguien que guardara sus fotos en la carpeta “Mis imágenes” siendo posible que guardara en esa carpeta fotos que encuentre por Internet.
Creo que es cierto que puede darse el problema, pero puede darse incluso con un registro normal por web, si alguien se despista.
Lo que debe quedar claro es que no podemos controlar que alguien suba algo que no sea suyo.
La cuestión es que para usar ART hay que seleccionar carpetas concretas, lo que implica un ejercicio de definición de éstas por parte del autor.
Lo que yo hago, por ejemplo, es crear unas carpetas concretas y específicas que serán de las que se nutrirá ART para registrar. El que use ART además tiene que comprometerse a que tiene derechos de una u otra naturaleza sobre lo que sube. También se envían notificaciones por correo que pueden verificar. El usuario, si se equivoca, puede borrar el registro.
Lógicamente no sería coherente ni prudente registrar la carpeta “Mis imágenes” si es ahí donde uno guarda las cosas que va encontrando por Internet. Nuestro consejo es crear carpetas ad-hoc.
Otra consideración: no somos un registro oficial. Ni alguien por registrar algo en sitio alguno se convierte en el autor automáticamente. Uno es autor por el hecho de crear y en el fondo demostrar que uno es el autor de algo y no el que ha registrado no es tan difícil de demostrar. Pero el caso es que somos un registro privado y si alguien se equivoca, pues se equivoca. “Errare humanum est”. Además, si la equivocación no es de mala fe, será un asunto muy fácil de solucionar amistosamente. Si alguien lo hace con mala intención le puede pasar algo muy peligroso, pues tal vez sin reflexionar mucho ha creado una prueba de su mala intención en Safe Creative que colaborará en todo momento con la justicia. Así que no es aconsejable actuar de mala fe porque crea una prueba auto inculpatoria. Si se hace algo mal por error, se soluciona privada, amistosamente y listo.
Y otra cuestión es que ART se ha diseñado para que la gente pueda registrar todo lo que crea antes de publicarlo en Internet. Así, si tienes una carpeta llamada fotosSafeCReative, otra TextosSafeCreative, puedes hacer que ART registre de ellas todo y que ahí sólo pongas lo que has creado tú. Esa es mi recomendación en cualquier caso.
Yo hace tiempo que no subo nada que no haya registrado previamente. Así te aseguras de que tu prueba será siempre la primera.
Por cierto que si publicas algo y luego alguien lo baja y lo registra, a una mala tienes la prueba de la primera publicación, que también es una prueba, menos fuerte, pero prueba iuris tantum.
6. Registra tus obras con Sa&hellip | April 10th, 2010 at 1:03 am
[...] La gente de safe creative tiene una herramienta para registrar fácilmente tus obras bajo licencias creative commons, basta con descargarte este programa (multiplataforma) y seguir las instrucciones de esta web. [...]
7. Theo Corona | May 29th, 2010 at 2:01 pm
Interesante herramienta
8. Theo Corona | May 29th, 2010 at 2:03 pm
Interesante herramienta y útil , Gracias
9. olga lucia montoya laverde | June 6th, 2010 at 1:58 pm
soy escritora, y me gusta escribir cuentos y relatos cortos, por mi facebook, por eso las registro por el safe creative, es el mejor servicio que podemos tener todos los escribas,
gracias y un saludo, os invito a leer todos mis cuentos, en mi face,
gracias por vuestro servicio tan especial,
10. mpena | June 7th, 2010 at 7:25 am
Gracias Olga por tus palabras. Siempre es reconfortante saber que somos de utilidad.
11. Theo Corona | June 7th, 2010 at 1:38 pm
Gracias amigos por vuestros servicios, los que valoro y estimo en alto grado. Estoy más tranquilo con la popiedad intelectual de mis escritos, aunque, a decir verdad, ellos son de todo el publico, porque de no ser así paraque crear ¿verdad?
Un abrazo fraterno
Theo Corona
12. olga lucia montoya laverde | June 8th, 2010 at 1:58 pm
“me siento muy feliz y muy agradecida con vosotros safe creative” porque puedo registrar todos mis cuentos y relatos desde mi casa, mis fotos mis novelas musica, y muchas cosas más. un abrazo y un beso. y que dios os bendiga por vuestro especial servicio,
13. isabel | June 11th, 2010 at 5:22 pm
quiero registrar mi pag.web que he montado yo misma, y no acabo de aclararme a la hora de subir los archivos, me puedes indicar que y como hacerlo.
un saludo
14. Mario Pena | June 12th, 2010 at 12:26 pm
Hola Isabel, en general para registrar una web lo mejor es crear un fichero comprimido con las distintas carpetas y contenidos, el código html y los diseños, etc.
