¿Qué se puede inscribir en el Registro de la Propiedad Intelectual?

Seguimos en esta serie de artículos ilustrativos sobre los derechos de autor y el Registro de la Propiedad Intelectual, órgano dependiente del Ministerio de Cultura.

Ante todo es importante saber que no todo es protegible mediante derechos de propiedad intelectual y, por lo tanto, no todo es inscribible en registros oficiales o privados que, de una forma u otra, pretenden dar publicidad sobre la existencia de una obra o prestación y el titular de la misma.

IMPORTANTE: Lee también qué cosas que NO se pueden registrar.

El artículo 10 de la Ley de Propiedad Intelectual establece que

1. Son objeto de propiedad intelectual todas las creaciones originales literarias, artísticas o científicas expresadas por cualquier medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro…

Por lo tanto, es imprescindible que, para que una obra sea protegible, cumpla los requisitos de creatividad y originalidad exigidas por la ley; dicho en negativo, la obra que no sea creativa y original no estará protegida por las leyes de propiedad intelectual y es el juez, en última instancia y en un eventual procedimiento judicial, quien decida si una obra cumple estos requisitos y por lo tanto merece la protección que otorgan las leyes de derechos de autor.

Al mismo tiempo es importante recordar que una obra literaria, artística o científica que cumpla estos requisitos se protege desde el mismo momento en el que se crea, sin tener que inscribir la misma en un registro o sin que la protección esté sometida a cualquier tipo de procedimiento. Las finalidades de los registros es servir como instrumentos para que, ante una posible acusación de plagio, un autor pueda probar que su obra fue creada (y registrada) un día y una fecha determinada.

Dicho esto ya podemos intentar responder a la pregunta de ¿qué se puede inscribir en el Registro de la Propiedad Intelectual?

Aunque el mencionado artículo 10 LPI ofrece una lista abierta de obras protegibles (libros, composiciones musicales, obras cinematográficas, fotografías, dibujos, etc.), el Registro se ha encargado de desarrollar qué tipo de obras o prestaciones pueden ser inscribibles y, a través de medios telemáticos, en qué formatos:

  • Base de datos.
  • Obra cinematográfica u obra audiovisual.
  • Composición musical con o sin letra.
  • Coreografía o pantomima.
  • Derecho sui generis sobre una base de datos.
  • Obra artística dibujo o pintura.
  • Obra artística escultura.
  • Obra fotográfica.
  • Obra grabado o litografía.
  • Obra gráfico mapa.
  • Edición de obra inédita y en dominio público.
  • Interpretación, actuación, o ejecución.
  • Obra literaria o científica.
  • Maquetas.
  • Mera fotografía.
  • Página electrónica (web) o multimedia.
  • Producción fonográfica.
  • Producción de grabación audiovisual.
  • Otras obras plásticas
  • Producción editorial individualizada por su composición tipográfica, presentación y demás características editoriales.
  • Programa de ordenador
  • Obra proyecto, plano o diseño de obra de arquitectura o ingeniería.
  • Obra tebeo o comic.

Dependiendo del tipo de obras o prestaciones, el titular de derechos deberá subir un archivo en el que se contenga la misma, permitiendo el Registro los siguientes archivos, dependiendo del tipo de obra: para texto: pdf, word y txt; para grabaciones audiovisuales: avi, mpeg y divx; para grabaciones sonoras: mp3 y wma; para gráficos o fotografías: jpeg, jpg y gif; y para páginas web y programas de ordenador: zip.

Además, el Reglamento del Registro de la Propiedad Intelectual establece que para otras obras o producciones protegidas no incluidas en los apartados anteriores, se exigirán aquellos datos o documentos que, en cada caso, se estimen necesarios para la mejor identificación y determinación del objeto de inscripción de la obra.

A pesar de los intentos de actualización del Registro de la Propiedad Intelectual, el pago de tasas, su escasa publicidad y el desconocimiento general de sus funciones hacen que los titulares de derechos decidan acudir a otras vías para conseguir demostrar la existencia de unos derechos reconocidos por ley. SafeCreative es uno de esos medios alternativos que pretende solventar las deficiencias del Registro, cubriendo las necesidades de autores y titulares de derechos de forma completamente telemática, fiable y gratuita.

Y recuerda. Antes de preguntar sobre qué se puede registrar, recomendamos leer el siguiente enlace:

 Cosas que NO se pueden registrar.

Safe Creative #0804030557455

1.167 Replies to “¿Qué se puede inscribir en el Registro de la Propiedad Intelectual?”

  1. Buenos días Athalberht,

    En principio, un fanfic podría ser considerada una obra merecedora de protección, aunque para ello es imprescindible que la misma haya sido creada con la autorización del autor de la obra original, algo que no suele ser común en el fanfiction.

    Un fanfic es, según la Ley de Propiedad Intelectual, una obra derivada de otra original, obra que no puede ser publicada sin la necesaria autorización del autor de la que está basada.

    La mayoría de la doctrina jurídica entiende que la Ley de Propiedad Intelectual no protege a las obras ilegales, pudiendo ser éste un ejemplo de obra ilegal. En tal caso, y aunque un órgano como el Registro de la Propiedad Intelectual aceptase la inscripción de la obra, ello podría ser inútil ya que como digo, las obras ilegales no están protegidas por propiedad intelectual.

    Un saludo.

  2. No entiendo por qué el RPI distingue entre “composición musical” y “producción fonográfica”, porque para la primera sólo admiten partitura (como la Sg**) y no mp3 como la segunda.

  3. La partitura ha sido el medio tradicional para plasmar en un formato tangible cualquier composición musical y como ya hemos visto, el Registro suele actualizarse con cierto retraso.

    Aún así, no tengo la menor duda que, si inscribes un fonograma sin registrar la partitura de la obra que va contenida en el mismo, podrías utilizar dicho fonograma en un procedimiento judicial para demostrar la creación de la obra con anterioridad a un infractor.

    Un saludo

  4. la distincion entre obra fonogragrafica y obra musical es que en la obra musical proteges la musica y la letra de una cancion como creacion tuya, en la produccion fonografica , a parte de los del autor , existen los derechos del interprete, de los ejecutantes, del que hace los arreglos, del productor etc etc que colaboraron para la creacion de la obra.. es lo que se llama “derechos conexos” y no afectan el derecho de autor.
    el principio de todo esto es que la cancion grabada en una obra distintat de la mera partitutra

  5. y el fanfic, en principio si puede ser registradas, salvo que el autor reivindique la autoria de las personajes y siempre que no copies textos de los libros originales y lo presentes como tuyos , recuerda que cuando registras debes indicar que es lo que proteges.

    ahora si vas a utilizar un dibujo o algun titulo que afecte la autoria y que se preste a confusion , si requiere la autorizacion del autor, que de todas formas puede alegar que tu obra crea confusion y llevarte a un tribunal

  6. He creado un personaje de dibujos animados, me gustaría inscribirlo y todos los dibujos con el en el registro. ¿Tengo que registrar cada dibujo, o con registro del personaje ya vale? Lo suscribo como dibujo o como comic

  7. Hola Olenkat,

    Legalmente puedes realizar las dos opciones que planteas, aunque yo te recomiendo registrar por un lado el personaje como dibujo, y posteriormente cuantos tebeos crees como comic, así tendrás protegido no sólo el personaje sino también las historias del mismo.

    Un saludo.

  8. Hola.

    Tras leer tu artículo me surge una duda. Tengo la idea para una novela, aún no materializada en papel. ¿Es posible registrar esa idea, y posteriormente registrar el manuscrito?

    Muchas gracias de antemano.

  9. Hola Escritor Dudoso,

    Como has podido leer en el post, las ideas de por sí no son protegibles, sino que lo son los desarrollos que se hacen de las mismas, de tal forma que cuanto más compleja y original sea una obra, más protección le darán los tribunales.

    Dicho esto, una de las pocas excepciones en las que de alguna forma se protege la idea es con los argumentos o las sinopsis de una obra, que sí le confiere protección la Ley de Propiedad Intelectual.

    Por este motivo, la respuesta a tu pregunta es sí, se puede proteger la idea de una novela, pero ésta debe llegar a la categoría de sinopsis, es decir, debe estar medianamente desarrollada, y no vale unas simples frases en las que se describa brevemente el argumento de la novela.

    Espero haber respondido a tu pregunta; si no es así, no dudes en volver a escribirnos.

    Un saludo

  10. QUisiera consultar si se puede registrar el nombre, el índice de contenidos y sinopsis breves de cuentos de una Colección literaria para niños. Sucede que me dedico a desarrollar proyectos literarios para diferentes editoriales y quisiera estar legalmente cubierta.
    Quisiera saber también si puedo realizar este tipo de registo en SAFE CREATIVE, y si la legislación me protege aunque no viva en España (soy argentina).
    Agradeceré cordialmente cualquier guía e información sobre este tema.
    Marisí J

  11. Hola Marisí y gracias por ponerte en contacto con nosotros.

    Técnicamente es posible registrar cualquier obra literaria, como sería el caso que comentas, aunque para saber si lo registrado está protegido o no mediante Propiedad Intelectual, habría que analizar que la obra es original y que cumple la normativa en esta materia. Sobre el caso que comentas, en principio un índice de contenidos y sinopsis de cuentos podrían protegerse, pero la ley y los tribunales otorgarían más protección cuanto más desarrollado estuviese la obra literaria.

    Sobre la efectividad de Safe Creative en otros países diferentes a España, tal y como se expone en la página, SC tiene la ambición de ser un proyecto global y su validez pretende basarse en la robustez de sus sistemas informáticos. A pesar de ello, debes tener en cuenta las peculiaridades de la Ley 11723 de tu país, que es la que regula la propiedad intelectual en el mismo y que otorga al Registro Nacional de la Propiedad Intelectual unas funciones que no hay en otros países (obligación de registrar la cesión de derechos, por ejemplo).

    Nuestra recomendación es que eches un vistazo a la Ley (http://www.mincyt.gov.ar/11723_act.htm) y que utilices SC para registrar todo aquello que permite la legislación de tu país, como esa sinopsis de cuentos.

    Espero que te haya quedado el tema más claro, aunque si no es así, no dudes en escribirnos de nuevo.

    Un saludo

  12. Deseo ponerme en contacto con ustedes , vivo en madrid,para ver la posibilidad de gestionar vosotros la inscripción de mis originales en el registro.
    Gracias por su atención.
    Un saludo
    Mónica Rivero

  13. La informacion de mi proyecto puede ser presentada en formato DWF (Design Web Format), de autodesk,?.
    Este tipo de archivo no puede ser editado y es mas seguro que el PDF.
    Desde ya gracias y adelante muy interesante la web…, mucha gente no confia en medios de registro ya que te exigen presentar y pagar antes que nada, y tenes que esperar a ver que te dicen…..
    Espero su respuesta…

    Aquilino Martinez

  14. Hola Aquilino, sí, sin problema con el formato del fichero. En cualquier caso queremos apuntar que el registro de propiedad intelectual regulado es muy importante y necesario para tener más garantías de cara al futuro. Hay obras que por su importancia o relevancia deberían registrarse también ahí si es posible.

  15. Hola DannyBoy,

    En el caso de un comic, podrás registrar el mismo en formato pdf o similar de forma completa en Safe Creative, o crear un archivo comprimido tipo .zip o .rar y realizar el registro de éste. Ambas opciones son perfectamente válidas.

    Un saludo

  16. Hola.
    ¿Qué ocurre con el registro de un cómic? Es decir, si se trata de una obra extensa, por ejemplo, una novela gráfica de decenas de páginas… ¿Hay que registrar página por página o existe la posibilidad de registrar la obra comprimida (por ejemplo)?
    Muchas gracias.

  17. Hola,
    Hace tiempo quise registrar un personaje que en principio dibujé para un cuento infantil, sin embargo mi idea era registrar solo al personaje para futuros pryectos de merchandising (ropa etc…) al llevarlo al registro de la propiedad intelectual, me lo guardaban insistiendome en que rellenara una hoja junto a la fotocopia del dibujo en la que constara la tecnica utilizada y las dimensiones…Yo insistia en que no queria registrar aquello como un dibujo, sino como un personaje, caso como un logotipo, pero no parecian entenderme, argumentando que la unica manera era registrarlo como el dibujo que era…me he quedado con la duda de si realmente este personaje ha quedado protegido o si no ha servido para nada, gracias.

  18. Hola Tyto,

    Una misma creación se puede proteger por diferentes medios y en tu caso, podría protegerse como un dibujo o como tú intuyes, como una marca. Ambas protecciones son complementarias y acudir a una u otra vía dependerá del tipo de creación y del uso (y protección) que le quieras dar.

    Si quieres proteger tu personaje como una marca deberás ir a la Oficina Española de Patentes y Marcas (www.oepm.es) y solicitar una marca nacional mixta, con el dibujo y nombre de tu personaje.

    Por otro lado, si quieres proteger tu dibujo, como sabes éste ya estará protegido por propiedad intelectual desde el mismo momento que lo creas, pero para demostrar que lo tienes creado antes que otra persona es conveniente registrarlo en el Registro de la Propiedad Intelectual o en Safe Creative.

    En este caso se registraría el dibujo como tal, pero no cubriría otros aspectos como su nombre, para lo que habría que ir a la Oficina Española de Patentes y Marcas y registrarlo como una marca.

    Esperamos haber resuelto tu duda.

    Un saludo

    El Equipo Legal de Safe Creatiave

  19. Hola!!!
    Tengo muchas dudas respecto a cómo proteger mis posts.
    Entiendo que puedo protegerlos como textos por separado, pero aunque las plantillas que uso no son de mi propiedad, si lo es la organización visual y espacial del mismo.

    También me preocupa la protección de unos blogs que lidero y comparto, en Blogger.

    Otra de mis preguntas va dirigida a la protección de las redes que he creado en ning. Allí se maneja mucho material aportado por sus miembros.

    Todo esto lo he llevado a delante a título personal.

    Otra de las cosas que querría proteger es la dirección de esos enlaces y algunos nicks que he ido creando a lo largo de mi actividad bloguera.

    Gracias por poner este recurso a nuestra disposición.

  20. Buenas tardes,

    Tal y como hemos descrito en éste y en otros posts del blog, por medio de propiedad intelectual sólo se pueden proteger aquellas obras que sean originales y creativas. Por este motivo entendemos que sería complicado proteger elementos como nicks o redes que hayas creado, aunque haya mucho trabajo detrás de ellos.

    Sobre los blogs, si las plantillas han sido creadas por terceras personas (Blogger) no vas a poder protegerlas y registrarlas en Safe Creative, pero el contenido de los posts sí son perfectamente protegibles, así que te animamos a hacerlo.

    En general vas a poder proteger todas aquellas creaciones realizadas por ti o bajo tu iniciativa y riesgo que sean originales y creativas. Para proteger otro tipo de elementos no creativos como nombres o denominaciones tendrías que ir al derecho de marcas y, por lo tanto, a la Oficina Española de Patentes y Marcas.

    No dudes en escribirnos de nuevo si tuvieses más dudas sobre éste u otro asunto.

    Un saludo

    El Equipo Legal de Safe Creativeº

  21. No sé si es aquí el lugar idóneo para tratar lo que me acaba de pasar.
    Tengo en un archivo comprimido una copia de seguridad de un grupo de blogs. He esperado el proceso para que se cargara, pero cuando he empezado a introducir datos, me he quedado fuera de línea y he perdido todo el trabajo de descarga.
    Tengo mucho contenido que iré poniendo y había pensado que podía hacer ese empaquetado. Dado el fracaso no volveré a intentarlo.
    Poco a poco iré introduciendo contenidos que considere más relevantes.
    Supongo que el hecho de tener mis archivos en un disco duro externo sería una prueba en caso de padecer plagio.

    Se preguntarán a qué viene tanta inquietud.
    He posteado más de un documento diario, de producción propia, a lo largo de más de dos años. Esa es la razón de que quiera protegerlo.
    No sé si ya se ha tomado mi material. Estuve en tusrelatos y padecimos el ataque de hackers. Aunque he borrado todos los contenidos para mi seguridad, si los tomaron la situación no es nada halagüeña.
    Solía dejarlos allí pensando que de esa manera acreditaba mi autoría.
    No tengo ánimo de publicar ningún libro, pero no querría que nadie se lucrara a mi costa.

    Gracias por la atención que tan generosamente se dispensa.
    Saludos.

  22. Hola de nuevo,

    Como decimos, es importante poder demostrar al autoría (o cuanto menos la creación en un momento anterior al del infractor) en cualquier acusación por plagio. Haber publicado una obra en Internet puede ser utilizado como prueba siempre y cuando consigas demostrar que esa publicación se hizo antes que el infractor; en este sentido, no creo que sea suficiente prueba aportar la publicación en un blog (puesto que las fechas pueden ser fácilmente manipulables) o que las obras se guarden en un disco duro externo, puesto que es difícil demostrar con cierta seguridad la fecha de transferencia a dicho disco duro.

    Por eso es importante acudir a registros de terceros (como Safe Creative), que sí tienen medios para demostrar la existencia de una obra en una fecha determinada.

    No sé si hemos resuelto tu duda, y si no es así, como siempre, estamos a tu disposición.

    Un saludo

    El Equipo Legal de Safe Creative

  23. mi esposo a compuesto la letra y musica de algunas canciones nos gustaria saber como registrarlas no tenemos ni una idea como se hace les agraderia que me dieran alguna imformacion espero su respuesta

  24. las canciones las grabo en video pero nos gustaria registrarlas lo mas pronto posible vivimos en virginia usa te agradesco cualquier imformacion

  25. Buenos días,

    Puedes inscribir en Safe Creative el vídeo que grabasteis con las canciones de tu marido, subiéndolo a la plataforma utilizando la sección de http://www.safecreative.org, y de esta forma tendrías una prueba de autoría tanto de las letras (si son perfectamente reconocibles en el vídeo), como de la música.

    Nos ponemos a vuestra disposición para cualquier otra duda que os surja.

    Un saludo

    El Equipo Legal de Safe Creative

  26. Tengo dos proyectos de paginas Web,
    Una es una pagina de tutoriales, pero quiero registar el proyecto en si.
    y
    otra pagina con escritos, historias, anecdotas, critica politica,etc.

    Al registrar la pagina se protege tambien el contenido? que pasa con el nuevo que va entrando?
    o es mejor registrar por articulo?

  27. Hola, las ideas o proyectos no se pueden normalmente proteger como tales, salvo su plasmación concreta, es decir, los textos literales, las imágenes de diseño, etc. Por poder puedes registrarlo, pero no servirá como prueba de autoría para evitar que otras personas hagan los mismo, porque en principio la gente puede tener la misma idea que tenías tú.
    Ahora mismo al registrar una web se registra lo que está en ese momento o bien se pone una etiqueta informando de la licencia por defecto. En próximas versiones del programa al hacer esto existirá la opción de automáticamente registrar las entradas nuevas, pero por ahora hay que hacerlo artículo a artículo. Esperamos que la nueva versión de la web esté en unos dos o tres meses como mucho.

  28. Hola Hyona,

    Como hemos desarrollado en éste y en otros artículos del blog, las leyes de propiedad intelectual sólo protegen obras originales y creativas. En el registro de Safe Creative puedes inscribir aquello que desees, pero es importante que sepas que las leyes sólo protegerán aquellos contenidos que cumplan los requisitos mínimos de originalidad y creatividad.

    El proyecto que pretendes registrar deberás hacerlo como una obra literaria y/o gráfica, aunque a priori y sin conocer el contenido del mismo, no podríamos decirte si la Ley lo protegería por su contenido original. En cualquier caso y como medida de precaución, siempre es recomendable registrarlo.

    Por otro lado, al registrar una página también registras el contenido que se halla en la misma, pero las inscripciones en Safe Creative se deben actualizar periódicamente porque sólo lo que se encuentre en los servidores de Safe Creative (por haber sido subido por el cliente) será lo validado por este sistema y sobre lo que se emitirá un certificado de inscripción, al igual que ocurre con cualquier otro registro de obras.

    Gracias por utilizar Safe Creative, y no dudes en contactar con nosotros de nuevo si tuvieses más dudas sobre cómo utilizar este servicio.

    El Equipo Legal de Safe Creative

  29. hola, muchas gracias por tu respuesta. Entonces, por ejemplo, en la Oficina Española de Patentes y Marcas, del Ministerio de Turismo, Industria y Comercio es donde podría registrar mi nombre artístico?, o sería en la propiedad intelectual?.

    Un saludo y gracias nuevamente.

  30. Como bien dice Mario, es la Oficina Española de Patentes y Marcas la encargada de ofrecer ese tipo de protección, a través de la inscripción del nombre artístico que pretendes proteger. El Registro de la Propiedad Intelectual no ofrece protección a nombres artísticos.

    Un saludo

    El Equipo Legal de Safe Creative

  31. Hola, Me llamo René y soy recidente de México, he estado leyendo las normas que manejan y deseo saber varias cosas:

    * La proteccióon del derecho intelectual de este dominio es también aplicable a mi país.
    * Puedo Proteger el nombre de Servicios Integrales en Mantenimiento Informática y redes así como la página y el dominio que tengo, puesto que desconozco si estos ya se encuentran registrados.

    Sin más me despido.

  32. Buenas tardes René,

    Efectivamente, Safe Creative ofrece una prueba de existencia de una obra en cualquier parte del mundo, aunque debes tener en cuenta la legislación de tu país ya que en determinados estados se exige que la inscripción se haga en el registro oficial para determinados supuestos.

    Safe Creative ofrece protección a obras originales y creativas, no así a inventos, marcas, modelos de utilidad, etc., que requieren ser inscritos en un registro oficial, en el caso de España, en la Oficina Española de Patentes y Marcas.

    De esta forma, podrás proteger la página web si ésta fuese original, no así el nombre comercial que se deberá proteger a través de un registro de marcas.

    Esperamos haber resuelto tus dudas y que disfrutes Safe Creative.

    El Equipo Legal de Safe Creative

  33. Hola como puedo confiarles un invento que no e patentado por motivos economicos y que su valor es incalculable en todos sus aspectos?
    en estos asuntos es muy dificil confiar en algien, y mucho menos en algien que esta en otro continente,
    Como se que ustede (Safe Creative) o atraves de ustedes no rovaran mi idea ya que esta –IDEA– seria muy tentativa para cualquier (comerciante, invercionistas, y todo aquel que este vuscando hacer mucho dinero).
    YO les agradeseria que me enviaran algo que les de mas credibilidad, honestidad. o como puedo saver si ustedes son una empresa realmente SERIA..
    espero me envien respuestas.
    MUCHAS GRASIAS…

  34. Hola Fernando, como comentamos en varias respuestas, Safe Creative no es el lugar adecuado para registrar patentes. Las ideas no se pueden registrar en nuestro sistema por lo que desaconsejamos que uses Safe Creative para tal propósito.

  35. Hola he realizado un juego de cartas pero el contenido y el juego es diferente a las cartas comunes, es decir es una adaptación, puedo registrar mi idea?

    (Refiriéndome por tanto a adaptaciones de juegos)

  36. Buenas tardes Adri,

    En Safe Creative puedes registrar el diseño de las cartas, no así las reglas del juego, ya que las leyes de propiedad intelectual no protegen las meras ideas, sino la forma de materializar las mismas (como es el caso de tus cartas, que podrían ser consideradas una obra gráfica o visual original).

    Un cordial saludo

    El Equipo Legal de Safe Creative

  37. Tengo una obra literaria totalmente terminada y lista para su venta pero no he publicado nada anteriormente. Al tratarse de una idea
    totalmente original y novedosa, ya que no hay nada publicado al respecto, como puedo protegerla antes de buscar medios para su publicación y venta??

  38. Hola Manuel, lógicamente nuestra recomendación es que la registres ya en Safe Creative. Lo puedes hacer vía web, de forma inmediata y online. No tienes más que crear la cuenta y lo único a la hora de registrarla si quieres puedes poner que no se pueda descargar. Ya tendrías la prueba de registro y el certificado (a las 24horas de la última modificación el registro es firme) y lo podrías añadir al fichero o el texto impreso y ya difundirlo añadiendo el enlace o código de registro.
    También aconsejamos usar otros registros de propiead intelectual como el nacional. A más pruebas tanto mejor.
    Si tienes más dudas, contacta con nosotros cuando quieras.

  39. Buenos días Manuel

    Estoy de acuerdo con Mario. Tal y como hemos descrito en varios posts del blog, una obra intelectual está protegida desde el mismo momento en que se crea, no teniendo la obligación de inscribirlo en ningún sitio. A pesar de ello, es siempre recomendable realizar este registro (en Safe Creative y/o en el Registro Oficial) para tener una prueba válida de autoría en caso de plagio.

    Mucha suerte y un saludo

    El Equipo Legal de Safe Creative

  40. Hola Pablo

    No tenemos muy claro qué pretendes registrar, ya que la funcionalidad de una página web, de por sí, se puede registrar en Safe Creative, pero no produciría efectos jurídicos. En cambio, si lo que pretendes es registrar el código fuente de la página, puedes hacerlo en formato zip junto con el contenido de la misma, y si cumple los requisitos establecidos en la Ley de Propiedad Intelectual, sí estaría protegido por esta ley.

    En cualquier caso, recomendamos que registres todos estos contenidos, así como gráficos y diseño de la web para poder demostrar la autoría de tu trabajo.

    No dudes en preguntarnos cualquier duda que pudieras tener al respecto.

    Un saludo

    El Equipo Legal de Safe Creative

  41. En principio, y que mis compañeros abogados me corrijan si me equivoco, se puede registrar la plasmacion concreta de una obra litaria, artística o científica que sea original. Una idea o un proceso no se podría registrar, o el registro no otorgaría el tipo de prueba de autoría que se quiere.

  42. Estoy en el proceso de desarrollo de una red de pagina web.
    Ya poseo el ok de la factibilidad técnica de la misma.
    Pero, dado que el éxito del proyecto no solo se basa en el diseño de la misma sino que tiene un fuerte componente comercial, antes de que empiecen a diseñarla, quiero proteger el contenido y la funcionalidad de la misma
    Es esto posible?

  43. Hola Andy,

    Antes que nada, vivo en New York y he escrito un libro de mas de 300 paginas.

    Lo he terminado pero aun me falta corregir ciertos errores gramaticales, sobre todo los acentos, porque mi teclado no lleva la tilde en USA. El hecho es que quisiera saber si podria registrar mi libro por medio de ustedes tal como esta?

    Estuve leyendo los mensajes anteriores y creo haber entendido que debo regirme a las leyes de aqui, quisiera de favor que me aclararas un poco la duda.

    Te agradezco de antemano, te pediria de favor si no es molestia, que me escribieras a mi correo.

    Att
    Quiqui

  44. Hola.

    por ahora resido en mexico.

    Durante mas de una decada me he enfocado en realizar trabajos escritos altruistas para Organizaciones privadas, entidades educativas y gubernamentales de diversos paises, dichas entidades y organizaciones permiten que la obra lleve inscrito referencia a que esas obras son de mi autoria. ¿ puedo registrar esas obras en Safe Creative. aunque dichas obras tengan tanto tiempo.?

    Saludos

  45. Hola, sí podrías registrar, pero la prueba de tiempo se limitará al momento en el que hagas el registro. Al mismo tiempo es posible que tengas que poner que eres el autor, y si no tienes los derechos de distribución no deberías marcar la casilla que dice que sí los tienes. Tampoco sería conveniente que permitieras la descarga desde Safe Creative.

  46. Hola Quiqui,

    Por supuesto que puedes utilizar Safe Creative para registrar tu libro, de hecho es una recomendación que hago a todos los escritores, que registren su libro antes de que salga de su ordenador (para corrección, maquetación, etc.). De esta forma, una vez que tengas el resultado final con los acentos corregidos, etc. te recomendaría que lo registrases de nuevo en Safe Creative, así como en el Copyright Office americano, registro que es obligatorio en EE.UU. para poder exigir “statutory damages” ante un eventual procedimiento judicial por plagio.

    Espero que hayamos podido resolver tu duda; si no es así, no dudes en ponerte en contacto con nosotros de nuevo.

    Un saludo.

  47. andy, Anteriormente te consulte pero como le di un giro al tema te consulto:
    Quiero registrar una pagina web + un sistema de envio y recepción de SMS ligados entre si?
    Uno complementa al otro.
    Tengo que registrarlos por separado.
    La web se utilizara, eventualmente, para alimentar la base de datos del soft que dispara y recibe los SMS y a su vez se alimenta de las respuestas recibidas por este.

    Desde ya, gracias

  48. Hola Pablo,

    Por lo que me comentas, hay dos obras diferenciadas: una página web y un sistema (software) de envío y recepción de SMS. Mi recomendación es que registres el código fuente y el diseño de ambas obras por separada, ya que cada una podría estar protegida por propiedad intelectual.

    Te deseamos mucha suerte en tu proyecto.

    Un saludo

  49. Hola Juanma, las ideas en sí no son protegibles, y que me corrijan mis colegas abogados, en todo caso es protegible la plasmación concreta, es decir, los textos, los gráficos etc.

  50. Hola Juanma,

    Tal y como te ha comentado Mario, las ideas en sí no son registrables, sino la expresión creativa y original de las mismas. Si tales pantallazos que mencionas contienen gráficos, textos u otros contenidos que pudiesen ser creativos y originales, entendemos que serían perfectamente registrables en Safe Creative, incluso aunque no estuviese programado todavía.

    Un saludo

    El Equipo Legal de Safe Creative

  51. Me gustaría saber si es posible registrar una propuesta para el desarrollo de un proyecto de comunicación o marketing. El documento no sería más que texto e imágenes que ilustran la propuesta de una agencia de publicidad a un anunciante.
    Es una propuesta creativa y original, pero no encaja en la clasificación de obras artísticas, planos de ingeniería, etc. que se describen en el listado.

  52. Hola quisiera informarme de como debo registrar y donde una sinopsis de guion,basada en una biografia publicada por los años 70.Gracias

  53. Tienes que tener en cuenta que lo que se registra es el texto literal de la sinopsis. Lo normal es entrar en Safe Creative, subir el fichero con el texto y seleccionar entre las distintas posiblidades de obras literarias como “formación, divulgación” o similar.

  54. Hola, os escribo por una duda que tengo con respecto a una obra audiovisual (un documental en concreto) que estoy finalizando, de la que soy guionista, director y productor. La cuestión es que estoy empezando a enseñar el documental a alguna gente, pero aún no está finalizado. La sinopsis y la estructura sí están registradas, pero el resultado final ha cambiado bastante con respecto al planteamiento inicial ( e incluso el título). También tengo las cesiones de los derechos de imagen de sus participantes, así como todo el material grabado en mi poder. ¿Debo registrar el documental ahora para que no pueda registrarlo otra persona y una vez que esté finalizado registrarlo de nuevo? ¿Al registrarlo ya indico si tiene copyright o copyleft? Lo pregunto tanto por derechos de autor como por derechos de explotación.
    Muchas gracias.

    Un saludo,

  55. Hola Alberto, en efecto, ve registrando las distintas versiones (borradores) hasta la obra final. No hay inconveniente en hacerlo así. Cada registro será una obra nueva, pero quedará claro que viene de una versión anterior. Puedes registrar el régimen de protección que prefieras.

  56. Hola:

    Creo que tengo una idea para el desarrollo de un proyecto.
    El problema es que ni tengo los conocimientos, ni el dinero para llevarlo a cabo.
    ¿Sería posible guardar la idea (en forma de documento PDF -por ejemplo-) en Safe Creative y después enviar un link a dicho documento a todas las empresas que considero podrían llevarla a cabo?
    El objetivo es vender la idea a dichas empresas.
    ¿Esto me aseguraría legalmente para que no me robaran la idea?
    Si no es posible hacerlo con Safe Creative, ¿de qué otra forma podría hacerlo?

    Muchas gracias por anticipado.

  57. Hola Juan,
    Me temo que las ideas no son protegibles por las leyes de propiedad intelectual. En todo caso la materialización literal de éstas. Por poder podrías registrar el documento, pero a efectos de propiedad intelectual la eficacia será entre escasa y nula. Eso sí, te puede servir para probar que tuviste una idea antes de enviar dicha idea a una empresa que podría ser competitivamente deseal, pero es un tema que requerirá de un buen asesoramiento legal. Las ideas en caso de procesos industriales van por las oficinas de patentes y marcas. Te aconsejo que lo consultes con un abogado y en todo caso redactes acuerdos de confidencialidad para esas empresas.

  58. la verdad tengo una paguina reciente y desearia poner porgrams de computadora sofware libre en ella pero si llegar a incurrir en delitos de ninguna especie, ustedes me pudieran orientar les agradeseria.

  59. hola samir, lo que comentas se escapa un poco de lo que hacemos en Safe Creative pero a priori si lo que quieres es poner software libre para su descarga lo podrás hacier siempre que respetes la licencia de los programas. No suele haber más problema.

  60. Tengo pensado iniciar un cómic en breve, pero me gustaría saber si es posible registrar a los personajes que aparecerán en él por separado o si se registran directamente con el cómic.

    Me va a llevar bastante tiempo acabarlo, así que me gustaría por lo menos ir presentando a los personajes, pero no me atrevo sin tenerlos registrados a mi nombre.

    Si es posible registrar a los personajes sueltos, ¿qué tipo de dibujos se deben presentar? ¿Con una pose es suficiente o es mejor un dibujo de frente, otro de lado, en 3/4, distintas expresiones…? ¿En color o en blanco y negro? ¿Se admite el formato digital? ¿Hay que proporcionar datos sobre los personajes? Si registro a todos los personajes a la vez, ¿pagaría por todos o una vez por cada personaje?

    Y por último, ¿se puede ir registrando el cómic por capítulos? Es que me gustaría ir publicándolos en internet conforme vaya avanzando la historia, aunque no sé si eso es muy seguro que digamos…

    Son muchas preguntas… pero espero que alguien me pueda ayudar a resolverlas.

    Saludos y gracias adelantadas.

  61. Hola Raquel,

    IANAL pero entiendo que sí podrías registrar los dibujos de los personajes sin mayor problema. Al fin y al cabo son ya obras concretas. El formato es indistinto siempre que se pueda identificar la obra. Mi consejo es sí registrar varios dibujos en distintas poses de cada uno. Nunca está de más poner algún dato más sobre cada personaje. El formato digital por supuesto es aceptado.
    El registro en Safe Creative es gratuito por lo que lo mismo da que registres personaje a personajes o el comic completo.
    Sobre el registro por capítulos pues lo puedes hacer sin duda. Mi consejo es que el registro sea privado y luego registres de nuevo todo el comic completo a efectos de ir acumulando pruebas en el tiempo de la autoría.
    Si alguien de legal quiere comentar algo, que diga.
    Saludos,

    Mario

  62. Poco que añadir a lo dicho por Mario Pena, incluso podrías registrar una descripción literaria de los personajes, su personalidad, pasado, características, etc. En EE.UU. hay jurisprudencia que admite la protección del personaje de “James Bond”, por lo que te animamos a registrar varios ángulos de los personajes, así como los capítulos a medida que los vayas creando.

    Cualquier duda que pudieras tener, estaremos encantados de contestarte.

    Un saludo

  63. Tengo un proyecto basado en una idea totalmente nueva. Se trata de un proyecto de RESTAURANTE pero con un concepto distinto detrás. Tengo desarrollado el marketing, la marca, el producto, el concepto, etc. Estoy buscando inversores y tengo miedo de que me lo copien. ¿Lo puedo registrar?. Puedo documentar el proyecto con todos los graficos, diseños, slogan, marca, productos culinarios, y registrar?

    Saludos

  64. Hola EDA, las ideas como tales no se pueden registrar, o mejor dicho, por poder puedes registrar, pero la ley de propiedad intelectual no te va a proteger. Nunca está de más registrar para temas de posibles competencias desleales, pero que sepas que poca o ninguna protección tendrás. Otra cosa son ya los diseños concretos, gráficos, los logos (que no las marcas), etc.

  65. Mi nombre es jorge y no hace mucho presente la idea a una empresa (xxxxx), les gusto mi proyecto y me mencionaron que tenia que registrar los derechos de mi obra, pero en este caso el proyecto es un juego, el cual se podra jugar tanto en un tablero fisico, como virtualmente on line y tambien en consolas, este proyecto implica tanto como personajes fisicos (figuras(personajes) o piezas para la version fisica), cartas en las cuales van plasmadas dibujos y claro nombres), el tablero (dado que en la version fisica supongo que lo debo de registar) y claro el nombre del juego.

    preguntas:

    si puedo registrar el tablero?, no como reglas tal vez como una imagen? o si existe el modo de registrarlo sin ningun problema

    en este caso yo cree a los personajes pero en realidad no soy un gran dibujante y esta empresa me dijo que ella los podria realizar basados obviamente en mis dibujos, ¿puedo registrar estos bocetos aunque sean mm.. no los productos finales?

    o puedo posteriormente registrar los dibujos? aunque como menciona que no se pueden registrar reglas y cosas asi no se que se podria registrar si ese fuera el caso

    esta situacion tambien ocurre con el diseño de las tarjetas, ¿ puedo registrar solo la estructura y composicion de la misma?

    he investigado un poco y se que no se pueden registrar reglas por ejemplo pero ¿ podria registrar los nombres de mis personajes y los personajes, claro si es necesario con una historia para que no haya problemas?

    ¿el nombre del juego se registraria como la marca o en que lugar quedaaria el nombre que le he puesto?

    Este es proyecto serio y te agradeceria mucho que me orientaras para poder asi hacer las modificasiones correspondietes y por lo consiguiente registrar mi obra

    de antemano gracias…

  66. IANAL, pero haré lo que pueda:
    Registro de tablero: sí, en efecto habría que registrar una imagen del tablero aunque siempre se puede aportar más información incluyendo las reglas. Por un lado se protegerían éstas por su contenido literal y siempre te puede servir como prueba de haberlo hecho antes; aunque a efectos de propiedad intelectual tenga poco valor, tal vez sí pueda tenerlo a efectos de competencia desleal de darse el caso.

    Sobre los bocetos de los personajes, sí, sin duda, incluyendo descripciones, etc.

    Sobre personajes tuyos hechos por otra persona: Entiendo que serían obras derivadas de una obra tuya por lo que lo mejor sería que firmarais un contrato por el cual tu mantienes derechos sobre dichas obras derivadas y la condiciones concretas. Mejor consultar con un abogado experto en el tema. Los autores serían ellos pero se inspirarían en tu obra original.

    Sobre las tarjetas puedes registrar, aunque el nivel de protección será bastante bajo.

    Volviendo a los personajes sí, lo mejor es registrar una historia. Todo en conjunto dará más base y peso a las pruebas que vayas acumulando.

    Sobre nombres de juegos a efectos de marca hay que acudir a una oficina de Marcas y Patentes oficial.

  67. muchisimas gracias por tu informacion, me es muy util, hare las acciones correspondientes y en breve me estare contactando con ustedes para realizar el tramite

  68. Hola Autor, mientras las citas estén correctamente referenciadas no hay problema alguno. El hecho de ser material docente es además la condición para que las citas puedan ser realizadas sin previa autorización expresa de los autores.

