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Madrid, 4 de diciembre de 2009 – Safe Creative, empresa líder en el registro de la propiedad intelectual online, ha firmado un acuerdo solidario con el portal de Internet LibroVirtual.org para sumarse a los esfuerzos del portal gestionado por la asociación Escritores Solidarios. Con la firma de este acuerdo, Safe Creative ofrece desinteresadamente todos los beneficios legales y de difusión de información de derechos en la Red de su Registro de Propiedad Intelectual.
Con esta vinculación a LibroVirtual.org, Safe Creative se suma a una iniciativa que ha convertido a los formatos de eBook los títulos más populares y que ya está disponible para lectura y descarga desde el pasado 1 de diciembre en la dirección web: www.librovirtual.org
Safe Creative, que nació con vocación de ayudar a la difusión de la cultura a través de una plataforma que ofrece tanto a autores, como a usuarios de todo el mundo, un lugar común de encuentro que respete los derechos de todos, se suma ahora esta iniciativa que aporta al mundo de la cultura, a través de Internet y de redes sociales: relatos, cuentos, poemas e ilustraciones, en su mayoría inéditos, para la confección de un libro que tiene como tema principal la Navidad y los niños.
Gracias a este acuerdo, todos los beneficios proporcionados por Safe Creative a sus usuarios, están ya al servicio de los cientos de autores y obras que pueden leerse online de forma totalmente gratuita en este portal, y cuyos lectores pueden, si lo desean, contribuir al trabajo de los escritores descargando los formatos eBook, haciendo un donativo a Escritores Solidarios por el importe que ellos decidan, así como adquirir la versión impresa a través de Bubok, la editorial española online en la que cualquier internauta tiene la posibilidad de publicar sus obras sin intermediarios y sin tiradas mínimas.
LibroVirtual.org, que nace con la vocación de ayudar a autores a publicar y dar a conocer sus obras literarias, es una organización implicada en diferentes campañas solidarias que tiene como fin la recaudación de fondos destinados a fines humanitarios y que persigue también concienciar a los lectores sobre el apoyo al medio ambiente a través de conductas responsables.
En esta ocasión, con el fin de favorecer al máximo la difusión del libro solidario “Una Navidad, un niño, un libro”, y con la garantía Safe Creative, el portal ofrece a todas las empresas y particulares que así lo deseen la posibilidad de enviarlo, como original felicitación navideña a sus clientes y amigos, u ofrecerlo en su web para descarga gratuita, a cambio de una donación voluntaria. A partir de 10 euros recibirán una copia en formato PDF con la portada personalizada con su nombre o logotipo seguido de la frase “… ha ayudado a conseguir una Navidad mejor para los niños” y un enlace a la dirección web que deseen.
Según declara Mario Pena, Responsable de Comunidad de Safe Creative, “estamos muy contentos de la oportunidad de participar en esta iniciativa solidaria porque nos da la posibilidad de poner a disposición de una causa noble en beneficio de niños de todo el mundo, toda la capacidad que el registro, ya brinda a más de 21.000 autores, que repartidos por todo el mundo, nos han seleccionado para proteger y contribuir a la distribución digital de sus obras, que en esencia y para nosotros es la clave para el enriquecimiento cultural de todos”.
Participar como autor en LibroVirtual.org es totalmente gratuito.
Más información en: www.safecreative.org y en el portal www.librovirtual.org
Acerca de Safe Creative
Safe Creative es la compañía de referencia en registro de la propiedad intelectual online. Su actividad se centra en la creación de herramientas que sirvan para el registro mundial, libre, abierto, independiente y gratuito de propiedad intelectual en entornos web. Gracias a la labor de Safe Creative son más de 21.000 los autores que ya pueden gestionar de manera sencilla e intuitiva sus derechos sobre dichas obras y aprovechar el potencial semántico que el registro en la plataforma propietaria aporta a los contenidos.
December 4th, 2009
Mario Pena
¡Espero que esté lo suficientemente claro!

November 24th, 2009
Mario Pena
Además de nuestra presencia en FICOD representando a i-comp en un taller sobre buenas prácticas entorno al copyright estaremos tambien en Granada los días 26 y 28 en dos eventos distintos.
“La propiedad Intelectual en la Era Digital” organizado por AGM Granada. Hablaremos del papel de los registros online de propiedad intelectual para reformular y replantear el concepto de protección efectivo en la era digital. Será el día 26 a las 17:45 en el Salón de Actos de la Sede de la Caja Rural de Granada. La entrada es libre.