No obstante eso registra lo que es la web en sí, no necesariamente los contenido si éstos se van actualizando periódicamente. Para registrar contenidos que se añadan tendrías que ir registradolos según se incorporan.
Saludos,
Mario
15. Catalina Gómez | July 20th, 2010 at 9:50 pm
La aplicación me parece muy útil, pero tengo una duda: al aceptar la licencia para instalar el programa, he leído que es una prueba de evaluación y no un programa gratuito. ¿Está previsto incluirlo en un futuro en los servicios de pago?
16. Adriana de Bera | August 14th, 2010 at 9:46 pm
Mi pregunta es si con este registro, si por casualidad alguien desearía plagear una de mis obras, puedo demostrar que es de mi propiedad? Es como un Código Directo Internacional de que soy la unica y verdadera autora de lo que registro?
Gracias.
17. mpena | August 15th, 2010 at 7:00 pm
Hola Adriana, lo cierto es que hoy en día, y tras el Convenio de Berna, no existe ningún sistema, oficial o privado, que pueda crearte una prueba con garantías absolutas de que se va a aceptar sin cuestión tu autoría. De hecho las leyes de propiedad intelectual protegen al creador desde el momento de crear, no de registrar. El registro es algo opcional y útil, pero no obligatorio y aunque hagas todos los registros del mundo, eso no significa que automáticamente seas la autora, sino que has declarado en un momento determinado ser la autora de la obra. Es una importante diferencia.
En ese sentido Safe Creative te ayuda a crear una prueba temprana que puedes obtener antes de publicar nada en Internet con lo que es muy difícil que alguien cree una prueba mejor anterior.
Nuestro consejo es que guardes las versiones y los borradores de tus obras, que tengas testigos, que antes de publicar registres ya sea en un registro oficial tanto como en Safe Creative que te permite hacerlo online en el mismo momento de acabar si así lo deseas.
A más pruebas, mejor y la de Safe Creative es de las mejores al basarse en la tecnología y la inmediatez que te da Internet. Garantía total y absoluta. No existe.
18. David | August 20th, 2010 at 9:52 pm
Justo antes de conoceros, me puse en contacto con la sucursal más cercana para el registro de la propiedad intelectual para que me aclarasen una serie de preguntas.
Una de ellas, creo que la más importante, era: ¿Es posible presentar la música en formato digital, o sigue siendo necesario presentar partituras?
Mi actual proyecto es de música Ambient y Meditativa, y no se muy bien como escribir dichas partituras por su obvia complejidad. Pero bueno, la cuestión es que la respuesta a mi pregunta fue un NO rotundo. Es decir, sin las partituras presentadas in situ y pagando, no hay registro. Ah, y no existe otra forma de hacerlo.
Eso me sorprendió, ya que en la actualidad, con todos los avances y medios a nuestra disposición, esa postura retrógrada me pareció absurda y ridícula, y así me lo sigue pareciendo.
Y como ya he dicho, inmediatamente después os descubrí a vosotros, por “causalidad”, y quedé nuevamente sorprendido, aunque esta vez de forma muy grata.
Ofrezco mis obras directamente por Internet, y eso siempre supone un riesgo, pero desde mi punto de vista, el soporte que dais se traduce en alivio, tranquilidad y seguridad.
Así que muchas gracias por vuestra encomiable y gran labor, que además es gratuita, y espero que eso no cambie nunca, que para la mayoría de artistas, todo resulta ya bastante difícil.
¡Gracias por ponérnoslo tan fácil!
David
19. mpena | August 21st, 2010 at 9:43 am
Gracias David por tus palabras, nos animan mucho y nos certifican que hemos dado un pequeño paso en el camino correcto.
En descargo del Registro de Propiedad Intelectual hay que mencionar que en su caso es muy difícil adaptarse pues lo que hacen emana de organismos supranacionales que tardan muchos meses, incluso normalmente años, en cambiar. Es por eso que la utilidad real hoy en día de los registros es el dar información sobre derechos de autor, cosa que no están haciendo simplemente porque no pueden. La prueba de autoría es muy importante, pero lo es mucho más disuadir, informar, permitir interactuar, tener un punto central para guardar tus mejores obras facilitando que se conserven en el futuro.
El tema de las partituras es una reminiscencia del concepto analógico de los registros de los siglos XIX y XX, que han sido superados de forma dramática por la realidad del comienzo de la transición digital del XXI.
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