  69. Buenas, estoy realizando una compilación de material con fines docentes. Dicho material contiene citas e imágenes de otros autores (Con la inserción del autor y de donde se ha recogido la imagen). El documento de por sí contiene reflexiones personales sobre estas citas e imágenes.

    ¿Es posible registrar este documento (revisión científica), o el hecho de contener citas es un impedimento?

    Gracias

  70. Hola!

    Leyendo las condiciones de SafeCreative he leído que en el momento de registrar una obra, automáticamente os cedemos los mismos derechos con los que registramos esa obra ¿pueden explicarme mas detenidamente esto? ¿en que caso haríais uso de este “derecho”?

    Saludos!

  71. Hola MiguelFT, no sé exactamente a qué clausula te refieres pero en cualquier caso no nos cedeis los derechos que comentaas, tan sólo nos dáis permiso para por un lado alojar el contenido, ofrecer información de registro si éste es público y permitir la descarga si es que de hecho permitís las descarga desde SafeCreative. También podremos acceder, los empleados de SafeCreative, a la obra para las labores de mantenimiento y supervisión propias del registro, pero nada más.

  72. Hola!

    Gracias por contestar mpena, así mismo, os felicito por este gran proyecto!

    Me refiero a esta clausula:

    “El usuario cede a Safe Creative el derecho a la reproducción y puesta a disposición del título de la obra, su identificación, la sinopsis, descripción y tipo de obra, así como la política de derechos establecida sobre la misma. En caso de permitir la descarga u obtención de una reproducción de la obra, cede también el derecho a su reproducción, distribución y comunicación pública a través de este servicio en favor de Safe Creative. En cualquier caso, la cesión de estos derechos tendrá carácter gratuito, no exclusivo, no transferible y sin limitación territorial, y se restringe a los actos que hacen posible el funcionamiento, gestión y acceso a Safe Creative y a los contenidos alojados, sin que dicha cesión permita a ésta la explotación de la obra de forma distinta a la establecida, por sí o por medio de terceros, ya sea con ánimo de lucro o gratuitamente. La adquisición, transmisión o permuta de acciones o participaciones de Safe Creative, o su fusión o absorción por parte de otras entidades, no alterará los pactos, derechos y obligaciones de la partes.”

  73. Lo que establece dicha clausula, como es exactamente lo que decía en mi aportación anterior. Se da permiso para alojar y reproducir la obra restringido a los actos propios del registro, Es decir, si permites la descarga de la obra, lógicamente tenemos que poder dar acceso a que sea descargada. La reproducción de la obra se refiere a las sucesivas copias de la obra en los servidores redundantes y de seguridad, así como todo lo referente a obtención de huellas digitales, etc. No podemos explotar la obra de cualquier otra manera. Es sólo a efectos de las operaciones relacionadas con el registro, no una explotación comercial o similar.

  74. ¿Una traducción (de una novela, de un poemario…) se podría registrar (obviamente, teniendo los derechos para hacerla)? ¿Necesitaría algún requerimiento especial por el hecho de ser una obra derivada?

    Gracias.

  75. Hola Alexa, IANAL pero si tienes permiso del autor de la obra no habría problema en registrar la traducción, eso sí, haciendo referencia a que es otra obra y nombre del autor original de ésta.

  76. Alexa, una traducción es una obra derivada, pero que genera nuevos derechos exclusivos para quien la realiza. En este sentido, si tienes autorización para realizar la traducción, como dice Mario, no se requiere nada más para poder registrarla.

  77. Buenas, posteo para ver si podéis resolverme unas dudas que tengo .Resido en España y actualmente estoy desarrollando una novela grafica que se comprende en varios volúmenes.
    Lo que quería saber, es si cada volumen, debe ser registrado en la propiedad intelectual de forma individual, o al ser una novela grafica que se comprende en varios volúmenes queda protegida por el mero hecho de registrar la primera (es decir toda la saga queda protegida al ya estar registrada la primera novela bajo un nombre)
    O bien, hay alguna manera de registrar la obra para que se muestre como una saga?
    Otra pregunta que tengo es… todo el universo desarrollado para la novela (su contenido) está protegido por estar inscrita la novela en la propiedad intelectual? o solo se protege la novela y se deben registrar derechos de propiedad intelectual aparte para personajes, lugares, nombres y distintas localizaciones?
    Un saludo y gracias de antemano.

  78. Hola Skolari, IANAL pero por lo que comentas y teniendo en cuenta las leyes de propiedad intelectual deberías registrar todos los volúmenes. Eso no óbice para que también puedas registrar los personajes gráficos junto con descripciones de éstos, como nombre, background, etc. Lo que no se protege es toda la saga por registrar una parte. Eso es más parecido a una marca registrada pero en temas de propiedad intelectual lo que se protege es la literalidad, la plasmación concreta de las obras. Sobre el tema del universo son cosas que finalmente un juez tendrá que decidir, pues es algo muy subjetivo. Normalmente si no permites usos derivados y alguien hace algo con “tu universo” es posible que al menos pudieras iniciar acciones legales.
    Aunque no es exactamente el tema, te puede interesar este post: https://www.safecreative.org/blog/es/2009/09/11/la-proteccion-juridica-de-los-fanfiction/

  79. Hola Skolari,

    Como te ha indicado Mario Pena, lo idóneo es que registres todos los volúmenes de tu novela gráfica, así como el resto de elementos que pudieran estar protegidos dentro de la misma, como los dibujos con descripción de personajes, escenarios, etc.

    En general, siempre aconsejamos registrar cuantos más elementos mejor.

    Un saludo

  80. Si registro una web creada y diseñada por mi para mostrar obras pictóricas y fotográficas también mías ¿quedan registrados tanto el diseño de la web como las obras que contiene o tengo que registrarlas aparte?

  81. Hola Salvador, dependerá de cómo hayas realizado el registro concreto. Si has registrado toda la web incluído el contenido en un momento dado quedará registrado lo que esté en ese paquete en ese momento. No obstante lo normal es registrar en uno o varios ficheros tipo .zip, .rar, etc el html de la web y luego se registran aparte los contenidos.

  82. Se puede registrar una implementación de hardware descrita en un lenguaje de implementación de hardware como el VHDL?. Supongo que será parecido a registrar software aunque no sea lo mismo.

  83. Karax, entiendo que como proyecto, diseño o descripción de un proceso, es protegible en la medida en que sea original, como obra científica.

    No obstante, hay que señalar que la protección como propiedad intelectual alcanzará a la descripción del diseño, no al resultado final (esto es, el hardware), y en este sentido estará limitada. Para proteger el elemento de harware en si, probablemente deberías plantearte una patente u otras formas de propiedad industrial.

    En cualquier caso, te puede ser útil, pero ten en cuenta que proteges un diseño, no un resultado.

  84. Hola David, sí siempre es conveniente registrar el nombre del grupo en alguna oficina de marcas y patentes.
    También es recomendable tener un acuerdo firmado por los miembros del grupo para que quede claro cómo se compone la formación.
    Sobre autoría se puede usar el sistema de agregar los distintos autores mediante este sistema: https://www.safecreative.org/blog/es/2010/03/02/uso-de-varios-titulares-de-derechos-para-una-obra/ El proceso lo inicia un usuario e invita a los demás a confirmar que son autores y si no se dice nada se considera que es a partes iguales.
    Sobre si un mp3 sería suficiente para demostrar la autoría consideramos que seguramente sí lo será. A más información mejor, y de un mp3 se pueden obtener las partituras con el tiempo y la paciencia suficiente. En cualquier caso es lo que se utilizará para identificar la obra.

  85. Hola, soy miembro de un grupo musical y estamos a punto de editar un disco queremos registrar los temas con vosotros pero tenemos varias dudas:
    – el nombre del grupo no lo tenemos registrado, supongo que si registramos los temas con el nombre del grupo antes deberíamos hacerlo, no?¿, sino no se podría demostrar quienes son los miembros
    – Al abrir una cuenta con vosotros quedaría asignada la autoria de las canciones que subamos a la persona que abra la cuenta, no?, por lo que si queremos que sea a partes iguales entre todos los miembros del grupo supongo que no deberíamos crearla con los datos (nombre, apellidos) de sólo un miembro.
    – Si se diera el caso de que alguien plagiara parte de una canción (arreglos, letra, melodías) ¿sería demostrable que es nuestro registro solo con subir la obra en mp3, sin partituras ni nada?
    Muchas gracias por todo y enhorabuena, estáis haciendo un trabajo magnífico!!

  86. Hola ClasticDj, si cuentas con los permisos correspondientes de los titulares de los derechos de las obras de Shakira, no habría mayor problema en registrar los arreglos.

  87. Muy buenas, una duda:
    A ver he hecho una version de Shakira “Whenever” sin animo de lucro, pero quiero que se me reconozca como el autor de los arreglos de dicha cancion, y mi pregunta era si ¿pudiera registrar esta version?. ¿Y que esta version no la cogiera terceros y se apropiaran de ella?, gracias y espero su respuesta.

  88. Hola: Me gustaria saber como podria registrar un programa de televisión. Me aconsejan de registrar el nombre del programa como patente o marca y un programa piloto. ¿Es asi? Gracias

  89. Hola José Luis,

    La mejor forma de proteger un formato de televisión es registrar la Biblia del programa (es decir, el documento de texto en el que se describe pormenorizadamente el mismo, con sus fases, personajes, reglas, etc.) en Safe Creative, así como un programa piloto si lo tuvieses. Además, es altamente recomendable que protejas como marca el título del programa como marca en la Oficina Española de Patentes y Marcas (www.oepm.es).

    Esperamos haberte ayudado. Cualquier otra duda que tengas, estamos a tu disposición.

    Un saludo

  90. Hola y felicidades por vuestra labor.
    mi pregunta es la siguiente Puedo registrar con vosotros solamente la letra de una canción o tengo que registrarla en mp3 con la música aunque está sea muy básica y esté pendiente de arreglos por otra persona?? Espero haberme explicado con claridad y muchas gracias de antemano

  91. Hola Raúl, sí puedes registrar. En cualquier caso ten en cuenta que en muchas ocasiones las universidades suelen tener ciertos derechos de distribución y publicación sobre los trabajos de los alumnos. Lo mejor además de registrar, es consultar con un abogado 🙂

  92. Hola, he realizado un trabajo de investigación que voy a tener que entregar en mi facultad. Todo mi trabajo está debidamente documentado con bibliografía y referencias de los autores y artículos de los que me he nutrido. El motivo por el cual me decido a registrar mi trabajo es porque el profesor al que voy a entregárselo utiliza los trabajos de sus alumnos para exponerlos en revistas como si los hubiera hecho él. Y yo no quiero que utilice mi trabajo para lucrarse sin hacer nada. ¿Puedo registrar mi trabajo de investigación para que no lo pueda utilizar este “señor”?
    Muchas gracias de antemano.

  93. Tengo una duda: por qué no se pueden registrar obras sin título. Hay veces que la obra artística puede no incluir un título como parte de la creación.

    Gracias

  94. Hola Baizabal, gracias por la cuestión que nos planteas. Personalmente, no soy abogado, no sé decirte. A nivel técnico sí que es cierto que debemos tener que poder identificar cada obra de alguna manera, el título parece la forma más interesante para ordenar e indexar, pero paso la cuestión a los compañeros de legal para que puedan aportar algo a este tema.

  95. Me comentan los abogados que en efecto no es obligatorio el título para una obra. En nuestro caso necesitamos identificar la obra de alguna manera, por lo que es una limitación técnica. Siempre podrías poner antes de que la obra pase a registro firme el código que proporcionamos en lugar del título.

  96. Buenos días,

    El Registro de Safe Creative, al igual que el Registro de la Propiedad Intelectual, está pensado para obras artísticas, literarias o científicas, que son las recogidas en la Ley de Propiedad Intelectual.

    La ley establece que los diseños de moda o de artes aplicadas se tienen que hacer a través de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), en el Registro de Diseño Industrial, o, a nivel comunitario, en la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI). Si bien existe la posibilidad de proteger este tipo de diseños a nivel comunitario sin que sea necesario registro alguno, es una posibilidad remota.

    Nuestra recomendación es que registres tales diseños en el Registro de Diseño Industrial de la OEPM; puedes ver más información en http://www.oepm.es.

    Un saludo y mucha suerte con tus proyectos.

  97. Hola Jaime, por ahora, salvo que registres todas las pistas en un único fichero, no existe un sistema para agrupar las obras (aunque está previsto hacerlo). Lo que suelen hacer muchos de nuestros usuarios es poner el logo en el CD, diciendo así que las pistas están registradas y luego en la descripción de cada pista ponen el código de registro. Por supuesto que poner el logo de Safe es completamente opcional.

  98. Actualmente estoy masterizando y editando 8 canciones que tengo registradas con vosotros. Mi intención es lanzar un cd. Mi pregunta es, en la contraportada del CD, debería figurar alguna etiqueta de safe creative, diciendo que estas obras están registradas con vosotros? Se trata de una sola etiqueta que engloba las 8 composiciones ya registradas? o tengo que poner una etiqueta por canción como ya tengo registradas?
    Hay alguna manera de englobar estas 8 composiciones ya registradas en un sola etiqueta para identificarlo en el cd?

    Muchísimas gracias.

  99. Hola, me contacto con ustedes ya que soy docente y hace tiempo estoy dictando varios cursos de mi autoría. Se puede registrar el título y el contenido de los cursos? Resulta que los dicto en varios lugares, y no quisiera que al irme otra persona dicte mi mismo curso, ya que es creación puramente propia.
    Gracias

  100. Se puede registrar la autoria de una nueva manera de publicidad x internet?
    es un nuevo metodo diferente a los que hay actualmente

  101. Hola Jorge, salvo que algún abogado comente lo contrario yo diría que no. Lo que son ideas conceptuales no suelen gozar la la protección de la ley de derechos de autor, en todo caso la plasmación concreta. Es decir, el anuncio, o la publicidad concreta que hagas “anuncio”, “creatividades”, “diseños”, etc sí podrían registrarse, pero no el concepto.

  102. Yo diría que un método no es protegible per sé. En todo caso el texto literal que lo describa, por si alguien copia ese texto concreto, pero no la idea subyacente me temo.

  103. ok y en este caso se pude registrar un metodo x ejemplo el mio llamado “marketing express” refiriendose a una manera inovadora de realizar estudios de mercado via internet ? (encuestas)

    Solo que me explique mal anteriromente

  104. Hola.

    Soy diseñador de producto en una compañia en México, tanto la compañía como yo constantemente estamos desarrollando nuevas ideas y soluciones, segun la necesidad de nuestros clientes. Quiseramos poder registrar/proteger todas las invenciones y soluciones que se nos ocurren, pero usualmente es demasiado complicado y tardado hacer esos procedimientos en México.

    Es posible mediante Safe Crative proteger esos desarrollos? (casi todos tienen que ver con el campo de iluminacion sumergible y con la hermeticidad). En si lo que buscamos es protegere nuestra creación/solución y demostrar que nosotros la desarrollamos, si alguiém más la quiere implementar “adelante”, pero nosotros fuimos los primeros.

    Saludos a todos.!!!

  105. Hola Alejandro,

    Los inventos o los desarrollos industriales se deben proteger a través de una patente, y no mediante propiedad intelectual. Mediante los Derechos de Autor, se puede proteger la forma en la que se explica una invención, pero no el invento en sí. Por ello, te recomendamos que te pongas en contacto con un abogado de México para que te asesore sobre la mejor forma de proteger tus desarrollos.

    Recuerda que las ideas no se pueden proteger mediante derechos de propiedad intelectual, por lo que esas “soluciones”, si pretendes que alguien la pueda usar pero especificando quién es su desarrollador, deberás hacerlo por propiedad industrial (patentes o diseños industriales, según los países).

    Un saludo

  106. Hola!

    El pasado 14 de julio os pregunté lo siguiente:
    “Actualmente estoy masterizando y editando 8 canciones que tengo registradas con vosotros. Mi intención es lanzar un cd. Mi pregunta es, en la contraportada del CD, debería figurar alguna etiqueta de safe creative, diciendo que estas obras están registradas con vosotros? Se trata de una sola etiqueta que engloba las 8 composiciones ya registradas? o tengo que poner una etiqueta por canción como ya tengo registradas?
    Hay alguna manera de englobar estas 8 composiciones ya registradas en un sola etiqueta para identificarlo en el cd?

    Muchísimas gracias.”

    Me contestasteis lo siguiente:

    “Hola Jaime, por ahora, salvo que registres todas las pistas en un único fichero, no existe un sistema para agrupar las obras (aunque está previsto hacerlo). Lo que suelen hacer muchos de nuestros usuarios es poner el logo en el CD, diciendo así que las pistas están registradas y luego en la descripción de cada pista ponen el código de registro. Por supuesto que poner el logo de Safe es completamente opcional.”

    Mi pregunta es la siguiente. Ya tengo terminada por fin el diseño de la portada y su libreto. Sabeis si ya existe algún sistema para agrupar las obras registradas en un sólo único registro y ponerlo así al final del CD, sin tener que subir un fichero único con todas las canciones?

    Muchas gracias!!!

  107. Hola!! Creo que por fin he encontrado el sitio idóneo donde aclarar mis dudas. No os imagináis lo que me están mareando para decirme cómo debo proceder para proteger mi “proyecto.” Os cuento.

    Se trata de una marioneta, bueno dos. Ambas representan al mismo personaje, pero una es una marioneta de brazo (primeros planos) y otra de hilos (cuerpo entero). El uso de esta marioneta será el servir de imagen de una Web. Es por decirlo así la protagonista absoluta de la Web, aunque de momento no voy a comercializar su imagen (espero hacerlo en el futuro), pero sí la utilizaré para publicitar la página (camisetas, bolígrafos, llaveros… Esas cosas), además de vídeos y demás medios a mi alcance para darla a conocer.

    La cuestión es que ahora mismo ya las tengo inscritas en el Registro de la Propiedad Intelectual. Pero cuando estaba allí me dijeron que “no me iba a valer para nada”, lo cual fue muy alentador como comprenderéis. Me dijeron que con esa inscripción protegía la IMAGEN de las marionetas, pero no al PERSONAJE que representaban y me indicaron que para proteger al personaje tenía que acudir al OEPM e inscribirlo con un “Diseño Industrial.” Total que les he llamado, les he consultado por mail… Insisten en que se trata de un diseño, pero me he descargado toda la información que he encontrado acerca del tema y yo creo que NO es un diseño porque aparentemente lo único que protege un diseño industrial es la imagen, es decir, lo mismo que ya he protegido a través del Registo de la Propiedad Intelectual… Así que ya no sé qué tengo que hacer.

    Por otra parte he leido otras consultas similares a la mía y parece que les recomendábais inscribirlo como MARCA. ¿Sería esto posible en mi caso? Si lo inscribiese como marca, ¿también sería recomendable hacerlo como diseño industrial?

    Ya para terminar, en otra consulta idicábais: “Incluso podrías registrar una descripción literaria de los personajes, su personalidad, pasado, características, etc. ” ¿Con qué modalidad de inscripción se podría registrar algo así? Imagino que os referís dentro del ámbito del Registro de la Propiedad Intelectual, ¿no?

    Muchísimas gracias por vuestra ayuda!!!!

  108. !hola!
    Estoy haciendo un trabajo para una asignatura de produccion audiovisual y me han mandado hacer un programa de television, necesito saber cuales son las tasas que deberia de pagar en el registro de la propiedad intelectual ¿Podriais ayudarme?
    Muchas gracias

  109. Sobre precios lo que es Safe Creative como registro privado es gratuito (hasta 50 registros al mes). Los Registros de Propiedad Intelectual dependientes del ministerio de Cultura tienen ciertas tasas pero dependen de la comunidad autónoma (si hablamos de España claro) que oscilan entre los 4 y los 13 euros aproximadamente. Pero tendrás que preguntarles a ellos directamente.

  110. Hola.
    Me parece muy intersante este proyecto, sobre todo para varios amigos informáticos que no saben cómo proteger sus creaciones, a los que recomendaré que se pasen por aquí.

    Pero la duda no es relacionada con ellos, sino con mi afición como Dj. Tengo varias sesiones de mezclas creadas, las cuales estan a libre disposición desde mi web y las de los Patners (amigos), de las que algunas, están cedidas a locales de música electrónica. Al componerse estas sesiones de canciones de diferentes autores, con sus copyrights & lefs, me surge la duda de si sería posible registrar estas sesiones como obra propia para evitar que puedan caer en manos de alguna productora y agenciárselas como suyas.

    Gracias de antemano.

  111. Nico, lo que es a efectos de registro no hay problema alguno, pero deberías contar con permisos para usar esas obras de terceros en comunicación pública. Lo mejor es consultar con un abogado y puedes usar nuestro servicio de asesoramiento jurídico para ello.

  112. Hola Jaime, creo que alguna vez ya hemos comentado este tema en los blogs. No soy abogado, pero a priori lo que se puede registrar es la literalidad del juego, el diseño, los textos de las instrucciones, pero no así tanto la idea que en cuestión de juegos entra más en el terreno de la protección industrial en todo caso.

  113. Hola Jaime,

    Como dice Mario, podrás registrar el diseño del tablero o la literalidad de las reglas, pero no ni las reglas en sí ni los principios básicos del juego. Como puedes ver, hay diferentes versiones del juego Monopoly, como “El Palé”.

    Las reglas no se pueden proteger ni por propiedad intelectual ni por patentes, siendo la única vía posible la competencia desleal, pero hay que analizar el caso concreto por ser ésta una materia compleja.

    En cualquier caso, nuestra recomendación es que registres todos los elementos del juego para poder demostrar que son de tu creación, sin perjuicio de que, en un futuro, pudieras reclamar por diferentes vías los derechos que pudiesen infringirse sobre el mismo.

    Un saludo

  114. Hola!! No sé si ha habido algún problema con mi mensaje, por si acaso lo reenvío. Gracias!!

    Hola!! Creo que por fin he encontrado el sitio idóneo donde aclarar mis dudas. No os imagináis lo que me están mareando para decirme cómo debo proceder para proteger mi “proyecto.” Os cuento.

    Se trata de una marioneta, bueno dos. Ambas representan al mismo personaje, pero una es una marioneta de brazo (primeros planos) y otra de hilos (cuerpo entero). El uso de esta marioneta será el servir de imagen de una Web. Es por decirlo así la protagonista absoluta de la Web, aunque de momento no voy a comercializar su imagen (espero hacerlo en el futuro), pero sí la utilizaré para publicitar la página (camisetas, bolígrafos, llaveros… Esas cosas), además de vídeos y demás medios a mi alcance para darla a conocer.

    La cuestión es que ahora mismo ya las tengo inscritas en el Registro de la Propiedad Intelectual. Pero cuando estaba allí me dijeron que “no me iba a valer para nada”, lo cual fue muy alentador como comprenderéis. Me dijeron que con esa inscripción protegía la IMAGEN de las marionetas, pero no al PERSONAJE que representaban y me indicaron que para proteger al personaje tenía que acudir al OEPM e inscribirlo con un “Diseño Industrial.” Total que les he llamado, les he consultado por mail… Insisten en que se trata de un diseño, pero me he descargado toda la información que he encontrado acerca del tema y yo creo que NO es un diseño porque aparentemente lo único que protege un diseño industrial es la imagen, es decir, lo mismo que ya he protegido a través del Registo de la Propiedad Intelectual… Así que ya no sé qué tengo que hacer.

    Por otra parte he leido otras consultas similares a la mía y parece que les recomendábais inscribirlo como MARCA. ¿Sería esto posible en mi caso? Si lo inscribiese como marca, ¿también sería recomendable hacerlo como diseño industrial?

    Ya para terminar, en otra consulta idicábais: “Incluso podrías registrar una descripción literaria de los personajes, su personalidad, pasado, características, etc. ” ¿Con qué modalidad de inscripción se podría registrar algo así? Imagino que os referís dentro del ámbito del Registro de la Propiedad Intelectual, ¿no?

    Muchísimas gracias por vuestra ayuda!!!!

  115. Hola Elena,

    Muchas gracias por utilizar Safe Creative y realmente nos alegra que hayas encontrado respuestas a tus preguntas en nuestra página web. Ese es uno de los objetivos de Safe Creative, ser capaces de ofrecer soluciones y herramientas a los creadores.

    Sobre tu comentario, por su contenido, habría que hacer un análisis más detallado del mismo. Por ese mismo motivo, y viendo la necesidad que tenían nuestros usuarios de obtener orientación legal, recientemente hemos puesto en marcha un nuevo servicio que puedes contratar desde tu perfil de usuario. Puedes obtener más información aquí: https://www.safecreative.org/blog/es/2010/11/23/el-servicio-de-asistencia-legal-profesional-ya-esta-disponible/

    De esta forma, si decides contratar los servicios de Safe Creative, el equipo jurídico del mismo analizará tus dudas e intentará ofrecer soluciones a tus problemas.

    Una vez más, gracias por usar Safe Creative y esperamos que encuentres útiles las nuevas herramientas.

    Un saludo.

  116. Hola, quisiera registrar un tema musical compuesto por mi grupo, Deathproof, en el que todos hemos participado, tanto en la composicion musical como en la de las letras. Hay alguna manera de apuntar a todas las personas que compusimos ese tema, o safecreative solo sirve para registros individuales=?

    Muchas gracias y un saludo

    Pablo

  117. Hola Juan Cruz, en realidad los derechos sobre las obras suelen nacer de su creación si bien existen particulares concretos en cada legislación. En todo caso Safe Creative genera una prueba de autoría que puede ser utilizada en cualquier proceso como otras pruebas iuris tantum.
    Estamos trabajando en sistemas para que en el futuro se pueda descargar la prueba completa de autoría para usarla de forma independiente de la compañía Safe Creative y en colaboración con otros registros. El registro es gratuito y online para 50 registros al mes y no más de 2GB de espacio en disco total.

  118. Que tal!… Tengo un par de preguntas en cuanto a todo esto de los Derechos de Autor ya que en estoy soy un total neófito.
    Yo tengo quiero registrar una obra musical original. Pero soy de Argentina. ¿SafeCreative me protege internacional mente? ¿Que pasa si el sitio o la organización cae debido a cualquier problema que resulte? ¿El registro es totalmente gratuito y online?

    Gracias por el soporte! Espero una respuesta!

  119. Estimados, siguiendo con la consulta de Jaime Helios, quería consultarles cuál sería la mejor manera de registrar como obra integral un CD con 10 canciones. El CD es más que un conjunto de canciones, también tiene un arte de tapa, un concepto, etc. Se puede agrupar todo en un archivo zip (canciones mp3, gráfica jpg y letras pdf) y registrarlo de esa manera? O debe hacerse como canciones separadas, gráfica separada, etc?
    Gracias, saludos.

  120. juankeller, en realidad puedes hacer como desees, pero nuestra recomendación es realizar registros separados por cada contenido que puede ser usado de forma individual. No obstante puedes repetir el registro con la totalidad de contenidos para mostrarlos como un todo de forma complementaria.

  121. ¡Buenas tardes!,

    quisiera registrar una serie de letras de canciones y unos cuantos poemas y tengo un par de preguntas que agradecería me resolvieran.

    En primer lugar, quisiera saber qué debería poner en el apartado de tipo de obra. ¿Quizá Literaria: otros?

    En segundo lugar, quisiera saber qué sería lo más apropiado, si registrar las creaciones juntas en formato obra o una por una.

    Por último, quisiera que me explicaran cuál es la diferencia exacta entre registro público y descarga permitida, registro público y registro privado. Puede que esté preguntando una obviedad, pero quiero pensar que la pregunta más absurda es la que no se formula por miedo a que resulte absurda.

    Muchas gracias de antemano.

    Atentamente,

    Álvaro

  122. Hola Álvaro, sobre tu primera pregunta sí, esa entiendo que es la mejor opción. Sobre lo segundo nuestra recomendación es registrar por separado si pueden ser las obras usadas de forma individual, cosa que suele ser así.
    Sobre la última pregunta aquí tienes la explicación: https://www.safecreative.org/blog/es/faqs/%C2%BFque-significa-cada-tipo-de-registro-publico-privado-con-y-sin-descarga/

    Y estoy contigo, siempre hay que preguntar y no temer a la obviedad, nadie nace sabiéndolo todo 🙂

  123. Hola, entre los documentos para acreditar identidad se menciona “Certificado emitido por Safe Creative”. Quería consultarles ¿cómo se puede obtener ese certificado?
    Gracias, saludos.

  124. hola, tengo varios registros pero ahora estoy haciendo serigrafia y a eso le asigne una marca, quería saber si esa marca, como nombre comercial se podía registrar y de que manera.
    gracias por la atención , saludos

  125. Hola, me parece muy bien su iniciativa

    Sólo tengo algunas dudas, si yo estoy escribiendo una novela o cuentos cortos, totalmente originales donde yo soy el autor y que quiero publicar en un blog, además de que cada publicación llevará ilustración igualmente original. De qué manera puedo protegerlos?

    Pensando en que algún editor pueda interesarse en ellos para después publicarlos o que se publiquen en diferentes webs obteniendo regalías.

    Creo me conviene más safe creative porque tiene todos los derechos reservados de autor? O cc? Porque me ha quedado algo claro la diferencia entre sf y cc, pero espero alguien me lo pueda explicar con más facilidad. Esto sería en México, no hay ningún problema?

    Gracias y por su trabajo. Saludos

  126. Hola Juan Carlos, gracias por comentar. Lo mejor es registrar la obra incluyendo las imágenes y opcionalmente puedes registrar el texto por un lado y las imágenes por otra, referenciando los distintos códigos de obras que lo componen en el libro.

    Los derechos sobre las obras originales y creativas nacen de su creación, no de la inscripción. En ese sentido, aún sin registrar, obtienes todos los derechos por el hecho de crear.

    Dicho esto, Safe Creative te permite crear una prueba de autoría de forma rápida, para informar a terceros de tu declaración de autoría y para tener algo en caso de futuro conflicto. Puedes marcar que conservas todos los derechos (por defecto) o emplear alguna de las licencias Creative Commons o similar a tu criterio.

    La prueba se puede usar globalmente en la mayor parte de los países junto a otras pruebas de presunción de autoría. Mi consejo es siempre crear pruebas de autoría y cuantas más mejor.

  127. Saludos a todos,
    mis preguntas son las siguientes: 1.- ¿una vez que un ebook ha sido registrado en safe creative, el paso más seguro para venderlo y evitar su plagio, es subirlo y venderlo a través de un sitio como Lulu.com o Amazon.com, solamente en formato electronico por supuesto? 2.- ¿Despues de haberlo vendido de esa forma por x tiempo, puedo vender mi manuscrito a cualquier editorial para que siga vendiendose en forma impresa?

    Gracias

  128. Hola Mauricio, gracias por comentar. Sobre el punto 1 lo cierto es que todo depende del tipo de “protección” que busques. En cualquier caso ambas opciones son muy interesantes pero es mejor analizar los comentarios de los usuarios de ambos proyectos para hacerte una mejor idea.

    Sobre 2 lo cierto es que dependerá de la editorial y el acuerdo al que puedas llegar con ellos. Hoy en día no suele ser mayor problema, o en todo caso a partir de ese momento puede que sea la editorial la que siga con la comercialización del ebook.

  129. hola buenos dias, quisiera saber si puedo registrar el diseño de un mueble que realice y queria saber que tipo de documentacion debo presentar, planos, fotos, dibujos?
    por otro lado, soy de argentina la proteccion sirve igual ?
    muchas gracias
    saludos

  130. Yanina, temas de diseños suelen entrar con más frecuencia dentro del ámbito de la propiedad industrial, pero siempre es recomendable registrar las imágenes de la obra en Safe Creative, aunque sólo sea como punto de referencia en caso de problemas futuros. Pero ten en cuenta que lo más probable es que, dependiendo, no sean obras en si registrables por las leyes de autores. Es un tema que requiere de un análisis muy concreto y se precisa de más información.

  131. Buen día. Tengo varios e-books y cuentos cortos que me gustaría registrar, quisiera saber si al hacerlo por safe creative me genera alguna protección en mi país Venezuela, y si hay alguna diferencia con los que publique online y los que publique en físico para estos efectos.
    Saludos

  132. Lady, el registro en Safe Creative te ayuda a demostrar los derechos que por ley ya tienes por el hecho de crear una obra original. En ese sentido te es útil en casi cualquier nación de la ONU. A efectos de forma de publicación no hay mayor diferencia.

  133. Hola. Desde aproximdamente un año vengo registrando mis composiciones, arreglos e interpretaciones musicales en Safe Creative. Dado que soy de Argentina, se me ha presentado esta duda que quisiera me hagan el favor de despejar: ¿En el caso de que difunda estas creaciones por Internet luego de registrarlas en esta página, estaría cubierto de posibles plagios en mi país o es recomedable que hiciera además otro registro local?

    Gracias y felicitaciones por este servicio excepcional!!

  134. Hola Horavilla, estamos precisamente trabajando en un artículo para la legislación de Argentina que tiene alguna particularidad. En cualquier caso como prueba sí que puedes usar nuestro sistema como cualquier otra prueba iuris tantum. Eso no significa que según los casos no sea interesante contar con más pruebas, como la que proporciona el ministerio de Justicia, entiendo, de Argentina.

  135. Hola,
    felicitaciones por la iniciativa. Soy poeta y publico en mi blog obras mías registradas en el Registro de Propiedad Intelectual.
    1. Para registrar en Safe Creative me conviene registrar los poemas por separado, tal como los posteo? O agrupados bajo un título?
    2. En mi blog tengo una licencia Creative Comons: Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual 3.0 España (CC BY-NC-SA 3.0). Con qué licencia me conviene registrarla con vosotros?
    3. Es conveniente poner sello o logo de SC en mi blog para que se sepa que las obras están registradas en SC o no es necesario?
    Muchas gracias
    Gabriel

  136. Hola Gabriel. Paso a responder tus cuestiones:
    1) En realidad esto es a tu criterio. Como mejor prefieras. Si las obras pueden aparecer por su cuenta, es mejor registrarlas cada una con un código, pero igualmente puedes registrarlas juntas y usar le mismo código para señalar la colección de obras que has registrado.
    2) Sobre la licencia es de nuevo a tu criterio. Como norma general lo ideal es que tanto la licencia que consignas en tu blog y en los textos a proteger sean la misma.
    3) Sí es conveniente ya que permite a) disuadir del plagio y b) dejar claro qué se puede o no hacer con la licencia en el momento de acceso a ésta. En cualquier caso si bien es conveniente, no es necesario. 🙂

  137. hola
    pues mi duda es que yo ya he registrado ya varios cuentos originales en la pagina, ninguna ha sido basada en libros, animes o cualquier escrito u programa de televisión, hasta antes no había tenido problemas pero recientemente me informaron que uno de los secundaria de mi escuela (yo estoy en prepa) ha dado con uno de mis escritos que por cuenta propia yo había decidido publicarlo en una pagina con información de que ya ha sido registrada, lo ha presentado alguien como suyo y le ha puesto su nombre, para que lo hayan dicho con seguridad quiere decir que anteriormente el mio había sido leído por quien lo dijo. ¿Hay algo que pueda hacer con respecto a esto? no estoy muy segura de como funcione todo esto y tengo miendo de que aquella persona me pueda robar el escrito.
    muchas gracias.
    Yensi Juárez.

  138. En líneas generales por ley lo que son las ideas no se pueden registrar. Es la fijación concreta de una idea en una obra original lo que se puede registrar como se explica en el post. Las ideas, no.

  139. Hola hace años desarrolle una idea proyecto que con el tiempo se a comvertido en una actividad que se realiza en lugares publicos como puede registrar que la idea de la actividad es mia o la actividad en si
    gracias

  140. gracias
    Pero la idea es ahorra una actividad real tiene unas normas y unas pautas creadas por mi para realizarse esto podria registrarlo de alguna forma para que alguien no realize la misma actividad sin mi permiso
    saludos

  141. Buenos días

    Acabo de añadir una página web para el registro de los nuevos post mediante los feed. Mi pregunta es si los post anteriores quedan automáticamente registrados o debo añadir uno por uno. En dicho caso, el número de registro lo debo añadir a cada artículo registrado, o valdría con el código que he obtenido al añadir los feed.

    Un saludo y gracias

  142. Hola Daniel, el sistema de feeds registra los posts que el feed esté programado para enviar, que suelen ser las más recientes. Es poco probable que se envíen entradas antiguas que habría que registrar de forma más o menos manual (o bajando un backup xml de todos los posts y registrado de una vez, o uno a uno como comentas). Sobre el número de registro puedes hacer como quieras, o bien poner en cada post dicho número o dejando el html que se facilita para dar de alta el registro como fuente de información para quien lo desee.

  143. Hola, bueno comento lo mío, me gusta crear de todo, referido a juegos de mesa y historias de todo tipo. ultimamente andube dedicando mi tiempo para la creacion de un juego de cartas, que por ahora es solo un prueba. queria saber si ud. es de Argentina, y sabria responderme, se puede registrar el posible juego?. cuanto cuesta? gracias agradeseria su respuesta.

  144. @Alex, en principio los juegos no suelen ser registrables, como concepto o idea, al menos desde el punto de vista de propiedad intelectual, copyright. Otra cosa es a nivel de marcas que nosotros no tocamos. Lo que son los gráficos y textos específicos, sí podrían registrarse en su literalidad.

    @pili, realmente no estoy seguro de a qué te refieres. Por ley y por el hecho de crear algo original ya tienes tus derechos. En Safe Creative lo que se crean son evidencias de autoría, a nivel de la declaración que haceis de ser autores o tener derechos sobre determinadas obras.

  145. Hola Jose Antonio, lo que te han dicho es correcto, las biblias y formatos en general no cuentan con la protección de la LPI ya que entran en el umbral de las ideas y es difícil el encaje en la plasmación concreta, como sería la propia grabación de dicha ficción. Existen además pasos para lograr que los formatos sean protegibles, pero por ahora sí que parece que la utilidad puede ir más por la vía de competencia deseal que otras cuestiones. En ese sentido, y teniendo en cuenta los límites y particularidades que pueden darse, sí puedes registrar en Safe Creative ya que obtendrás una evidencia electrónica anterior en tiempo a otros sobre dicha ficción. No podemos asegurar que vaya a funcionar, y seguramente a nivel de copyright no lo hará, pero no tienes nada que perder por hacerlo y tal vez logres algo por otras vías sustentándote en nuestra prueba. Sobre la cuestión de los derechos y las distintas tarifas no sabemos decirte. Es mejor consultar con un abogado o usar nuestros servicios de asesoramiento legal.