“Taller de Tepicalabarba” organizado por la Asociación Cultural M.A.L. (Alifa). El día 28 hablaremos sobre el papel de los registros online entorno a los movimientos de la cultura libre y cómo pueden ser útiles para los incipientes modelos de negocio basados en contenidos copyleft y similares.
November 13th, 2009
Mario Pena
Safe Creative representará a i-comp.org en un taller sobre buenas prácticas entorno al copyright en la era digital en FICOD 09. Hablaremos de la importancia de la existencia de registros online que se comuniquen bajo estándares abiertos para ayudar a una mejor comprensión general de lo que a derechos autor se refiere en clave positiva.
La interacción, la información actualizada y el respeto mutuo entre creadores y usuarios es la clave para construir un entorno digital en la que quepan todas las sensibilidades existentes.
Tenéis el programa aquí.
Será el 19 de Noviembre a las 18:45 en la sala T1Q y durará aproximadamente una hora.
November 11th, 2009
Javier Prenafeta
Dentro de las creaciones que son objeto de protección como propiedad intelectual, la mayoría de los sistemas jurídicos incluyen los programas informáticos como obras sujetas a dicho régimen, salvo en aquellos casos en los que el programa gestiona un proceso industrial o el funcionamiento de una máquina, en cuyo caso podría protegerse como patente. No es objeto de este artículo analizar los pros y los contras de la patentabilidad del software, o sus posibilidades, sino que nos centraremos en los casos habituales que contempla la legislación sobre propiedad intelectual, es decir, una secuencia de instrucciones o indicaciones destinadas a ser utilizadas, directa o indirectamente, en un sistema informático para realizar una función o una tarea o para obtener un resultado determinado, cualquiera que fuere su forma de expresión y fijación.
Por tanto, entenderemos por programa de ordenador, los sistemas operativos, software de aplicación, librerías, scripts, drivers o controladores, aplicaciones de Java, motores de bases de datos, compiladores o ensambladores, por ejemplo.
Dichas instrucciones, cuyo fin son realizar una función en un sistema informático, se expresan en código, por tanto el primer elemento objeto de protección. En general nos referiremos al código fuente, que es el que crea el programador en lenguaje inteligible, aunque en general se suele acompañar también el código objeto, que es el resultado de compilar el primero para ser ejecutado por el sistema informático, por tanto una transformación, pero útil en el registro a fin de comprobar el funcionamiento efectivo del programa.
La legislación extiende la protección como programa de ordenador a la documentación preparatoria y técnica (fórmulas, diagramas de flujo, análisis de requisitos,…) y a sus manuales de uso, lo cual no deja de ser curioso porque gran parte de esos contenidos son propiamente obras de texto a las que se aplicarán las condiciones y limitaciones que tienen los programas de ordenador. En cambio, las ideas o principios, incluidos los de sus interfaces (los elementos gráficos que facilitan la comunicación con la aplicación, la presentación y el acceso a la información por parte del usuario), no gozan de dicha protección.
Junto a lo anterior, los programas de ordenador incorporan otros elementos, como textos, imágenes, animaciones, composiciones musicales, archivos audiovisuales o bases de datos, que no son propiamente programas sino que se protegerán como obras literarias o científicas, siendo por tanto aplicable el régimen general, no el de los programas. Conviene tenerlo presente ya que convivirán distintos derechos en el producto final.
Volviendo sobre la regulación de los programas de ordenador, aunque incluso de acuerdo con el Convenio de Berna se trate a éstos como obras literarias (y, en el mismo sentido, la Directiva 91/250/CEE del Consejo, de 14 de mayo de 1991, sobre la protección jurídica de programas de ordenador), y aunque se garanticen los derechos de reproducción, transformación o distribución, el trato que se les otorga es diferenciado.
En este sentido, no puede impedirse, por ejemplo, que el licenciatario de un programa haga una copia de seguridad del mismo (que no es lo mismo que una copia privada, luego no está sujeto a la remuneración compensatoria correspondiente), y se establece que éste podrá observar, estudiar y comprobar el funcionamiento del mismo para determinar las ideas y principios en los que se basa un elemento cualquiera del programa cuando esté realizando operaciones de carga, presentación, ejecución, transmisión o almacenamiento del programa de ordenador para las que esté autorizada, así como su descompilación para lograr la interoperabilidad de un programa con otro.
Lo anterior nos puede dar una idea de qué debe ser objeto del registro en relación a los programas de ordenador, para poder tener una protección completa y exhaustiva:
- El código fuente y el código objeto, esto es, el programa en sentido estricto.
- La documentación preparatoria y técnica y los manuales de uso, que vienen a ser un refuerzo de lo anterior en aras de poder acreditar que realmente corresponde a quien registra la concepción, diseño y creación del programa.