  146. Buenos días! Tengo una biblia para una ficción televisiva terminada (formato, personajes, historia, argumento) junto a ilustraciones de los mismos. En mi oficina de la PI me dicen que no es objeto de registro al no contener guión. ¿Es eso cierto? ¿Cómo protejo la creación para una posible venta? ¿Debo llegar a las productoras sin un registro que me respalde, dejarles una copia de la biblia y confiar en su “honradez”? Dicen que puedo probar a registrarlo pero que los técnicos pueden echarlo para atrás. También me hablan de dos tarifas, si yo tendré los derechos de explotación (12 euros) o si lo tendrá otra persona jurídica (190). ¿Cómo voy a responderlo en el momento del pago si la supuesta negociación vendrá DESPUÉS del registro? Muchas gracias

  147. Hola, somos un grupo de creativos que presentamos proyectos a clientes, marcas comerciales. Estos suelen estar bastante desarrollados y muchas veces, después de presentarlo las marcas dicen que no lo quieren realizar para luego encontrartelo hecho por otros. ¿Es posible registrarlas para que no puedan ser copiadas?

    1. De hecho una de las principales razones de ser de Safe Creative es precisamente ayudaros en estas cuestiones. Nada puede impedir que os copien, pero al menos obtenéis una evidencia de autoría basada en al tecnología que os permitirá por un lado disuadir (mostrando a la hora de entregar las propuestas que están registradas) y por otro lado como evidencia en caso de ir a juicio en un momento dado.

  148. Hola, voy a registrar una obra traducida cuyo autor falleció hace ya 400 años, que requisitos me pedirán en el registro si la obra entiendo que es de dominio público.

  149. Hola Anel, las traducciones tienen derechos de autoría. Lo que tienes que hacer es referenciar en el propio documento de la tradución que se trata de la traducción de otro autor, comentando el nombre etc ya que no puedes asumir la autoría original, pero por lo demás es un registro bastante normal.

  150. Yo quisiera saber si son susceptibles de registrar trabajos de revisiones bibliográficas o cualquier tipo de trabajos basados en otras obras publicadas adjuntando la bibliografía de consulta. Tambien quisera saber si se puede hacer con presentaciones en pps o vídeo en los que se utilizan fotografías bajadas de internet, siendo el montaje y la temática para la que se utilizan trabajo propio.
    Un saludo

    1. Hola María Amelia, sobre la primera pregunta yo diría que sí se puede, sin problema. Eso sí, puede haber problemas si luego publicas y no tienes los permisos para citar a los autores de los libros. Ten en cuenta que según qué legislaciones el derecho a cita está muy reducido o prácticamente desaparecido. Algo parecido ocurre con lo segundo, aunque es más evidente creo. No puedes usar imágenes sin tener permiso para hacerlos fuera de lo que se considere derecho a cita o como defensa de “fair use” si hablamos de los USA. Mi recomendación, con fotografías al menos, es solicitar permiso o usar obras que por su licencia ya se puedan usar, como las obras con licencias Creative Commons. Por supuesto siempre todo correctamente referenciado.

  151. se puede registar una obra de manera privada osea entre el autor y ustedes y acceder al registro de igual forma?
    sin necesidad de mostrar el trabajo de manera publica.

  152. Saludos, tengo una colsulta, estoy en Estados Unidos y estoy desarrollando un periodico en New York, mi pregunat es como puedo proteger mi proyecto? que a la hora de presentarlo a una empresa, inversionista etc no me sea plagiado mi proyecto? un millon de gracias de natemano por la informacion que me puedan suministrar.

    1. Hola Manuel, lo que son las ideas, no son protegibles por la ley de propiedad intelectual; sí lo sería, por ejemplo, el contenido del periódico en concreto. La mejor manera de proteger una idea es siendo el primero en materializarla y competir con aquellos que la imiten o hagan algo parecido sin siquiera tal vez conocer la tuya.

  153. Hola!

    En primer lugar, agradecer las contestaciones a cada una de las consultas realizadas en esta web

    Mi duda es la siguiente: Estoy realizando un cómic de 30 páginas. Tengo todas las páginas estructuradas y en formato boceto y actualmente me encuentro “pasando a limpio” todas esas páginas (lo que me puede llevar un año de trabajo aproximadamente). ¿Puedo registrar sencillamente una sinopsis y los bocetos de las 30 páginas? o ¿debo esperar a tener todo el cómic en su acabado final listo para edición?.

    Muchas gracias y un saludo!

    1. Hola Carles, la LPI (Ley de Propiedad Intelectual) y los acuerdos internacionales en general dan la protección a las obras acabadas. No obstante mi recomendación es ir registrando los bocetos y todos los elementos que puedas a modo de pruebas intermedias y complementarias en Safe Creative pues te será de utilidad llegado el caso. Complementan en el peor de los casos el registro final, y tienes ya muchas pruebas anteriores a cualquier presunto plagiador 🙂

  154. Hola,la verdad es que tengo una duda desde hace meses y no consigo saarmela de la abeza.Yo quiero presentar mi obra a un concurso,supongo que para eso seria bueno registrarla antes no ?
    Pues mi duda es,cuando tu registras una obra la tendras que registrar con un nombre,digo yo,poss…ese nombre… que pasa si ya hay una obra registrada con el? es imposible hacerlo?

    1. @Amélie Sí es recomendable registrar las obras antes de presentarlas a concursos. Sobre lo del nombre no sé si te refieres a nombre del autor o título. Sobre nombres de autores se pueden repetir, pero a través de los datos privados que se proporcionan en Safe Creative se vincula la autoría a la persona física concreta. Sobre títulos en general éstos no son protegibles; es muy normal que los títulos se repitan y sólo tienen protección cuando son títulos muy especiales que contienen, por ejemplo, nombres de algunos de los protagonistas del libro, etc.

  155. Muy buenos días.
    En caso de que lo que se quiera registrar sea un personaje inventado por uno mismo (ya sea para historias, dibujos, o merchandising), ¿en qué categoría debería estar? ¿Es posible?
    Gracias de antemano.

  156. hola, tengo una pregunta que no es nueva pero aun asi dudo: he creado algunos personajillos dibujados y unos tebeos sobre ellos y querria probar suerte con una pagina web y productos asociados a ellos (un tebeo…). si registro los dibujos en safe creative el efecto es el mismo que si lo hiciera en el registro de la propiedad intelectual? y otra cuestion, he de registrar como marca el nombre de cada uno de ellos para poder usarlo en otros productos?, lo pregunto porque es un dinerete…
    gracias
    ana

    1. Hola Ana, el registro en Safe Creative es análogo, que no equivalente, al hecho en un Registro Público de Propiedad Intelectual. Como empresa privada generamos evidencia de autoría basada en la tecnología que se puede usar en caso de llegar a juicio con muchas probabilidades de éxito. Como en realidad los derechos ya los tienes por ley, registres o no, siempre es ideal tener cuantas más evidencias mejor, y si éstas son independientes y se basan en la tecnología, tanto mejor. Sobre los nombres en realidad dependerá bastante de lo que quieras hacer y del riesgo que puedas correr por no registrarlos, pero esa es una cuestión en la que Safe Creative poco puede hacer. Mi consejo es comentar con un abogado.

  157. Buenas. Me gustaría saber si puedo registrar un dibujo en el que aparece a modo de parodia un personaje famoso ya registrado (por ejemplo, digamos, Spiderman) ¿Esto supone algún problema? Si como humorista gráfico decido utilizar un personaje o marca famoso para hacer un chiste (pongamos, el ratón Mickey o Coca-cola) ¿Qué limites legales existen? Un saludo y muchas gracias.

    1. Hola Dapz, en efecto esta sería más bien una consulta legal de las que podrías hacer usando una cuenta profesional para que nuestros abogados la respondieran. No soy abogado pero entiendo que la parodia está contemplada como una excepción al derecho del autor de la obra parodidada a impedir su reproducción. De todos modos te recomiendo contactar con un abogado ya que son temas con los que hay que tener mucho cuidado siempre.

    2. Hola dapz de nuevo. Olvidé comentar que por lo que se refiere al registro no tienes problema, es decir, puedes hacer el registro sin problema. Realmente la cuestión será relativa a la posterior publicación de la viñeta.

  158. Hola. Mi pregunta es muy parecida a la de tyto, quiero registrar un personaje pero en Argentina y nadie me supo responder bien. Si lo registro como una marca, protege el personaje completo? me refiero al nombre, la personalidad y el aspecto fisico. Y si no, en donde lo registro?
    Y una dudita mas, no se si ponerlo en derecho de autor o propiedad industrial, porque creo que tiene propiedades de ambas: comercial como parte de una historieta y obra de arte por el aspecto y la personalidad, cosa que relaciono mucho con un libro.
    Gracias por tu tiempo.

    1. Lo cierto es que eso es algo que mejor respondería un abogado, aquí sólo puedo suponer lo que habría que hacer. En principio debería ser registrado como una obra artística a poder ser en el contexto de un comic. Una personalidad dudo que se pueda registrar, pero sí el conjunto de dibujo, forma, expresión concreta y naturaleza del personaje, todo en conjunto, tal y como aparecen en comics. Imagina que no puedes impedir que alguien haga otro personaje diferente con una personalidad parecida, pero sí que te protegería en caso de que alguien use tu personaje en otro contexto fuera de las excepciones de parodia, crítica, etc. Yo apostaría por registrar los comics tal y como los creas y a partir de ahí ejercer tus derechos. Sobre la marca comercial, pues sí, para registrar el nombre y poder ofrecer merchandising es algo que tendrás que hacer y ambos registros se refuerzan mutuamente.

  159. Hola… Mi duda es sobre unas ideas que me rondan por la cabeza… Se que las ideas no se pueden registrar pero yo ya las he materializado de diferente manera…
    Me explico… En una caja/bolsa meto una serie de articulos que ya existen o que creo para la ocasión y que en conjunto forman un kit para regalar…
    Ese kit para regalar es lo que yo quiero proteger por su originalidad en el concepto de regalo y ser la materialización de mi idea…
    MIs dudas son:
    – Puedo registrar este tipo de objeto/kit?
    – Los articulos que lo componen no siempre son los mismos, por un tema de stock o personalización… debo registrar el objeto/kit cada vez que cambie los articulos de su interior?

    1. Hola Isabel, en realidad lo que comentas tiene bastantes matices y lo mejor sería hacer una consulta legal en toda regla con más información. Las obras materializadas originales creativas sí son registrables, pero el concepto seguramente no. No obstante siempre recomendamos registrar, pero teniendo en cuenta que es muy posible que por temas de derecho de autor no se pueda defender la protección del contenido en concreto.

  160. Hola Roberto, precisar que normalmente las obras entran en el terreno del dominio público no por la no renovación, sino al expirar un determinado periodo de tiempo, aunque es cierto que hay excepciones, dependiendo de la legislación existente en su tiempo.
    Dicho esto sí se puede registrar lo que comentas, pero siempre atribuyendo el origen de los personajes moralmente al creador original.

  161. He estado dándole vueltas a este post por si alguien lo había preguntado pero no lo he visto. Os ruego me perdoneis en el caso de que se me hubiese pasado la respuesta…
    Mi pregunta es la siguiente: pretendo utilizar una serie de personajes de dominio publico (aquellos cuyos derechos de autoria no fueron renovados y ahora pueden ser usados por todo el mundo) para realizar un comic. El caso es que los personajes originalmente resultaban bastantes simples y he ido añadiendo una serie de detalles a su historia, personalidad, etc… que no aparecían en su obra original. ¿Podria registrar esa interpretación de los personajes? ¿Como debería hacerlo? Gracias por el tiempo que nos dedicais…

  162. Saludos:
    Despues de leer la información de la web aun no tengo claro si un guiòn para un docu-teality seria registrable,dado que es todo espontaneo lo que he escrito es la finalidad y de que modo sea de realizar el programa en el documento nop se describen los planos ni los dialogos dado que el rodaje es de 24 hoars al dia y se le daria forma en postproducción. En resumen describo el marco lo necesario y las normas.
    ¿lo puedo registrar?.
    Graciasa

    1. Emilio, en principio las ideas o formatos no son registrables… a priori. Lo que tienes que hacer es registrar el documental seguro después de rodarlo (y editarlo). No obstante puedes registrar otras cosas antes de hacerlo, pero teniendo en cuenta los límites que la ley de propiedad intelectual impone en cuanto a las ideas, por si te pudiera ser de utilidad en algún contexto de competencia, si bien ahí no podemos asegurar nada.

  163. Hola! Quería saber si para el registro de una obra musical tienen igual validez un archivo MIDI (con los datos de partitura) que un MP3 (con el sonido concreto de la obra). Además querría saber si hay algún registro para el concepto “álbum” (como conjunto de canciones en un determinado contexto).
    Desde ya, muchas gracias!

    1. Xethis, los dos registros, tanto con mp3 como con MIDI serían correctos, pero lógicamente el MIDI, al incorporar información de partitura, es más completo y por lo tanto genera una evidencia mejor. Sobre la otra cuestión, no, no existe un registro tipo “album”, pero puedes registrar un disco simplemente incorporando en un único fichero tipo .zip, .rar o similar todas las pistas.

  164. Un saludo.

    Me gustaría saber si se pueden registrar obras de tipografía (algunos tipos de letra creados por mi) en Safe Creative, muchas gracias.

  165. disculpen una pregunta, ¿este sitio de registro es a nivel mundial? o excluye a algunos paises?, sucede que soy de Mexico y me interese registrar mis obras

    1. @Cristina Safe Creative opera a nivel mundial y se basa en las normas del Convenio de Berna que se aplican en la mayor parte de las naciones de las Naciones Unidas, por lo que sí, lo puedes usar desde México sin problema.

    1. Hola Alejandro, no, no es ninguna tontería. Los nombres como los de un grupo se pueden registrar como marcas comerciales, pero Safe Creative no es útil para eso, ya que los derechos sobre marcas y patentes se deben gestionar en oficinas de marcas y patentes. Duran un tiempo más limitado y se pueden ejercer en zonas territoriales concretas.

  166. Hemos grabado un documental, sin guión previo, y ahora contamos con el material en vídeo en bruto. Para diversas convocatorias nos piden el registro de la propiedad ¿debemos registrar los brutos? ¿una selección de escenas? ¿un pre-montaje?
    Muchas gracias por vuestra ayuda

  167. Carlos, lo ideal es registrar el documental ya montado, que es finalmente lo que vais a presentar a las convocatorias. Supongo que un pre-montaje sería interesante, pero lo mejor es ya el montaje definitivo.

  168. Gracias por responder. En este caso me refiero a convocatorias para proyectos en construcción, o para postproducción. Son convocatorias para proyectos que aún no están finalizados, ese es un requisito. Hay un proyecto escrito, pero no es un guión, se describen personajes, tramas narrativas y tratamiento audiovisual, pero ya en una ocasión anterior me denegaron el registro de otro proyecto. Veo que el registro de la propiedad intelectual está pensado para la ficción y no para proyectos documentales.

  169. buenas noches.

    Tengo una duda, mi socio y yo queremos registrar el nombre y el contenido de un programa formativo que hemos creado. Esto se puede registrar como proiedad intelectual o es en marcas? a través ustedes cómo lo podríamos hacer?
    gracias y un saludo.

    1. @belen. Lo que son los contenidos los podéis registrar tranquilamente en Safe Creative subiendo los documentos que los incluyan. La parte del nombre deberéis acudir a una oficina de marcas y patentes ya que funcionan de una forma distinta a las obras sobre las que generamos evidencia de autoría. Los derechos sobre nombres y marcas comerciales nacen de la inscripción tras un cotejo que deben realizar los funcionaros para asegurarse que ese nombre no se está usando ya para algo similar a lo que hacéis vosotros y tendrá vigencia en un ámbito territorial concreto y un tiempo limitado.

  170. Hola, cómo están. Espero que puedan ayudarme: Tengo un cuento largo que quiero desarrollar en un futuro no muy lejano, y lo que pasa es que le quiero poner dibujos de varios personajes en mi obra literaria; ya tengo los dibujos dibujados en una libreta y coloreados con sus respectivos nombres. La cuestión es la siguiente: Supongamos que el dibujo de mi personaje es inédito y no existe pero se llama Juan ( un nombre muy común) ¿Debo cambiarle el nombre o si se puede registrar para el cuento ya que el dibujo es original? es decir, no le puedo poner nombres que ya existen a un personaje o si se puede, aunque el dibujo del personaje sea completamente original. Espero que me ayudes o tanto como el nombre como el personaje deben ser inéditos ambos.

    Saludos desde monterrey, méxico.

    1. Hola Pablo, esto no es consejo legal, por lo que sólo es una orientación. Te recomendamos contactar con un abogado o usar nuestra cuenta profesional que te da la posibilidad de plantear cuestiones legales a un equipo jurídico. Entiendo, y que algún abogado me corrija, puedes usar nombres ya existentes, pero lo que no podrás es impedir que otras personas, lógicamente, usen esos nombres. Lo que en todo caso se protege es el dibujo artístico de ese personaje asociado a un nombre concreto. No puedes impedir que alguien use el nombre en otro contexto, aunque sí podrás, si alguien usa tu personaje tal cual, o parecido, y con ese mismo nombre, o incluso aunque usen otro. Nombres originales pueden ser asociados, sin duda, pero para protegerlos, pongamos el caso de Ásterix, deberías registrarlo como marca protegida en una oficina de marcas y patentes.

  171. Buenas, quería hacer una consulta sobre Safe Creative ya que he visto que en ciertos blogs de artesanía se muestra como una opción. La marca bajo la cual hago los productos artesanales (sobre todo figuras modeladas) supongo que habrá que registrarla como marca en el Registro de Patentes y Marcas, pero ¿las creaciones independientes puedo registrarlas con Safe Creative, o debo recurrir a la propiedad industrial y registrarlos como diseños?, en caso afirmativo ¿lo debería registrar en formato fotográfico?.

    Un saludo y gracias.

    1. Sobre la marca, en efecto, es ahí donde deberías haber el registro. Sobre las creaciones individuales, sí, puedes usar Safe Creative y opcionalmente también los servicios oficiales creados a tal efecto. Lo normal es aportar material gráfico que permita identificar la creación en cuestión.

  172. Buenas, ya estoy empezando con el registro de mis obras, y me surge una última duda, ¿si añado más adelante el dniE como certificado se ven afectadas las obras ya registradas?¿o espero a añadir el dniE para que los registros tengan mayor validez?

    Un saludo y gracias.

  173. Pingback: ¿Sabes que tipos de obras puedes registrar en propiedad intelectual? | Letras Tucumanas
  174. Hola.. yo dibujo mandalas y tienen un nombre original.. como puedo salvaguardar este nombre? los mandalas ya están registrados pero como puedo registrar el nombre??

    1. Hola Cristina, los nombres no podemos registrarlos. Eso iría como nombre comercial o marca y deben registrarse en oficinas de marcas y patentes 🙂

  175. Hola. ¿Puede ser protegido el trabajo final de mi master? Consiste en trabajo monográfico de 70 págs sobre psicoanálisis, en el cual desarrollo algunas ideas propias a partir de mis conclusiones críticas sobre lo que se ha hecho al respecto hasta hoy. Quisiera publicarlo en forma electrónica en Comunidad Russell o Bubok pero me preocupa que esté expuesto al plagio o algún uso indebido.

  176. Hola, he encargado a un diseñador la creación de un dibujo. Todo está perfecto pero ahora quiero registrarlo y el diseñador me dice que solo me hace la cesión de derechos, que no podemos hacer la compraventa de la obra, dado que es un personaje y no se trata de algo físico.

    Dado que la idea es mía y he pagado por ese personaje, considero que tengo que tener opción de comprar la obra, aunque no se cómo llamarla para poder registrar algo “virtual”. Si se pueden ceder los derechos de algo, ese algo se podrá comprar también, no??

    Cómo podría solventarlo?

    1. Hola Vampire. Esta cuestión estaría mejor planteada en el contexto de las consultas legales de la cuenta profesional. Esto que te respondo no es consejo legal. Es cierto que en obras sujetas a propiedad intelectual lo que adquieres siempre son derechos y sobre eso debes negociar. Es más, dependiendo de la jurisdicción, los derechos morales no sólo no son transferibles, sino que son irrenunciables. Así que sí, el autor de la obra te puede dar una licencia sobre los derechos patrimoniales. Para eso es interesante redactar un contrato con las clásulas correctas. De nuevo el servicio profesional te permite hacer eso mediante asistentes. Ahí puedes fijar la exclusividad, el ámbito de aplicación (mundial por ejemplo) y la duración. Por supuesto por estos “contratos” que son licencias, se paga un importe que debéis acordar.

  177. Buenas, tengo una idea desarrollada de un programa de tv estilo reality show pero con caracteristicas que no se han echo antes, la idea creo es buenisima, pero me pregunto si no lo puedo proteger en indautor, si lo registro a travez de notario me ofrece alguna proteccion? seria yo dueña de el programa si algunas televisoras quieren la licencia? Gracias espero su guia

    1. El tema Patt, es que los formatos televisivos no gozan a priori de la protección de derechos de autor, en todo caso te puedes defender con las leyes sobre competencia como tema de competencia desleal, pero es un tema resbaladizo. Ten en cuenta que los convenios internacionales de derecho de autor y propiedad intelectual basados en el Convenio de Berna, no protegen la idea, sino la plasmación concreta de ésta. Es decir, los programas grabados sí están protegidos, pero la idea, es un tema muy complejo de difícil encaje en lo que se dice derecho de autor. No obstante, y como es lógico, a más información tengas sobre un formato televisivo y cuentes con, por ejemplo, la marca registrada, un piloto, etc, más garantías tienes de defender tu proyecto.

  178. Muy buenos dias. he dibujado una idea publicitaria para cocacola. Deseo saber concretamente a que direccion de correo electronico les envio el dibujo es totalmente orijinal y creativo. MUCHISIMAS GRACIAS… Att Enriquesedor Arenas Montoya

  179. Saludos, estoy finalizando un juego para dispositivos móviles (celulares, tablets), para el cual escogí un nombre que combina 2 palabras, desafortunadamente encontré ese mismo título en una canción de un desconocido grupo musical de Estados unidos. Considero que el título no es tan específico, pues no incluye ningún término exclusivo, ni nombre de personaje y la combinación no es tan original; tampoco voy a utilizar ni la música, ni la letra, ni el concepto de la canción.

    No sé si estaría infringiendo alguna ley o si hecho de que la combinación de palabras titule 2 productos tan diferentes pueda favorecerme, en caso de que finalmente escogiera ese mismo nombre para mi producto. Gracias por su ayuda.

    1. Hola JorgeE, esta respuesta te la podrá aclarar mejor un abogado. En la cuenta profesional se puede plantear. A priori, y por lo que dice la US Copyright Office, los títulos no son “protegibles” por copyright, y por nuestro conocimiento en general es así con limitadas excepciones como podría ser “Alicia en el País de las Maravillas” por ejemplo. En caso de palabras comunes es difícilmente protegible aunque podría ser que sí estuviera protegido como marca comercial, cosa que se sale un poco de lo que tratamos aquí, pero que como bien apuntas, normalmente será para un ámbito territorial y de objeto muy concreto. Sin ser abogado y teniendo en cuenta que esto no es consejo legal, no creo que tengas problema por usar un título que alguien más ha usado.

  180. hola,hola queria saber si se puede registrar una revista q trare sobre critica d especatculos? y como deberia hacerlo?xfa espero su respuesta,

    1. Alejandra, sí, en efecto, se pueden registrar obras de ese tipo. De hecho cualquier revista. A prioro bastaría con subir el archivo que contenga la revista y ya depende de en calidad de qué estamos registrando que dependerá cómo se rellenen los datos. Si se registran los derechos por un lado como obra colectiva o si se quieren registrar artículos concretos de los autores, sería cuestión de aportar la información en cada registro.

  181. Buenas, registrar un videojuego, no una idea, ¿qué tipo de obra sería? ¿o se tendría que registrar cada cosa (código, gráficas, música, ….) por separado y no como conjunto? Agradecería una respuesta

    1. dotteri: aquí lo tienes bastante bien explicado: https://www.safecreative.org/blog/es/2009/10/22/proteccion-y-registro-del-software/ Además queríamos puntualizar que las ideas no pueden ser registradas, sólo la fijación material en soporte de éstas, es decir, no se puede registrar la idea de hacer una foto concreta, sino la propia foto. Un videojuego se regsitrará generalmente como software pero en el enlace se explica bien que a veces es interesante registrar por separado los distintos componentes en naturaleza.

      Elizabeth Aguirre: Safe Creative no es el lugar adecuado para el registro de patentes. Las publicaciones científicas sí se pueden registrar. En nuestro sistema basta con subir ficheros que contengan la obra a tu cuenta en Safe Creative.

  182. DESEO CONOCER REQUISITOS Y LUGAR PARA GESTIONAR,PROPIEDAD INTELECTUAL,PATENTE,ETC PARA PUBLICACIÓN CIENTÍFICA.GRACIAS

  183. Gracias mpena =) por responder. Por mi parte ya sabía que las ideas no pueden ser registradas, y eso está bien.

    Por otra parte si quiero registrar una demo de un videojuego, ¿se tendría que registrar nada más el código objeto aún compartiendo los mismos recursos? Ahora en cuanto a los recursos (sonidos, gráficas, música), ¿ se tienen que registrar uno a uno o como un todo o bien agrupándolos según tipo de recursos? Espero que me haya explicado con esto.

    1. dotteri, sobre la demo ocurre igual que con el resto del software, habría que registrar el código fuente y el objeto, si lo deseas es una carpeta comprimida. Igual se procedería con otros elementos comunes, que se pueden agrupar o puedes registrar individualmente. Eso queda a vuestra conveniencia.

  184. Hola, buenas tardes, estoy en proyecto de terminar una novela y dispongo de una pagina en internet para poder difundirla pero antes de eso me gustaría saber cual es el coste aproximado si lo registro porque no quiero que nadie me plagie. Gracias

    1. hola María, para un único registro puedes usar nuestra cuenta básica gratuita que no tiene costo. Si deseas otras características avanzadas, la cuenta premium tiene un precio de 36 euros.

  185. Tengo unos vídeos que son completamente animados y realizados por mi a excepción de la música que la tome de unos OST, previamente subí los vídeos a youtube y solo me indicaron que la música es de WGM pero no me quitaron el vídeo ni nada por el estilo ¿podria aun asi protegerlos con derechos de autor? Gracias por su respuesta.

  186. Tengo unos vídeos que son completamente animados y realizados por mi a excepción de la música que la tome de unos OST, previamente subí los vídeos a youtube y solo me indicaron que la música es de WGM pero no me quitaron el vídeo ni nada por el estilo ¿podria aun asi protegerlos con derechos de autor? Gracias por su respuesta.

  187. Hola Gustavo:

    Por supuesto que puedes hacer el registro de tus vídeos, pero para hacer el registro “como autor” sólo debes registrar la parte que se corresponda con tu trabajo.
    Si contaras con autorización de los autores de la música y ellos quisieran hacer contigo un registro en coautoría, con la cuenta de servicios Premium podríais optar por esa opción: https://www.safecreative.org/blog/es/2010/03/02/uso-de-varios-titulares-de-derechos-para-una-obra/

  188. Hola, mi duda es la siguiente
    Subi como primera obra aquí a safecreative los primeros capítulos de mi historia (novela) pero esta en continuara, mi duda es que si subo los capítulos aparte o conforme los valla terminando, o tengo que escribirlos todos primero y subir el libro.

    Yo quisiera ir subiendo los capítulos conforme los valla terminando porque me ha pasado que mientras los voy subiendo me los van robando o me aplican plagio… y se atribuyen los derechos de autor. y quiero evitar eso pero siguen siendo validos si los registro conforme los valla subiendo?

    no se si me explico saludos.

  189. Hola, mi duda es la siguiente
    Subi como primera obra aquí a safecreative los primeros capítulos de mi historia (novela) pero esta en continuara, mi duda es que si subo los capítulos aparte o conforme los valla terminando, o tengo que escribirlos todos primero y subir el libro. Yo quisiera ir subiendo los capítulos conforme los valla terminando porque me ha pasado que mientras los voy subiendo me los van robando o me aplican plagio… y se atribuyen los derechos de autor. y quiero evitar eso pero siguen siendo validos si los registro conforme los valla subiendo?

    no se si me explico saludos.

  190. Hola Neko: Te aconsejamos que, tal como nos indicas, vayas registrando los capítulos que vas escribiendo, es muy conveniente hacerlo. Los derechos de autor no dependen de los registros, pero sí que pueden constituir una prueba muy útil frente a terceros: https://www.safecreative.org/blog/es/faqs/%C2%BFcual-es-la-efectividad-de-la-prueba-generada-en-registros-privados/
    Puedes hacer el registro de esos nuevos capítulos junto a los otros registrando una nueva versión de la obra, o registrar los capítulos por separado (cada uno con su título o su número de capítulo y el título de la obra), y registrar posteriormente, cuando el libro esté finalizado, el libro entero.

  191. Es conveniente hacer el registro del libro completo, cuando éste esté concluido, para que se genere en el registro su propio código.

  192. Hola!
    Tengo una duda, se puede registrar una herramienta de gestión que he creado en un excel? y si se puede, de qué modo? Como se puede registrar, porque no es obra literaria, pero tampoco base de datos ni un programa….
    Es lo mismo registrarlo en la Oficina de propiedad intelectual que con copyright? Donde se puede registrar con copyright?
    Gracias por anticipado!

    1. Hola Andrea, no soy abogado y realmente me resultaría difícil contestarte a la primera pregunta. En la cuenta profesional cuentas con la posibilidad de plantear la cuestión a nuestro equipo legal experto en estos temas. Sobre si es lo mismo o no, realmente somos análogos, que no equivalentes. Aquí está explicado: https://www.safecreative.org/blog/es/faqs/%C2%BFcual-es-la-efectividad-de-la-prueba-generada-en-registros-privados/ Ten en cuenta que no hace falta registrar para tener todos los derechos sobre las obras, el registro es algo conveniente y útil, pero desde luego no obligatorio. Para registrar como dices puedes hacerlo aquí o en un registro oficial estatal.

  193. Estoy editando una novela que escribí hace tiempo, y una vez finalizada completamente me gustaría protegerla por lo que pudiera pasar. Mi pregunta es ¿registrarla aquí tiene la misma efectividad y da la misma protección a mi obra que inscribirla en el Registro de Propiedad Intelectual?.

    Gracias de antemano,

    un saludo.

    1. Hola Pablo, gracias por escribirnos. En realidad somos un sistema análogo, que no equivalente, a los registros analógicos. Los registros analógicos se basa en la autoridad para genera evidencia de autoría y la evidencia es una escritura pública, mientras que nosotros nos basamos en la tecnología para construir una evidencia posiblemente tan sólida o más que la anterior, aunque eso lo decidirán los jueces llegado el caso. La cuestión es que mientras que el hecho de la inscripción no se cuestiona en el caso de los registros analógicos oficiales, siendo prueba plena, sí que se podría cuestionar el hecho del registro en nuestra plataforma. Sin embargo con ninguno de los dos sistemas se otorgan derechos, sino que más bien el oponente tendrá que demostrar, en el caso del registro oficial, que el autor no es quien dice ser. Lo bueno de nuestro sistema es que una vez demostrado el hecho de la inscripción, la evidencia, creada de forma temprana, tendrá que ser tomada en cuenta por el juez igual que las otras evidencias. En cualquier caso te recomiendo leer el contenido de este enlace que explica en más detalle todo esto: https://www.safecreative.org/blog/es/faqs/%C2%BFcual-es-la-efectividad-de-la-prueba-generada-en-registros-privados/

  194. Estoy muy despistada en estos temas y os agradecería que me orientaseis. Es posible proteger diseños de moda, complementos, etc, y, en caso de ser posible como debería presentarlos?
    Muchas gracias

    1. Hola Glora, es un terreno resbaladizo. Habría que ver los diseños en concreto, pero normalmente estos van como diseño industrial y no siempre se pueden acoger a las leyes de derechos de autor. En nuestro servicio profesional podríamos mirar con más detalle la cuestión.

  195. Gracias mpena. Se trata, en concreto de diseños de bolsos, originales, muy diferentes. Antes de lanzarme a enviarlos o mostrarlos a alguna empresa o firma, lógicamente me gustaría tener un respaldo. Si fuese considerado como diseño industrial, imagino que debería acudir al registro de patentes?

  196. Quisiera saber si podría registrar “con derechos de autor”, una historia basada en un sueño mio entre la actualidad y el futuro, con la finalidad de hacer una película. Gracias

    1. Claro Esther, por supuesto. Al crear una obra original, se base o no en un sueño, es de tu titularidad y puedes generar evidencia de ésta con Safe Creative u otros sistemas.

  197. Hola. Soy programador y tengo escritos una serie de programas. Algunos de esos programas usan imágenes que originalmente estaban bajo licencia pública (Dominio Público) modificadas por mi. ¿Puedo registrar todo el programa, incluyendo las imágenes o solo el código?
    Gracias.

    1. Hola Jose, lo normal es registrar únicamente el código, pero sí podrías registrar también junto a éste las imágenes, siempre que éstas vengan correctamente atribuidas a los autores originales (el derecho moral no desaparece nunca aunque la obra esté en el dominio público).

  198. buenas tardes quisiera saber si se puede registrar la presentacion de un Proyecto de ley en la provincia de buenos aires que trata de la creacion de un colegio de profesionales de seguridad e higiene

    saludos

    1. Hola Lorenzo, en principio se puede registrar como obra literaria. En cualquier caso eso no te daría monopolio sobre alguien que quiera hacer un proyecto de ley con el mismo objetivo y de similares características, pero sí si lo que hacen es copiar tu texto directamente.

  199. Hola, me gustaría me orientaran por favor, tengo escrito un libro dirigido a las mujeres, quisiera hacer algunas dinámicas y dar a conocer el libro en la red, (por medio de un blog porque no tengo página web) pero tengo miedo de que me roben mi idea, o copien mi libro, soy de México, que me aconsejan que haga.
    De antemano muchas gracias por su respuesta

    1. Hola Matha, lo primero te recomendamos que registres el libro en Safe Creative y pongas el código o alguno de los sellos de registro en él y allí donde lo publiques o muestres, para disuadir del plagio. Es difícil asegurar que no te copiarán y lo que es las ideas no se pueden registrar como tales, pero sí la plasmación concreta de éstas en el libro, la literalidad…

  200. Hola, quiero registrar mi blog. ¿Debo copiar los textos y subirlos en el formato de texto? o basta con indicar la URL?… ¿Podrían explicarme cómo corresponde hacer?

    Muchas gracias,
    Saludos.

    1. Hola Greta, gracias por escribir. La mejor manera de registrar las contribuciones que se van añadiendo a un blog de forma automática o semiautomática es usando nuestro servicio de Feeds de Registro: https://www.safecreative.org/blog/es/2010/08/04/manual-de-safe-creative-para-registrar-blogs/ y te animamos, por supuesto, a usar una cuenta premium para que si tienes muchos registros o registras con “todos los derechos reservados”, tengas la mejor experiencia posible.

  201. Hola. Me pregunto si el diseño de un personaje, (muñeco o peluche), también se puede inscribir y de ser así el modo adecuado de inscribirlo, (¿subiendo foto, o dibujo del diseño con el nombre del personaje?)… Espero que puedan asesorarme. Gracias.

    1. Normalmente con un dibujo y una foto suele ser suficiente. Ten en cuenta que el nombre no suele poderse proteger igual que el dibujo, especialmente si es un nombre común, pero sería tema para ver con abogados si es un nombre inventado dentro de una historia.

  202. Hola, me dedico al diseño de producto, en concreto mobiliario, iluminación y complementos, todos los proyectos disponen de dibujos y planos, ¿puedo registrar dichos productos en safecreative? Normalmente presento varias propuestas a los clientes ¿sirve safecreative como protección ante un uso fraudulento de alguno de mis diseños?

    Muchas gracias

    1. Jaime, es un terreno bastante resbaladizo pues entramos en los campos del diseño industrial y aunque como evidencia el registro te puede servir, es posible que no sea a nivel de derechos de autor, terreno que conocemos, y puede que tengas que ir por la vía de Competencia Desleal. Mi recomendación es que registres, a poder ser usando una cuenta profesional, tengas en cuenta los límites que comento y que cuando envíes propuestas a clientes uses http://www.mailstamper.com. Esto no es consejo legal 🙂

  203. Gracias Mario, seguiré tu consejo para, por lo menos, intentar evitar la tentación…, aunque, en 22 años de profesión, me ha pasado de todo.., hasta con contrato firmado se han pasado mis derechos por la entre-pierna. Saludos

  204. Buenas tardes, a qué página web puedo dirigirme para ver los diseños artísticos, como dibujos u obras plásticas, registradas en el RPI?¿

    Es fácil ver las marcas registradas y las patentes en la web de la oepm, pero no encuentro dónde puedo ver los registros de prop. intelectual…

    Gracias. Un saludo.

    1. En realidad no estamos muy seguros de que en la página del Registro oficial de Propiedad Intelectual se puedan visualizar las obras registradas tal y como deseas. En cualquier caso es mejor que les contactes directamente a ver si tienen algo preparado. En Safe Creative te recomiendo usar people.safecreative.org 🙂

  205. Buenas tardes, estimado:

    Quisiera comentarle algo que me es de vital importancia. Quiero
    registrar un manuscrito de un libro pero de forma privada (registro privado) sin que nadie pueda tener acceso ni verlo nada más que yo y que a la vez, esté registrada la propiedad intelectual. Creo que ustedes prestan ese servicio, podría decirme lo que habría que pagar y si estaría registrado así bien la autoría mientras se trabaja en la publicación final?

    Otra consulta es si es posible registrarlo de forma privada sin acceso de los demás y recibir el certificado de registro y si luego, cuando yo quiera puedo tratar con una editorial y que me lo vuelva a registrar ISBN y publicar.

    saludos

    1. Hola Jessica, gracias por comentar. Puedes realizar registro privado en Safe Creative de manera que generas una evidencia de autoría basada en la tecnología sin que se publicite ni la información de registro ni la propia obra. Esto se puede hacer a partir de la cuenta premium que tiene un precio de 36 euros al año lo que además te permite hacer tantos registros como desees hasta llenar los 5Gb de espacio que tienes reservados. Es un único pago indistinto de si registras una o 1.000 obras. La evidencia generada sería la misma que si el registro fuera público. Todos los registros los generamos con la misma tecnología y solidez. Sobre tu segunda pregunta, sin problema. Puedes hacer como desees. Nuestro registro es compatible con otros registros, depósitos o códigos estándar.

  206. Buenas tardes,

    Querría saber si se pueden registrar cursos con copyright o protegerlos de alguna manera para impedir que otra persona imparta o cree tutoriales y los venda con el mismo curso que le has enseñado.

    Gracias, saludos.

    1. Hola Mónica, sí puedes registrar cualquier contenido que entre dentro de aquellos que la ley de derechos de autor confiere como monopolizables por sus autores. Un texto de un curso, así como los vídeos originales que se hagan pueden ser perfectamente registrables. Estamos hablando de la expresión literaria y gráfica original del curso, no necesariamente la propia enseñanza. De forma gráfica, se puede registrar la forma en la que se explica una ecuación se segundo grado, no así la propia ecuación.

  207. Buenos días,

    tengo una pregunta referida a la portada de un libro.

    Si una persona escribe una novela y desea ponerle una portada confeccionada por él mismo, han de registrarse la novela por un lado y la portada por otro ¿es correcto?

    Además, en el caso de la portada, se puede registrar la imagen y posteriormente añadirle el título de la obra y el nombre del autor ¿no? Es decir, no es necesario hacer un registro de la imagen que va a ser la portada con el nombre del autor del libro y el nombre de la obra ya incluido ¿no?

    Un saludo y muchas gracias por la atención 🙂

  208. Sí, en efecto, se pueden registrar de forma separada pues son obras que aunque van juntas se pueden considerar independientes con su propia identidad. Luego en el libro se puede hacer referencia a ambos registros para que los lectores obtengan información de los titulares respectivos.

  209. Hola me acabo de registrar y tengo bastantes dudas.
    Si quiero registrar una obra para poder ir subiéndola a un foro y que no me la plagien¿ tiene que estar completa para registrarla aquí?
    ¿Si se puede se puede ir modificando según vaya terminándola?

    1. Eva, la ley establece que para que gocen de protección, las obras producto del intelecto tienen que ser originales y deben estar finalizadas. No obstante en Safe Creative puedes ir registrando sucesivas versiones de la obra acabada o no en parte, pues todo acumula evidencia en el tiempo de la obra generada y que quieres mostrar de forma pública. Todos estos registros ayudan de hecho a generar la evidencia que apoyará la obra final por lo que no sólo la puedes registrar antes de acabar, sino que es recomendable. En la cuenta premium puedes vincular internamente las sucesivas versiones de una misma obra.

  210. Ante todo felicidades por la página.

    Quisiera saber si puedo registrar una obra en proceso o borrador. En concreto se trata de un tema musical que está prácticamente acabado excepto por unos compases finales que no he podido terminar ya que son para una película y no puedo terminarlo ya que esa porción de película no se ha terminado de montar.
    A pesar de que confío en esa gente, me gustaría enviarles el tema previamente registrado con vosotros aunque le falten unos compases.

    Gracias de antemano

    1. La ley establece que la protección sobre una obra comienza cuando ésta está terminada. No obstante creemos que se pueden y deben registrar fases previas aunque sólo sea como apoyo evidencial de la prueba posterior. Así que por nuestra parte, registra esta obra y luego puedes eventualmente registrar la obra final incluso como versión de la actual (eso si tienes cuenta premium en adelante). A la hora de enviar el tema, si lo haces por mail, te recomendamos usar http://www.mailstamper.com

  211. Hola, vivo en Madrid y quiero registrar dos personajes que he dibujado y con los que he hecho varias tiras de comic, debo registrarlos como dibujo y cuando tenga una producción de comic más larga registrarla también? Y a donde voy para el regitro?

    1. Puedes registrar los dibujos de los personajes y la producción de comic en Safe Creative sin problema alguno. De esa manera ya tienes una evidencia de autoría que te será de gran utilidad, y podrás informar del registro en los comics cuando los publiques ya sea en formato físico o en Internet. Otra opción es usar el Registro de la Propiedad Intelectual dependiente del ministerio de cultura.

  212. Hola, quiero saber si cuando registro la obra con un seudonimo, el seudonimo tambien queda registrado, o si se puede registrar un nombre artistico?
    No registro con seudonimo porque quiza si hubiera un problema de copyright no puedo reclamar nada ya que mi seudonimo no esta registrado…

  213. Hola amigos de Safe creative buenas tardes, he creado un conjunto de personajes bajo un nombre digamos por ponerles un ejemplo burdo que son un perro, un pato y un gato y están bajo el nombre “Amiguitos” y pienso difundirlos en tiras cómicas breves en internet y así mismo usarlos para merchandising, productos, ventas, etc pero no tengo bien claro lo que tengo que hacer para su adecuada protección legal, si con el registro de derechos de autor basta para que estén protegidos y nadie pueda hacer mal uso o incluso plagiarlos y lucrar con ellos o si aparte tengo que registrar a estos personajes y el nombre de este grupo como marca? y si también se registran aparte o en conjunto los pequeños comics en los que aparecerán? pues tengo algunos pero obviamente iré haciendo mas entonces tendré que ir registrando también cada historieta nueva o como?
    vale la pena mencionar que soy de México de antemano gracias por su tiempo y atención en responder mis preguntas =)

    1. Hola Luis, el tema de marcas y patentes se explica aquí: https://www.safecreative.org/blog/es/faqs/nombres-comerciales/ por lo que lo que es el nombre de la “serie”, si la quieres proteger, tendrás que a la oficina de marcas y patentes oficial de tu país ya que este tipo de protección nace de una normativa distinta y para ámbitos territoriales definidos. Sobre lo que son las ilustraciones (imágenes) de los personajes, los puedes registrar en Safe Creative, así como las historietas según las escribas. Lógicamente no podemos generar evidencia de autoría de historietas que no registres con nosotros, por lo que si fueran plagiadas, no podrías usar nuestros certificados o notas informativas.

  214. Una novela aún no acabada podría registrarse. Es decir, ¿puede registrarse, por ejemplo, el argumento, la sinopsis y los personajes que aparecen en la novela aunque esta esté inacabada en este momento?.
    Gracias de antemano por la ayuda.

    1. Según la ley de propiedad intelectual se protegen las obras acabadas. Se pueden registrar textos incompletos, borradores, pero la protección total se da sobre la literalidad escrita de la obra final. Los registros previos de versiones sin acabar se pueden hacer en Safe Creative y en el peor de los casos apoyarán con más evidencias el registro de la obra una vez esté finalizada. Una sinopsis se puede registrar como tal, por si alguien copia esa misma sinopsis, no será efectivo si alguien hace algo parecido con otro texto de una autoría completamente distinta. Las ideas no se pueden registrar.

  215. Hola. Escribo desde Colombia. Resulta que soy compositor y tengo muchas letras de canciones de mi autoría pero sin música. Solo son letras plasmadas en papel. Si quiero registrar esas letras ¿debo hacerlo como obras literarias? o es de otro modo

    Por favor, su explicación es de suma importancia. Ojalá puedan responderme al Email.

    1. Hola Ricardo, sí, es preferible registrarlas como obras literarias. De todos modos esto es algo más bien orientativo a este nivel. En todo caso las letras de las canciones (como las poesías) están mejor descritas como obras literarias.

    1. En principio sí, aunque no sé si te refieres a la grabación del programa o la idea. La grabación, sin problema, la idea sería como Formato de TV y ahí el alcance de la protección del registro puede variar, y aunque muy importante, es posible que su defensa no sea por derechos de autor, sino competencia desleal. En cualquier caso y ante cualquier contingencia vas a necesitar mostrar evidencia del momento en el que existió algo por primera vez, ya sea una grabación u otra cosa.

  216. A efectos de registro desde luego que no, y el depósito se usa normalmente cuando el producto se va a vender. Lo cierto es que no estamos seguros de que sea necesario.

  217. Hola, quisiera saber si se puede registrar capítulos de una historia que hago por Internet, es que hago una historia y la publico en un foro capitulo por capitulo cada semana y me gustaría saber si puedo proteger cada capitulo cada vez que vaya haciendo uno nuevo, muchas gracias.

    1. Hola Osiris, sí, si bien en general les leyes de derechos de autor establecen que la protección sobre las obras comienza cuando éstas están finalizadas, no es descabellado, y menos en esta época de inicio de lo digital, el ir registrando las obras según se van generando, gracias a la tecnología. Antes era objetivamente más complicado y engorroso, pero a la hora de generar evidencia tiene todo sentido ir registrando capítulos, que a lo peor, servirán de apoyo probativo cuando llegamos a tener ya la obra finalizada.

  218. hola tengo una duda.
    estoy creando un logo y una marca para ropa.
    el logo y la marca lo puedo registar en safe creative?¿
    y si es asi cuando lo registro en que sección tengo que ubicarlo¿

    gracias

  219. hola tengo una duda yo tengo registrada una marca y ahora estoy haciendo un sitio web, pero vi que otra persona esta utilizando un logo con mi nombre y este logo tiene copyright, yo puedo crear un logo totalmente distinto pero con el mismo nombre?
    Y otra pregunta es como puedo yo que tengo una marca registrada hacerle quitar el logo con mi nombre? desde ya mucha gracias.saludos

  220. Andrea, los derechos sobre las marcas nacen de su inscripción para un objeto determinado y en un ámbito regional determinado. La duración de la protección, igualmente es distinto de los derechos de autor, siendo mucho más reducidos, 10 años desde el reconocimiento de la marca.
    Así que deberías ver si esa marca comercial está dentro del ámbito de explotación en el que has registrado tu. Por otro lado el logo, si es un dibujo, puede tener derechos de autor por la parte artística que le corresponde. En caso de duda lo suyo es contactar con un abogado experto en marcas y patentes. Este enlace puede serte de utilidad: https://www.safecreative.org/blog/es/2013/03/20/propiedad-intelectual-propiedad-industrial-registro-y-proteccion/

  221. buenas! quisiera saber si yo puedo registrar un tema musical de mozart en genero dance instrumental lo unico que hice es tomar la melodia de una sonata, tengo entendido que despues de muchos años en este caso siglos una obra queda como patrimonio de la humanidad, en tal caso puedo tomar la melodia hacer una nueva version y registrar el tema musical en otro genero musical?

  222. Hola. Yo quería saber si se puede registrar dibujos a lápiz o cualquier otro medio, basados en fotografías que ya tienen un copyright. Se considerarían esos dibujos como una creacion del artista?. Muchas gracias.

  223. Hola, quería registrar una obra pero estoy un poco perdido:
    La obra a registrar es una memoria de proyecto (texto) a llevar a cabo, la cual no deja de ser una idea. En el dicho documento he añadido una licencia creative commons BY-NC-ND pero me preocupaba la validez de la licencia, así que lo consulté con un conocido abogado. Me dijo que lo registrase aquí, aunque por lo que he estado viendo no tendría mucha validez dado que es una idea.
    El documento viene a ser un plan de empresa, con su nombre de marca, criterios para llevarlo a cabo, principios del mismo, planificación… Tengo una web y una dirección de correo electrónico relacionado con el mismo y, la idea de colgar públicamente dicha memoria con el fin de encontrar colaboradores para el proyecto.
    Por tanto:
    ¿Qué validez tendría registrar dicho documento?
    De registrarlo aquí (que como se dice, menos da una piedra) ¿en qué categoría debería de hacerlo?
    Al poner el documento a disposición pública, ¿Qué riesgos corro?
    ¿Debería registrar el contenido de dicha web por separado? ¿Qué forma hay de vincular la la web y el email a la memoria?
    No sé si se me olvida alguna cuestión importante.

    Muchas gracias por todo, un saludo.

    1. Bueno en principio lo que se “protegería” serían tus derechos sobre la expresión literaria del texto que describe el proyecto, pero no se aplican derechos sobre el proyecto, cuya única protección real, al final, será llevarlo a cabo antes y mejor que posibles competidores.

      Ten en cuenta que Safe Creative no es una licencia, y el texto de la licencia de Creative Commons que comentas se aplica a esa expresión literia. Las licencias CC se basan en las leyes de derechos de autor y copyright y permiten y limitan acciones con la obra registrada.

      La categoría donde registrar sería, como hemos dicho, literaria. No entraría en proyecto, pues esto está reservado a planos de arquitectura y similar.

      Siempre que haces público un documento, entendiendo que o bien lo publicas en algún sitio o permites la descarga desde Safe Creative, el riesgo existe y es que alguien lo copie o lo distribuya sin respetar las condiciones de la licencia. En cuanto a la idea subyacente, el riesgo de que alguien se “inspire” en él para hacerlo es evidente, pero la verdad es que es poco probable que puedas hacer algo por la vía de derechos de autor en la que estamos centrados. Te recomendamos, eso sí, que cuando comuniques tu idea uses http://www.mailstamper.com que usa nuestra tecnología para certificar la comunicación enviada y a quién se envía, por si pudiera llegar a ser útil en caso de competencia desleal.

      Sobre la web, por supuesto, el código y contenido de ésta puede ser registrada de forma independiente y tendría un nivel de proteccións similar al texto. Cualquier cosa, o para entrar más en detalle mejor que nos contactes por soporte: http://www.safecreative.org/contact

  224. hola, tengo una duda, he inventado una crema regenerativa, podría registrarla aqui o sólo puedo hacer una patente para protegerla?

  225. Buenas.
    Tengo una duda que me ha venido comiendo la cabeza por varios días. Me han pedido asesoría para una persona que está realizando un un proyecto, y lo que tiene es el guión piloto empezado más la idea desarrollada de toda la serie, el título, la sinopsis, fichas de los personajes, ideas para futuros episodios, posibles localizaciones.
    La duda es si es posible registrarlo en algún registro de propiedad intelectual, estando aun en ese estado de desarrollo, y si como qué tipo de obra se registra.
    Muchas gracias desde ya. Saludos cordiales.

  226. Presente un proyecto en una television con una sinopsis. Tal proyecto fue aprobado con sello y fecha. El coguionista incluido en dicho proyecto se echo a tras por falta de tiempo para escribir. Dicha sinopsis la transmiti a un guionista para escribir conjuntamente el guion. Hizo un primer borrador sobre mis ideas de aquella sinopsis, y sobre el empece a trabajar yo incluyendo muchos cambios. Acercandonos a la fecha de grabacion del proyecto, el coguionista empezo a coaccionarme y amenazar con que el primer borrador lo tenia registrado y exigirme dinero. Y si, lo tiene registrado. No se que hacer.

    1. Siempre recomendamos registrar lo antes posible, en cada fase de un proyecto, pues nunca se sabe cuándo la evidencia va a ser útil. Igualmente recomendamos usar http://www.mailstamper.com en todas las comunicaciones que sobre temas como éste se mantengan. También servirán como evidencia. En cualquier caso la protección sobre formatos de TV es muy relativa por lo que es difícil estimar si esa amenaza tiene realmente verosimilitud en la práctica. En cualquier caso, sobre derechos relacionados con derechos de autor, el registro no los confiere, sino que es una evidencia más, pero se puede presentar evidencia mejor que la contradiga. Si tienes correos, testigos, etc, es poco bastante probable que puedas enfrentarte a sus evidencias. En cualquier caso te recomendamos buscar asesoramiento legal. En nuestra cuenta profesional puedes plantear estas cuestiones y contactar con gabinetes de abogados expertos con tarifas muy ventajosas.

  227. Una consulta. Deseaba saber cual es la capacidad máxima o si tiene límites la subida de archivos, mp3, etc a la base de datos de Safecreative. Es decir cuánto puedo subir y si a su vez los archivos, mp3 que he subido tienen un tiempo límite de protección legal. Desde ya gracias!

    ALM

    1. El tamaño máximo por fichero que se envía cada vez es de 400Mb. Para envíos de ficheros grandes es mejor usar ART (en Herramientas). El límite de almacenaje es para la totalidad de archivos que se suben y es 2Gb en la cuenta básica, 5 en la premium y 10 en la profesional. El registro no tiene caducidad. Es indefinido y se va aplicando la tecnología que se incorpora al sellado de forma automática.

  228. Quiero registrar un logotipo, cuál es la sección recomendada:
    -Artes Visuales
    ó
    -Diseño

    Muchas gracias de anticipo.

    1. Hola Cecilia, en líneas generales, y como lo que tiene derecho son las cualidades pictóricas de los logos, en general se podría decir que lo mejor es registrar en Artes Visuales.

  229. ¡Hola!
    Tengo una duda.
    Me acabo de registrar en Safe Creative, al igual que acabo de registrar dos novelas que estoy escribiendo y aún no he finalizado, pero no sé cómo puedo actualizar capítulos de dichas obras en Safe Creative, después de actualizarlas en mi documento de Word.
    Agradezco de antemano la respuesta.
    ¡Gracias!

  230. Hola tengo en proyecto la realizacion de un juego de mesa el cual se compondria de cartas y dados el cual me gustaria en breve ponerlo a la luz, no estoy muy enterado del procedimiento para registrarlo o patentarlo ya que no se si se haria como patente o como propiedad intelectual,
    A la presente, un cordial saludo.
    Jonathan Valero

    1. Normalmente los juegos no suelen entrar ni directamente en derechos de autor ni en patentes. Suele ir más por protección de marcas y nombres comerciales. En cuando a propiedad intelectual de derechos de autor sí puedes registrar a modo de texto literal tanto el manual de instrucciones, como los dibujos de las cartas. El problema es que los juegos se consideran bastante como conceptos o ideas, cosas que no tienen esa protección de la que hablamos.

      Así que nuestra recomendación es registrar los textos, y quedan protegidos como tales, como textos literarios y las imágenes como obras gráficas, pero el juego en si no quedaría protegido como idea. Para reforzarlo es mejor registrar la marca como nombre comercial.

  231. Muchas gracias por la información!!, me ha sido de gran ayuda.
    seguramente seguiré tu consejo,
    otra pregunta ,
    para registrarlo con vosotros podría poner manual en texto y cartas en obras gráficas todo junto en el mismo archivo o deberían ir por separado dado su distinción.
    OTRO SALUDO

  232. En principio puedes hacer como quieras, pero por la naturaleza de la obra tal vez sea mejor registrar los distintos tipos de contenido por separado y referenciar ambos registros al mostrar la obra. También te recomiendo usar http://www.mailstamper.com si envías propuestas del juego por correo electrónico a posibles inversores, productores, etc.

  233. Antes que todo felicitarlos por su voluntad y orientación. Mi consulta es la siguiente: Acabo de crear una empresa de gestión administrativa, centrada inicialmente en la Administración de propiedades. Dentro de nuestro esquema y proyecto de trabajo, consideramos insertar un nuevo “concepto” que involucra características especiales aplicables a los tipos de comunidades. Bueno, precisamente la consulta es si ese “concepto”, que llevará un título único e identificatorio (ejemplo análogo, sello verde de los vehículos) que distinguirá (y reconocerá) un tipo de comunidad (o condominio) de otras puede ser inscrito y protegido, de manera que a futuro, al implementarlo, se reconozca la idea, concepto y gestión efectuada específicamente como de mí propiedad. Si ello no fuera posible bajo estas características, le agradecería me indique la forma más eficiente de hacerlo. Muchas gracias.

  234. Las ideas no pueden ser protegidas por la ley de derechos de autor. La literalidad de los textos sí, como obras literarias, pero no el concepto. Otra cuestión es que tener una evidencia de ese texto sea algo en lo que apoyarse para, por ejemplo, ir por competencia desleal, pero siempre teniendo muy claro que la ley de derechos de autor no protege la idea, sino la plasmación, la fijación concreta de ésta ya sea por escrito, en vídeo, música o similar…

  235. Hola:
    Mi pregunta es si puedo registrar una obra cinematográfica si el título coincide con el de alguna novela escrita, o bien con el de otra película. O bien si el título se considera diferente en el momento en que cambia una palabra. O qué sucedería si se registra y luego aparece otra anterior. Muchas gracias.

  236. Gracias por la explicación anterior. Voy a hacerle una segunda pregunta: Si se incluye en una película una o varias canciones como tema de fondo, estas sólo se podrán incluir en el registro si se encuentran autorizadas. ¿hay algún organismo o dirección que pueda gestionar todos los derechos de autor para poder reproducirla en público o se debe hacer individualmente con cada autor?, y si se hace de forma altruista, ¿también hay que pagar? Gracias por sus explicaciones, pues en todo esto es muy difícil estar al día.

    1. A efectos de registro se puede registrar. Nosotros no validamos si los contratos de autorización existe. Eso sí, si éstos todavía no están firmados lo mejor es que el registro no permita la descarga o sea privado (esto último en cuenta premium). Sobre gestionar el tema de canciones, depende del país. Normalmente la gestora de derechos colectivos de cada país es la encargada de gestionar todos estos temas. Sobre el uso altruista diremos que generalmente no está excluído de tener que pedir autorización.

  237. Hola. Acabo de realizar y presentar en la facultad mi trabajo de fin de carrera. ¿Es posible registrarlo tanto en Safe Creative como en el Registro de la Propiedad Intelectual como creación científica? Lo digo sobre todo de cara a una posible publicación en una revista científica. Gracias de antemano por vuestra respuesta.

    1. Sí, por supuesto lo puedes registrar. Lo único ten en cuenta si los derechos de explotación son tuyos o de la universidad en exclusividad o no, para declarar únicamente “autoría” o “autoría y derechos” (derechos en el sentido de derechos patrimoniale).

  238. Hola, quisiera saber si se puede registrar el diseño de un (parche u escudo) para un club de motos como logo…? Para evitar que otros clubes copien el diseño…y también saber si se pueden tener los derechos del LOGO sobre quien puede llevarlo impreso o no. Gracias

    1. Hola Sergio, por derechos de autor se protege la imagen del logo, no la marca. Se pueden emprender acciones según la ley si la obra es plagiada o usada sin autorización. Sobre la forma de autorizar el uso, por tener todos los derechos es algo que en efecto puedes regular.

  239. Hola, ¿se puede registrar una frase; como el logotipo de una pegatina, por ejemplo?¿Es necesario?. Un saludo. Gracias.

  240. Mi pregunta es saber si al registrar una página web, todo el contenido de la misma queda registrado (fotos, texto, audios, videos,…) Muchas gracias por vuestra respuesta de antemano.

  241. Hola, estoy programando un videojuego, y aunque aún no está terminado, quisiera registrar lo que llevo, ¿cómo debo registrar un programa de computadora?, ¿debo subir todos los archivos que lo conforman dentro de un zip?, además, ¿en cierta forma el registrar mi programa también protege los conceptos de personajes e historia del juego?
    Gracias.

    1. Hola José, un videojuego es un programa de ordenador básicamente, por lo que habría que aportar en un fichero zip, a ser posible, el código fuente, el objeto y la documentación técnica. Lo que se protege es la codificación. Todo aquello que sea una “idea”, no se protege por leyes de derechos de autor.

  242. Hola, quisiera saber cuanto contenido y como de específica tiene que ser la idea para registrarla. necesito orientacion para escribirla porque no tengo claro si sólo tengo que registrar la idea o tengo que registrar tambien el desarrollo de la misma. gracias!

    1. Sibu, las ideas no son registrables por si mismas, sino la plasmación concreta de ésta. Por poner un ejemplo: la idea de hacer una fotografía de dos personas saltando congeladas en el salto en el aire no es protegible, pero sí lo sería una foto concreta de ésta. Es decir, lo que puedes registrar es la obra producto de esa idea.

  243. pregunta!escribi una novela, pero realmente nose si esta bien escrita,porque la escribi a mi modo de hecho parece un guion…se puede registrar aunque no este editada correctamente?? como y donde? gracias!

  244. hola, si yo tengo una obra inedita, pero yo ya he sacado varias obras y guiones para televisión, cuando yo registro mi obra inedita tengo la obligación de darle publicidad? osea para que otros no ultilicen el nombre?

    1. Los derechos sobre las obras susceptibles de generar derechos para los autores, nacen por la creación de la obra independientemente de si se publica o no. No obstante lo que son nombres y marcas comerciales tiene una reglamentación distinta y tienes que consultar en una oficina de marcas y patentes.

  245. Buenos días.
    Tengo composiciones musicales de las cuales soy autor y productor. A la hora de registrar una canción como archivo de sonido mp3, ¿protege mis derechos también como autor? O por decirlo de otro modo, ¿la obra queda registrada a la vez como composición musical y como producción fonográfica o es necesario registrar paralelamente la partitura de la obra además del archivo de sonido?
    Muchas gracias por tu ayuda.

    1. En principio se genera la evidencia de existencia de una obra, lo que es lo mismo que registrar la composición, pero igualmente se puede usar como evidencia de los derechos fonográficos, pues se basan en la misma generación de evidencia.

  246. hola tengo una duda se puede registrar como propiedad intelectual un texto corto o frases o dichos de mi propia autoria? o tendría que hacer un libro original que las incluya? veras he pensado en hacerme un manual para unas materias que imparto en mi sociedad civil o tengo procedimientos y por supuesto lemas y cosas de ese tipo eso entra como propiedad intelectual o tiene que ser una obra extensa como un libro completo para entrar como propiedad intelectual?

    1. Existe un amplio debate entorno a expresiones cortas. Por ejemplo hace poco pasó con los Tweets ¿son registrables? Se concluyó que no, pero tal vez frases cortas, dichos, etc, sí tengan justificación como algo que genera derecho para los autores. Como sugerencia yo incluiría en un texto varias de éstas juntas. Si son originales es muy probable que sí generen derechos y en ese caso el registro es útil.

    1. Hola Liz, entiendo que el sobrino en cuestión es menos de edad. En principio, y dependiendo de la edad puede inscribir las obras, aunque normalmente debe ser un tutor quien lo haga.

  247. Tengo desarrollado un libro juego: libro con textos e ilustraciones, pero que además incluye elementos de juego (ej dados) que vienen junto al libro. Por dónde empiezo el registro de este tipo de pieza? Muchas gracias. Paul

    1. Paul, el tema de los juegos no es sencillo ya que se mezclan marcas, diseño industrial, temas de posible competencia desleal y derechos de autor. En Safe Creative puedes registrar la expresión literaria del juego, el texto del libro como texto literario, las imágenes como tales, etc. No obstante lo que no queda protegido es la idea detrás de juego pudiendo otros imitarlo. De ahí que tengas que valorar registrar la marca en oficina de marcas y patentes y que te informes ahí si existe alguna posibilidad de registrarlo de forma parecida a patente o similar.

  248. Hola,

    he diseñado un amplificador artesanal que quiero empezar a comercializar. ¿Puedo proteger el diseño de alguna manera? ¿De qué me protegería su registro? ¿En qué categoría habría de registralo? ¿Qué información tendría que registrar?

    Muchas gracias,

    Moisés.

    1. Moisés, eso entraría en temas de diseño industrial y patentes, por lo que Safe Creative no te puede servir. Acude a una oficina de marcas y patentes y te explicarán cómo proceder en este caso.

  249. Buen día! Antes que nada muchas felicidades y gracias por esta info, muy clara y útil para quienes tenemos dudas de como proteger nuestro trabajo. Yo estoy por sacar a la venta un cómic que yo escribí y junto con otra persona diseñamos los personajes. Mi pregunta es: si en un futuro se comercializará con figuras de acción de los personajes de la obra basta con registrar el texto del comic y los diseños de los personajes por aparte para tener los derechos de comercialización para futuros proyectos como: figuras, juegos de mesa, promocionales, animaciones, peliculas etc?? SALUDOS! PEDRO

    1. No soy abogado, pero teniendo en cuenta que las obras que comentas sería derivadas, es muy posible que sí sea suficiente, pero no estaría de más consultar con un abogado y evaluar la posibilidad de registrar el hombre de los dibujos como marca o nombre comercial…

  250. Hola, en un programa de radio por internet invente un personaje, con todas sus caracteristicas, puedo registrarlo y si es asi que necesito hacer?

    1. Podrías registrar lo que serían los textos del personaje, pero éste como tal posiblemente no, al menos no desde derechos de autor. Tal vez entraríamos más en tema de nombres comerciales. En cualquier caso aquí sería necesaria una consulta a un abogado.

  251. HOLAA, TE HAGO UNA CONSULTA QUIERO INSCRIBIR UNA REVISTA, TENGO Q REGISTRAR EL NOMBRE DE LA MISMA, Y QUE OTRA COSA DEBERIA REGISTRAR?

  252. hola studio diseño grafico y quiera saber que hacer porque yo tengo dos comic hechos por mi y tengo tanto la historia completa como tambien publicidad como poster, peluches, lo personajes hechos en arcillas, anime etc pero necesito los derechos que digan que son mios para q no m roben mi comic! ademas que quiero llegar a ponerlo en tv como caricaturas animadas gracias espero su respuesta sherry

  253. hola mucho gusto quisiera que me ayudaran a conseguir los derechos de autor porque tengo dos cómic hechos por completo escrito, posters, carteles canciones y ademas los personajes en arcillas yo los quiero hacer en una seria de comiquita en tv estudio diseño grafico quisiera q m ayudaran se los agradecería mucho! muchas gracias soy sherry alvarado espero su respuesta!!!

  254. Sherry, es importante destacar que los derechos sobre tus obras serán tuyos por haber creado las obras. Los registros, privados u oficiales, no te otorgan derechos. Son las leyes las que lo hacen. Lógicamente los registros te permiten generar evidencias, documentos en definitiva, que te ayuden a demostrar y defender estos derechos con más facilitad y contundencia. Para negociar, litigar o lo que proceda. En cualquier caso lo mejor de los registros privados en nuestro caso, es que son una forma sencilla y eficiente de mostrar cuales son tus derechos sobre las obras simplemente indicando visiblemente que están registrados.

    Aquí puedes ver como ir registrando: https://www.safecreative.org/blog/es/2010/08/20/como-registrar-una-obra-en-safe-creative/

  255. Buen día, tengo un centro donde se realizan actividades de investigación artística relacionadas a la literatura, música y otras artes. En el lugar también se hacen ciclos, ya sean de lecturas o de entrevistas. Algunos son muy originales, yo quiero saber si se puede registrar algo así, como la idea de un ciclo. Desde ya, muchísimas gracias!

  256. Hola, buenas tardes
    Hace unos años, realicé un taller con una presentación power point sobre un tema de enfermería para la administración pública
    ¿Esto se puede registrar?
    No me lo había planteado, hasta hoy que he visto mi presentación copiada literalmente por otra persona.
    Gracias

    1. Cristina, claro que lo puedes registrar, por supuesto. Lo único que tienes que tener en cuenta es que estás registrando tus derechos de autoría, es posible que los patrimoniales sean o del público en general o de la administración.

  257. Buenas noches, felicitaciones por esta pagina web, mi pregunta es la siguiente cree un concurso en facebook con determinados procedimientos. Pero ahora me empezaron a copiar mi idea tal cual, solo le cambian el nombre, puedo emprender acciones legales aduciendo plagio de mi idea?

    Gracias

    1. Gonzalo, es la ley la que establece qué es protegible por derechos de autor y qué no. En concreto las ideas están excluidas, siendo objeto de generación de derechos para los autores la fijación concreta de éstas, como por ejemplo la fotografía hecha, el texto escrito, la canción compuesta. La idea de la foto, la idea del libro, o el tema de la canción no genera derechos. En este caso es posible que tengas que ir por temas de competencia desleal, pero a nivel de derechos de autor la idea de un concurso difícilmente genera derechos.

  258. Hola….estoy un poco perdida en estos temas y querría saber si puedo registrar ,o como lo debo hacer, …… he ideado una especie de escultura pequeña con un material parecido a la plastilina que simula al Ratón Perez y que lleva unos accesorios para la utilización cuando a un niñ@ se le cae un diente…… soy de Granada y no se donde acudir y tampoco se si estas cosas son muy caras, si tengo q llevar un prototipo para registrarlo o…… jejejeje muchas dudas tengo!….en fin gracias de antemano a quien me solucione algo de toooooodas mis dudas! Saludos

    1. Si la escultura del ratón es original, y teniendo en cuenta que el carácter y la obra de Luis Coloma está en el dominio público, bastaría con registrar la obra escultórica aportando fotografías de ésta. En la descripción del registro podrías poner las dimensiones de la obra. El registro en Safe Creative puede ser gratuito en la cuenta básica. Ten en cuenta que la evidencia que se genera es a nivel de empresa privada y no se protege la idea en si, sino la representación concreta de esa escultura. La cuenta premium te permitiría hacer registros sin límite mensual por un precio de 48,40 euros al año.

  259. Hola! Estoy a punto de lanzar un CD autoeditado, hace unas semanas me registré en Safe Creative y empecé a dar de alta los temas de forma individual a medida que acababa las mezclas, pero me gustaría poder generar una etiqueta única para incluir en el libreto del CD que cubriera todos los temas del mismo, ¿cómo puedo hacerlo? Entiendo que al tener los temas registrados de forma individual la etiqueta que me generará será también individual…
    Muchas gracias de antemano

  260. Hola tengo varias ideas para un par de novelas q se podrian llevar a tv
    Claro con gente experta esas ideas tomarian una gran forma
    Si expones una idea por escrito de como seria el relato de la novela
    ¿Podrias registrarla?

    1. Jose Miguel, las ideas no generan derechos de autor según las leyes de derechos de autor y copyright. Es la fijación concreta de la idea en un texto acabado lo que genera derechos de autor, pero normalmente no la idea o tema del que trata, aunque sí suele ayudar a defender la trama concreta. Si registras un texto esbozando la idea se generan derechos sobre esa expresión literaria concreta, pero no sobre obras posibles o futuras.

  261. Buenas, tengo una duda, es que estoy por comenzar un negocio y pues ese este tiene como imagen publicitaria tres personajes principales y otros 4 secundarios, mi pregunta es ¿Qué tengo que hacer para registrarlos como de mi propiedad? Gracias de ante mano.

  262. Hola, yo y cuatro personas mas estamos empezando a desarrollar un app para dispositivos móviles y me gustaría saber como puedo registrar tanto la app como la idea de utilización que es muy novedosa, si es posible claro. Actualmente no estamos como empresa pero tendremos que crearla, por lo que no se si se puede registrar deforma conjunta o tenemos que crear la empresa y hacerlo como empresa.

    gracias,

    1. Juan Manuel, las ideas no son protegibles en sí, sólo la fijación concreta, si bien a nivel de software podéis mirar el tema de patentes en EEUU por ejemplo. Sobre el código y el programa en si, sí, en efecto, genera derechos para los autores de la obra como ocurre con un libro. Para registrar podéis hacerlo como coautores teniendo al menos quien inicia el registro la cuenta básica: https://www.safecreative.org/blog/es/2013/11/08/como-registrar-coautores/ Una empresa también puede tener derechos de carácter patrimonial para explotar la obra, pero lo primero sería registrar la autoría de los cuatro como hemos comentado y luego constatar los derechos que tiene la empresa sobre esa obra en un momento posterior desde una cuenta, por ejemplo, corporativa.

  263. Buenos días. Tengo una gran duda respecto a lo considerado “otras artes plásticas” en cuanto a propiedad intelectual. Realizo piezas de joyería artesanales. Conformo cada pieza manualmente desde un material en bruto. Son piezas sencillas, pero cada una tiene su acabado diferencial. ¿Al no ser un proceso industrial, se pueden registrar en safecreative?

    Gracias y un saludo.

    1. Xavier, si puede considerarse como una escultura original y creativa sí se podría registrar pues se generan derechos automáticamente, pero al final será un juez quien lo analice llegado el caso.

  264. Hola.
    Tengo una idea que puede revolucionar al mundo de portales de turismo como booking.com. Pero como es una empresa internacional me temo que si le presento un proyecto con esta idea, se lo van a aplicar en todo el mundo, esquivando me a mi… Cómo puedo asegurarme que si mi idea se haga realidad parte de beneficios sea mía? Es decir que no me pueden excluir del proyecto.
    Le agradezco el contacto vía correo electrónico. Un saludo cordial.

    1. Hola Anna, a nivel de derechos de autor hay que decir que lo que son las ideas no son registrables pues la ley de derechos de autor y la de copyright excluyen expresamente las ideas de generar derechos. Lo que generan derechos es la fijación concreta de la idea, como una fotografía concreta, una canción o un libro. Por lo que comentas entraríamos más en el terreno de la competencia desleal para lo cual no hay fácil solución. Existen los acuerdos de confidencialidad que podrías hacer firmar a quien vaya a escuchar tu idea, y también puedes certificar los correos que envías, y a quién envías junto al contenido usando, por ejemplo http://www.mailstamper.com. Todo son medidas que puedes poner en práctica siendo llevar a cabo el proyecto antes y mejor que los demás la única que ofrece garantías bastante altas de éxito.

  265. hola buenas tardes, si me podría ayudar. Yo creo cuentos,poemas, poesías y creo frases… mi sueño es crear algún día un libro, que me orienta Ud. ¿debo registrarlos?

    1. @yadira, todo lo que se crea que es original genera derechos y por lo tanto es susceptible de ser algo sobre lo cual generar puntos de información de derechos para facilitar dicha información a terceros, negociar y defender tus intereses llegado el caso. Siempre es bueno tener todo contenido registrado, incluso como copia de seguridad.

  266. Hola!
    Como podria proteger un Software con su respectiva base de datos que cree para una empresa, si puedo hacer eso?, oh no se puede por estar trabajando ahi, me habian comentado que no podia hacerlo porque el software le perteneceria a la empresa, pero no quiero tambien que mi software quede desprotegido, que podria hacer?

    1. Se puede registrar el código y la base de datos como autor de la obra. La autoría de lo escrito, los derechos morales, son irrenunciables y como tales se pueden declarar. Los derechos patrimoniales en estos casos suelen ser de la empresa por contrato o anexo al contrato. Es mejor que lo hables con la empresa en cualquier caso.

  267. Enhorabuena por este servicio!!! Voy a redactar un proyecto escrito para presentar en un concurso público. Contiene metodología, fases, objetivos, recursos didácticos, cronogramas y todo aquello que describe y planifica una actividad compleja. ¿Podría registrar este documento escrito? Muchas gracias y un saludo.

  268. He escrito un cuento policial que se va a convertir en un cortometraje. Adónde debo dirigirme para registrar ambas cosas?
    Debo registrar el “cuento” por un lado y el “corto” por otro? Muchas gracias!

  269. Yo trabajé como colaborador para un portal de noticias regionales, les envié fotografías y una nota, sin firmarles derechos de ningún tipo, ellos ahora se enteraron de que yo me postule a otras empresas para trabajar y desde ese momento, me dijeron que ya no podía trabajar más para ellos porque se habían enterado del hecho, que no creo que tenga nada de malo, pero que no viene al caso, con respecto a esta consulta, ya que ellos siguen manteniendo mi foto y mi nota publicada y tras lo sucedido me sacaron el crédito de los mismos. Actualmente yo poseo las fotos originales sacadas con fecha anterior a la publicación en ese portal, de la misma manera el Word con fecha de realización anterior a la publicación que ellos hicieron de mi material, ¿Qué puedo hacer al respecto? ¿hay soluciones concretas? De Argentina.

    1. Javier, en principio aquí no podemos dar consejo legal, aún menos, personalmente, de legislación Argentina. Lo podrías consultar a partir de la cuenta profesional optando por la legislación de tu país. A priori los derechos morales en legislaciones continentales es irrenunciable, por lo que en teoría insisto, en teoría, la autoría la tienen que respetar siempre. En cualquier caso los derechos patrimoniales y otras consideraciones van a depender del contrato que tuvieras con ellos, verbal o escrito y el nivel de protección que la legislación te da a la hora de reclamar. Siempre, eso sí, te recomendamos que tengas tus trabajos registrados con, al menos, Safe Creative, antes de enviar o dar a nadie.