- Los demás elementos que incorpore el programa, aunque no constituyan programa, como otros textos, imágenes, animaciones, sonidos, bases de datos,… que se han comentado.
Llegados a este punto hay que aclarar quién debe realizar el registro anterior. Los derechos de explotación corresponden al autor o autores del mismo, como en toda obra de propiedad intelectual, pudiendo por tanto hablarse de obras en colaboración, obras colectivas u obras compuestas, en función de su participación o relación entre ellos o dentro de una empresa. Las legislaciones, por tanto, no desconocen el funcionamiento habitual de la industria del software, estableciéndose la presunción de cesión de derechos en favor de la empresa en caso de trabajadores asalariados en el ejercicio de sus funciones. En los restantes casos, será necesario celebrar un contrato de cesión de derechos por escrito.
En definitiva, y dado que es cuestionable que sobre los programas de ordenador existan derechos morales, deberá registrarlos el titular de los derechos de explotación, ya sea el autor (en el caso de que sean varios, pueden adjuntar a los elementos anteriores una relación de sus nombres y apellidos, DNI, pasaporte o equivalente y domicilio, indicando su porcentaje de participación en el producto final) o el cesionario, que en caso de ser una persona jurídica también resulta aconsejable adjuntar los contratos de cesión de los desarrolladores, para una mayor garantía.

October 22nd, 2009
Mario Pena
Saludos a todos,
Hay mucho que contar y poco tiempo, así que aquí tenéis algunas de las novedades y noticias entorno a Safe Creative. ¡Esperamos que sean de vuestro interés!
* Empezamos por comentar que ya tenemos disponible nuestro API abierto para que se puedan programar todo tipo de aplicaciones que registren y/o consulten a nuestro registro. Para animar a los programadores a crear aplicaciones que interactúen con Safe Creative os proponemos un concurso del cual podéis consultar las bases aquí.
* Para ilustrar su funcionamiento básico hemos creado un plugin de prueba para Firefox para identificar al autor y los derechos de obras registradas allí donde aparezcan en la Web sin depender de metadatos. Por ahora funciona con copias literales, pero próximamente se podrán identificar obras recortadas y redimensionadas.
* Bubok.es, la plataforma líder en autopublicación de libros en España, acaba de integrar en su sistema que sus usuarios puedan registrar sus obras en Safe Creative desde su panel de control. De esta manera el innovador proyecto literario se une al uso del API abierto como las webs de jamendo.com y magnatune.com están haciendo también para música.
* Búsquedas avanzadas y contadores directamente en la vista de “Mis obras”. Ahora ya puedes hacer búsquedas más concretas gracias a la búsqueda avanzada y puedes ver el número de visitas o peticiones de certificados que se hacen de tus obras directamente sin tener que entrar en la página de cada uno de éstos.
* Tras varias peticiones de fotógrafos os comentamos que ya se generan de forma experimental las miniaturas al subir ficheros tipo RAW, por lo que si queréis podéis probar a registrar este tipo de ficheros.
* Hay más cosas, pero sabemos que estáis muy ocupados. Os animamos a navegar por nuestro blog y a seguir nuestras actualizaciones por Twitter.
October 20th, 2009
Ana Pérez
Madrid, 14 de octubre de 2009 – Safe Creative, empresa líder en el registro de la propiedad intelectual online, convoca su primer concurso de software y plug-ins con el que la compañía va a premiar los mejores desarrollos de software capaces de hacer operaciones y consultas a través del programa de registro de Safe Creative. Con esta iniciativa la compañía celebra la puesta en marcha de una nueva forma de acceso a su sistema de registro a través de su recién estrenado API (programa que habla con otros programas).
El concurso va a recoger todas las propuestas de los desarrolladores de programas a nivel global, que sean remitidas a Safe Creative entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2009. La apertura del plazo de presentación de propuestas, coincide con la reciente presentación de una extensión para Firefox desarrollada por Safe Creative, que permite la identificación de los derechos de propiedad de las imágenes que están inscritas en el Registro de la Propiedad intelectual online.
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October 15th, 2009
Mario Pena
Hola, algunos de vosotros estáis preocupados porque no estáis recibiendo correos electrónicos de notificaciones varias. Esto es debido a un problema con nuestro servidor de envío de correos que estamos tratanto de solucionar ahora mismo. Esperamos que en un par de días el tema esté arreglado y el servicio vuelva a funcionar con normalidad. Podréis estar actualizado a este respecto y otros por aquí y por nuestro canal en Twitter: http://www.twitter.com/safecreative
Lamentamos las molestias
EDIT: Lo más probable es que el problema quede resuelto entre el lunes 19 y martes 20.