  270. Saludos cordiales, desde España.
    He logrado rescatar un arte marcial, creo que milenario, tras mas de veinte año he logrado estructurado sus formas de lucha, sistemas de agarre, niveles, etc. Son básicamente la repetición de movimientos muy característicos que se repiten y entrelazan como si de una coreografía se tratara, pero sin música… en fin, lo que es un sistema de lucha.
    ¿Puedo registrarlo?, si es afirmativo… ¿Como sería, como coreografía?.
    Muchas gracias

    1. Hola Santana, sin ser consejo legal, pues no somos abogados, no sabríamos decirte exactamente cómo hacer, pero entendemos que un arte marcial, per se, no se puede registrar, lo mismo que no se puede registrar el valls o el karate en si. Lo que puedes registrar es la expresión literaria, fotografías y dibujos concretos de, por ejemplo, un libro sobre ese arte marcial concreto y sus movimientos. Una coreografía sería una escenificación concreta de una serie de pasos, como, en el caso que comentas, una demostración del arte en si que se repite en escenarios de forma más o menos parecida siempre.

  271. Entiendo que el registro en forma de coreografía o en formato de texto técnico, ¿seria suficiente para impedir la copia del sistema de lucha? . Si alguien hace una representación de las características genuinas del sistema de lucha, que se encuentra registrada en uno de estos formatos mencionados, ¿podría requerirle para que no lo vuelva hacer…?
    Gracias.

  272. Una nueva cuestión.
    Si registro una marca… y alguien que la ha usado, sin mi permiso pero anterior al registro, hasta que punto podría reclamar que quite mi marca de todos sus medios y soportes, siendo estos anteriores al registro.
    Gracias.

  273. quiero registrar cinco cuentos de mi creación, los cuales en su conjunto pienso publicarlo como libro. Me consta que en su característica son creativos, originales en la temática para que merezcan registrarse y yo obtener el derecho de autor.
    Yo tenia una dirección en Santiago.
    Me pueden ayudar por favor con la dirección. Yo antes había recurrido a ésta para el Derecho de Autor de un Libro, y todo anduvo perfecto.

    1. Hola Hildegard, Safe Creative no tiene vinculación directa con el registro oficial de Chile, pues es un registro privado en el cual puedes generar evidencia de autoría como documento privado y un punto de información sobre la obra. Es compatible con otros registros. Te recomendamos, en cualquier caso, que si deseas usas el registro oficial te informes aquí: http://www.chileatiende.cl/fichas/ver/1120

  274. El registro de un curso (que tiene manuales y sitio web) se hace en el registro de propiedad intelectual?
    Desde ya muchas gracias!

    1. Gabriela, los textos y materiales de un curso, cuando son originales, sí pueden registrarse. Igual ocurre con el código concreto de una página web.

  275. Cómo se registra un libro en este caso poemario Cuáles son los pasos iniciales. Cómo hago para registrar mi poemario inédito, imprimí un (1) original y le hice encuadernado artesanal. Fuí a la Biblioteca Nacional en el foro Libertador Caracas y me dijeron que para asignar el Nro Depósito Legal debo entregarles 3 ejemplares del libro impreso, fotocopia de la cédula y pagar un impuesto en T Fiscal por 40,64Bs y que bajara una planilla por http://www.bnv.gob.ve. Pero en la planilla piden nombre de imprenta, nombre del editor, no tengo nada de esos datos. Quiero ofrecer mi obra a una editorial, pero no sé que pasos seguir. Gracias Buenas noches

    1. Evelin, me temo que en Safe Creative no te sabemos decir concretamente cuales son los requisitos del depósito legal en Venezuela ni a nivel legislativo cuales son los requerimientos para poder ofrece tu obra en editoriales. En general el depósito legal lo hacen las editoriales cuando van a publicar la obra en concreto, no estamos seguros de que sea necesario para mostrarlas allí. En Safe Creative lo que sí puedes hacer es generar evidencia y punto de información de la obra registrando el texto en formato digital en nuestra plataforma cuando desees.

  276. ola quisiera saber si registro una marca y se la pongo a mis dibujos estos estarán protegidos por el derechos de autor? muchas gracias

  277. BUenas tardes!
    Me acabo de registrar (me parece una iniciativa genial) y estaba buscando la categoría para registrar una revista online. COnsta de web y de pdf (que será en un futuro próximo interactivo) y que ahora solo es posible verla online desde la página.
    Es una revista de fotografía, por lo que el contenido pertenece a sus autores pero el continente (la cabecera, la maquetación… es original y propio) ¿Cómo podría regristrarla?
    Muchas gracias por adelantado,

    Miriam

    1. En estos casos lo correcto es referenciar en la propia revista la autoría de cada imagen y registrar la revista tal cual. Lo idea, no obstante, sería registrar todo usando una cuenta corporativa, que permitiría acreditar la autoría los fotógrafos informando de ellos y los derechos adquiridos.

  278. Hola buenas días…tengo una duda…yo tengo diseños de unos dibujos que los quiero registrar para hacer calcomanías, para hacer en pastas de libretas, en tasas…pero no se qué procedimiento debe de seguir…o a donde acudir, y no se qué costó tiene el registro de cada diseño…soy de Veracruz…muchas gracias….

    1. Puedes generar evidencia de las ilustraciones en Safe Creative subiendo ficheros con éstas a tu cuenta. La cuenta básica te permite un total absoluto de 15 registros con “todos los derechos reservados” y luego 10 al mes con “algunos derechos reservados”. Puedes comprar la cuenta profesional que te permite registros ilimitados al mes con cualquier tipo de declaración por 60 euros más impuestos, de aplicarse.

  279. Hola
    Yo he creado un juego de mesa y me gustaría saber cuales son los pasos que tengo que seguir para poder comercializarlo y cuánto me puede costar. Además, me gustaría hacerlo en aplicación. Muchas gracias de antemano

  280. Buenos días,

    Les ruego me puedan resolver mi duda. ¿Podría registrar unos exámenes o test de una academia de idiomas? Y en caso de que fuera afirmativo ¿Podría registrar primero unos pocos y más adelante añadir más y que conste en el mismo registro? En caso de poder registrarlo debería hacerlo como “Obra literara: otros” o como “Formación, divulgación”. Esas son mis dudas. Muchas gracias.

    Un saludo,

    1. Si la obra es original sí, generará por ley derechos y por lo tanto tiene sentido generar el registro y así tener evidencia de autoría. Puedes registrar al ritmo que quieras, pero cada registro tiene su propia identidad y, en consecuencia, numeración. Puedes registrar como obra literaia o divulgación como prefieras. Esto último es a nivel orientativo.

  281. Muchas gracias. Muy amable. Una última cuestión, si quisiera registrar con mi cuenta básica la obra de un tercero titular, ¿Podría hacerlo desde esta cuenta o tendría que registrarlo desde la profesional? Lo pregunto a efectos de que en el certificado que me envíen el tercero este como titular de la obra no yo.

    Gracias de nuevo.

    Un saludo

  282. Hola
    ¿Puedo registrar una obra literaria que no está completa? Mi intención es ir publicándola en wattpad.com por capítulos pero quiero saberla si puedo proteger los derechos de autor desde la publicación del primer capítulo.
    Saludos

    1. Ivana, la ley de propiedad intelectual establece que los derechos nacen una vez la obra está acabada, lo cual a veces es un poco relativo. Con todo siempre puedes ir registrando lo que vas creando ya que, como poco, ayudará a apoyar con evidencias previas el registro final de la obra una vez ésta está acabada.

  283. hola. estoy diseñndo mi página web para mi fundación, pero quiero subir partituras musicales para banda sinfónica de varios compositores, que son de dominio público creo yo, por lo que son partituras que uno descarga por internet.Estas partituras son escaneadas. Quiero subirlas en mi pág web pero con una clave de usuario, para que sean solo como material de los estudiantes de la fundación.Sin embargo no estoy seguro y no quiero infringir la ley.
    ¿puedo subir esas partituras libremente de esas obras reconocidas y divulgadas hasta en la web, o debo cumplir con un requerimiento previo? gracias

    1. Flutemas, debes asegurarte de que las partituras están en el dominio público. Aunque una obra esté en “internet”, no significa que necesariamente esté en el dominio público ni en todos los países.

  284. si quiero registrar un juego, se puede hacer por propiedad intelectual? el juego tiene sus reglas, y una chacha especial para jugarlo; o en que proceso puedo registrarlo?

  285. tenemos un juego físico, no de mesa; que se juega en una cancha con reglamento ya definido; esto se puede proteger por propiedad intelectual? o como se puede registrar?

    1. Existen elementos que sí generan derechos de autor, como en caso de textos literarios, las instrucciones por ejemplo, o dibujos, figuras originales. El juego en general, no obstante, podría tener que registrarse como marca o diseño industrial.

  286. Muy buenas, tenia una duda existencial…. ¿Es posible registrar un proyecto musical (o sea una producción con sus objetivos, etc…) que no es una obra, para una ciudad concreta en un periodo de tiempo concreto? La idea es evitar que la parte pública se “adueñe” del proyecto, y en caso de que lo haga por lo menos poderlo denunciar públicamente (que no a nivel legal). Gracias!!

    1. En efecto, a nivel de derechos de autor es poco lo que un registro así te puede aportar ya que las ideas no se protegen, sino las obras que la plasman. El registro de lo que comentas podría tal vez ayudarte, pero no es el objetivo en cuanto a funcionalidad y alcance de la plataforma.

  287. Hola una consulta, para un catalago de instalacion utilize unas imagenes dibujadas de maestros paso a paso colocando un producto ( construyendo una casa de acero), y resulta que para mi empresa utilize esas fotos pero saque el fondo de la imagen, los maestros los vesti distintos, los pasos quedaron iguales, es posible usarlos? como se que no nos demandaran? o esto no es demandable? en ni uno de los dibujos salia MR ( marca registrada), o dibujo registrado, me puedes ayudar ene so?

    1. Hola Caro, no podemos dar respuesta legal a estas cuestiones desde aquí. No somos abogados. En la cuenta profesional puedes plantear dudas generales de este tipo, pero no serán respuestas legales igualmente. Lo mejor en estos casos es consultar directamente con un abogado.

  288. necesito tener informacion como puedo hacer para poder registrar mis videos clip propios y mis guiones.espero su respuesta.

  289. Buenos días, enhorabuena por el artículo, la web y los servicios. Soy diseñador gráfico autónomo, y me gustaría preguntar unas dudas. Mi pregunta es ¿puedo registrar los diseños pasados vendidos o propuestos, como logotipos por ejemplo, a mi como autor de la obra original? ¿hace falta presentar pruebas o archivos o bocetos? Es que hace poco una antigua empresa para la que trabajé como autónomo me dijo que quitase de mi portafolio online unos trabajos que hice para ellos o me denunciaban. Creo que quieren usar algunos de esos diseño/propuestas que se hicieron y venderlos como suyos en otros trabajos para el que no fueron creados y sin mi permiso claro. Hay otros trabajos o logotipos que simplemente me dicen que ellos dirigen la empresa (pequeña), lo que se vende y lo que no, y que me pagaron por ello, con lo cual dicen que esos diseños son propiedad suya. Y yo simplemente quiero saber si puedo registrar todos esos trabajos diciendo que son algo mío, pensados y hechos por mi.
    Gracias y un saludo.

    1. En líneas generales los derechos morales son irrenunciables, al menos en ciertas legislaciones por lo que lo que es la autoría moral no puede ser separada del autor original. Otra cosa es la explotación de la obra, cosa que depende de muchas cuestiones, generalmente contractuales. A efectos de registro una obra sí se puede registrar, pero te recomendamos consultar con un abogado para saber si el registro debería ser sin mostrar la imagen o no.

  290. quiciera saber bueno en realidad estar seguro de que si registro mis canciones no tendre el temor que podrian ser robadas

    1. Ningún servicio te puede ofrecer garantía absoluta ante estas eventualidades. Lo mejor que puedes hacer es prepararte para que en caso de copia puedas defenderte y eso es lo que te permite Safe Creative al tiempo que ayuda a disuadir. No obstante, como hemos dicho, siempre tienes que estar alerta. Cualquier cosa puede pasar.

  291. Hola, tengo una idea para un formato de música tipo mp3 pero no sé si el lugar para registrarlo es la propiedad intelectual. La tengo bastante avanzada, pero no sé qué requisitos necesito para poder registrarlo porque de momento sólo es una idea.
    Muchas gracias por vuestra ayuda

  292. Hola!

    Quería saber si en safecreative se puede registrar un fichero CIFRADO de modo que quede constancia de la fecha de su registro, a la vez que el autor no desvela su contenido (hasta el momento que lo considere oportuno).

    Saludos.

    1. Safe Creative no entra a valorar los ficheros que se suben y lo que hace es generar una evidencia de la existencia de un fichero en un momento dado. Este fichero, como es el que contiene la obra, puede estar cifrado o no. A la hora de demostrar la autoría se tendrá que presentar éste ante el juez y se deberá desencriptar con los peritos así que sí, puedes registrar un fichero cifrado.

  293. Realice un Anteproyecto de 45 Departamentos en el Sector el INCA, Con una área Útil Aproximada de 4500 metros cuadrados, área Bruta de 9500 metros cuadrados de construcción. Le entrege en digital la ultima corrección depurada y lista para la Aprobación en la unidad Colaboradora del CAEP.
    Pase una cotización hace dos meses y no se nada de nada.Quiero inscribirle en el Registro de PROPIEDAD INTELECTUAL.
    Necesito de su ayuda. gracias. saludos.

    1. Si estamos hablando de planos arquitectónicos éstos se pueden registrar como proyectos. Lo ideal, en cualquier caso, es hacerlo antes de mostrarlos o presentarlos y siempre es importante tener en cuenta la necesidad de generar varias evidencias de autoría.

  294. Quiero registrar un Proyecto de artes, pero para avanzar en su conclusión requiero registrar la idea de él para que no me sea plagiada al difundirlo en la búsqueda de los sujetos que serán partícipes del mismo. Puedo registrar y patentar solo la idea gruesa del Proyecto. Esa es mi pregunta. A cuánto asciende el monto de inscripción y el lugar físico para concretarlo.

    1. Bajo la denominación proyecto lo que se puede registrar son planos arquitectónicos, por ejemplo, no ideas de negocio o similares. Ese tipo de ideas no generan derechos automáticamente por lo que si bien puedes registrar la expresión literaría, eso no te da derechos exclusivos sobre la idea, con lo que otros la podrían poner en marcha de forma paralela. Para estos temas están los contratos de confidencialidad, leyes de competencia desleal, etc. Safe Creative no te puede ayudar.

  295. Tengo una FIRMA PERSONAL registrada y he venido utilizando el nombre de fantasia para identificar mi negocio, me considero propietario de esa marca porque fui su creador. Ahora me entero que otra persona juridica esta solicitandola como marca registrada. Que debo hacer?

    1. Las firmas, si se quiere obtener derechos exclusivos de explotación, deben ser registradas en oficinas de marcas y patentes toda vez que los derechos de uso sobre éstas no nacen de la creación del contenido concreto como ocurre con un libro, una canción o una película. Si alguien está intentando registrar una marca que tienes registrada en la oficina de marcas y patentes, puedes impugnar la inscripción. Te recomendamos ir siempre con un abogado para hacer estas gestiones. Si se registra que sepamos existe un periodo de reclamaciones que puedes usar para evitar que sea registrada en firme. Busca el asesoramiento de un abogado siempre.

  296. Hola buenas, tengo una duda sobre si puedo registrar una historia que tengo escrita o no.
    El caso es que es un proyecto de quizá dearrollarlo a un futuro guion cinematográfico, pero por ahora simplemente es una idea, tengo hecha la storyline, con toda la trama, final de la obra y conceptos generales escritos, pero por ahora el tiempo me falta y no puedo desarrollar el guion y me gustaría poder registrar la historia para poder tener cierto “seguro” por así decirlo entre que logro escribir el guion…¿Podría registrar simplemente la historia general (no decir que la historia del titanic va de un barco que se hunde por un cumulo de problemas, sino explicar quienes iban en el barco, descripción de los personjes, que problemas tienen dentro del barco y entre ellos en resumen, e incluso plantear fichas sobre los personajes) ¿Todo ello podría ser registrable y protegido por derechos de autor? ¿Y si fuese así dentro de que categoría?
    Muchas gracias y un saludo.

    1. Puedes registrar ese texto, sin duda. La expresión literaria generará seguramente derechos para ti, otra cuestión es el alcance que se pueda dar para futuras obras siendo estas posiblemente vistas como versiones. Nuestra recomendación es registrar sí, pero ser prudente porque las ideas no son registrables en si si no están fijadas convenientemente.

  297. Tengo un nuevo envase para un producto, nadie usa el Tetra pack para envasarlo. Me gustaría saber si yo puedo patentar este material de envase para cierto producto.

    1. AJM eso entraría en el terreno de las patentes y marcas, luego no genera derechos automáticamente y Safe Creative no te sería de utilidad en este caso como el propio artículo indica.

  298. Hola me gustaría saber como puedo registrar el texto y las fotos de mi pagina web,texto con imágenes pero como? lo imprimo y lo encuaderno.

  299. En el 1999 me surgio la idea cosa que nunca se habia realizado de una feria de las Americas y se lo coemnte a un Sr que tenia una feria centroamericana y acepto llamarle a su feria Feria de las Americas, como es logico me nombro director commercial y trabajamos durante dos realizaciones, sin que me abonara aabsolutamente nada, lo incredible es que lueo que me fui este Sr siguio usano mi nombre e idea, y hoy yo registree ese nombre pero el lo sigue usando, safe creative tiene el registro, que se puede hacer?

  300. hola mi nombre es felipe soy artista pintor de cuadros al oleo y quisiera patentar mi firma como y donde devo de ir en la actualidad vivo en portlan Oregon si me pudiera ayudar gracias

    1. Felipe, eso entra dentro de marcas y nombres comerciales, para lo cual deberás ir a una oficina de patentes y marcas. En el registro puedes registrar los óleos concretos, esto es, puedes subir fotos de tus cuadros para generar evidencia de dicha obra.

  301. Hola.. Se puede proteger un proyecto o una idea nunca echa en una ciudad. ..tengo todo listo el desarrollo, su reglas, introducción etc, solo falta el permiso comunal. Y ahí el problema tengo miedo que esa idea o proyecte al ser mostrado la roben porque muchas veces a pasado lo mismo. Ellos dicen no y después ellos mismo lo hacen.
    Necesito saber si se puede registrar,como y donde hacerlo y que necesito, si es gratis o cuanto es su valor.

    Por ultimo se puede registrar un juego de búsqueda del tesoro que nunca se haya echo en la ciudad? Porque igual hay que pedir permiso y mostrar los detalles y etc y ahí pueden robarlas.

    Espero respuesta

    Muchas gracias

    1. Patricio, este tipo de conceptos no generan normalmente derechos de autor automáticamente por lo que el registro en Safe Creative es de poca o nula utilidad. Lo mejor en estos casos es generar evidencias del envío de comunicaciones electrónicas, por ejemplo usando mailstamper.com y firma de contratos de confidencialidad llamados NDA.

  302. Yo queria registrar un juego por internet y queria saber donde se puede efectuar dicho registro. Pregunté en la propiedad industrial y me dijeron que allí no (no sé si es verdad), y en la propiedad intelectual creo haber entendido que no registran ideas de juegos, pero sí, dice su web, registran paginas. Qué me recomiendan en el caso de hacer la pagina del juego, registrarla como pagina web? Y lo ultimo , ¿qué es el permiso comunal?, ¿hace falta?, ¿qué son los contratos de confidencialidad? GRACIAS.

    1. Laura, los juegos entran en un terreno resbaladizo desde el punto de vista de la protección ya que entra en juego la marca, el nombre comercial, etc. Se pueden registrar los textos de las instrucciones, los dibujos, si es online el código, pero lo que es la idea como tal es poco probable que genere derechos automáticamente. No tienes nada que perder por registrar, siempre que tengas en mente el limitado alcance así como la necesidad de registrar marcas, etc.

  303. Hola, quiero preguntar si es posible registrar (donde corresponda) la fotografía de un mapa sacado de google, sobre un sitio determinado de un país y con diferentes recorridos sobre el propio mapa? Me pueden facilitar esta información? Gracias

    1. No podemos asegurar pero es poco probable que algo así genere derechos automáticamente; otra cosa serían descripciones concretas de las rutas, fotografías que se toman, etc, pero el itinerario parece poco probable que genere derechos de autor, habida cuenta de los derechos de la propia fotografía de Google Maps.

  304. Buenas tardes:
    Entiendo, por los coemntarios anteriores, que el titulo de un libro no es exclusivo de un autor auque este registrado con derechos de propiedd intelectual.

    MI pregunta es: ¿Se puede patentar el titulo de un libro como Marca, y de esta manera proteger el titulo del libro, para que no pueda ser utilizado por nadie más?

    Gracias

  305. Buenos días, me gustaría saber si se puede registrar y en ese caso cómo; una herramienta de trabajo basada en un fichero de excel que ofrece informes con comparativas basado en el calculo de promedios y otras variables. Lo novedoso de la herramienta es que realiza una comparativa basada en dos variables que ofrece un resultado muy util para, interpretando los resultados, tomar decisiones o cambiar directrices, en el ambito de la calidad del servicio en un determinado negocio.

    Agradezco mucho la respuesta.

    1. Lo cierto es que no sabríamos decirte, ya que esto estaría en un umbral entre programa de software, base de datos, que sería protegible, y modelo de utilidad que iría más por marcas y patentes. No creemos, en cualquier caso, que el registro en Safe Creative te vaya a servir a nivel de derechos de autor, en todo caso tal vez podría, aunque no podemos asegurarlo, como un elemento probatorio en algún otro contexto. Suponemos que lo mejor sería registrar, pero insistimos sin poner mucha confianza en este registro concreto, un fichero con la utilidad programada al tiempo que incluyes en ese mismo fichero .zip una documentación técnica de dicha hoja. Te recomendamos, de todas maneras, que preguntes en una oficina de marcas y patentes o en un despacho especializado.

    1. En Safe Creative puedes registrar cualquier ilustración o dibujo que debe ser original para que por ley te otorgue los derechos que nacen por crear la obra.

  306. Hola, quisiera consultarles si es posible registrar un slogan publicitario de mi creación, original totalmente, utilizado en una campaña publicitaria con mi consentimiento pero sin contraprestación. Gracias.

  307. quisiera consultarles yo trabajo con extenciones de cabello y quiero patentar un metodo d puesta puedo para que nadie haga lo mismo que yo hago

    1. Gian, ese tema entra ya en cuestiones de patentes y marcas y sale fuera del ámbito de la protección por derechos de autor y por lo tanto Safe Creative.

  308. quisiera saber yo trabajo con extensiones de cabello quiero saber si mi metodo que trabajo lo puedo patentar para que nadie haga lo mismo

  309. Buenas noches, me gustaría hacerles una pregunta. Hemos creado una obra en la que hemos contratado a una persona para hacer el trabajo de coreografía de la obra. Esta persona ha registrado la obra sin nuestro saber y permiso mientras que la obra se estaba representando. Y ahora esta persona nos pide dinero por cedernos la obra. todos los gastos de la obra, producción, etc han sido costeados por nosotros. Podemos hacer? si no podremos hacer la obra?
    Saludos,

    1. Hola Ventura, esto lo mejor es, sin duda, contactar con un abogado. Con nuestras cuentas profesionales puedes conseguir ventajas con los mejores gabinetes expertos en estas materias. Los derechos sobre las obras son de sus creadores por el hecho de crear, pero lógicamente puede haber contratos de licencia que serán claves para dirimir la situación. Si el registro está hecho en Safe Creative y creéis que es incorrecto, podéis abrir una incidencia automática. Podéis también, por supuesto, escribirnos a soporte y darnos algo más de información: http://www.safecreative.org/contact

  310. Buenas tardes,
    Soy educadora infantil y me gustaria patentar un juego. Saben que pasos debo seguir? el juego seria en lengua estranjera (inglés). Son los mismos?
    gracias

    1. Hola Emma, sobre juegos conviene acudir a una oficina de patentes y marcas para que te informes. Si bien en Safe Creative sí puedes generar evidencia de contenidos literales que incorpores, como los textos de las instrucciones, textos de ayuda, dibujos, fotografías, etc. lo que es el juego suele ir más por la vía de marca e identidad de marca, por lo que es conveniente mirarlo bien con dichas agencias.

  311. Buenas tardes, una consulta quisiera saber si puedo mediante una carta documento enviada a mi mismo, registrar una idea/modelo de indumentaria, y en caso de no poder cuales serian los costos de hacerlo en la propiedad industrial.

    gracias..

    1. Damian, ese sistema no sirve para el propósito que comentas. Ningún envío por carta certificada es una forma segura de demostrar que el contenido no ha sido alterado, por lo que es difícilmente defendible en un juicio. Lo mejor es que contactes con una oficina de marcas y patentes.

  312. Hola me gustaría saber si se puede registrar la idea original de una obra de teatro, la cual ya ha sido estrenada. Gracias

    1. Hola, lo que son las ideas, están expresamente excluidas de generar automáticamente derechos de autor, pero lo que es la obra de teatro en si sí se puede registrar. Esto es, el texto concreto. Eso sí, la evidencia se generará en el momento de registrarla que será posterior al estreno.

  313. Hola, acabo de inventar una nueva plataforma de publicidad y me gustaría daber si puedo patentarla, así como también me gustaría saber si la patentación en Chile de esta o una obra de arte, por ejemplo, queda patentado a modo mundial.
    Muchas gracias.

    1. Temas de patentes te recomendamos ir a una oficina de marcas y patentes o contactar con un abogado experto en estos temas ya que Safe Creative no es un lugar para patentar pues este tipo de acciones se diferencia sustancialmente de lo relativo a los derechos de autor. En cualquier caso normalmente las patentes se hacen para una zona geográfica concreta y un tiempo más limitado que los derechos de autor.

  314. Hola, soy fonoaudiologa, hice un proyecto de atencion a pacientes adultos y adultos mayores, con datos estadisticos, analisis, objetivos y plan de intervención. Basta con inscribirlo como obra en el registro de propiedad intelectual? Por otra parte, el proyecto es para muchas comunas, donde solo cambian datos estadisticos entre una y otra, pero la base es la misma, basta con inscribir el proyecto base o general para protegerlo o debo inscribir cada uno?

    Gracias!

    1. Hola Brenda, en temas de registro, cuando se habla de proyectos, nos referimos fundamentalmente a planos arquitectónicos. Proyectos empresariales o de otro tipo no generan derechos de autor automáticamente, por lo que el registro es de entre nula y limitada utilidad, al menos desde el punto de vista de derechos de autor. Otro tema sería que hablemos de bases de datos, código de página web, etc.

  315. Hola, dispongo de un formato de juego en 1º persona, lo mas parecido a rol en vivo y queria saber en que seccion puedo encuadrarlo para registrar, tanto la trama del evento , con las normas de seguridad, las normas de juego y todo en lo que consiste el juego.Asi como la fomra de jugar, y los dibujos o diseños de logotipos.
    gracias

  316. Hola, hace algún tiempo grabamos un videoclip y lo registramos como productoras en el registro de la propiedad intelectual, mi duda es si al haber hecho esto hemos registrado solamente el trabajo realizado o conlleva algún registro mas?, un saludo.

    1. No sabemos si como registro te refieres al de Safe Creative. En principio con eso sería suficiente, salvo que haya algún contenido especial y específico que requiera de registro aparte individual, como la música por un lado o el guión.

  317. Hola, te explico, llevamos a cabo la grabación y edición del videoclip, la letra es de uno del duo que sale en el video y como realizamos el trabajo fuimos al registro de la propiedad intelectual para registrar la obra audiovisual, o sea el videoclip, al registrarlo nos pidieron documentación por escrito del proyecto y en todo momento dijimos que solo queríamos registrar el producto final y no la letra ni la música, nos llego la carta dándonos el ok del registro, pero ahora tenemos el problema que los “actores” nos acusan de robarles la idea y queríamos saber si así esta bien hecho el registro o hay que nombrarles a ellos también en el registro.

    Muchas gracias.

  318. Voy a editar una revista literaria y quería saber si se puede registrar por este medio. Por otro lado quería saber si los autores quedaban cubiertos por este registro.
    Gracias

    1. Los contenidos de una revista se pueden registrar, en efecto. Se generará evidencias dependiendo del detalle con que se hagan que podrían ser útiles para los autores, por supuesto, la cuestión es optar por la cuenta adecuada e introducir la información necesaria que identifique autores, derechos, etc.

  319. Buenos dias: puedo proteger un guion de TV? en que tipo de obra se califica? no seria de produccion audiovisual porque no estaria enviando el producto acabado, verdad?
    Gracias,

  320. En las modalidades de registro, ‘cómic’ sólo aparece como obra literaria. Yo quiero registrar el apartado gráfico del cómic -páginas o diseño de personajes- ¿en qué modalidad debo hacerlo,
    Literaria-comic o Artística-Dibujo?

  321. Buenas tardes señores, le comento sin extenderme , mi tio tiene una grabación antigua con varias canciones grabadas en su casa en su minidisc, dónde el toca la guitarra a varios cantantes de los cuales algunos han fallecido, y otros siguen vivos, todos los que participaron en la grabación sabían que se iba a grabar y estaban de acuerdo.

    Debido a que el contenido es de hace muchos años hay bastante espectación entre los aficionados que la conocen para que se publiquen, y ahi por ahí una persona que parece que quiere llevarlas al estudio para publicarlas,
    antes de que mi tio entregue los masters que será en estos dias, quería preguntarle:

    ¿Se Puede registrar en Safe creative la grabación sonora en sí, es decir, registrar los audios como la persona que hizo y posee la grabación.

    Muchísimas gracias de antemano por la atención!
    saludos

    1. A nivel de registrar, si es por registrar la autoría de la música (si es el autor de ésta), sí, lo podría registrar. Luego otro tema es ya publicar la obra, para lo cual recomendamos tener la autorización escrita y expresa de los intérpretes, autores de la letra y/o sus herederos.

  322. Hola, tengo una duda sobre patentar como doble oficial un show infantil en versión “tributo”
    pues está basado en unos dibujos animados, he buscado información al respecto, fui a una notaria pero no tienen los datos exactos de quien da el permiso para patentarlo, estaré atenta a sus comentarios
    saludos

    1. Hola Cony, en el caso de Safe Creative no podemos hablar de patentes, sino de propiedad intelectual en el sentido de derechos de autor (copyright). A efectos de registro puedes registrar cualquier obra que crees. El tema de autorizaciones es, esencialmente, de cara a su publicación o distribución. Para ello lo mejor es acudir a una entidad de gestión colectiva de derechos de autor.

  323. Hola buenas tardes, tengo una gran duda se puede patentar cursos en linea y todo el material didáctico?
    dado que la institución ya esta registrada o solo seria cuestión de poner la leyenda.
    agradeceré tu respuesta

    1. Matizar que “patentar” es una cosa, y registrar para generar evidencia de derechos de autor, otra. Se puede patentar un sistema de cursos en línea, suponemos, pero en una oficina de marcas y patentes. Sobre los contenidos concretos del curso, sí, se pueden registrar en Safe Creative para informar del hecho de los derechos que existen, por ley, al crear esos contenidos originales.

  324. Hola, tengo bastante avanzada la idea y proyecto de un juego educativo interactivo, el mismo se puede desarrollar por niveles o grados de educación, desde pre-escolar hasta secundario y terciario.
    Escuelas y colegios pueden hacer uso de este juego ayudando al aprendizaje en sus distintos niveles.
    Su adaptabilidad hace que el mismo sea de interés educativo para estados provinciales y nacionales.
    Las imágenes y la trama del juego son simples y agradables. No he visto juego similar en la red.
    Cómo puedo registrar esta idea?
    Al aguardo de una respuesta les saludo atte.

  325. Hola, quisiera saber si se puede patentar o registrar un programa de estudios, en este caso de auxiliar de farmacia, en el instituto donde trabajo me hicieron armar un programa para dictar éste curso, en éste momento lo dicto yo pero quiero saber sin en caso de no dictarlo más lo puede hacer otra persona sin mi permiso, gracias.

    1. Hola Mónica, tal y como se explica en el artículo puedes registrar la obra concreta de la que seas autora, pues los derechos nacen automáticamente por crear y fijar ésta. Pero que puedas registrar un contenido concreto no te otorga monopolio sobre la posibilidad de que otra persona lo pueda generar también. Es decir, la idea de dictar un contenido no es registrable desde el punto de vista de derechos de autor. La otra persona tendrá los suyos.

  326. Buenas Noches. me gustaría saber si puedo registrar un trabajo donde explico un procedimiento de Enfermería basado en mi experiencia, como la medicina va avanzando los procedimientos también cambian. y también si puedo registrar el texto de explicación de un procedimiento en un video.

  327. Deseo certificar la originalidad mis pinturas y esculturas tallas a los compradores (tengo entiendo que puedo obtener un numero personal y las obras tendrá este numero y un consecutivo .
    Estaré muy atento y seguir el procedimiento legal quedo aten a su informas-ion

    1. Cada usuario obtiene un código de usuario, así como cada obra que se registra, si bien no es necesariamente consecutivo. En cualquier caso es una evidencia de autoría con la que puedas informar del hecho de los derechos que por ley nacen y te asisten.

  328. Soy docente universitaria de una universidad estatal argentina. Estoy realizando una serie de videos educativos. Me gustaría saber si hay una forma de registro para este tipo de materiales que me sirva para mi CV.

  329. Hola yo tengo unos diseños artesanales compuestos, les llamo asi porque los componen varias piezas que no son fabricadas por mi pero que si componen mi diseño mi pregunta es se pueden registrar y si es asi que tengo que hacer, gracias.

    1. Ana, desde nuestro conocimiento es difícil saber, pues cuando se habla de temas artesanales se entra en un terreno incierto. Si la obra resultante es creativa y original es muy posible que sí genere derechos, como ocurre con muchas esculturas que emplean objetos cotidianos, pero es difícil saberlo seguro. Te recomendamos registrar, pues no valoramos lo que se envía, y que tengas presente que al final todo dependerá de la interpretación del juez. Para registrar este tipo de obras puedes enviar a tu cuenta de Safe Creative fotos en un PDF junto a la descripción de las dimensiones y materiales de la obra.

  330. hola,,registre el guion e hice un documental sobre mitos creados por los medios,–una pequeña entrevista y fotomontage con capturas de pantalla de medios graficos,diarios,revistas,varios programas de tv de todo el mundo de los cuales muestro como maximo 10 segundos de cada uno,–
    en todos aparece reiterada la misma noticia,,
    fue tapa en todo el mundo,noticia central en tv varios idiomas etc..
    la dan todos los medios por cierta y generaron grandes debates sobre la misma,,final del documental con captura de pantalla de una edicion digital,,un mundialmente famoso diario,,alli una nota que aparece aprox 6 años despues,hago una vista general del la pagina y me enfoco en solo dos parrafos con zoom, medio perdida en un editorial ,, el periodista que origino la noticia reconoce que la informacion , la tomo de fuente anonima,no la chequeo y dice textualmente ..lo di por cierto y lo publique…y otro donde relata la verdad que encontro al ir a chequear fuente en forma personal.– la noticia recorrio el mundo en primera plana y la aclaracion no —sera un papelon para muchos necesito la autorizacion de todos para poder exibir el documental ??
    saludos

    1. Dependerá mucho de la legislación que te afecte. En el copyright de EEUU pequeñas porciones de materiales protegidos se suelen poder usar si entran dentro del concepto de fair use. En otras legislaciones habría que analizar si prevalece el derecho a cita o no. Si no se puede acoger como derecho a cita la autorización previa expresa es preceptiva.

  331. Con mis saludos, quisiera saber si puedo registrar la curricula y el plan de estudios completos para una nueva licenciatura.
    En caso afirmativo, en que forma se registra.
    Gracias

    1. La idea de un currículum concreto y plan de estudios es poco probable que genere automáticamente derechos de autor, no en cambio la expresión literaria concreta, pero eso ya sería otro tema. La expresión literaria se registraría como obra literaria.

  332. Buenas tardes,

    Quisiera registrar la propiedad intelectual de los contenidos de mi página web, tanto los textos como las fotografías y los videos.

    Agradeceré me indique cómo puedo hacerlo.
    Muchas gracias por su atención

  333. Hola podre registrar unas piezas de coleccion . se trata de unos personajes de tradiciones de la parte sur del estado de mexico. Son de ceramica y por el momento nadie ha echo nada q se le paresca

  334. Puedo registrar algunas piezas de coleccion estan echas de ceramica y decoradas se trata de tradiciones del sur del estado de mexico

  335. Soy guionista, escultor 3d y diseñador, trabajo para una empresa que vende mis producciones a clientes pero también vende mi producción para que otras empresas utilicen mis diseños y esculturas 3d en su propio beneficio, algo que en principio no se me informó, creo que es un uso indebido, puedo registrar esas obras como mías?

    1. En líneas generales un autor es autor moral de una obra por el hecho de crearlas, por lo que puede registrar informando de este hecho. Ahora bien, el alcance de los derechos patrimoniales y hasta dónde puedas hacerlos valer dependerá de muchos factores por lo que te recomendamos contactar con un abogado especialista en propiedad intelectual para que te asesore ya que tendrá que leer el contrato que hubieras firmado, etc.

  336. Hola,
    Quisiera saber si la creación de power ponit, con apoyo de manuales se pueden patentar o tener derecho de autor para no ser cambiados, modificados ni copiados, y que sólo se usen para los fines que se han creado.
    Muchas gracias

  337. Buenas… MI consulta es la sgte. MI hija diseña unos fantásticos dibujos tipo anime con la computadora, son su creación .. les ha llegado informacion q sus dibujos estan siendo utilizados en estampas en remeras. Como puedo proteger su trabajo y esfuerzo.. que debo hacer? Puedo patentar sus diseños?

  338. Hola, me gustaria saber como puedo inscribir un programa de radio. Tengo contenido, temas centrales, estructura, incluso un script.
    gracias,

    Jose sanchez

    1. Juan Rafael, entendemos que hablas de esculturas o similar. En principio sí, puedes hacerlo aportando varias fotografías de la obra, por ejemplo en un documento PDF que incluya dimensiones, materiales, etc.

  339. Hola buenas tardes, queria saber si puedo registrar fic (son cuentos o historias originales ambientadas o basadas en obras literarias, con permiso de sus escritores). Tambien si puedo registrar historias originales; pero todo con cuentas gratis. No tengo acceso a moneda extranjera en mi pais por restricciones gubernamentales. Gracias

    1. La cuenta básica gratuita te permite hasta 15 registros en total con “todos los derechos reservados” y 10 al mes si optas por licenciar con Creative Commons por ejemplo.

    1. Juanan, en líneas generales una vez publicados ya no se pueden considerar inéditos. Recomendamos contactar con los responsables de validar el trabajo de fin de grado para verificar qué ocurre en estos casos ya que no lo podemos asegurar nosotros.

  340. Hola, estoy comenzando a escribir una ( primera), es posible registrar en la Argentina la sinópsis o idea central de la misma antes que esta este finalizada? hay alguna manera de proteger la idea mas allá de cómo se redacte la obra posteriormente?
    si s así cuáles serían lo pasos a seguir?

    1. Gonzalo, la idea no se registra en si, se genera derechos sobre la expresión literaria escrita. Si registras una sinopsis, será una evidencia de esa sinopsis, la expresión literaria, pero no la idea en si. Es decir, si tienes una idea de escribir “Una novela de chica conoce a chico, se enamoran, hay un malentendido y se separan para luego volver a juntarse por lo mucho que se quieren”, esa idea no la puedes monopolizar. El libro concreto que escribas contando la historia, o la película, sí.

  341. Buenas tardes, quería consultar si en el caso de querer registrar una mini-guía de ejercicios físicos las misma debe estar acompañada de fotos que permitan ejemplificar las descripcion de por ejemplo la rutina.
    Gracias.

    1. Maximiliano, Safe Creative no entra a valorar la calidad de la obra que se registra. La ley otorga derechos por crear contenidos concretos, expresiones literarias, imágenes, etc. No se protege el monopolio de hablar de un ejercicio concreto, pero sí la expresión literaria y o imágenes concretas que lo explican.

  342. Hola, quisiera saber que tipo de obra escoger para registrar un cuento ilustrado (para niños), ¿cae dentro de la categoría de tebeo o comic -yo no lo entiendo así-?
    tanto el texto como las ilustraciones son de mi autoría, aunque se incluyen un par de canciones que son de dominio público. Gracias de antemano.

    1. Angélica, las categorías son orientativas y lo mejor es registrar en aquella que más se aproxime. Seguramente en literaría: otros sería la mejor opción. Adicionalmente te recomendamos registrar las imágenes por si mismas a parte como ilustraciones.

    1. Mercedes, Safe Creative no es un lugar para inscribir proyectos en el sentido que señalas, sino para registrar la autoría de obras de carácter intelectual como, de hecho, fotografías. Sería una posibilidad, por ejemplo, incluir en el reglamento de un concurso que las obras se puedan o deban registrar en Safe Creative.

  343. buenas tardes, trabajo en un proyecto de turismo receptivo, quisiera saber si puedo registrarlo como propiedad intelectual. Gracias

    1. Si lo que quieres es tener derechos exclusivos sobre la idea concreta, comentar que no. Cuando se habla de proyectos, en propiedad intelectual, nos referimos a planos arquitectónicos, maquetas, etc. Puedes registrar un trabajo sobre turismo receptivo, la parte literaria del texto, pero la idea no genera derechos automáticamente.

  344. Hola,
    Una aplicación hecha con Excel, se puede registrar?
    El contenido de ella es bastante complejo y completamente diseñado por mi.
    Es esto lo mismo que un programa de ordenador? Al fin y al cabo el programa Excel (de Microsoft) es el soporte donde se apoya la herramienta que he elaborado que utilizo para mi trabajo. Ahora mis compañeros la quieren utilizar.
    Es suficiente la licencia safecreative, o tengo que además registrarla por los cauces legales?

    Muchas gracias,

  345. Hola… Quisiera saber: si escribo un relato sobre una escultura pública, debo pagar antes “los derechos de autor” del escultor? Y si la escultura es de un personaje de cuento, escrito hace muchos años, como Pinocho, o caperucita? Tengo que pedir permiso o puedo escribir libremente? No sé si me explico… Gracias!!

    1. Esto no es consejo legal, pero entendemos que no. Si escribes sobre una escultura no creo ni que sea una obra derivada (otra cosa sería hacer una escultura incorporando de alguna forma la original), pero si es que además es una obra que está en el dominio público, menos hay que pedir permiso mientras que no se intente uno atribuir la autoría de la escultura, que no sería algo legítimo.

    1. A nivel de propiedad intelectual, y cuando se habla de proyectos, normalmente nos referimos a planos arquitectónicos o maquetas. Ideas de proyectos como lo que comentas, no generan, por ley, derechos de propiedad intelectual exclusivos por lo que registrarlos tiene una utilidad entre limitada a nula.

  346. Hola. Estoy pensando en utilizar mis ilustraciones para imprimirlas sobre varios soportes (tazas, portadas de cuadernos, posters). Quisiera saber si hay manera de proteger TODAS mis ilustraciones registrandolas bajo el nombre de una marca o ¿Habría que registrarlas individualmente? Gracias 🙂

  347. Hola quisiera saber si ustedes cubren a nivel nacional o internacional?, soy de Chile y quisiera registrar mi libro ilustrado o si se puede solamante las ilustraciones, esperando su respuesta saludos, que estes muy bien.

  348. Según entiendo, si es que entendí bien, las obras a que hacen mención podrán ser registradas al “subirlas”. En mi caso, lo que quisiera registrar es la idea y fabricación de un instrumento musical de mi autoría. Para este caso, entonces, no es posible el registro?, o existe alguna otra instancia para ideas materializadas?

    Muchas gracias

  349. Hola! Puedo registrar un CURSO DE DISEÑO con una metodologia paso a paso que me es propia?? Uds. lo haces? No se si es en el INPI ni como… Muchas gracias

    1. Hola Eugenia,
      Sí, puedes registrar todo el material, los manuales y la metodología del curso de diseño. Para hacerlo, entra en “Registrar” > “Obra literaria” > “Formación, Divulgación”.

  350. Hola

    Me gustaría saber si es posible registrar y/o patentear una web que está basada en un cms (wordpress) técnicamente que incluye un contenido que versa sobre un tema no original (tipo de servicios) pero que estructura dicho contenido monotemático disperso en multitud de fuentes diversas (libros,internet, etc) de una forma totalmente nueva inexistente en la actualidad aportando además contenido original informativo sobre dicho contenido y que además redirige de la información incluída a otras fuentes del mismo de una forma centralizada en un única web de una forma estructurada totalmente innovadora, sería, para tratar de explicar mejor la idea, como una especie de enciclopedia del servicio-producto comentado que ahora mismo no hay publicada en forma alguna con este tipo de formato-estructura, con formularios de captura de datos originales, foro de usuarios, etc.

    Si he entendido bien lo que veo en la web, creo que puedo proteger la propia web y su contenido pero me interesa más proteger la idea base de la misma en cuanto a su concepto innovador para que no pueda copiarse.

    Me han comentado que en EEUU las ideas pueden registrarse y si, en caso de no ser posible en España, podría patentarse allí y en su caso defender esa patente en España ante un intento de copia.

    1. Santiago, a nivel de las leyes de derechos de autor las ideas no generan derechos de por si si no es a través de patentes. En estos temas entramos en un terreno difuso que mezcla el diseño con la propiedad industrial, patentes marcas y derechos de autor. Lo primero es decir que no pierdes nada por registrar la presentación del proyecto en Safe Creative pero seguramente necesitarás consultar en una oficina de marcas y patentes por si se puede registrar allí.

  351. Hola,

    Quisiera saber si ¿se puede registrar un personaje de ficción de stopmotion?
    Registre el la animación en la que aparece pero no se si pueda registra el personaje aparte.

    Saludos

  352. Hola! Soy usuario de Safe Creative!
    Como sabemos hay infinidad de usuarios de plataformas como YOUTUBE que suben videos (mas o menos elaborados) de ellos tocando y versioneando temas musicales de todo tipo y artistas…
    Obviamente la gente no les pide permiso, simplemente lo suben por el gusto de hacerlo y mostrar su talento.
    Si yo quiero, como artista, hacer una versión personal de un tema de otro artista/compositor ¿puedo registrarlo de manera que la VERSIÓN (Versión sin ánimo de lucro) sea registrada como mia (con todos sus sonidos y arreglos musicales hechos por mi) y nadie más pueda atribuírsela…?
    Y en tal caso ¿cual seria la licencia ideal para ello?
    ¡Saludos!

    1. Como el registro no implica publicación, por poder puedes registrar. Existen derechos de autor por los arreglos, en general, por lo que a ese nivel puedes usar la declaración de derechos que desees, pero ten en cuenta que para hacer estas versiones y publicarlas, sea con o sin ánimo de lucro, debes contar con la autorización expresa de los titulares de derechos de las obras originales o podrías estar cometiendo una infracción de derechos de autor. Que a otros que publican en Youtube no les pase nada puede deberse a muchos motivos, pero eso no hace que podamos estar ante infracciones.

  353. Hola: quiero saber si una idea convertida en página de facebook se puede registrar. En caso afirmativo. Cómo lo puedo hacer

    1. Hola, las ideas están excluidas, como tales, de generar derechos de autor, pero sí puedes registrar los contenidos originales que publicas en esas páginas. Ahora no existe una forma automática para registrar desde Facebook, por lo que habría que pasar los textos y/o imágenes a ficheros para registrar estos manualmente en Safe Creative.

  354. Soy escalador y equipador de vias de escalada y he equipado tres vias de escalada: una, en un terreno propiedad del ayuntamiento , otra via de escalada en propiedad desconocida ( ya que está en el monte) , y otra cerca del mar donde hay derecho de paso.
    Ha venido una empresa extranjera , ha fotografiado mis vias y las quiere incluir en una guia de escalada. Tiene derecho a publicar-las sin mi consentimiento?

    1. Interesante cuestión para la que no tenemos una clara respuesta. Lo que no podrían es usar las mismas fotografías que, siendo originales, hubieras hecho tú, pero sus propias fotografías… en principio podrían, si están en terreno público. En este caso te recomendamos contactar con un abogado pues no sabemos si algo así podría generar derechos, aunque nuestra apuesta es que no.

  355. Tengo creado desde el año 2006 un programa deportivo sólo de fútbol en done el hincha es el centro de esto participando activamente y en donde también se le educa para ser un buen hincha y cuidar el fútbol.

    Para ello quiero inscribirlo para resguardarlo antes de presentarlo a quien se pueda interesar.-

    Por lo anterior, dónde puedo inscribir mi programa deportivo???

    Gracias

  356. Hola! Tengo algunas dudas, la primera de ellas es que si puedo registrar el diseño de un personaje de videojuego desde la plataforma. La otra es si puedo registrar el documento de diseño de dicho videojuego, y de ser esto posible, cómo pasaría. Saludos y gracias!

    1. Iván, sí puedes registrar tanto modelos 3D de personajes, o dibujos, como diseños de bases de datos y diseños otros. En caso de software lo ideal es registrar éste con el código objeto, fuente y documentación técnica.

  357. Hola!
    me planteaba registrar una obra de teatro musical, en la que el guión es original, pero las composiciones musicales son preexistentes.
    Entiendo que las letras de los temas no pueden incluirse en el documento a registrar, ya que estarán registradas por sus autores, pero me gustaría saber la manera de hacerlo, para que los temas figuren relacionados con el guión.
    Sería valido mencionar el tema asociado a su autor?

    1. Normalmente se referencia, en la propia obra, el origen y titularidad de las obras que se incluyen, por lo que suele quedar claro que aquello sobre lo que se reclama la autoría excluye esos elementos.

  358. Buenas, quería registrar algunas recetas de cocina, es posible? Cómo lo hago? Por ejemplo para que nadie pueda usarla y crear un producto y venderlo con esa receta.

    Gracias, un saludo.

    1. La expresión literaria concreta de una receta de cocina se puede registrar como tal, como expresión literaria. Lo que no puedes impedir es que otros redacten una receta muy parecida en ese orden concreta.

  359. Como registrar una terapia grupal y asegurar mi autoría?
    Estimados he creado una terapia grupal, para el bienestar, empoderamiento, conexión y no sé que hacer para registrar mi idea de este servicio. Ya que la inscripcion de marca, sólo proteje el nombre. Qué debo hacer para que quede plasmada mi autoría como creadora de la terapia??? dónde debo acudir… Muchas gracias

    1. @Maribel, gracias por comentar. Puedes registrar el texto en Safe Creative, pero será la ley la que delimite qué derechos tienes sobre la obra. Normalmente lo que genera derechos es la expresión literaria no tanto la idea que ésta expresa. Para analizar si la idea en si puede de alguna manera monopolizarse deberías acudir a una oficina de patentes y marcas.

  360. Como registrar una terapia grupal y asegurar mi autoría?
    Estimados he creado una terapia grupal, para el bienestar, empoderamiento, conexión y no sé que hacer para registrar mi idea de este servicio. Ya que la inscripcion de marca, sólo protegue el nombre. Qué debo hacer para que quede plamada mi autoría como creadora de la terapia??? dónde debo acudir… Muchas gracias

  361. hola a todos, tengo una pregunta que me inquieta un poco, a mi me gusta una caricatura llamada invader zim y decidi crear una historia diferente basada en las caricaturas dentro de el mismo universo, ahora, los personajes principales aunque se llaman igual, no son los mismos ya que el diseño es muy diferente porque no quiero que se parezca alos originales para no tener problemas de derechos de autor, el ambiente pues es el mismo, la historia es otra, los personajes como repito son diferentes, en diseño y todo lo demas, aunque se llaman igual,

    no pretendo copiar a nadie por eso cree mis propios diseños ya que tengo muchos planes para esa historia y no quiero que nada salga mal y no se si puedo tener problemas con eso o no y que podria hacer si ese fuera el caso?.

  362. Hola, estoy pensando en subir videos a Youtube con un personaje creado por mí. Quisiera saber si para registrar mi trabajo en Safe Creative lo debo presentar como obra audiovisual. Y también quisiera saber si al registrar mi creación audiovisual, todo su contenido quedaría protegido, incluyendo mi personaje.

    1. Rose, lo puedes registrar como obra audiovisual o como grabación audiovisual, dependiendo de los datos que tengas y te interese reflejar. Estarás generando evidencia de la obra con sus contenidos, lo que suele, en general, asentar evidencia de los personajes de la obra.

    1. Textos o vídeos pueden ser registrados como obras literarias o grabaciones audiovisuales. Lo que es la idea concreta del curso ya entra en el terreno de la interpretación legal.

  363. Buen dia quisiera interiorizarme para poder registrar mi academia de danzas, soy de la provincia de Formosa

    1. Safe Creative es un registro de derechos de autor. Esto es, música, coreografías, textos, partituras, pero por lo que comentas deberías acudir a una gestoría que te ayude a registrar el nombre comercial, etc.

  364. buenos dias mario,

    estoy interesado en registrar un modelo de industria cultural , en que categoria lo registrarias?
    gracias

    1. @jfb, en general ese tipo de “ideas” no generan por ley derechos de autor. Cuando se habla de proyectos, en estos casos nos referimos normalmente a planos arquitectónicos o maquetas.

  365. HOLA QUISIERA SABER SI ES AQUI EN DEECHOS DE AUTOR QUE SE REGISTRAN LAS TESIS DE GRADO Y EN QUE CATEGORIA DEBO REGISTRARLAS ,MUCHAS GRACIAS.

    1. @Yaira, sí, puedes registrar una tesis en nuestro servicio para generar evidencia digital privada de derechos de autor. La categoría suele ser “literaria: Formación, divulgación”.

    1. Si es la letra se puede registrar como obra literaria con un documento de texto. Si es la música lo mejor es una partitura o que alguien te la haga, o, en caso extremo, una grabación “a capela”.

  366. hola que tal, la verdad es que soy un dibujante aficionado, dibujo por diversión, pero hice un dibujo y me fascina y pensaba si se puede registrar, y evitar que alguno diga que lo hizo antes que yo.
    ademas en un futuro podria hasta usarlo y registrarlo como una marca para iniciar un negocio. se pude hacer

    1. Paul, claro, puedes registrar el dibujo cuando quieras. Si luego lo quieres usar como logo tampoco habría problema, pero si lo quieres asociar a un nombre comercial deberás también acudir a una oficina de patentes y marcas estatal.

  367. Hola, si registro en Safe Creative un Programa Concurso para televisión, supongo que no será necesario registrarlo, o intentar su registro también en el Registro de la Propiedad Intelectual.

    1. Salvador, es opcional registrar tu obra en otros sitios como obra literaria, y también puedes considerar acudir a una oficina de patentes y marcas ya que los formatos de TV son un tema controvertido en cuestión de protección y suelen tocar varios aspectos distintos de la ley de propiedad intelectual.

  368. Hola que tal Mario pena disculpe la molestia me dejaron un proyecto en la uni y me hablan sobre este tipo de temas sobre el registro de las propiedad intelectual, en donde me aclaran que tengo que inventar o crear algún tipo de proyecto o aparato que se vea la originalidad y creatividad de uno es por ello que le escribo, en esta información que leei que la verdad me ayudo mucho y saco de dudas veo que se pueden registrar lo que son maquetas el año pasado elabore una maqueta por lo cual pienso agarrarla como mi invento pero lo que me piden es que FORMATOS DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL, quiero pensar que son requisitos o algo parecido aquí en la pagina que mencionas puedo encontrar esos formatos o requisitos?

    1. Gilbert, en Safe Creative puedes generar evidencia de derechos de autor de aquellos contenidos que por ley, el autor tiene derechos por crear y fijar la obra, como cuando hablamos de un plano arquitectónico, la letra de una canción, una pintura, etc. Otros temas como modelos de utilidad industrial, etc. deben registrarse en oficinas de patentes y marcas ya que en esos casos los derechos no nacen automáticamente y duran menos tiempo para zonas geográficas concretas.

  369. Hola! Tengo un sistema que he creado para la empresa en la que trabajo, el sistema quedará registrado con el nombre de la empresa, y esta me pide que yo realice el trámite, necesito que por favor me manden la información para poder realizar los trámites correspondientes y el pago, y si es que todo se realiza por iternet o si hay que ir a las oficinas. Ya que he encontrado un montón de información, de precios y de direcciones para realizar el trámite y solo me han confundido más. Gracias!

    1. Chris, lo más importante sería saber a qué te refieres con sistema, ya que hay cosas que sí generan derechos de autor automáticamente y otras no. En general obras creativas, originales, estudios científicos y obras literarias generan derechos de autor, pero procesos, sistemas, ideas, no lo hacen. Un plano arquitectónico, por ejemplo, sería el caso clásico que ejemplifica lo que es un proyecto. Sea como fuere todos los procesos en Safe Creative se hacen en línea. Si necesitas más información sobre cuentas, etc, puedes contactar por la siguiente vía y te llamaremos: https://www.safecreative.org/contact-pro

  370. Buenos días. Tengo un texto sobre la Música del siglo XX que no ha sido publicado por medio convencional. En el texto se hacen referencias constantes a obras musicales y aparece un código QR (Bidi) de enlaces de Youtube de internet para que con un teléfono móvil con lector de esos códigos se pueda escuchar la música que se esta comentando. ¿Es posible registrar esta obra o existe algún problema?

  371. Hola quiero saber si puedo registrar el título de un libro que aún no termino de escribir, o debo registrarlo hasta que lo haya terminado.

    1. @Alberto, los títulos por si solos rara vez generan derechos de autor, salvo en casos muy concretos. Normalmente un mismo titulo puede usarse en otros libros u obras. Si el título está estrechamente vinculado con el contenido, mediante la mención a algún personaje famoso, como Alicia en el País de las Maravillas, se puede considerar que nacen derechos. Los derechos, sea como sea, es sobre el texto escrito en el libro que puedes ir registrando sin haberlo completado, a modo de borradores, o en capítulos. Serán evidencias que apoyarán evidencias posteriores. Si quieres registrar el título por si mismo deberás acudir a una oficina de marcas y patentes.

  372. buenas tardes quisiera registrar unas canciones pero no las tengo escritas en notas musicales solamente grabadas procede el reg. y tambien quiero registrar un vestuario tradicional q devo de llevar, espero su respuesta gracias

    1. @felix, puedes registrar las canciones con grabaciones. Sobre los vestuarios tradicionales decir que difícilmente serán registrables ya que probablemente estarán en el dominio público o serán patrimonio nacional.

    1. @sergio, me temo que este tipo de cuestiones no generan derechos automáticamente. Cuando hablamos de proyectos estamos hablando casi siempre de planos arquitectónico o maquetas. Puedes registrar un texto literario que describe un proyecto, pero difícilmente se podría argumentar que por ese motivo tienes exclusividad en este tipo de proyectos.

  373. se puede registrar un documento con formulas matemáticas? y en caso de poderse registrat como puedo hacerlo?, donde? y que tipo de documento me acredita como autor?

    1. @manel, en general las fórmulas matemáticas no generan derechos de autor. Están excluidas de generar esos derechos al ser descripciones exactas de la realidad. Otra cosa es la expresión literaria que explique la fórmula, y sería una obra de divulgación o literaria, dependiendo de a qué se acerque más dicha expresión.

  374. Buenos días, tengo un blog docente (de blogger) con bastante material de elaboración propia y me gustaría registralo, ¿cómo puedo hacerlo?. Muchas gracias.

    1. Buenos días Teresa!
      Puedes registrarlo automáticamente mediante el feed del blog (el enlace de suscripción RSS). Entra desde tu cuenta de Safe Creative en “Servicios” > “Registros automatizados” > “Feeds de registro” > “Añadir un feed de obras”. Pega el enlace y sigue las instrucciones a partir de ahí. Si tienes cualquier otra duda, avísanos a soporte.

  375. Buenas tardes, yo he desarrollado un un macroprograma de llevar la conabilidad de una empresa, realizado en Excel y deseo registrarlo, pero no se si puedo tener problemas con Microsoft o que pasos debo seguir para pode hacerlo.

    1. Hola Bibiana! Si te refieres a registrar una macro de Excel (una plantilla) no deberías tener ningún problema con Microsoft. Puedes registrarla en “Diseño” > “Software y diseño de base de datos”.

  376. Hola quiero registrar una Web que es una red social, para proteger el nombre y la idea antes de sacarla a Internet. ¿Debo registrar el “nombre” como marca y por otro lado la Web? ¿En qué grado estaría protegida la Web?
    Gracias

    1. Es difícil. Unas reglas de juego podrían entrar en lo que se llaman “procedimientos y procesos”, que en algunas legislaciones se pueden proteger como Propiedad Industrial. En EEUU por ejemplo suelen ser más laxos con estos temas, mientras que en otras legislaciones es complicado patentar algo así.
      En cualquier caso creo que ninguna legislación consideraría unas normas de juego como obra artística o creativa, que es el tipo de obras que pueden registrarse en Safe Creative (propiedad intelectual).
      Te recomiendo que te dirijas a la oficina de Patentes y Marcas para pedir información y que te digan si hay alguna forma de proteger las normas del juego.

  377. Hola Buen día, quisiera saber cómo hago para patentar dos cosas.
    1. Un proyecto de capaciaciones orientadas a la industria Musical. Es decir, su nombre y la idea de desarrollo en una parte del país que no se viene haciendo.
    2. Un programa de TV – Su nombre y su idea.

    Muchas gracias, espero su respuesta.
    Saludos

    1. Hola Juan. En Safe Creative no podemos patentar ideas, nombres comerciales, marcas, ni procesos, eso entra a formar parte de la Propiedad Industrial y compete a cada país. Tendrías que hablar con la oficina de Patentes y Marcas de tu país para que te dieran ellos información.

      Sin embargo, en cuanto programa de TV, hay algo que sí podrías registrar con nosotros porque sí se considera propiedad intelectual, que es el formato de televisión, con su biblia (un documento que explique, de forma detallada, en qué consiste el programa, de qué género es, el número de capítulos, estrategia transmedia del proyecto, estética…). Eso o por ejemplo guiones de episodios, por ejemplo, pueden registrarse. Pero el nombre del programa sería un nombre comercial, no se puede registrar con nosotros en ningún caso.

      Es un tema complicado y depende de la legislación de cada país. Te recomiendo que hables primero con Patentes y Marcas. Si registras con nosotros y luego otros utilizan tu idea, puedes intentar defenderte en un pleito utilizando la competencia desleal como argumento, pero es mejor que te asesoren antes.
      Un saludo!

  378. Buenos días,
    Estoy desarrollando una metodología de trabajo específica. Dentro de esa metodología utilizo herramientas gratuitas como google forms, google docs, etc. También una web, blog, etc.
    Lo que me interesa registrar es el Modelo Metodológico en sí aunque para materializarlo me apoye y utilice esas herramientas gratuitas.
    Cómo tengo que proceder?. Qué sugerencias tienes?

    1. @inma, normalmente ese tipo de metodologías no generan derechos de autor automáticamente por ley por lo que un registro como el nuestro te será de muy reducida a nula utilidad práctica.

  379. He hecho unos diseños ornamentales de 25 fuentes publicas para su ubicación en espacios públicos .Están representadas a mano alzada, en Alzada y Planta, así cómo algunas perspectivas de ellas.
    Mi intención es que si alguna persona o entidad publica se interesara por ello. se pusiera en contacto.

  380. Hola, tengo un par de dudas al iniciarme en este tipo de temas relacionados con el registro de la Propiedad Intelectual.

    ¿Puedo registrar como una obra artística o creativa un VideoJuego que sea de mi propia autoría?
    ¿En qué categoría entraría este tipo de Obra al tratarse de un conjunto de distintas formas artísticas? (Como pueden ser los gráficos, la música, la historia, el guión, etc…)
    ¿O tal vez debería de registrarse cada parte del todo por individual? Ejemplo: la sección gráfica del proyecto en la categoría de “Dibujo, pintura”, La banda sonora como “música”, el programa como “Software y diseño de Base de Datos” y etc…
    Esas serian mis principales dudas, gracias por su ayuda.

    1. Buenas, Leda! Correcto, para registrar un videojuego solemos recomendar registrar en “Diseño” > “Software y diseño de bases de datos” o si acaso “Diseño: Otros”. Luego puedes registrar gráficos, música y guión de forma independiente en su respectiva categoría.
      Para hacerlo más manejable, una vez registrado todo puedes entrar en tu cuenta, seleccionar todos los registros en “Mis Registros” y añadirlos a una misma colección, para tener todo el contenido del videojuego ubicado en el mismo sitio.

  381. ola,tenho uma ideia de um conjunto envolvendo um software+um hardware+um equipamento que sera movido atraves desse conjunto.como faço para registrar ja que nao sou engenheiro de software ,nem tao pouco engenheiro eletronico.seria possivel,Fico grato pelas explicaçoes!!!!

    1. @Eric Fragoso, me temo que las ideas no se pueden registrar al no generar derechos por ley. Podrías registrar el código concreto del software, o la expresión literaria de la idea, pero eso no te otorgaría derechos de patente. Mejor consulta con una oficina de patentes y marcas. ///// sorry but I’m afraid you may not register ideas with us as they do not generate authorship rights by law. You could register the specific software code, or the literary expression of the idea, but that would not give you the patent you probably need. Check with a patent and trademark office.

  382. tengo 50 obras de pintura de paisajes por el paint estan firmadas pero alguien me comento que deveria registrar mi firma para que no la jaquien creo que asi se dice quisiera que alguien pueda ayudarme si sabe algo de esto le agradeceria su ayuda y quisiera que las conocieran y asi darme su punto de vista tengo 52 años

  383. nada mas asi save creative no tienen un correo o direccion de la misma le agradeceria mucho que sea mas explicito ya que todo se me ha hecho dificil empezando con mis obras que puse todo mi empeño para realizarlas y en este punto no se que mas hacer ayudame MARIO

  384. Hola: me gustaría plantear un par de cuestiones: Primero si se puede registrar una “Obra Derivada”, especificando que se trata de una versión y el nombre del autor original y en segundo lugar: si se puede registrar un borrador y posteriormete la verdadera obra. Gracias

  385. utilizando Office Excel elabore una bitácora, un registro de proveedores y un registro de pagos para los mismos proveedores para uso en mi oficina, mi pregunta es si se puede patentar ya que le gusto a varios compañeros para utilizarlo en sus empresas y la verdad le dedique bastante tiempo como para que alguien me la piratee.

  386. Buenas noches,

    Hoy me he dado de alta en la web y he registrado el conjunto de canciones (en formato wab) que formaran un hipotético futuro “disco” auto producido, es la primera vez que lo hago y durante el día me han surgido varias dudas:

    1) he registrado un solo fichero ZIp que contiene el conjunto de canciones. ¿Esta bien hecho de esta forma o necesito registrar cada canción por separado? me pareció leerlo en varias consultas aquí en la web pero prefiero asegurar.
    2) Las temas son instrumentales por lo que no necesito registro de letra etc, y están acabados pero no producidos profesionalmente,es decir, es probable que en una futura fase de producción se hagan retoques o arreglos , en ese caso mi pregunta es ¿ seria necesario/conveniente realizar un segundo registro del hipotético disco una vez producido y masterizado, es decir, 100% terminado? o con el registro de estas demo es suficiente? Hice el registro ahora en esta fase porque es cuando por primera vez abandonara las cuatro paredes de mi estudio casero para ir a los de terceros para que lo escuchen y me aconsejen en esta fase de producción y a pesar de que seguramente nadie tenga algún interés en la obra mejor prevenir jejejeje pero no se si hice lo correcto o me he precipitado.

    Muchísimas gracias de antemano y un saludo.

    1. @Celso, en relación a 1) puedes hacer como has hecho o un registro por cada canción. Es vuestra prerrogativa hacerlo de una forma u otra. Como está es correcto, pero es perfectamente válido registrar canción a canción. 2) Has hecho muy bien registrando antes de mostrar tu obra a terceros. Es no sólo lo más prudente, sino que lo que aconsejamos. Por supuesto más adelante, si lo deseas, puedes volver a registrar la obra una vez producida, pero no es obligatorio. Eso queda siempre a vuestra discreción. Se pueden registrar obras como versiones de las anteriores, lo cual es de bastante utilidad (en cuentas profesionales).

  387. Buenas tardes,
    He diseñado e implantado una base de datos para gestionar procedimientos en entidades locales. ¿Tengo algún derecho sobre ella o pueden ser utilizadas por otras empresas contratadas por los ayuntamientos?

    1. @Vitoria, las bases de datos se suelen poder registrar como software y base de datos, que suelen generar derechos para los autores. De todos modos nosotros no entramos a valorar este hecho. Será la ley la que establezca si la obra es merecedora de ser considerada como generadora de estos derechos para el autor.

  388. Se puede registrar el cuaderno de carga de una página web, lo que significaría una descripción exhaustiva de las funcionalidades, estructura de base de datos etc…. pero sin aportar todavía el código. ?

    1. @Marci, aunque es perfectamente posible, pues no valoramos los ficheros que se aportan, ten en cuenta que en software lo que se protege es el código fuente, objeto y documentación técnica. Sí que la base de datos podría generar derechos, pero ésta como tal, no podemos asegurar que la descripción exhaustiva los genere de por sí. En cualquier caso no pierdes nada por registrarlo, pero siempre teniendo en cuenta que los derechos puede que no se generen por ley. Sí que te recomendamos registrar el código concreto y las bases de datos (sin los datos) cuanto antes.

  389. ¿Puedo registrar un juego didáctico? o juegos de mesa? y en tal caso de poderlo hacer…¿Cuál seria el procedimiento a seguir o donde lo puedo hacer?

  390. Hola! me dedico a diseñar y desarrollar proyectos creativos de comunicación para empresas. Es posible registrar estas ideas o una vez que tu las planteas la empresa-cliente puede desarrollarla con la empresa que desee? muchas gracias.

    1. @sara, las ideas, como tales, están expresamente excluidas en la automática generación de derechos por lo que deberías considerar otros mecanismos para la protección ante la competencia desleal, contratos de confidencialidad, etc.

  391. Hola Mario,

    Me gustaría saber si podemos registrar un mundo narrativo, con sus personajes y su universo particular. Comolas historietas salen periódicamente, no tenemos guiones escritos, pero era para saber si se podía registrar este tipo de mundo narrativo.

    1. @Laia, es una interesante pregunta y no estamos muy seguros. Seguramente no se podría registrar el mundo narrativo (lo llamaremos universo) si no es de forma implícita a través de las historietas concretas según se van registrando éstas. Nuestra recomendación es registrar las historietas de forma automática o semiautomática según las vayáis publicando, que serán la base para posicionar vuestra defensa de derechos en ese universo.

  392. Hola,

    Estoy realizando Post en mi página web y me gustaría poder registrarlos para que no sean copiados. En un futuro me gustaría poder realizar una publecación con todos mis post en un libro.
    ¿Hay alguna manera de registrarlos para que no sean copiados y se los hagan suyos otras personas?

    Gracias

    1. @Maite, lo primero que tienes que tener en cuenta es que tus derechos son tuyos por crear la obra. No te los pueden quitar otros. Pueden plagiarte, claro, pero puedes defenderte usando lo previsto en la ley. Dicho esto sería la cuenta profesional lo que podrías usar, que te permite registrar automáticamente tus obras según las publicas en el post con todos los derechos reservados: https://www.safecreative.org/faq/registro-automatico-por-feed

  393. Que tipo de licencia se me recomienda si quiero registrar un dibujo y hacer uso de el para vender en internet pero que solo yo lo pueda usar al menos que se las autorise a alguna persona que lo pida?

  394. Que tipo de licencia se me recomienda si quiero registrar un dibujo o un personaje de algún cómic propio y poder hacer uso de el para vender en internet pero que solo yo lo pueda hacerlo y que tras personas lo puedan usar pero solo con mi autorización y dándome el credito?

  395. Hola, me gustaría registrar una programación que hice para las oposiciones de primaria. Es un libro con los contenidos y materiales didácticos (todo impreso en papel) para que nadie lo pueda revender o publicar.
    Si la registrara, ¿yo podría venderla posteriormente por mi cuenta? ¿o el hecho de haberla registrado hace que la tenga que vender a través de mediadores?
    Saludos

    1. @cinta por lo que a nosotros respecta, el registrar no limita en forma alguna la forma en la que puedes patrimonialmente usar tu obra. En principio, y salvo que cedas derechos de forma exclusiva, la podrás vender como desees siempre que cumplas con las requisitos legales pertinentes a tal efecto. El registro no implica nada a este nivel.

  396. Hola. He escrito un libro, y para incluir ilustraciones tanto en interior como en portada, he contratado a un dibujante para que plasmase mis ideas sobre el protagonista del mismo. El dibujante lo ha creado conforme a mis indicaciones, y yo le he pagado, yaqui terminanuestra relacion comercial. A mi modo de entender, la mascota protagonista es de mi propiedad, aunque el autor del dibujo sea otro. Resuta que el dibujante lo ha subido a SaveCreative, y ahora no sé si yo puedo registrar el dibujo del personaje o no. Podrían aclararmelo?

    1. @Manuel, la autoría, en general, es intransferible, por lo que es legítimo que el autor pueda registrar la obra como tal, como autor de ésta. Cuestión aparte es que los derechos patrimoniales se cedan en exclusiva por lo que a priori, lo que es el libro, lo puedes registrar sin problema. Sí te recomendamos tener siempre presente el contrato de licencia de la obra. Si tienes cuenta profesional lo puedes subir de forma escaneada en PDF o similar al registro de tu libro como documentación complementaria.

  397. Quisiera saber si un método o sistema de carácter formativo/consultivo (para realizar formación en habilidades de gestión en empresa) es susceptible de ser registrado a través de Safe Creative.
    También quisiera saber si después del hipotético registro, posteriormente el método puede comercializarse a través de un sistema de licencias.
    Un cordial saludo.
    José Barroso

    1. @José Barroso, es poco probable que el método en sí genere derechos de autor pues lo que la ley de propiedad intelectual garantiza son los derechos sobre la expresión literaria, no la idea. Tal vez puedas consultar con una oficina de patentes y marcas, pero no suele ser algo factible. A la hora de comercializar realmente ya os recomiendo ver de registrar la marca y nombre comercial y crear un sistema de capacitación y certificación para vuestro método.

    1. Hola Belkis, gracias por escribir. En realidad es sencillo, basta con que vayas subiendo tus ilustraciones primero a tu cuenta en Safe Creative, preferiblemente usando una cuenta profesional que te permite obtener certificados y notas de registro. Por supuesto en el momento de exponer conviene anotar en algún sitio cerca de la obra que ésta está registrada. Si necesitas más información contacta con nosotros en http://www.safecreative.org/contact

  398. Hola buenos días. Estoy haciendo manualidades para enmarcar y ofrecer como cuadros decorativos. Quería saber el qué debo registrar, si cada modelo o mi firma. Muchas gracias y feliz día.

  399. QUISIERA SABER COMO TENGO QUE HACER PARA REGISTRAR UN FESTIVAL INFANTIL DE LA TRADICIÓN , DONDE Y QUE SE NECESITA, EL COSTO Y LOS TRAMITES A SEGUIR. MUCHAS GRACIAS,. VÍCTOR

    1. Hola Víctor, me temo que algo así no es registrable ya que no se generan derechos de autor por proyectos así. Se pueden registrar elementos concretos, como diseños, dibujos, fotografías, textos literarios descriptivos, etc. pero no la idea de un festival concreto.

  400. Hola, yo invente un personaje infantil, con una canción con letra y musica, a que paginauguración tengo que entrar para ver los requisitos? Desde ya muchas gracias

    1. @Guille, en principio lo que deberías registrar es por un lado la letra, a poder ser en un fichero de texto como PDF, como obra literaria: otros y por otro la música en su categoría correspondiente.

  401. Hola,yo quisiera saber como puedo registrar mpensamientos que tengo escritos ,pues los tengo publicados en una pagina de facebook y me interesaria registrarlos primeramente y despues hacerlos mas públicos pues toda la gente que los a leído y cinocidos medicen que tienen cada uno de ellos mucho sentimiento ,porfa ayudenme

  402. Hola, quería saber si se puede registrar una idea de hacer radio. Es decir, sería un formato de hacer radio ideado por mi. Si se pueden registrar este tipo de ideas. He mirado en el Registro de la Propiedad Intelectual y creo entender que no se puede. Gracias

  403. Buenas tardes;
    quisiera saber si, si yo creo unos personajes para determinado productos, los puedo registrar en conjunto o debe ser individualmente? además de saber que costo puede tener? gracias por su respuesta..

  404. Hola, mi pregunta es; si yo no soy escultor, pero le pago a una persona dedicada a crear esculturas para que me realize la escultura de alguna idea que yo tenga y yo reproducir replicas para venta en mi negocio, puedo yo registrar las esculturas original y ser el titular, para no recivir halguna acusacion de plagio a futuro por parte de la persona que me realizo la escultura?
    agradeceria mucho la respuesta!!

    1. @Carlos, probablemente en este caso estemos hablando de una obra en coautoría por lo que nuestra recomendación de siempre registralo de esta forma con una cuenta profesional o corporativa. Y sea como fuere deberías firmar un contrato con esa persona acordando todos los términos en el mejor detalle posible.

  405. Buenos días. He creado un truco de magia que me gustaría comercializar basado en un viejo principio físico. .¿ Puedo protegerlo de plagios aquí y en el extranjero?. Gracias, un saludo.

    1. @Ignacio Martinez, tal y como te hemos comentado antes es muy poco probable que por derechos de autor se generen derechos automáticamente, por lo que difícilmente te va a servir nos tememos.

    1. @Pilar Moreno, me temo que eso se sale del ámbito de los derechos de autor que tratamos en Safe Creative. Una cosa es el registro de un texto literario que explique una técnica y otra la técnica que como idea no genera derechos automáticamente.

  406. Hola, buen día.
    Tengo una base de datos con análisis para calcular costos en la construcción; puedo registrarla?

  407. Soy el interiorista profesional Joaquin Winkler y presente un proyector para un local gastronómico en Montevideo. Consta de planta cortes, vistas. ¿Que tendría que presesntar ante el Registro de la propiedad intelectual para que no lo use otro y me lo den a mi o Melo o me lo paguen? Gracias.