October 14th, 2009
Ana Pérez
Safe Creative ha desarrollado una herramienta que permite a los programas de internet consultar, y registrar los derechos con los que autores de todo el mundo crean sus obras
Madrid, 28 de septiembre de 2009 – Safe Creative, empresa líder en el registro de la propiedad intelectual online, ha puesto a disposición de los internautas una extensión para el navegador Firefox que permite la identificación de los derechos de propiedad de las imágenes que están inscritas en el Registro de la Propiedad intelectual online.
Dicha extensión, se comunica con el API creado por la propia compañía, y sirve para mostrar las posibilidades que ofrece el uso de un API de consulta semántica, que permite que cualquier usuario pueda, tanto registrar como hacer consultas sobre datos de las obras ya registradas en Safe Creative.
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October 7th, 2009
Mario Pena
Madrid, 7 de octubre de 2009 - Safe Creative acaba de anunciar un acuerdo con Bubok, La editorial española online de publicación gratuita, por el cual la editorial incorpora el registro automatizado de sus obras literarias en Safe Creative, ofreciendo así a sus escritores los beneficios legales y de difusión de información de derechos en la Red del Registro de Propiedad Intelectual de Safe Creative.
Bubok es la editorial española online en la que cualquier internauta tiene la posibilidad de publicar sus obras sin intermediarios, sin tiradas mínimas, y en la que cada autor puede obtener hasta el 80% de beneficio de todo lo que de sus obras se imprima. A través de la plataforma, los escritores autorizan que sus escritos y sus obras sean compartidos gratuitamente, haciendo posible la difusión de su obra en línea y protegiendo sus derechos gracias a las nuevas tecnologías.
En este contexto, Bubok da un paso más con este acuerdo, que va a permitir a todos los escritores beneficiarse de las garantías del registro Safe Creative, el primer registro de la propiedad intelectual online.
El sistema aporta mayor seguridad y rigor. Dificulta el plagio y ofrece información en la Red de los derechos registrados.
“Seguimos avanzando en la forma en la que los usuarios de Bubok publican su obra y la comparten con el mundo. Gracias al acuerdo con Safecreative damos respuesta a una de las mayores preocupaciones de los usuarios de Bubok y de toda la industria editorial.
Desde ahora, todos los usuarios que publiquen su obra en Bubok van a poder registrarla en formato digital para protegerla con derechos de propiedad intelectual. Un paso importante de cara a la protección de las obras de nuestros autores”, según declara Ángel María Herrera, CEO de BUBOK.
Los escritores podrán gestionar su registro través de la web de Bubok, en la que aparecerá en todo momento un apartado que dejará constancia del registro en Safe Creative de la obra, ofreciendo al internauta un acceso inmediato a la información sobre la autoría y los derechos de uso de dicha obra; y a los programas y redes de distribución una vía (API) para consulta automatizada.
Además de las ventajas tradicionales de un registro, gracias a la incorporación en el registro de Safe Creative, los derechos de propiedad de las obras distribuidas por Bubok pueden ser ya consultados y “comprendidos” por cualquier programa P2P, portal o sistema a través del vanguardista API de información semántica de Safe Creative.
“Estamos muy contentos con este acuerdo, que en el fondo refleja la colaboración entre la nueva realidad de creación y publicación (Bubok) y el modelo de registro de propiedad para el nuevo escenario de difusión digital (Safe Creative). Gracias a él, la publicación en Bubok aporta a los autores, además de seguridad con la prueba de autoría de un registro de propiedad intelectual, rigor en el uso en la Red tanto de “copyright” como de “copyleft”, y ofrece información en línea de los derechos, usos autorizados y posibles modificaciones de licencia, tanto a los lectores, como a los programas en Internet a través del nuevo sistema “Semantic Copyright”, comenta Juan Palacio, CEO de Safe Creative.
Acerca de Bubok:
Bubok es un servicio sencillo, potente y eficaz de auto publicación on line que ofrece a cualquier persona la posibilidad de publicar online sus obras. Se crea con el objetivo de hacer que cualquier autor de contenidos pueda publicar y dar a conocer su libro en papel o en digital (e-book). Cada escritor podrá decidir en qué formato desea tener su obra, si quiere venderla y a qué precio y será el cliente final el que decida la forma de envío. El autor se llevará el 80% del beneficio de las ventas y tiene todo el control del proceso editorial.
Para más información, visite la página web www.bubok.es
October 7th, 2009
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