    1. @joaquin este es un caso complicado y puede que lo que comentas no genere derechos de autor. Lo más recomendable es que lo plantees desde un punto de vista más de competencia desleal. Es posible que para eso las herramientas de Safestamper.com te sean de más utilidad.

  408. Buenas tardes, he contratado los servicios de un programador web y de un diseñador gráfico para la elaboración de una web. Tanto la funcionalidad como el diseño de la web y del logo ha sido con la ideas planteadas por mi para el desarrollo de una empresa. ¿Al ser un servicio que me han prestado, la autoría es mía? ¿cómo podría registrar la propiedad intelectual de la web? ¿podría hacerlo a través de vosotros?

    1. @Juana María, la autoría moral será de quien programe, codifique y dibuje o diseñe las obras. Otra cosa será que puedas incluir algún tipo de coautoría con esos autores sobre alguna de las obras en algún porcentaje, pero generalmente deberías hacer un contrato de cesión de derechos de explotación exclusiva de la obra. En principio con eso ya te bastaría. Opcionalmente, si tienes una cuenta corporativa de Safe Creative, podrías reflejar esa información en registros.

    1. @daniel, en realidad como quieras que identifique la obra en concreto, un mp3, ogg, wav, o cualquier otro tipo de fichero que contenga o describa suficientemente la obra.

  409. Hola, quisiera saber cuántas obras puedo registrar de diferentes géneros, por ejemplo, tengo registrado 11 canciones con el modelo gratuito y quisiera regristrar literatura y fotografía, pero me dice que tengo máximo 15 para registrar. teneía entendido que podía registrar 10 mensuales gratuitos. Por favor, aclárenme ésta duda.
    Gracias!

  410. Hola!!

    soy profesora de manualidades, las tecnicas que enseño son mias propias. Hay alguna manera de registrar el contenido y tecnicas que enseño?? Gracias

    1. Hola @Anna, si bien las manualidades en si sí pueden ser registradas como obras (mediante fotos o vídeos) como artes plásticas, la técnica es difícil que genere derechos de autor por lo que su registro seguramente carecerá de valor a este nivel. La expresión literaria de la técnica, como obra literaria, sí, pero no la idea que expresa. Las ideas están excluidas de generar derechos, pero puedes contactar con una oficina de patentes y marcas para ver si como modelo de utilidad se puede hacer algo.

  411. Yo quiero registrar los personajes de mi videojuego, ¿Estos se pueden registrar como obra o necesariamente tienen que registrarse como marcas? ¿Existe alguna forma de protegerlos con Safecreative?

    1. @Alejandro, los personajes, como dibujos, esculturas o creaciones 3d generan derechos de autor por ley, por lo que como tales conviene registrarlos además de como marca (entiendo que te refieres a los nombres en ese caso). Podrías subir los ficheros o imágenes que los describen y optar por la categoría gráfica que más encaje con su naturaleza.

    1. @Fernando, es poco probable que la idea de una terapia genere derechos por ley, por lo que la utilidad de registrarla será entre escasa a nula. Otra cosa sería registrar la expresión literaria concreta de la terapia, como un libro o artículo, pero no la idea en si. Para eso tal vez debas contactar con patentes y marcas.

  412. Hola, deseo saber si puedo registrar una sinopsis de una historia para un guion cinematografico, en un concurso de ideas para guiones piden tener la idea registrada, más no el argumento completo. Se puede?

    1. @Edgar, como siempre comentamos las ideas no generan derechos por tenerlas. Claro que como texto literario se puede registrar una sinopsis, pues nacen derechos de esa expresión concreta, pero eso no hace que tengas exclusividad de la idea.

  413. Hola buenos días,
    Me gustaría registrar unos cuentos que le he hecho a mi hijo. Los textos son míos pero en algunos dibujos he sacado ideas de internet.¿ Puedo registrar el cuento entero o por el contrario sólo el texto? Los dibujos los he hecho yo con acuarela.
    Muchas gracias.
    Un saludo.

    Isabel

    1. @Isabel, a efectos de registro no tienes problema alguno, puedes registrar tanto el texto como las imágenes. Además entendemos que las imágenes se inspiran, no que sean una versión u obra derivada. En cualquier caso nosotros no podemos entrar a valorar eso, por lo que en principio puedes registrar las imágenes por otro lado y eventualmente no hacer comunicación pública sin asegurarte que no hay problema consultando con un abogado si fuera necesario.

  414. Buenos días, mi compañera y yo hemos creado unos talleres educativos con una idea original y nos gustaría saber si podemos registrarlo. He leído en comentarios anteriores que se pueden subir en pdf. En estos textos nosotras describimos los objetivos, metodología, materiales etc… ¿es posible? ¿tendría cabido también como obra en el registro de la propiedad intelectual?
    Muchas gracias
    Sonia

    1. @Sonia, las ideas, por ley, están excluidas de generar automáticamente derechos exclusivos. Podéis registrar un texto literaria explicando las ideas, pero la evidencia será sobre esa expresión literaria concreta y no se obtienen derechos sobre la idea. Como modelo de utilidad podéis consultar en la oficina de patentes y marcas.

  415. Hola buenas noches quisiera saber cuanto me costaría pagar mi propiedad intelectual o derechos de autor ? Y como podría registrar una composición solo letra gracias

  416. Hola,
    Quiero proteger de alguna manera contra plagio, mas que otra cosa, un “lema”… vamos, exactamente no es un lema, es un juego de palabras …que se está utilizando de siempre en mi negocio pero ahora vamos a sacar cosas a prensa y demás… y me preocupa un poco eso. No me queda claro en qué epigrafe iría o donde tendría que ponerlo.
    Tengo a parte del lema en si, imagen-logo… no se si ponerlo como fotografía o como que…
    Si me dais alguna idea de por donde ir…

    1. @Carol, me temo que a ese nivel tendrás que registrar en una oficina de patentes y marcas como, seguramente nombre o marca comercial. Difícilmente nacen derechos de autor de un juego de palabras. Es difícil definirlo, pero lo mejor sería eso, acudir a una oficina de patentes y marcas.

  417. Hola, soy modelista de indumentaria y estoy realizando un metodo de molderia por modulos, es un formato para dar cursos y sus apuntes correspondientes con graficos y explicaciones todo realizado por mi.
    Puedo registrarlo por partes antes de lanzarlo al publico en general.
    Desde ya,
    muchas gracias

    Luciana

    1. @Luciana, puedes registrar gráficos, imágenes, textos, pero ten en cuenta que lo que es el método en si no generará por ley derechos de exclusividad por derechos de autor automáticamente. Esto es, otros podrían seguir ese método concreto. Lo que no podrían es usar tus propios textos, imágenes, vídeos, etc. En estos casos te recomendamos contactar con patentes y marcas para registrar, a) la marca, y b) intentar si el método se puede registrar allí como un modelo de utilidad.

  418. Hola !!!!! necesito preguntarte si puedo registrar u proyecto socio- educativo , vivo en Salta capital . Es muy caro ? MUCHÍSIMAS GRACIAS !!!!!!

    1. @Silvia, me temo que no. Eso entra dentro de las meras ideas que no generan derechos por ley. Un texto, una canción, un libro, un plano arquitectónico (a lo que nos referimos con proyecto), sí generan derechos para sus creadores, pero una idea de negocio, proyecto educativo, etc, no. Los precios de nuestras cuentas están aquí: https://www.safecreative.org/pro

      1. Se pueden registrar frases? O tambien entra en la seecion de ideas? Estoy por terminar un libro de frases positivas y otro libro de poemas.
        Mis poemas muchas veces los comparto en redes sociales, de cierta manera esto sirve como forma de proteccion, mas bien dicho como prueba? De fecha de creación, me parece que hay un apartado cuando trate de registrar un fragmento que te pregunta fecha de creación entonces que hay si alguien roba ideas escribe una fecha anterior a tu posteo jeje en ese caso ya no se ni que pensar.Espero tu pronta respuesta.Saludos y gracias por este buenisimo artículo.

        1. @Eri, lo del as frases realmente depende. Hay expertos legales que opinan que sí nacen derechos de frases individuales, hay quien dice que no, como se suele sostener en relación a Twitter. Nuestro consejo es recopilar las frases en un texto más amplio si se quieren registrar, pero luego será el juez el que decida si una única frase puede contener todos los criterios para generar derechos de autor. Lógicamente el publicar en redes sociales es una forma más de generar evidencias, pero ten en cuenta que estos sistemas no construyen una evidencia sólida ni fácil de usar llegado el momento de necesidad; de ahí que los registros como el nuestro estén adaptados a crear una prueba legalmente válida.
          Las ideas no generan derechos, es la materialización de ésta en un soporte. Alguien puede escribir algo muy parecido sin ser plagio. Al final esto lo deben decidir los jueces siempre.

    1. @Marcela, un festival de cine no se puede registrar en Safe Creative. El nombre lo debes registrar en una oficina de patentes y marcas. Sí se pueden registrar películas y también elementos gráficos, textos, publicidades, etc. pero no el festival en si.

  419. hola buenas noches, quiero registrar un codigo fuente de una plataforma web asi como el diseño de una base de datos, cual es el proceso? y si este tiene algun costo?

    1. Para registrar software deberías aportar un fichero de texto con el código fuente, así como un pdf o similar con la información técnica. Todo se puede aportar junto en un fichero comprimido. La categoría estaría para el código fuente y la base de datos en “diseño: Software y diseño de Base de Datos”. La cuenta básica te permite hasta 10 registros al mes si usas licencias tipo GPL por ejemplo, pero para registrar de forma privativa deberías contratar la cuenta profesional. Aquí puedes ver los precios https://www.safecreative.org/pro y aquí contactar con el departamento comercial para ver si hay alguna promoción: https://www.safecreative.org/contact-pro

  420. Quisiera saber si puedo registrar un pequeño manual de 100 hojas donde redacte cuestiones referidas a seguridad, que tiene que ver con mi trabajo. Son mecanismos de enseñanza clase por clase de lo que debe aprender un empleado de seguridad. Puedo registrarlo ya que es algo inedito por sus mecanismos e información.

    1. @Stella Birutes, cualquier obra artística, científica o literaria se puede registrar. Se deben cumplir criterios de originalidad y en cualquier caso lo que genera derechos automáticamente es la expresión literaria concreta, pero no el método o la idea de enseñanza o similar.

      1. Hola, pero se puede registrar un material pedagógico? Por ejemplo… Una presentación de PowerPoint, un libro que trate sobre un tema en específico.. etc?

        1. @Pancho Piñones, material pedagógico sí, se puede registrar. Si es original se puede registrar como obra literaria en la categoría de formación. Sobre el diseño de algo, la protección es ambigua. Si es un diseño original que puede vivir sin conexión con el modelo de utilidad, generalmente por ley generará derechos y su registro puede ser de utilidad, pero si es un nuevo modelo de utilidad habría que acudir a una oficina de patentes y marcas. Generalmente estas protecciones se solapan y son compatibles y deseables. También cada nación suele tratar estos conceptos de forma diferente, no siempre homogéneo.

  421. Hola quisiera saber si hay una oficina aquí en New York para registrar una obra literaria y cuáles son los requisitos gracias…

    1. @Eloy Caldas, actualmente no tenemos oficina en Nueva York pero todos los registros en Safe Creative se hacen online, por lo que puedes usar nuestra plataforma sin problema. Para registrar una obra literaria no tienes más que subir a tu cuenta un fichero de texto (pdf, txt, rtf, doc, odt o similar) que contenga la obra, rellenar la información que solicita y dar a registrar.

  422. Y para registrar la creación de un nuevo material de construcción??
    O por ejemplo un modelo nuevo de algo que ya existe?? Por ejemplo… Un nuevo modelo de un instrumento musical pero que tiene un diseño diferente al tradicional ??

  423. Estimado, le dejo mi consulta.
    Tengo un metodo diferente a lo existente hasta ahora, para aprender de manera muy rapida y sencilla un instrumento musical.
    – Es registrable? (entiendo que cumple con los requisitos de Creativo y Original)
    – Cuanto demora el tramite?
    – Que debo presentar?
    – Se puede lanzarlo YA via internet, habiendo fecha y hora de lanzamiento, y siendo creativo y original, queda protegido automaticamente, (segun parte del texto superior!).
    Quedo a la espera de sus comentarios.
    Muchas gracias.
    Jose

  424. Hola Mario. Para registrar un dibujo (un diseño) para utilizarlo posteriormente en remeras y otros elementos. Cómo tengo que hacer? Donde lo registro y cuanto debo pagar?
    Muchas gracias!

  425. HOLA!!!
    Mil disculpas yo tengo un método de lectoescritura que he utilizado durante 19 el cual he ido modificando, ahora este método lo modifique para empezarlo desde guarderías. UN MÉTODO ASÍ SE REGISTRA. A MÍ ME VA BIEN CON EL , LOS 29 años los papis han quedado contentos y no hago dictados ni encargo tareas

  426. Hola! Quisiera saber cómo se registraría la obra poniendo como ejemplo el siguiente caso:

    Se me ocurre una idea de crear una página web sobre trueque de libros (ya existente), para llevarla a cabo, creo una página web con mi propio estilo, uso el mismo modelo de negocio u otro diferente; es decir, perfecciono ciertas cosas de la idea.

    1 – ¿Se puede registrar la obra como propia aunque los modelos de negocio sean iguales?

    2 – ¿Se puede registrar la obra como propia siendo los modelos de negocio diferentes?

    3 – En cualquiera de los anteriores casos y ejemplos ¿Debería usar la registración de obra derivada u otro tipo de registro?

    Desde ya muchas gracias,
    Mariano.

    1. @Mariano, las ideas no se pueden registrar porque no generan derechos autormáticamente: https://www.safecreative.org/faq/registrar-idea-patente-invento-nombre Puedes registrar el código html concreto de la página web como página web multimedia, puedes registrar elementos gráficos, y textos específicos, pero para cualquier cuestión relativa a modelos de negocio, funcionaldiad o modelo de utilidad debes acudir a una oficina de patentes y marcas.

  427. Buenas noches, me he inscripto ya pero no sé exactamente dónde debo registrar mi obra de teatro y mi novela. Hay tres opciones:

    Narrativa/Ensayos
    Guión
    Literaria: Otros.

    En cuál debo registrar mi obra de teatro y en cuál mi novela?

    Desde ya, muchas gracias.

    1. @Roberto, la categoría es aproximada y a efecto orientativo. Aquella que más se ajuste puede servir, pero pueden servir varias. La novela, por ejemplo, debería ir en “Narrativa/Ensayos”, mientras que la obra de teatro bien podría ir en “Literaria:Otros”.

  428. El diseño de un modelo educativo nuevo (una Maestría por ejemplo) puede ser registrado como propiedad intelectual?

    1. @Paula, no, puedes registrar la obra resultante e incluso la descripción literaria de la técnica, pero no así la técnica. Ahí te recomendamos consultar con oficinas de patentes y marcas aunque es dudoso que se pueda hacer algo.

  429. Hola que tal, quiero saber si puede registrar un curso taller de ventas que diseñe, entregare un manual de trabajo parecido a una guia. Se puede registrar?

  430. Hola, soy editor y quiero registrar un colección que lleva un determinado formato, temática y diseño. Dos preguntas: ¿Puedo hacerlo? ¿Si alguien hace lo mismo que puedo hacer?

    1. @José Luis, lo cierto es que no sabríamos decirte con seguridad ya que dependerá mucho del diseño concreto que estemos hablando, si es una mera idea o si tiene elementos lo suficientemente originales como para generar derechos. Nuestra recomendación será registrar la colección concreta, pero no podemos asegurar que se asienten derechos sobre el formato de forma que puedas evitar copias de éste.

  431. Podría registrar un método con un nombre concreto para una actividad que realizaré on-line o presencial. He leído que los métodos son ideas y no se registran, pero el método lleva un nombre que lo identifica.La descripción del método es menos importante, que el nombre del método. Necesito un nombre para incorporarlo en una página web.

  432. Buenas noches ee yo invente un juego de tarjetas o cartas la verdad no se si se pude rejistrar si se pudiera cuanto se pagaría quisiera saber alguna información. Gracias les agradezco mucho

  433. Buenos días, tengo un problema para identificar o saber de qué forma o si puedo registrar un proyecto cultural, mas como un evento, el nombre de cada una de sus ediciones presentadas además de proteger las futuras, más que nada es que se tome en cuenta para las siguientes versiones de este evento que fui organizadora principal, preparando todo para que en un futuro se pudiese presentar sin problema.

  434. Hola, buenas tardes quisiera saber si un menor de edad puede patentar o inscribir pinturas y dibujos, mi sobrina tiene pinturas y queremos saber cómo hacerlo…
    Alexia

  435. Buenas tardes, con mi sobrina queremos saber si ella puede patentar o inscribir sus obras pinturas y dibujos…ella es menor de edad…lo.puede hacer ella.

    1. @Alexia, el término correo sería registrar, pues patentes queda para inventos, etc. En principio dependiendo de la legislación en relación a datos el primer problema es si la menor puede usar nuestra plataforma. En España, por ejemplo, es a partir de los 14 años.

      Por otro lado los menores tienen derechos de autor sobre sus obras, pero la gestión patrimonial de éstos no la pueden hacer hasta la mayoría de edad. A efectos de registro podrían hacerlo como hemos comentado antes según la edad. Si son menores la cuenta la debería gestionar el tutor legal. Por ahora la única cuenta que se adecuaría a esto para hacerlo correctamente sería la corporativa.

  436. quisiera saber como patentar la creacion de un documento base interno de operacion de un modelo de intervencion en rehabilitacion con equinoterapia

    1. Hola @Leo, es poco probable que la idea que explica el documento genere derechos de autor, no así la expresión escrita de ésta, que bien podría ser como formación, divulgación, un documento científico.

  437. Hola, me interesa saber si puedo registrar una obra literaria, en concreto una serie de poesías románticas. Son varios puntos, 1- como lo hago 2-tiene costo Quedo al pendiente de su respuesta, les agradezco de antemano.

    1. @Katy, sí, puedes registrar obras literarias, incluyendo, obviamente, poesías. En relación a tu punto 1) en el siguiente enlace se explica cómo registrar una obra en la cuenta que tienes que dar previamente de alta: https://www.safecreative.org/faq/como-se-registra-una-obra 2) En el siguiente enlace puedes ver características de las cuentas y precios: https://www.safecreative.org/pro. Para más información puedes rellenar este formulario y te contactaremos: https://www.safecreative.org/contact-pro

  438. buenas noches:
    quiero saber si un proyecto de explotacion comercial de un espacio abierto , que contiene cierta estética y prestaciones de servicios culturales y deportivos, puede registrarse o si sólo puedo registrar la marca comercial del emprendimiento y nada mas.
    Es decir si puedo registrar el contenido del proyecto , y no solo su nombre comercial.
    o tal vez tenga que armar una franquicia para ello

  439. Soy prestador “publico” de servicios de salud, tengo un proyecto que yo he elaborado desde sus cimientos incluso la educacion que necesito la he pagado yo en su totalidad, lo hago para un bien comun en mi hospital es un proyecto en salud, el problema esq yo siendo autor y ejecutor mis jefes se lo quieren atribuir a otras personas, quitandome de mi puesto ya q dentro del instituto todo se basa en la antiguedad laboral, y soy la mas joven del equipo, puedo registrat mi proyecto???

  440. Hola,

    estamos finalizando el desarrollo de un documento que recoge con diagramas y gráficos el funcionamiento de un App, y nos han recomendado que procedamos al registro de la propiedad intelectual del documento, antes de distribuirlo para solicitar presupuesto de desarrollo a terceros. ¿Esto es viable?De serlo ¿en que sección?

    Muchas gracias,
    Leire

  441. Hola, estoy trabajando en una nueva metodologia para ofrecerselo a empresas y que con ella puedan mejorar sus resultados. La quiero usar en consultoria, impartir formacion sobre ella y que otros la puedan usar. Se puede registrar de alguna forma?

  442. Hola,

    Quisiera saber si puedo registrar un nuevo formato audiovisual. Esto es, no la grabación en sí, sino el nombre, definición y funcionamiento del formato en sí. Gracias.

    Saludos

    1. @Xavier, lo cierto es que es dudoso, vistas las últimas sentencias que se han dado, que eso pueda generar derechos de autor. Puedes inscribir pero teniendo en cuenta que puede que sirva, pero también es más posible que no lo haga. Aquí lo explicamos: https://www.safecreative.org/faq/se-pueden-registrar-formatos-de-television Sin duda lo mejor es grabar al menos un piloto y eventualmente acudir a la oficina de patentes y marcas para registrar la marca o nombre comercial al menos.

  443. Hola, quiero registrar todo lo referente a una historia relacionada con 4 personajes ….mi idea es hacer comics, monos 3d con impresora 3d, juegos de computador relacionados con el tema, etc etc etc ……ya tengo alrededor de unas 50 mini historietas, sin embargo antes de publicarlas me gustaría saber cuales serian los pasos a seguir, ya que no quiero que mi locura o genialidad no sea remunerada. MUCHAS GRACIAS ESTIMADO

  444. Buenas noches, un tipo test que tiene como respaldo diversas bases de datos para arrojar un resultado en línea, desde una pagina, ofreciendo un servicio único en su tipo y para una zona geográfica delimitada con ¿de que manera se puede proteger? Agradezco mucho su ayuda.

    1. @Ache, normalmente las frases sueltas no suelen generar derechos. En todo caso se pueden registrar marcas y nombres comerciales, que no sabemo si es el caso. Lo ideal, pues depende mucho, es registrar un texto mayor en el que se incluya la frase en su contexto. Que la frase en concreto genere derechos ya será cosa de interpretación legal posterior.

  445. Hola estoy haciendo una produccion audiovisual ..animada ..patente el guion literario ..al final patentare la obra audiovisual en si ..los personajes en si se patentan tambiem o com lo anterior basta ?

    1. @Juan Manuel, en Safe Creative generamos evidencia de derechos de autor de aquello que literalmente se copie en nuestros servidores. Si es un guión, el guión será. Si es un dibujo de un personaje, ésto será lo que contendrá la evidencia, por lo que lo mejor es registrar todas las obras que vayas a publicar.

    1. @angel, de un logo lo que se puede registrar es, si es un dibujo, éste como tal, si es una creación original porque los dibujos generan derechos de autor por ley si son originales. Si el logo son letras no generan derechos. El nombre y la marca en si del logo deben registrarse en oficinas de patentes y marcas.

  446. Hola! Una Consulta necesito una asesoría, he venido desarrollando una metodología de trabajo terapéutico, para diversos grupos de personas y capacitando profesionales desde los Titeres; el objeto principal es el Titere NEUTRO, puedo patentar el objeto en si mismo?

    Gracias de antemano!!

    1. @María, no estamos muy seguros de cómo es el títere neutro. Si es una escultura original que has creado, generaría derechos de autor por ley. En este caso no se hablaría de patente. Pero insistimos, si es una figura genérica no generaría derechos. Debe ser una figura original de tu autoría.

  447. Hola,

    si voy a registrar una novela ilustrada, ¿las ilustraciones debo registrarlas aparte o puedo registrar texto e ilustración todo en un mismo documento?

    Gracias.

    1. @Mariana, es un tema controvertido. En líneas general te diríamos que no, pero es mejor registrar el diseño por si pudiera solaparse parte de la protección que la ley de derechos de autor da con la de diseños industriales, que es más bien difuso. Te recomendamos, no obstante, comentar con la oficina de patentes y marcas.

  448. Buenas tardes.
    He elaborado un temario de oposiciones para el cuerpo de profesores de música y artes escénicas. Podría registrarlo?
    Si fuese posible, estaría interesada en hacerlo. Donde tendría que dirijirme?
    Gracias de antemano.

  449. He hecho un estudio comparativo utilizando un producto sanitario que yo comercializo en comparación con otros similares. Se han realizado pruebas en pacientes y sacado conclusiones. Puedo registrarlo como propiedad intelectual?

    1. @Angeles, entendemos que se podría registrar como una obra científica o de formación, que, por ley, en principio insistimos, podría generar derechos por lo tanto inscribirse en registros.

  450. HOLA BUENAS TARDES ME LLAMO EDITH YO QUISIERA PATENTAR UN PROYECTO QUE HICE EN EDUCACIÓN PARA QUE NO SE COPIEN. PUEDO HACERLO?

    1. @Elsa, proyecto de ese tipo, como verás en el enlace de artículo de temas que no se pueden registrar, entraría dentro del concepto de ideas, por lo tanto no generan derechos de autor por si mismos.

  451. Hola, ¿Qué debo hacer para avalar una metodología de aprendizaje?
    Me gusta mucho su página, saludos desde Tijuana, B.C., México.

      1. Como es eso de subir ficheros? A cualquier plataforma? De que manera?
        Quisiera saber si se puede registrar una idea de un proyecto de carácter general? , como por ejemplo un trabajo artistico que genere una imagen que represente a un colectivo. Dicha imagen variaria dependiedo de los materiales utilizados pero siempre se trabajaria sobre la misma estructura y se identificaría con lo mismo. Es posible registrar eso?

  452. ENCONTRÉ LA SOLUCIÓN DE UNA EXPRESIÓN MATEMÁTICA EN BASE A SU DESARROLLO Y SIN LOS PROBLEMAS QUE IMPLICA APRENDERSE O APLICAR SU FÓRMULA , A PESAR DE HABER OTRAS SOLUCIONES, ..ESTAS NO SON DEFINITIVAS O TERMINALES, SOLO SE HACEN BOLAS LOS ESTUDIANTES CON ELLAS Y TIENEN QUE HACER LAS OPERACIONES UNA POR UNA … ¿PUEDO REGISTRARLA?

  453. que abarca el concepto de coreografia o pantonima, incluiría un modelo o procedimiento de ejercicios fisicos como artes marciales?

    1. @violeta en principio no. Esto es un registro de autoría y sería para, por ejemplo, generes evidencia de autor de una escultura original tuya. En principio una cuenta corporativa permite informar de la autoría de una obra que está en el dominio público, pero no es el fin que persigue un registro de este tipo. No sé si nos explicamos.

  454. mi nombre es Jorge y inscribi una cancion de mi autoria, letra y musica cumpli con todos los requisitos que solicito el Disbam y aunque ya hacen meses aun no me llega respuesta por parte de ells e incluso cancele la tarifa que es por derecho a ser reconocida oficialmente y que me tiene que llegar un conprobante e puesto mensajes a Disbam y nadie da señales de vida no hay respuesta alguna pegunta que debo hacer.
    gracias

    1. @Jorge, no conocemos a DISBAM, pero si tienes algún problema con alguna plataforma concreta deberás contactar con ésta. Si no te hacen caso siempre puedes solicitar la ayuda de un abogado que te asesore.

    1. @Francisco, claro, por supuesto. A efectos de registro no hay límites. Sí que hay que tener en cuenta otras cuestiones cuando publiques la obra, por si usas contenidos de terceros, en cuyo caso, y de cara a la publicación, no el registro, debes tener los derechos correspondientes que procedan.

  455. Hola, se puede registrar un proyecto para la organización de encuentro fans , donde se detallan las actividades a desarrollar, la decoracion, la animacion, los objetivos del proyecto
    Graciss

  456. Hola. He creado un nuevo método de aprendizaje que no se ha quedado en idea sino que he desarrollado. Si lo registró ¿puede alguien copiar el mismo “método de aprendizaje” cambiando el tipo de letra, ilustraciones, texto…?o eso quedaría también protegido.

  457. Hola.
    Tengo una pregunta.
    Creé un personaje, diseñado para un software que usa grabaciones de silabas y fonemas para sintetizar una voz. Ademas, al ser un personaje, tiene dibujos e imagenes.
    Se puede registrar eso y, se deberia registrar en una sola vez o los archivos de imagen por separado de los audios.
    Gracias

    1. @Diego, muy interesante. Sí, el personaje lo puedes registrar como imagen. Sobre el audio no sabemos decirte porque dependerá de si lo que dice es una obra susceptible de generar derechos de autor o no. Si es un mecanismo por el cual el personaje puede locutar textos, etc. a nivel de derechos de autor no tiene mucho sentido. El código fuente del programa que lo permite, si es original, sí se puede registrar y los textos originales que “diga” también. No sé si nos explicamos.

  458. La respuesta si se entiende, pero al parecer hay algo que no se comprendio de su parte.
    Antes que nada tengo que decir que el programa no es mio. ?Pero hay alguna manera de comunicarme para explicar mas a fondo el tema?
    Gracias

  459. La respuesta si se entiende, pero al parecer hay algo que no se comprendio de su parte.
    Antes que nada tengo que decir que el programa no es mio. ¿Hay alguna forma de contacto para explicar mejor el tema?
    Gracias

  460. Hola y buen dia
    Sin querer llegue a este sitio, buscando opiniones de expertos y/o profesionistas, debido a que ya desde el 2012(comprobale) puse en practica NO UNA IDEA, sino un método que genere desde años antes, en área de MATEMÁTICAS, de como se puede aprender y aumentar en un alto porcentaje en despejar uniendo 4 métodos a uno solo. Y pues lo que quiero es al menos obligar a que referencien a mi persona como el autor/creador de este método que a la vez ayudará a disminuir problemas de tiempo. Y la verdad no e gustaría encontrarlo en algún lugar que lo estén usando(aso como lo escribí), obvio, se desde donde lo ideé, para llegar a ese método. lo venia deduciendo desde 1997. La única novedad ahí es que siempre estuvo a la vista y solo faltaba unirlo y funciona.

    1. @J. Carces, no somos abogados, y sobre esto se podría discutir mucho, suponemos, pero ten en cuenta que los métodos, tal y como enlazamos en el artículo, no generan derechos de autor. Si es de un tema matemático todavía es más complicado que ocurra. Sí que lo que es la expresión escrita literaria que lo describe, como obra científica o divulgativa, puede generar derechos, pero eso no te da monopolio sobre el método en si. Es posible que eso lo tengas que consultar en una oficina de patentes y marcas, tal vez, como modelo de utilidad.

    1. @María José, gracias por escribir. No, el método no genera derechos de autor. Su expresión literaria sí, pero no el método. Las obras artísticas sí generan derechos de autor.

  461. Hola buenas tardes, me gustaría saber cómo registrar un juego de mesa. En caso de que sea posible, en qué apartado dentro de Safe Creative.

    Gracias.
    Un saludo.
    José Luis.

    1. @Jose Luis, en relación a los juegos de mesa hay varios componentes que generan derechos automáticamente y se pueden registrar, como textos originales (las instrucciones por ejemmplo), figuras (como esculturas), dibujos, música, de haberla, etc. De todos modos hay partes que deberías registrar en oficina de patentes y marcas, como el nombre del juego, la marca, etc. Aquí hay más información: https://mymabogados.com/juegos-de-mesa-y-propiedad-intelectual.html

  462. Quisiera saber si es posible registrar un programa de radio.
    He creado un programa de radio que se emite en una emisora comercial, tiene una duración de 60 minutos y diferentes contenidos. Como se puede registrar. Hay que registrar el nombre, el programa en si, etc.
    Gracias, un saludo

    1. @Antonio, puedes registrar un formato de TV (o radio) pero ten en cuenta que existe debate sobre éstos generan derechos por si mismos https://www.safecreative.org/faq/se-pueden-registrar-formatos-de-television. Lo ideal es registrar cuanta más información mejor, biblia, escaleta, elementos gráficos, puesta en escena y todo acompañado, a poder ser, de, al menos, un programa piloto. Sí que puedes registrar todos los programas, que por si mismos generarán derechos. Para marcas, etc. debes acudir a una oficina de patentes y marcas estatal.

  463. Hola, me gustaria registrar un concurso muy especifico para una feria importante en mi ciudad, y no quiero que me quiten la idea, en su caso si la meteodologia no és posible, se haría confeccionando un guión de concurso? . Así cómo hago varios eventos creativos, tipo pasarelas con guión , coreografias y demas.

    Mi pregunta es; un concurso puede ser protegido por la propiedad intelectual. Y si es así, de que manera se deberia escribir o como.

    Gracias.

    1. @Diana, en si una idea no es protegible. Textos originales concretos sí y también elementos gráficos, guiones cinematográficos, coreografías, pero la idea del concurso, por si misma, en principio no.

  464. Me gustaría saber si se puede proteger un modelo de negocio. El servicio que estoy pensando es ofrecer un contenido visual y de introducción de datos a los usuarios. Gracias a ese contenido los usuarios se benefician y pagan a la empresa.
    Pero el miedo que tengo es que otra empresa con mayor capital pueda hacer lo mismo y quitarme los posibles clientes.
    Seria algo similar a facebook que ofrece un contenido creado por los propios usuarios que a la vez interesa a otros. En mi caso no seria contenido de fotografias, pensamientos, etc… sino que sería un contenido de otro tipo. Es eso registrable ?

    1. @Jose Antonio, me temo que ideas de modelos de negocio, como ideas, no se pueden proteger por derechos de autor. Lo mejor para esto es llevar a cabo la idea, firmar acuerdos de confidencialidad, generar evidencias cada vez que informas de la idea a terceros, por ejemplo usando safestamper.com, etc.

  465. Exelente artículo Mario. Y me encanta q interactúes con tus lectores.
    Yo llegué aquí buscando info sobre como registrar un documental q estoy haciendo sobre una región. Me voy con buena info, gracias!

  466. ¡Hola, Mario! Tenía una duda, yo estoy trabajando en un libro de ficción, pero en una plataforma y en mi página web voy subiendo capítulo por capítulo, ¿se puede registrar cada capítulo? Y una vez que esté finalizado, ¿se puede registrar la obra completa?

  467. Hola, quiero saber si se puede registrar una metodología educativa o una pedagogía específica, como por ejemplo la pedagogía Montessori o Waldorf, ¿cómo están registradas? y ¿qué debo hacer para registrar una personal?

    1. @Alejandra, a nivel de derechos de autor una metodología no se puede registrar. Textos concretos, literarios, que la describen, sí, lógicamente. Debes consultar con patentes y marcas en relación al registro de la marca o nombre comercial de la metodología y ver si se puede hacer algo a ese nivel en dicha oficina.

  468. Se pude registrar como tuya una obra de arte de óleo un cuadro , en el que aparece una foto de marylin Monroe de otro artista fotógrafo , que en mi cuadro aparece ocupando el 20% del mismo y el resto es invención tuya

    1. @José a efecto de registro sí puedes hacer, pero de cara a su publicación dependerá mucho de la legislación que te afecte si ese uso se considera permisible o deberías contar con algún tipo de autorización de los titulares de la obra que aparece.

  469. QUIERO REGISTRAR O PATENTAR UN APARATO DE MI INVENCION.NECESITO TENER UN PROTOTIPO PARA PATENTARLO.
    O PUEDO PATENTA LA IDEA? QUE NECESITARIA?
    GRACIAS

    1. @Tomasa, a efectos de publicación no sabemos decirte. De cara a registrar la obra bastaría con hacerlo subiendo unas fotografías del vestido desde varios ángulos. Si las pones en un documento PDF sería suficiente.

  470. estoy empezando a hacer videos de minutos y mi personaje es de ejemplo inter galatic vs depredador ,,,,,mi personaje donde debo hacentarlo . asi como enn otro pais es el capitan america etc. quisiera saber o adyegarme a espacio inca que ellos trabajan con el cine nacional ,,,,,gracias

    1. @Raul, puedes registrar tus obras, vídeos, en Safe Creative, lo cual te proporcionará evidencias tecnológicas que te ayudarán a demostrar, en caso de duda, que tenías acceso a dicho contenido antes que cualquier otro usuario. Si además quieres obtener protección sobre el nombre o marca deberás acudir a una oficina de patentes y marcas.

  471. Buenos días, hemos creado un curso formativo y nos preguntamos si es posible registrar la propiedad intelectual del contenido del curso. Se trata de un curso específico dirigido a un sector concreto con un temario específico. Por supuesto entendemos que también hay que registrar el nombre del curso como nombre comercial o marca.

    1. @Susana, como cualquier texto literario original, el contenido de un curso formativo se puede registrar ya que genera derechos de autor de forma automática. Existe un tipo de obra literaria que es de formación o científica.

  472. He leído en un post anterior que un programa de formación se puede registrar como obra literaria. Pone que se puede registrar como un tipo de obra literaria que es de formación o científica, pero no la encuentro. Lo que más se parece es “literatura técnica”. ¿Cómo debo proceder si quiero registrar un programa de formación propio?

    En caso de poder registrar el programa de formación, ¿se puede ampliar a posteriori y volver a registrarlo con el mismo nombre como versión mejorada?

    Muchas gracias

    1. @Patricia, en literaria tenemos la categoría “formación, divulgación”. En principio esa sería la más adecuada, aunque puedes optar por otro. El tipo de obra es más bien orientativo. Si haces nuevas versiones y cambian sustancialmente sí, es recomendable volver a registrar la obra.

  473. Me interesa registrar un método de creación artistica que estoy poniendo en practica en distintos niveles de educacion artística y tengo evidencias de que es bueno. cómo puedo registrarlo? Le he puesto un nombre que concuerda con el sentido que tiene. tengo que patentarlo?

    1. @Maria, los métodos no generan derechos de autor automáticamente por lo que no tiene mucho sentido registrar en registros de propiedad intelectual. Puedes registrar textos literarios que lo explican, pero se protege la expresión literaria por ley. Deberías consultar el tema de la marca o nombre comercial en la oficina de patentes y marcas.

  474. Quiero protejer dibujos de mi creación, pero no sé si necesito una marca para eso o los registro como propiedad intelectual, me sería de mucha ayuda una respuesta, gracias,buen día.

    1. @Joadan, por ley tienes derechos de autor sobre tus dibujos. Los puedes registrar en sistemas de registro de propiedad intelectual para tener evidencias tempranas en el tiempo que te ayuden a demostrar y defender estos derechos. La marca o nombre comercial es algo opcional que puedes solicitar en oficinas de patentes y marcas, pero es distinto del derecho de autor.

  475. Hola! Quería saber si se puede registrar una “tecnica” de arte que lleva un nombre específico….. se hace en varios lugares pero es de propiedad mia….

    1. @Andrea, me temo que las técnicas entran dentro del concepto de idea que por ley de derechos de autor no genera derecho exclusivos. El relato literario de la técnica sí, pero eso no genera monopolio sobre la idea de la técnica. Deberás preguntar en una oficina de patentes y marcas, por si es posible hacer algo con la marca y/o el modelo de utilidad.

  476. ¡Hola! Doy talleres y me han recomendado que registre la metodología que utilizo por ser original y replicable. ¿Cómo tengo que hacer? ¿Es posible registrar un método? ¡Gracias!

    1. @Lucia, igual que he comentado antes, una metodología no genera derechos de autor, el relato literario de ésta sí, pero no la idea de la metodología. Como siempre es mejor consultar en la oficina de patentes y marcas por si como modelo de utilidad se puede hacer algo, aunque es dudoso. Si tienes una marca o nombre comercial, sí que seguramente podrás registrar éste en dicha oficina.

  477. Hola , quisiera saber si se puede registrar el festival de costumbres criollas ? Agradezco su valiosa atención

    1. @Mirian, si bien sí es posible registrar obras creativas, científicas o literarias relacionadas con las costumbres criollas, lo que es un festival, como idea de servicio, no se puede registrar en Safe Creative ya que por ley no se generan derechos de autor de forma automática. Coreografías, logos dibujados, diseños originales sí podrían generar derechos, pero la idea de hacer un festival mucho nos tememos que no. El nombre comercial se puede registrar en una oficina de patentes y marcas.

    1. @Sergio, entendemos que si el contenido de la grabación entra dentro de los principios del convenio de Berna en cuanto a obra creativa, original, literaria o científica, sí, se puede registrar. Bastaría con subir un fichero con el audio de la grabación.

  478. Quisiera registrar una coreografía de baile. Que debo presentar? Y que alcance tendría dicho registro?…o sea…que nadie mas pueda usarlo?

    1. @Edy, las coreografías, como obra creativa, suele generar derechos de autor. Normalmente una grabación en vídeo de ésta podría servir para demostrar su existencia, o bien una descripción en términos de danza y tiempos de ésta. Los derechos nacen por ley, no por registrar. El registro te ayuda a demostrar que tenías acceso a la obra. Es la ley la que te protege en caso de usos indebidos.

  479. He diseñado participaciones de lotería para una Administración de Loterías durante 30 años cuya titular es mi hermana. Ahora vende la Administración a un tercero y no me da nada por mi trabajo, para eso no soy familia.
    Quiero registrar los diseños de mis modelos de participaciones de los principales clientes usados en los dos últimos años así como el diseño del dibujo y formato del papel empleado.
    Puedo hacerlo?, alguna sugerencia?
    Gracias

    1. @Vicente, todo lo que sean dibujos, que generan derechos de autor automáticamente por ley, son susceptibles de ser registrados, generando así una evidencia de autor que te puede ayudar en el futuro si se usaran sin autorización. Te recomendamos que contactes con nuestro equipo comercial que te atenderá sin compromiso alguno por tu parte: https://www.safecreative.org/contact-pro

  480. Hola
    Me dedico a crear pequeñas esculturas originales las cuales expongo en un local con escaparates.
    Hace mas o menos 2 meses he descubierto que en una tienda de la misma zona, a no más de 500 metros, alguien está copiando mis figuras, aunque de forma chapuzera, y las están poniendo a la venta.
    Os podeis imaginar mi cabreo, fui a hablar con el tipo y me dijo con toda su cara que quien me habia creido yo, que el arte es de todos. En fin se estan aprovechando de muchos años de trabajo puliendo mi estilo y no se que hacer, siento mucha impotencia.
    Como puedo protegerme?

    1. @Sandra, como suele ocurrir con estos temas lo mejor en este caso es contactar con un abogado. La ley de derecho de autor ampara tus derechos como tal y puedes emprender acciones legales. Lógicamente hay que ir con cuidado con estos temas por lo que te recomendamos que eches un vistazo al siguiente artículo: https://www.safecreative.org/faq/que-hacer-en-caso-de-plagio-u-otro-uso-ilicito-de-nuestra-obra y visites este enlace: https://www.safecreative.org/agent-directory

    1. @Isabel, en principio si esa una obra original y creative, como una forma escultórica, sí podría ser que genere derechos de autor y por lo tanto se pueda registrar.

  481. buen dia
    me encuentro desarrollando la idea de una app gratuita, ¡podria inscribir mi idea en propiedad intelectual? o que debo hacer, es que es algo original y resolveria varias problematicas de mi ciudad pero mis amigo me han dicho que por ser tan buena pued ser copiada hasta por el mismo ente gubernamental

    1. Hola @victor, las ideas no generan derechos de autor, por tenerlas. Lo que genera derechos es la fijación concreta de esta idea, esto es, el código de software junto al diseño de la aplicación y su documentación técnica.

  482. ¿puedo registrar el nombre de un personaje de videojuego como marca registrada?
    (no es el mismo sentido será un giro distinto) será servicios al cliente…

  483. Hola, quiero registrar un pan totalmente comestible que hago yo con dibujos de distintos personajes y cosas… ósea, la técnica para realizarlo… es posible? Gracias

    1. @Sabrina, si lo que quieres es registrar una forma “escultórica” original de un pan, y ésta forma pudiera vivir sin conexión directa con el pan, lo podrías hacer, pues seguramente generará derechos de autor, registrando imágenes de dicho pan con los dibujos, forma, etc. Lo que es la técnica para hacer no creemos que genere derechos de autor tal y como explicamos en un enlace de este mismo artículo: https://www.safecreative.org/faq/registrar-idea-patente-invento-nombre

    1. @Jacqueline, si hablamos de un dibujo para hacer un logo sí. Si es un dibujo original se puede registrar. Ten en cuenta que como elemento para una marca deberías también acudir a una oficina de patentes y marcas.

  484. Buenas tardes saludos cordiales me puedes informar si puedo registrar el nombre de mi festival de música ya que lo ahí a nivel internacional.gracias

  485. Hola, puedo registrar una carrera universitaria y(o tecnicatura, es decir, el programa curricular de una carrera universitaria y/o Tecnicatura? Muchas gracias. Saludos

    1. @Ulises, ese tipo de cuestiones no genera derechos de autor, como ocurre con redacción de ingredientes, listas, desgloses. Redacciones literarias concretas, libros de texto, artículos, estudios científicos sí generan derechos, pero un porgrama curricular no, por lo que registrarlo no tiene utilidad práctica.

    1. @ariel, en Safe Creative es suficiente con subir un fichero cualquiera que contenga la obra, no tiene porqué ser el fichero en crudo original. Puede ser un fichero comprimido o similar.

  486. Hola puedo registrar un trabajo de relevamiento e investigación de reservas naturales, cultural e histórica de un municipio? El.mismo lleva el nombre Sensibilización y preservación de las Reservas Naturales, culturales e históricas de la municipalidad de…..”?

    1. @Abigail, no sabríamos decirte con seguridad. En temas de formatos, como de TV por ejemplo, a veces sí se ha considerado que existían derechos, en concreto en aquellos que estaban muy desarrollados y para los que existían programas piloto. En teatro no estamos seguros de si se podría llegar a aplicar la misma lógica…

    1. @Pedro, sí, es posible. No obstante ten en cuenta que lo que se protege en ese caso es la expresión literaria concreta del texto de sinopsis o resumen, no la idea sobre la que versa.

  487. Hola, se puede registrar un Trabajo de Fin de Grado completo? El trabajo contiene el guión de un largometraje pero quiero registrarlo completo para proteger más la idea, ya que se hace descripción de personajes, de espacios, la memoria de realización, etc.

    1. @Sandra, lo que genera derechos no es la idea, sino la obra literaria concreta, sea un guión o un trabajo de postgrado. La idea del largometraje no genera derechos de autor, pero sí el guión o el propio largometraje cuando sea creado.

  488. Hola! ¿Puedo registrar un Festival de música? ¿ Cómo se hace? ¿ Qué es lo que realmente puedo registrar ( Autor de la idea y nombre del festival, nombre, idea, organización del evento en sí, cartel, horarios…? ) y una vez registrado que derechos/responsabilidades/obligaciones conlleva esto? ¿es recomendable registrarlo antes ó después de que el festival se lleve a cabo? Muchas gracias por su atención.

    1. @Jesús, no es posible registrar lo que quieres en Safe Creative. Debes acudir a una oficina de patentes y marcas para ver si puedes registrar el nombre comercial del evento.

    1. @Araceli, en Safe Creative no se registran ni metodologías ni nombres comerciales, para eso debes acudir a una oficina de patentes y marcas. El manual en sí, como una obra literaria de carácter formativo se puede registrar en Safe Creative para generar una evidencia de derechos de autor.

  489. Hola he intentado registrar con vostros y no me dejais hacerlo el grito de Tarzan desde un archivo sonoro del móvil q me lo grave de viva voz yo mismo hace tiempo . En todo caso seria posible registrarlo con vosotros ?

    1. @Javier, en principio el sistema debería dejarte subir un fichero de audio, pero ten en cuenta que según el móvil que uses, o su sistema operativo, puede ser problemático, como ocurre con iOS. En todo caso desde la interfaz web no deberías tener problema. De todos modos ten en cuenta que es poco probable que un grito como el que comentas genere derechos de autor, en el sentido de autoría.

  490. Hola, puedo registrar con ustedes un festival que yo ideslice y que alcance a realizar durante dos años en Colombia antes de salir al exterior, pues las personas que me apoyaron ahora quieren hacerlo nuevamente, pero sus ideales son quedarse con los derechos que me corresponden.

    1. @Robinson, en Safe Creative puedes registrar obras literarias, científicas y artísticas. Un Festival, como idea, no genera derechos de autor. Si lo que quieres es tener derechos exclusivos sobre el nombre de éste, debes acudir a una oficina de patentes y marcas para registrar el nombre comercial de éste.

  491. Hola, tengo dos metodologías de trabajo creadas por mi, una es basada en el juego de Ajedrez y potencia habilidades blandas, la otra es mas compleja y abarca un cambio de cultura organizacional. ¿Cómo puedo hacer para registrar esas dos ideas?

    1. @Pablo, en Safe Creative no se pueden registrar metodologías pues éstas no generan derechos de exclusividad al ser ideas y la ley no contemplar que existan derechos. Puedes registrar una obra literaria específica que describa la metodología pues la ley otorga derechos a dicha expresión literaria, pero no a la idea que se describe. Para cualquier cosa fuera de derechos de autor debes acudir a una oficina de patentes y marcas.

  492. Hola se puede tener derechos de autor de una base de datos creadas en excel que permite mejorar y optimizar tiempos en la realizacion de varios documentos … y si se puede cual es el procedimiento a seguir.

    1. @Cristina, las bases de datos generan derechos de autor y existe una categoría específica que verás en el momento de registrar la obra en “diseño: Software y diseño de Base de Datos”.

  493. Hola. Tengo una duda.
    Soy un chico de 16 años y junto con sus amigos, Rodrigo y Diego, elaboramos un proyecto sobre un insecticida a base de glucósidos cianogénicos. ¿Se puede registrar para derechos de autor de nosotros tres? Gracias.

    1. @Oscar, eso escapa del terreno de los derechos de autor. El escrito describiendo el descubrimiento sí generaría derechos de autor, el texto literario, pero no la fórmula. Podéis consultar en una oficina de patentes y marcas no obstante.

  494. Hola……quisiera saber como puedo registrar en derecho de autor un nuevo sistema fitness, método fitness o sistema de entrenamiento no se como llamarlo. De la rama de los ya conocidos “body kombat, aerobox, radical, zumba, etc”.
    Este es totalmente nuevo siendo aeróbico pero desligandose del bodykombat y aerobox dado la aplicación y formato.
    De antemano muchas gracias.

  495. He diseñado un programa de entrenamiento que va de la escala 5 a la 1, sirve para bajar de peso y mejorar el estado físico de la persona. Se puede registrar como propiedad intelectual ya que lleva una fundamentación de evidencia científica y un fundamento fisiológico de acuerdo al organismo donde se aplica?

    1. @Nidia, como explicamos en varias respuestas y en el propio artículo y sus enlaces, no, la idea no genera derechos. El texto literario concreto, o el paper del estudio científico sí genera derechos, pero el programa por si mismo no.

  496. Hola, estoy buscando registrar unos juegos. Puedo registrar el docuemento de las instrucciones y el diseño de los tableros con ustedes?

  497. Buenas tardes, quería saber si se puede registrar una estrategia pedagógica y el nombre de un programa de formación.

    Muchas gracias por su ayuda

    1. @Diana, como hemos comentado varias veces en este artículo, no, una estrategia pedagógica, como idea, no genera derechos de autor automáticamente. Un texto literario que describe algo, o llena de contenido algo, sí, pero no la estrategia en si. Igual que el nombre, debes consultar en una oficina de patentes y marcas.

  498. Hola, quiero registrar la temporalizacion que he seguido con mis alumnos, es decir todas las actividades que me he inventado, ¿es posible?
    En algunos ejercicios me he basado en otra bibliografía, se puede citar y que contase como propiedad intelectual toda esa organizacion y selección de actividades repartidas en el curso??

    1. @Carmen, en principio entendemos que es un método, y como tal, no genera derechos de autor. Textos concretos, por ejemplo, si lo hacen, pero no la idea ni el método.

  499. hola que tal , te hago una consulta quiero registrar una idea pero no si esta registrada ya como hago para saberlo???

  500. cuando me registre la parte donde hice clic decía gratis. quiero registrar algo y me dice que necesito una cuenta de pago. no entiendo

    1. @Joe, la cuenta amateur es gratuita para registro de obras en las que el autor decide declarar con licencias tipo “Creative Commons”, esto es, algunos derechos reservados. Si deseas usar características profesionales, como “todos los derechos reservados” necesitas contratar una cuenta profesional o hacer registros puntuales de pago.

  501. Buenas tardes. Me interesa conocer qué requisitos tengo que seguir para el registro de programas educativos?

    1. @Ricardo, es importante señalar que lo que puedes registrar, pues genera derechos, son los contenidos educativos. No los programas, ideas, proyectos. Si lo que quieres registrar son los recursos educativos como libros de texto, vídeos de formación, etc. sólo tienes que subir a tu cuenta ficheros con dichos contenidos en la categoría correspondiente a cada uno y completar los pasos que se te solicitarán.

  502. Hola buen día! soy docente y he desarrollado una serie de manuales, en los que hago una selección y recopilación de información de distintos autores, así mismo, en dichos cuadernos de trabajo he integrado actividades y metodologías de enseñanza creadas por mí, quisiera saber, si éstos se pueden registrar,obviamente citando las fuentes de donde obtuve la información y así mismo, si al registrarlos quedan de alguna manera protegidas de plagio las metodologías y actividades propias que aparecen en los manuales.
    GRACIAS

  503. Hola qué tal soy Natan Hernández he creado un manual para enseñas lengua de señas el manual consta de una sería de videos para aprender lengua de señas más fácil. Cómo puedo registrarlo y que requisitos tiene que tener . Muchas gracias

    1. @Natam, simplemente necesitas subir los ficheros con los contenidos, seguir los pasos del asistente y quedarán registrados. Lo puedes hacer con la cuenta básica gratuita si prefieres usar licencias Creative Commons, o puedes contratar servicios premium para registrar con todos los derechos reservados y obtener pruebas de registro que se generan, etc: https://www.safecreative.org/pro

  504. Buenas, quisiera saber si una serie de fórmulas matemáticas nuevas pueden ser protegidos por propiedad intelectual, ante el riesgo de plagio y de defensa ante ello por la ley, al menos para dejar constancia de que fueron creadas en una fecha concreta, anterior evidentemente a un posible plagio.

    1. @Juan José, las fórmulas matemáticas no generan derechos de autor. Sí puedes registrar el texto literario específico que la explica o describe, pero no tendrás derechos exclusivos sobre la fórmula.

  505. Hola tengo una gran duda sobte las metodologías educativas como Waldorf montessori entre otras puedo patentar como y de que forma una metodología nueva si la he inventado. Deseo saberlo.

    1. @Daniela, las metodologías educativas no generan derechos luego no se pueden registrar en Safe Creative. Los textos que las explican sí, y también puedes registrar, en una oficina de patentes y marcas, el nombre comercial. De todos modos puedes consultar en la oficina de patentes y marcas si como modelo de utilidad puedes hacer algo.

  506. HOLA
    MI NOMBRE ES CRISTINA Y SOY DOCENTE. DURANTE AÑOS REALICE UN PROYECTO RELACIONADO CON MALVINAS EN LA INSTITUCION EN LA CUAL TRABAJO. PUEDO REGISTRAR EL PROYECTO EN DERECHOS DE AUTOR?
    GRACIAS POR SU RESPUESTA

    1. @Cristina, por ley los proyectos en el sentido de idea no generan derechos automáticamente. Contenidos literarios concretos sí lo hacen, libros, fotografías, vídeos, pero no la idea en si.

  507. Alguien me puede decir si puedo registrar la idea de un festival de cine, fue tan original que la he realizado e inmediatamente me han copiado todo el concepto del mismo solo que con otro nombre…

  508. Hola! necesitaría saber si se puede registrar artículos o notas que escribo en redes sociales y en mi página web. Soy coach y escribo notas de interés relacionadas con mi trabajo. Al que pueda responder, muchas gracias!

    1. Ese tipo de cuestiones se deben consultar en una oficina de patentes y marcas porque procesos, formulaciones, etc. no generan derechos de autor automáticamente. Si existe documentación, textos, estudios y otros contenidos originales, eso sí se podría registrar.

  509. Buenas tardes. Yo he diseñado y perfeccionado a lo largo de seis años, un proyecto escolar basado en restos, de esencia empresarial, que culmina en un producto (una revista) la revista no me interesa protegerla, más bien todo el diseño del proyecto que dura 9 meses:, documentos de trabajo,reglamentos generales y específicos, códigos de conducta, cronogramas, bitácoras de trabajo, ….este proyecto cuando lo presentan los alumnos , muestra las riquezas de las experiencias y aprendizajes obtenidos a tal grado, que ahora la escuela utiliza mi proyecto para promocionarse con sus potenciales clientes. Deseo proteger todo este diseño que yo forme y escribí, con toda mi experiencia y expertiz. Y que nadie utilice mi idea si un día ya no estoy en el Colegio, gracias

    1. @Enrique, muchos nos tememos que estos temas se salen de los derechos de autor. Los contenidos concretos, textos, vídeos, etc. sí generan derechos exclusivos, pero las ideas, proyectos, metodologías no lo hacen, por lo que tendrías que valorar otras posibilidades.

  510. Hola, puedo registrar un personaje? Soy divulgador cientifico y cree un personaje que voy a instituciones. Ademas de un nombre de fantasia de la actividad.
    Gracias

    1. Puedes registrar el dibujo de un personaje. El nombre, si quieres que sea exclusivo como una marca comercial deberás ir a la oficina de patentes y marcas.

  511. Buenas noches quisiera consultar. Con el club de ciencias realizamos un dispositivo para alerta temprana de la crecida del río.. esto podemos registrar?

    1. Si bien no podemos hablar a nivel de patentes, pues eso es misión de oficinas de patentes y marcas, y conviene consultar allí por el registro del nombre comercial del juego, sí hay elementos concretos artísticos y literarios que se pueden registrar en Safe Creative al generar derechos de autor por ley, como dibujos de las cartas, instrucciones, elementos gráficos, etc.

  512. Hola, se puede registrar una nueva palabra compuesta por dos palabras? es decir, las palabras por separado están definidas y tienen sus conceptos. Sin embargo nadie las ha “unido”.
    En este caso se puede registrar esta palabra y su concepto?

    1. Romina, a nivel de derechos de autor es improbable que eso genere derechos automáticamente. Contacta con una oficina de patentes y marcas por si puedes hacer algo a nivel de marca o nombre comercial.

  513. Hola soy Santiago, fotógrafo freelance, me gustaría saber si se puede registrar un estilo fotográfico (fotografías bajo unas condiciones muy concretas)
    Gracias.

    1. Por ley generarán derechos las fotos, pero no el estilo en si, por lo que si bien sí puedes registrar las imágenes que tomes, no se generan derechos exclusivos por el estilo por defecto.

    1. Se pueden registrar muchos elementos de un juego de mesa, como los elementos gráficos, textos de instrucciones, figuras originales, etc. Además es recomendable acudir a una oficina de patentes y marcas para registrar el nombre y marcas comerciales.

  514. Hola.
    Acabo de ver que mi página web está completamente plagiada y traducida al ingles en otro dominio. Así que quiero registrar el sitio web y todos sus contenidos antes de denunciarlo. ¿Me puedes indicar cómo registrar todos los contenidos de la web?
    Gracias.

  515. Hola, frases similares en publicidad? Son susceptibles para una demanda?
    Una empresa argumenta que utilicé frases similares y con fines de lucro, en instancia civil y penal negaron dicha acusación , sin embargo ellos recurrieron al amparo
    Procede la demanda?

  516. Buenos días.
    Después de leer el artículo y los comentarios, me surge la duda de si se puede registrar como derechos de autor un proyecto de intervención terapéutica.
    Gracias

    1. Cuando se habla de proyectos nos solemos referir a planos arquitectónicos casi exclusivamente. Otros tipo de proyectos entran dentro del concepto “idea” y no generan derechos automáticamente por lo que no tiene utilidad registrar a este nivel. Debes consultar en una oficina de patentes y marcas.

  517. Soy Irma Garcia, tengos dos libros registrados por derechos de autor y editados, así como diseños y dibujos .
    Mi pregunta es si yo deseo dar estos conocimientos en cursos, como tengo que registrar el contenidoen como un sistema de meditación

  518. Hola, Me di cuenta de que hay un negocio entre un “arrendador y los arrendatarios” por asi nombrarlos batallan para encontrarse. Quiero pagarle a una empresa para que me desarrolle una aplicacion, y ambos tanto arrendador como arrendatario se comunique mas facilmente por medio de la applicacion. Mi preocupación es que no quiero que la empresa que me desarrolle esta aplicacion al momento que le explique como puedo generar ingresos por medio de esta aplicación. Me quieran ellos mismos copiar la applicacion, o negarmela y adjudicarsela ellos, cuando yo tuve la idea. Espero me hallas entendido

    1. Es posible que algunos elementos gráficos, textos concretos, etc. puedan generar derechos pero a nivel de derechos de autor no así la mecánica. En estos casos recomendamos contactar con una oficina de patentes y marcas.

  519. Buenas tardes, ¿es posible patentar un proyecto cultural enfocado al fomento de lectura? Está dirigido para el público infantil en nivel vulnerable.

  520. Buenas tardes, quisiera saber cómo se realiza el registro de la propiedad intelectual de fotografías subidas a bancos de imágenes?, cuánto vale?, cuántas se pueden registrar?, el proceso se realiza por lote de fotografías o una a una?

    1. En general va a ser imprescindible aportar los ficheros con las imágenes. Se puede hacer de muchas maneras, de una en una en la web, varias a la vez, también por web, usando DropBox o GoogleDrive (https://www.safecreative.org/faq/registro-automatico-googledrive-dropbox) o ART incluso (https://www.safecreative.org/blog/es/automatic-registering-tool-es/ ). Si son muchas obras recomendamos usar la cuenta profesional pues puede subir tantas obras al mes como necesite: https://www.safecreative.org/pro

  521. Hola, estoy diseñando dibujos para camisetas que incluyen frases. Quisiera saber si debo registrar sólo el dibujo o el diseño completo incluyendo la frase. Otra duda es si las frases pueden tener derechos autor. También en el caso de incluir en el diseño la frase y estar esta en una tipografía propiedad de un tercero, de uso libre, puedo regristrarlo o como deberia proceder. Gracias.

    1. Normalmente se suele registrar dibujo y frase aunque qué genera derechos concretos no se puede generalizar por lo que no sabríamos decir. Sobre la tipografía, si es libre, entendemos se puede usar como soporte de los elementos literarios expuestos.

  522. hola! es posible registrar una practica terapéutica inedita? de ser asi como seria y cuales son los medios para hacerlo. Muchas Gracias!

    1. Hay varios elementos de un juego que se pueden registrar, como dibujos, textos de instrucciones, etc. Normalmente los juegos, además, implican la conveniencia de registrar en oficinas de patentes y marcas la marca de éste, o nombre comercial.

  523. Buenos dias, ¿bajo qué nombre puedo registrar mis escritos?
    Quisiera registrar cada texto por separado,no todo como un libro, no se si eso es posible…
    ¡Gracias!

  524. Hola soy Juan. Es posible patentar un proyecto del diseño de una copa (trofeo) con diseño único. Y si es posible patentar el desarrollo principal del proyecto para lograr ser beneficiado con dicho trofeo. Se relaciona a espectáculo público del deporte.

  525. Quiero saber si es posible patentar o registrar con derecho de autor un modelo de presentación de espectáculos musicales (como fue por ejemplo “La noche de los museos” o “Cultura da la nota”) y cuáles son los pasos a seguir. Muchas gracias.

  526. hola soy Marcy. deseo registrar mis pinturas, pero dudo si bebo registrar mi firma de artista para plasmar a cada obra o debo registrar cada una de mis pinturas por separado. muchas gracias.

  527. Hola, estoy diseñando una metodología o un curso para aprender armonia musical y creo q no hay algo parecido me recomiendan q lo registre es posible esto, es una metodología para comprender de forma simple la música

    1. Hola Óscar, la explicación literaria, como cualquier texto que sea original, sí genera derechos, pero no la metodología descrita. Eso entra dentro del concepto “idea” y no genera derechos automáticamente tal y como verás en el enlace que incluimos en el artículo.

  528. Hola, soy tallerista y enseño manualidades variadas con materiales reciclados, he creado una lámpara y me gustaría saber si la puedo registrar o proteger y que tendría que hacer. Gracias!!!

  529. Hola soy Gabriel, quiero registrar un comic pero no se si registrar primero el guion y despues la obra finalizada o directamente la obra final ya terminada y hecha.
    En cualquier caso, debo regristrar aparte los diseños de los personajes?
    Gracias desde ya.

    1. Nuestra recomendación es registrar, de hecho, todo. El guión y la obra una vez finalizada. También, si lo deseas, puedes registrar documentos con la imagen de cada personaje desde distintas perspectivas y posiciones. Siempre es recomendable recabar cuanta más documentación que identifique las obras como pueda.

    1. Rara vez frases sueltas se consideran como obras con la suficiente entidad como para que sus creadores tengan derechos por lo que normalmente éstas se suelen incluir en textos más amplios y desarrollados. Sea como fuere, la forma de registrar es siempre igual, aportando un fichero, de texto por ejemplo, con la frase en él.

  530. Hola que tal. Soy profesor de actuación teatral y audiovisual hace doce años. Hace poco di una charla via redes sociales. Cuando la charla termino me contacto una persona diciendo que quería enviarme una carta documento por posible plagio de su método y porque lo tiene patentado en derechos de autor. Mi charla fue hablada y todo salió de mi cabeza. A la persona ni la conozco.

    Mi charla fue de casting y publicamos un temario para que la gente se conecte. Por supuesto que en temas de selección hay temas que se van a parecer o pueden ser similares. El afirma que es igual. Repito ni lo conozco.

    Puede ser que esto sea ejecutable o la persona está buscando como sacar rédito económico sin fundamento?

    1. Tal y como comentamos en le artículo hay cuestiones que por derechos de autor no se pueden registrar, o es dudoso, al menos, que se puedan registrar, como los métodos de enseñanza. Ese tipo de cuestiones son ideas. Otra cosa son textos concretos, pero las ideas, como las puede tener mucha gente, no suelen generar derechos por ley. En todo caso cuando alguien se aproxima diciendo que algo está “patentado” por derechos de autor, se puede cuestionar. Las patentes las dan oficinas de patentes y marcas. Normalmente un método e enseñanza no se puede patentar. Un nombre, por ejemplo, sí que podría registrarse como nombre comercial o marca en patentes y marcas tipo “Método de Enseñanza Nombre Impactante”, de forma que otros no pudieran usar ese nombre para el mismo fin, pero entendemos que aquí no se está hablando de eso. Como quiera que no somos abogados, en caso de recibir alguna notificación nuestra recomendación es que, por si acaso, lo consulte con un abogado siempre porque aunque es dudoso que se puedan esgrimir derechos de autor, no está tan claro con temas de competencia desleal.

  531. hola tengo algunas ideas u ocurrencias de proyectos personales y grupales inclusive para nuestro pais y planeta , pero deseo registrarlos y documentarlos para no se me hagan una soal ilucion y los usen o realizen sin mi utilidad y participacion personal

    1. La ideas, como tales, no generan derechos de autor por lo que su registro tiene escasa o nula utilidad práctica. Ahora bien, en caso de comunicar ideas y valorar posibles competencias desleales le recomendamos las herramientas de certificación de safestamper.com.

  532. Buenos días,

    Quería saber si es posible registrar un producto en concreto, soy artesana y no he visto éste producto por ahí ni la idea, el material y el método de hacerlo sí, pero no éste producto en concreto. Muchas gracias.

  533. Hola! Soy instructor certificado de baile. Elaboro y creo coreografías de las canciones que me gustan para así impartirlas e instruirlas a personas (alumnos) en una clase grupal o clase particular (privada) y enseñarlos a bailar o solo hacerlos sudar bailando. Cómo puedo proteger mis coreografías creadas? Son muchas y no me gustaría que alguien más las usara para lucrar con ellas porque me llevan tiempo y esfuerzo darles cuerpo y forma. Agradecería mucho su apoyo e información.

    1. @sergio, podrías registrar las coreografías con los mismos vídeos, en baja calidad, subiéndolos a tu cuenta en Safe Creative antes de publicarlos. Luego podrías informar del hecho del registro al publicarlos y ya tendrías una prueba tecnológica previa en caso de tener que demostrar que tenías acceso a las obras antes que terceros. Te recomendamos contactar con nuestro departamento comercial para que valoren la mejor opción profesional en tu caso: https://www.safecreative.org/contact-pro

  534. Hola! Yo tengo un método para la enseñanza del Canto y me gustaría “oficializarlo”, es decir ofrecer capacitaciones y poder dar un certificado. Esto en que rubro de registro entraría?

    1. Tal y como enlazamos en el artículo un método de enseñanza se considera una idea desde el punto de vista de los derechos de autor, y no genera, por lo tanto, derechos automáticamente. Los contenidos del curso probablemente sí, pero no e método. Debe consultar en una oficina de patentes y marcas.

  535. Hola, mi pregunta es si se puede registrar un curso en materia de prevención de riesgos laborales Covid-19, ya me dicen.

    Muchas gracias

    Maria Hilda

    1. Los juegos tienen varios componentes y se pueden registrar diseños aportando imágenes, instrucciónes, aportando textos, etc. La mecánica cada vez queda protegida, pero la marca sí la puede registrar en una oficina de patentes y marcas. Pare los diseños, instrucciones, etc. mejor contactar y te orientamos sobre qué servicio avanzado adquirir: https://www.safecreative.org/contact-pro

  536. Hola quisiera saber como puedo publicar y registrar un juego de mesa, en especial la lotería con imágenes alusivas a mi región?

  537. Hola, quisiera saber si puedo inscribir un libro que estoy subiendo a la plataforma de Wattpadd, sin haberlo terminado

    1. Claudia, sí, lo puede hacer y es recomendable. Lo deberá hacer manualmente aportando a su cuenta de Safe Creative ficheros de texto con las obras ya que Wattpad tiene pendiente integrar nuestro registro en su plataforma. Le recomendamos la cuenta profesional para ir registrando la obra como versiones, para así tener vinculados los registros que se vayan produciendo.

  538. ¡Hola! Me gustaría saber qué opción debo elegir para registrar un juego educativo manipulativo. Es un juego de lectoescritura, concretamente.

    GRACIAS!

  539. Hola he escrito dos libros pero los he firmado con un seudónimo. Hay algún problema para poder registrarlo??? Gracias

  540. Consulta, me pidieron si puede escribir para un empresa que dicta curso y hace sus presentaciones pdf y ppt ya sea ilustraciones, fotografías y textos son de su propiedad se pueden inscribir y si es asi cuales son los pasos a seguir
    gracias

    1. No, una metodología no se puede registrar. Sí el texto literario formativo que la explica, pero no se obtienen derechos exclusivos sobre la metodología.

  541. Puedo registrar un festival (con fines culturales) para impulsar la economía y consumo de restaurantes locales y bares?

  542. Hola. Una traducción ¿cómo se registra? Es decir, por supuesto hay que señalar quién es el autor original del texto como dueño de los derechos de la obra, pero qué información sería pertinente añadir para que todo quede no claro, diáfano y, por otro lado, a qué debe atenerse quién hace una traducción en cuestión de sus derechos sobre la misma.

    1. En la propia obra es recomendable citar al autor del texto original. En el momento de registrar se puede declarar este hecho en la descripción de la obra y a tener en cuenta simplemente guardar la autorización o permiso del titular original de la obra para dicha traducción.

  543. Hola,

    Se podría registrar un diseño de un personaje con sus características físicas y sus rasgos más característicos?
    La duda que tengo es que si se registra como imagen fija, o como diseño de personaje real donde puedo hacer más ilustraciones sobre el personaje sin necesidad de registrar cada diseño que haga.
    La idea es trabajar sobre él, cuentos , merchandasing…
    Muchas gracias.

  544. Hola les hago una consulta,
    Es posble registra un coctail de mi creacion, nombre, ingredientes e imagen ilustrativa? Gracias

    1. En general las recetas no generan derechos de autor. El texto original que lo describa, como obra literaría, sí podría generar derechos de autor. La imagen, la fotografía, como tal, también. El nombre lo debería inscribir en la oficina de patentes y marcas.

  545. Hola. ¿Es posible registrar como autoría propia la creación de personajes de comic o series, etc, basada en programas de diseño gráfico que te permiten escoger rostros, cabellos, estaturas, ropas, etc, ya incluidos en dicho programa,mediante modificación de aspectos? ¿Generaría eso algún tipo de vínculo de derechos con el autor de dicho programa? Tengamos en cuenta que esos programas se venden comercialmente (luego entiendo que ceden derechos) o incluso son de descarga gratuita. Saludos.

    1. Efectivamente dependerá de la licencia de dichos programas y si así lo permiten. En principio suponemos que sí, pero depende de las condiciones de uso, licencia, de esos programas.

  546. Hola, una pregunta cree una familia de 11 personajes animados en plastilina que les puse un nombre, y los registre en el Invi con el nombre de una marca y la imagen de los mismos para diseño en papel el cual ya venció x que solo queda protegido por 10 años, en realidad, Deseo proteger a todos los personajes, porque se pueden utilizar en muchos medios como impresos, caricatura o película. Mi pregunta es tengo que proteger a uno por uno, o a todos juntos como una familia? Y es con ustedes para que sean protegidos los personajes o lo puedo renovar en el Invi como Marca con el nombre y la imagen junta de los personajes?
    Agradezco su atención, quedo a sus órdenes
    Atte
    Liliana

    1. Hay dos cuestiones a tener en cuenta. Por un lado la obra escultórica de plastilina que genera derechos por ley y por tanto puede registrar en Safe Creative de forma conjunta con una imagen o varias en un PDF, o de forma separada. Recomendable PDFs con fotos de las figuras en distintos ángulos. Luego lo que es la marca o nombre comercial se debe registrar en la oficina de patentes y marcas, o renovar, como considere.

  547. Hola, quiero saber cuál es el procedimiento para derechos de autor de un método de intervención que he creado en procesos de coaching.

  548. Hola! Voy a crear un personaje para ser usado como disfraz y luego su imagen será utilizado para publicidad y eventos. Lo puedo registrar?

  549. Quisiera saber si un método de intervención educativa, es decir, un proyecto de innovación educativa se puede registrar también en la propiedad de registro intelectual.

    Gracias

    1. A efectos de derechos de autor una frase rara vez los genera. Eso se suele tener que registrar como marca o nombre comercial en la oficina de patentes y marcas. Una tipografía sí se puede registrar a efectos de derechos de autor, si ésta es original.

  550. Hola,

    Me gustaría registrar un programa dentro de mi consulta psicológica llamado: “Escuela tecnológica para padres”

    ¿Se puede registrar?

    Gracias.

  551. Hola.
    Estoy estudiando la viabilidad de un proyecto que consiste en la elaboración y comercialización de figuras realistas de personajes famosos en un momento concreto (pudiera ser un cantante en un concierto mítico, un político en un mitin, un deportista festejando un título deportivo…). Estos momentos suelen estar fotografiados, en el momento justo, por grandes medios de comunicación y, de hecho, la escultura final estará fotografiada por varios de estos medios con total seguridad.

    ¿Debo conseguir autorización o cesión de derechos de autor y también de imagen al famoso en cuestión, solo el de imagen o ninguno?

    ¿Una vez se complete la primera unidad como deberia registrarla?

    1. Esto no es consejo legal, pero en general, si se trata de una obra derivada de una fotografía, deberá contar con la autorización del autor original de la obra. Igualmente, al tratarse de la imagen de una persona famosa que pretende comercializar es muy posible que también tenga que recabar autorización de la persona famosa, representante legal o heredero.

  552. Hola, yo tengo registrado en derechos de autor la obra literaria y descripción de un taller de enseñanza.
    Me queda claro por lo que usted explica que un método de enseñanza, no se puede proteger
    Mi pregunta es, dónde debo acudir para que dicho material sea reconocido como método?
    Ojalá pueda orientarme, muchas gracias

  553. Buenas tardes mi nombre es Manuel tengo hecho un sistema musical que va por patrones lineales y no es solfeo y va con un orden original y lo estoy ilustrando y también un sistema de algoritmos de fechas de calendarios creado original en ilustración es para preguntar si estás dos cosas generan derechos ?

    1. Lo primero no sabríamos decirle pues parece más bien un método y eso no suele generar derechos. Las obras creadas así, sí generarán derechos. Sobre las ilustraciones, sí, sin duda.

  554. Hola! Cómo están? Quería saber si se puede registrar un curso de CÓMO ENSEÑAR Terapias Holisticas,contiene,paso a paso,la explicación del armado de un curso de la temática ya mencionada ,con breve material de lectura en PDF y explicaciones en videos. Muchas gracias.

    1. Un curso se registra, normalmente, como obra “Literaria” en tipo “Formación, divulgación”. Lógicamente lo que genera derechos es la expresión literaria del texto, ni el método ni la metodología. Los vídeos pueden ir como “grabaciones audiovisuales” si se desea.

  555. Hola muy buenos días, he desarrollado un método de como determinar cuantas soluciones tiene un sistema de ecuaciones con 2 incógnitas. Es posible registrarlo?

    1. Los métodos entran dentro de la categoría de ideas y no suelen generar, por ley, derechos. Lo que es el texto literario científico que lo describe sí, pero no el método en sí.

  556. Buenas noches,
    En mi trabajo como psicóloga trabajamos con muchos nombres de efectos, por ejemplo, efecto Dunning Kruger, efecto Scroop, etc.

    Yo he identificado un patrón que se repite y que yo llamo de una manera concreta, pongamos efecto Rockstar, ¿hay alguna forma de proteger/registrar ese nombre? Ya he visto que la metodología detrás del trabajo para obtener ese efecto se considera una idea y no se protege.
    Un saludo y muchas gracias.

  557. Hola buenas tardes yo cree un diseño de dibujo en obra y tengo copyright intelectual.Mi pregunta es: puedo comercializar mi diseño?

    1. La ley de derechos de auto le otorga, al crear la obra, todos los derechos. Salvo que los ceda en exclusiva por contrato, usted sí puede usar comercialmente su propia obra.

  558. A ver si pueden ayudarme, tengo una serie de novelas ya escritas y de uso completamente privado basadas en películas, que a su vez estan basadas en una colección de comics. Según entiendo necesito la autorización de dicha empresa, ¿no?, y obviamente eso es como un no.

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